Cobro pensión mes fallecimiento

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

Responder
priscon
Subteniente
Subteniente
Mensajes: 77
Registrado: Vie Nov 28, 2008 5:24 pm

Cobro pensión mes fallecimiento

Mensaje por priscon »

Un pensionista de Clases Pasivas falleció ayer día 4 Noviembre...
Le abonarán la totalidad de la pensión q corresponde al mes Noviembre completo, o únicamente percibira lo q le corresponde a cuatro días del citado mes ???
Gracias de antemano por las respuestas..
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15769
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: Cobro pensión mes fallecimiento

Mensaje por trasgu123 »

MENSUALIDADES ORDINARIAS Y PAGAS EXTRAS

Las pensiones de Clases Pasivas se devengan por mensualidades vencidas y se abonan en 14 pagas: 12 ordinarias y 2 extraordinarias.

La mensualidades ordinarias se abonan íntegras, incluida la correspondiente al mes en que se produzca la extinción del derecho.
Las mensualidades o pagas extraordinarias se devengan el día primero de los meses de junio y diciembre, abonándose conjuntamente con las mensualidades de esos meses. Su importe es de la misma cuantía que las ordinarias, salvo en los siguientes supuestos:
- Primera paga extraordinaria a partir de la fecha de efectos económicos de la pensión o del momento de la rehabilitación de la misma: se abona 1/6 parte por cada uno de los meses que medie entre ese primer día de efectos iniciales, o de rehabilitación de la pensión, y el 31 de mayo o el 30 de noviembre siguiente, según corresponda.

- Última paga extraordinaria por fallecimiento del pensionista o pérdida del derecho a pensión: se devenga el primer día del mes en que ocurra el fallecimiento, o la pérdida del derecho, pagándose junto con la última mensualidad de pensión, como haberes devengados y no percibidos a sus herederos de derecho civil, o a él mismo, en razón de 1/6 parte por cada uno de los meses que medien entre el día devengo de dicha paga y el 31 de mayo o el 30 de noviembre anterior.

http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... yPago.aspx
juans
Coronel
Coronel
Mensajes: 2901
Registrado: Jue Ago 27, 2009 12:52 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Retiro por edad
Comentario: FUNCIONARIO CIVIL

Re: Cobro pensión mes fallecimiento

Mensaje por juans »

Resumiendo, tiene derecho (más bien sus herederos) a la paga de noviembre completa más la extra de Navidad también completa. O sea dos pagas completas.
Responder

Volver a “Otros asuntos y consultas sobre pensión, IRPF, compatibilidades, etc”