El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Dudas sobre retiros por incapacidad.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

elcalvario
Coronel
Coronel
Mensajes: 1514
Registrado: Mié Oct 28, 2009 12:57 am

El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por elcalvario »

Hola buenas noches Forer@, he presentado mi Acta de la JMP con la discapacidad de un 60% y con pase a retiro por accidente en acto de servicio, a los servicios sociales de mi comunidad y me han reconocido el grado del 65%, pero NO me han reconocido la Incapacidad absoluta y permanente para toda profesión u oficio, la verdad que no se si ya como soy retirado de la Guardia Civil soy un paisano mas por lo tanto creo que los servicios sociales SI están capacitados para reconocer las INCAPACIDADES, si alguno han pasado por esta situación podía dar información al detalle.Saludos -groupwave
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15385
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañeros,

Discapacidad es un término distinto a incapacidad. Los servicios sociales de las CCAA son los órganos competentes para la valoración y reconocimiento de DISCAPACIDADES. Los órganos competentes para reconocer INCAPACIDADES son los Equipos de Valoración de Incapacidades (EVI) del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).

UN saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
elcalvario
Coronel
Coronel
Mensajes: 1514
Registrado: Mié Oct 28, 2009 12:57 am

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por elcalvario »

sargentodehierro escribió:Hola compañeros,

Discapacidad es un término distinto a incapacidad. Los servicios sociales de las CCAA son los órganos competentes para la valoración y reconocimiento de DISCAPACIDADES. Los órganos competentes para reconocer INCAPACIDADES son los Equipos de Valoración de Incapacidades (EVI) del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).

UN saludo.

Nunca mejor dicho pero yo a hora Soy Guardia Civil retirado donde tengo que ir para que me reconozcan la incapacidad absoluta y permanente con el grado de discapacidad del 65%. ya fui a clases pasivas y me bajaron el IRPF.Saludos -hi
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15385
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por sargentodehierro »

En el ámbito de Clases Pasivas, podrías solicitar el incremento de la pensión de retiro en el caso de que con posterioridad al reconocimiento de la pensión de retiro por inutilidad se produjera un agravamiento de la enfermedad o lesión del interesado, que le inhabilitara para el desempeño de toda profesión u oficio. Pero este supuesto es para aquellos que al pasar a retiro tienen menos de 20 años de servicios y por lo tanto no han percibido el 100% de su pensión. Si les reconociesen la incapacidad para toda profesión u oficio podrían percibir ese 100%.

En tu caso, que te reconociesen la incapacidad para toda profesión u oficio no tendría ningún efecto, ya que a efectos de IRPF, y por lo visto en otros compañeros del foro, la pensión seguiría estando sujeta al IRPF.

Lo que sí podrías solicitar a partir de los tres años desde que pasaste a retiro es la revisión al ISFAS, para que te reconociesen la incapacidad para toda profesión u oficio y poder percibir así la pensión por inutilidad de ISFAS.

UN saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Avatar de Usuario
SOBAJET
Capitan
Capitan
Mensajes: 493
Registrado: Jue Mar 08, 2012 12:12 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por SOBAJET »

Hola el calvario decirte que yo tengo por la jmpo un 68% y por la comunidad un 65% decirte que el de la comunidad me vale para la tarjeta de aparcamiento y poco mas, ademas decirte que es revisable a los tres anos, un saludo -hi
El Mejor vehículo para conocer a tu Pelotón. TOA 113.
elcalvario
Coronel
Coronel
Mensajes: 1514
Registrado: Mié Oct 28, 2009 12:57 am

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por elcalvario »

Yo el 65% de discapacidad lo tengo permanente. Saludos -groupwave
elcalvario
Coronel
Coronel
Mensajes: 1514
Registrado: Mié Oct 28, 2009 12:57 am

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por elcalvario »

SOBAJET escribió:Hola el calvario decirte que yo tengo por la jmpo un 68% y por la comunidad un 65% decirte que el de la comunidad me vale para la tarjeta de aparcamiento y poco mas, ademas decirte que es revisable a los tres anos, un saludo -hi

Si esta bien pero yo tengo un 65% y no se donde tendré que ir para que me pongan la absoluta.Saludos -groupwave
Avatar de Usuario
SOBAJET
Capitan
Capitan
Mensajes: 493
Registrado: Jue Mar 08, 2012 12:12 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por SOBAJET »

elcalvario escribió:
SOBAJET escribió:Hola el calvario decirte que yo tengo por la jmpo un 68% y por la comunidad un 65% decirte que el de la comunidad me vale para la tarjeta de aparcamiento y poco mas, ademas decirte que es revisable a los tres anos, un saludo -hi

Si esta bien pero yo tengo un 65% y no se donde tendré que ir para que me pongan la absoluta.Saludos -groupwave
Hola el calvario te he contestado por privado.
un saludo -hi
El Mejor vehículo para conocer a tu Pelotón. TOA 113.
andaluz79
Subteniente
Subteniente
Mensajes: 83
Registrado: Mié Abr 30, 2014 2:45 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Activo

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por andaluz79 »

SOBAJET escribió:
elcalvario escribió:
SOBAJET escribió:Hola el calvario decirte que yo tengo por la jmpo un 68% y por la comunidad un 65% decirte que el de la comunidad me vale para la tarjeta de aparcamiento y poco mas, ademas decirte que es revisable a los tres anos, un saludo -hi

Si esta bien pero yo tengo un 65% y no se donde tendré que ir para que me pongan la absoluta.Saludos -groupwave
Hola el calvario te he contestado por privado.
un saludo -hi
hola. podrias ponerlo por aqui o enviarmelo tb si no te importa? estoy en algo parecido. aunque no tan claro.
un saludo
Avatar de Usuario
SOBAJET
Capitan
Capitan
Mensajes: 493
Registrado: Jue Mar 08, 2012 12:12 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por SOBAJET »

Si esta bien pero yo tengo un 65% y no se donde tendré que ir para que me pongan la absoluta.Saludos -groupwave[/quote]
Hola el calvario te he contestado por privado.
un saludo -hi[/quote]
hola. podrias ponerlo por aqui o enviarmelo tb si no te importa? estoy en algo parecido. aunque no tan claro.
un saludo[/quo
Hola andaluz 79 dime que quieres saber que no se a que te refieres exatamente. Un saludo -hi
El Mejor vehículo para conocer a tu Pelotón. TOA 113.
elcalvario
Coronel
Coronel
Mensajes: 1514
Registrado: Mié Oct 28, 2009 12:57 am

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por elcalvario »

SOBAJET escribió:Si esta bien pero yo tengo un 65% y no se donde tendré que ir para que me pongan la absoluta.Saludos -groupwave
Hola el calvario te he contestado por privado.
un saludo -hi[/quote]
hola. podrias ponerlo por aqui o enviarmelo tb si no te importa? estoy en algo parecido. aunque no tan claro.
un saludo[/quo
Hola andaluz 79 dime que quieres saber que no se a que te refieres exatamente. Un saludo -hi[/quote]


Si eres militar debes de ir al hospital militar y si no eres militar debes de ir a los de incapacidades de la seguridad social. y otra cosa es ir al contencioso y que el juez decida.Saludos -groupwave
JUSTO80
Subteniente
Subteniente
Mensajes: 75
Registrado: Vie Sep 27, 2013 10:18 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Activo

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por JUSTO80 »

En el ámbito de Clases Pasivas, podrías solicitar el incremento de la pensión de retiro en el caso de que con posterioridad al reconocimiento de la pensión de retiro por inutilidad se produjera un agravamiento de la enfermedad o lesión del interesado, que le inhabilitara para el desempeño de toda profesión u oficio. Pero este supuesto es para aquellos que al pasar a retiro tienen menos de 20 años de servicios y por lo tanto no han percibido el 100% de su pensión. Si les reconociesen la incapacidad para toda profesión u oficio podrían percibir ese 100%.

En tu caso, que te reconociesen la incapacidad para toda profesión u oficio no tendría ningún efecto, ya que a efectos de IRPF, y por lo visto en otros compañeros del foro, la pensión seguiría estando sujeta al IRPF.

Lo que sí podrías solicitar a partir de los tres años desde que pasaste a retiro es la revisión al ISFAS, para que te reconociesen la incapacidad para toda profesión u oficio y poder percibir así la pensión por inutilidad de ISFAS.

UN saludo.

Buens tardes ...Tenia entendido que para solicitar el reconocimiento de la incapacidad para toda profesion y oficio, no habia que esperar 3 años despues de retirado para solicitarla o asi me informaron... saludos
andaluz79
Subteniente
Subteniente
Mensajes: 83
Registrado: Mié Abr 30, 2014 2:45 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Activo

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por andaluz79 »

Buenos dias.
A mi aun no me ha quedado claro quien reconocevla incapacidad para todo trabajo. Ya que hay compañeros que en el informe de urmo se lo indican y en dl acta de jmpo no, o viceversas. E el inss lo dejan siempre claro por lo que tdngo entendido. Asi que ¿ quien o como se indica si la incapacidad es para todo trabajo?
Un saludo
elcalvario
Coronel
Coronel
Mensajes: 1514
Registrado: Mié Oct 28, 2009 12:57 am

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por elcalvario »

andaluz79 escribió:Buenos dias.
A mi aun no me ha quedado claro quien reconocevla incapacidad para todo trabajo. Ya que hay compañeros que en el informe de urmo se lo indican y en dl acta de jmpo no, o viceversas. E el inss lo dejan siempre claro por lo que tdngo entendido. Asi que ¿ quien o como se indica si la incapacidad es para todo trabajo?
Un saludo

Si tu eres MILITAR las INCAPACIDADES la reconoce el HOSPITAL MILITAR DE LA DEFENSA donde te vallan a valorar y en el Acta de la Junta Medico Pericial debe de especificar si tienes la incapacidad ABSOLUTA Y PERMANETE PARA TODA PROFESIO U OFICIO.


Si No eres militar tiene que ir a la Seguridad Social, Saludos -mu
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15385
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: El Acta de la JMP un 60% los servicios sociales un 65%

Mensaje por sargentodehierro »

JUSTO80 escribió:Tenia entendido que para solicitar el reconocimiento de la incapacidad para toda profesion y oficio, no habia que esperar 3 años despues de retirado para solicitarla o asi me informaron... saludos
El plazo de tres años para solicitar la revisión, es en el caso de la pensión de inutilidad del ISFAS, no la de Clases Pasivas.

Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas

"Artículo 78. Calificación inicial de la incapacidad y revisiones.
2. El personal retirado o jubilado por inutilidad o incapacidad permanente que, al momento del retiro o jubilación, no alcanzase el grado de incapacidad absoluta y permanente requerido para acceder a la pensión complementaria de inutilidad para el servicio, o poseyendo éste, no sufra las pérdidas anatómicas o funcionales que originan la gran invalidez, podrá solicitar y, si procede, obtener, de los órganos médico periciales de la Sanidad Militar u órganos médicos civiles la revisión de su grado de incapacidad, una vez transcurrido el plazo de 3 años contados a partir de la fecha de la declaración de retiro o jubilación, siempre que no haya alcanzado la edad fijada con carácter general para el retiro o jubilación forzosa."


Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Responder

Volver a “Retiros por incapacidad”