Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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oscarbalderrama
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por oscarbalderrama »

Buenos días compañeros. ¿Alguien sabría decirme si es normal que el acta de la JMPS haya tardado un mes y 18 días en llegar?? Pasé el 30 de octubre la JMPS y hoy me llamo el instructor informando que les acaba de llegar el acta. Un saludo y gracias!
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por sargentodehierro »

Totalmente normal. Hay gente a la que le ha tardado mucho más.

Un saludo.
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oscarbalderrama
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por oscarbalderrama »

Vale muchas gracias sargentodehierro, pensaba que era pronto!! Un saludo!!
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rykius
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por rykius »

Si alguien del Ejército (en la Guardia Civil ya he leído que es un poco distinto en plazos etc..) ha pasado los trámites posteriores a la formulación de alegaciones al informe de la JEVAL ¿podría aclararme si es correcto el curso que sigue el procedimiento?.

Me han dicho que el instructor envía el expediente a la JEVAL, de ahí al MAPER. ¿El MAPER puede ya remitirte a la JMPS?

El MAPER lo tramita al JEME y de ahí a la Subsecretaria de Defensa?

¿Esto es así?, ¿alguien puede tomar alguna decisión sobre el expediente antes de que llegue a la Subsecretaría?

Bueno, si os acordáis de los plazos ya seria la leche :wink:

Muchas gracias por vuestros comentarios.

Un saludo.
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por trasgu123 »

El procedimiento esta regulado en el REAL DECRETO 944/2001, art. 10 y siguientes. Ademas en Tierra hay una IT. del MAPER al respecto, la INSTRUCCIÓN TÉCNICA 20/10.
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por rykius »

trasgu123 escribió:El procedimiento esta regulado en el REAL DECRETO 944/2001, art. 10 y siguientes. Ademas en Tierra hay una IT. del MAPER al respecto, la INSTRUCCIÓN TÉCNICA 20/10.
Gracias por tu contestación trasgu123.
La regulación del procedimiento la conozco. Lo que he dicho es que el instructor me ha comentado los siguientes pasos, pero según el RD en su Art.11.10 textualmente dice "La autoridad que ordenó la incoación del expediente ordenará cumplimentar el trámite de audiencia al interesado y, teniendo en cuenta sus alegaciones, lo elevará al Subsecretario de Defensa o al Jefe del Estado Mayor del Ejército respectivo.".

Es obvio que quien ordenó el procedimiento lo puede enviar a una de esas dos autoridades, pero la IT dice que SUVEBAL lo remite al GEJEME y este a la Subsecretaria de Defensa. ¿Es habitual o no que el JEME proponga el pase por la JMPS o eso lo suele hacer la Sbsecretaria?. ¿Qué plazos son los estimados desde que llega el expediente a la SUBEVAL y alguien decide que seas reconocido por la JMPS?.

Un saludo.
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por trasgu123 »

No, quien ordeno el inicio no lo puede mandar a quien quiera. Lo tiene que mandar al Jefe del ejercito al que se pertenece (Tierra, Armada y Aire), y los de Cuerpos Comunes, que tambien existen, al Subsecretario. Al final todos acaban en el mismo sitio.

No hay plazos "locales", tantos dias en MAPER, tantos en JEME, tantos en ..... Hay un plazo general de tramitacion del expediente 6+3 meses.

Que yo recuerde, en mi epoca, era Subsecretaria a la vista de las alegaciones quien mandaba pasar JMPS
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por rykius »

trasgu123 escribió:No, quien ordeno el inicio no lo puede mandar a quien quiera. Lo tiene que mandar al Jefe del ejercito al que se pertenece (Tierra, Armada y Aire), y los de Cuerpos Comunes, que tambien existen, al Subsecretario. Al final todos acaban en el mismo sitio.

No hay plazos "locales", tantos dias en MAPER, tantos en JEME, tantos en ..... Hay un plazo general de tramitacion del expediente 6+3 meses.

Que yo recuerde, en mi epoca, era Subsecretaria a la vista de las alegaciones quien mandaba pasar JMPS
Muchas gracias por tu contestación.

Un saludo.
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por rykius »

Feliz Año Nuevo 2015. Mis mejores deseos para tod@s.

Tengo una curiosidad que seguro que podréis despejar: ¿la resolución de la Subsecretaria es un documento igual o parecido al de la JMPO o JEVAL?.
He buscado en el foro y no he encontrado ningún "modelo" o explicación del contenido de esa resolución.

Muchas gracias.

Un saludo.
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por trasgu123 »

La Resolucion se compone de dos partes:

1.- El Acuerdo por el que pasas a retiro, a APL, o apto para el servicio. Lo firma el Subsecretario.
2.- El informe de la Asesoria Juridica diciendo que el expediente esta bien tramitado y proponiendo que pases a retiro, etc. Lo firma el General Asesor Juridico.

Una dias despues se publica en el BOD un extracto de ello.
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por rykius »

trasgu123 escribió:La Resolucion se compone de dos partes:

1.- El Acuerdo por el que pasas a retiro, a APL, o apto para el servicio. Lo firma el Subsecretario.
2.- El informe de la Asesoria Juridica diciendo que el expediente esta bien tramitado y proponiendo que pases a retiro, etc. Lo firma el General Asesor Juridico.

Una dias despues se publica en el BOD un extracto de ello.
Muchas gracias trasgu123 por tu respuesta. No tenía ni idea que fueran dos documentos, suponía que seria algo parecido al acta de la JEVAL.
Supongo que en el acuerdo de la Subsecretaria figurará también si es o no en acto de servicio.
Un saludo.
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por Satellite »

Ya de paso os pregunto:
En el caso de que no se hayan efectuado alegaciones, ¿cuánto puede tardar en resolverse el expediente y que te lo notifiquen?
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Re: Efectuadas alegaciones, ¿Cómo sigue el procedimiento?.

Mensaje por rykius »

Satellite escribió:Ya de paso os pregunto:
En el caso de que no se hayan efectuado alegaciones, ¿cuánto puede tardar en resolverse el expediente y que te lo notifiquen?
Existe un plazo máximo que en el ET es de 6 meses más 3 meses (incluidas las paralizaciones). En la GC no se si será igual.
Una vez que el expediente está en Defensa, lo estudian (desconozco plazo), lo remiten a la Asesoría Jurídica de Defensa y ahí hacen una resolución en un plazo de 10 días, lo remiten a la Subsecretaria para firma (desconozco plazo) y de ahí lo pasan a BOD para publicación. Esto es referido a personal del ET. No se si es igual en la GC, pero seguro que alguien puede confirmar o ampliar esta información.
Un saludo.
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