RENTA 2014
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RENTA 2014
Hola compañeros,
Abro este hilo para recopilar toda la información sobre la campaña de la renta de 2014.
Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 67 de 19 de marzo de 2015:
Orden HAP/467/2015, de 13 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2014, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.
ENLACE BOE
-A partir del 7 de abril de 2015 estará a disposición de los contribuyentes el borrador o los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se podrá confirmar hasta el 30 de junio.
Abro este hilo para recopilar toda la información sobre la campaña de la renta de 2014.
Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 67 de 19 de marzo de 2015:
Orden HAP/467/2015, de 13 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2014, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.
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Re: RENTA 2014
Buenos días. Primeramente perdonar si no es aqui donde puedo comentar mi duda, si es asi lo siento.
Bueno hoy me han llegado 2 cartas desde ISFAS sobre la renta tanto de mi padre como de mi madre y ademas 2 cartas de renta tanto de mi padre como de mi madre de hacienda. He leido que hasta el 7 de abril no se puede hacer nada y antes queria informarme un poco por que estoy hecho un poco de lío.
Os comento que mi padre falleció en agosto de 2014 por lo que me imagino que tuvo su retenciones hasta dicho mes, el caso para que lo entendais mejor es que dos meses antes de fallecer le concedieron la jubilación en la cual se que durante esos dos meses no tuvo ninguna retencion y recuerdo que me comento algo de que eso lo tendriamos que pagar cuando hicieramos esta renta (esta es mi primera duda).
Las cartas las he leido pero no he terminado de entender si las cifras que salen es algo que debo de pagar o no no lo entiendo muy bien...lo que tengo claro que este año deberia hacer tambien la renta de mi madre puesto que cobro a partir de septiembre la pension de viuedad no? (mi segunda duda).
La tercera duda es saber entender bien lo que me indican estas cartas por que soy aun muy joven y estoy muy verde en este campo y no se que quieren decir 100% si hay que pagar o es devolver...por eso me he remitido a ustedes que en otra ocasion ya me habeis ayudado bastante. Os dejo los enlaces hacia esas cartas donde he obviado todo dato representativo de mis padres..etc. Os dejo los enlaces a las 4 cartas:
CARTA ISFAS PADRE ( quien trabajaba ): http://www.subeimagenes.com/img/isfas-r ... 55462.html
CARTA HACIENDA PADRE: http://www.subeimagenes.com/img/retenci ... 55464.html
CARTA ISFAS MAMA: http://www.subeimagenes.com/img/isfas-r ... 55465.html
CARTA HACIENDA MAMA: http://www.subeimagenes.com/img/retenci ... 55467.html
Bueno se que es un toston lo que os pido pero me ayudariais bastante ya que tengo bastante papeleo encima desde que falleció mi padre, y seria un poco de oxigeno poder solucionar que es todo esto.
Como siempre muchas gracias a todos los que ayudais sin nada a cambio.
Un saludo!
Bueno hoy me han llegado 2 cartas desde ISFAS sobre la renta tanto de mi padre como de mi madre y ademas 2 cartas de renta tanto de mi padre como de mi madre de hacienda. He leido que hasta el 7 de abril no se puede hacer nada y antes queria informarme un poco por que estoy hecho un poco de lío.
Os comento que mi padre falleció en agosto de 2014 por lo que me imagino que tuvo su retenciones hasta dicho mes, el caso para que lo entendais mejor es que dos meses antes de fallecer le concedieron la jubilación en la cual se que durante esos dos meses no tuvo ninguna retencion y recuerdo que me comento algo de que eso lo tendriamos que pagar cuando hicieramos esta renta (esta es mi primera duda).
Las cartas las he leido pero no he terminado de entender si las cifras que salen es algo que debo de pagar o no no lo entiendo muy bien...lo que tengo claro que este año deberia hacer tambien la renta de mi madre puesto que cobro a partir de septiembre la pension de viuedad no? (mi segunda duda).
La tercera duda es saber entender bien lo que me indican estas cartas por que soy aun muy joven y estoy muy verde en este campo y no se que quieren decir 100% si hay que pagar o es devolver...por eso me he remitido a ustedes que en otra ocasion ya me habeis ayudado bastante. Os dejo los enlaces hacia esas cartas donde he obviado todo dato representativo de mis padres..etc. Os dejo los enlaces a las 4 cartas:
CARTA ISFAS PADRE ( quien trabajaba ): http://www.subeimagenes.com/img/isfas-r ... 55462.html
CARTA HACIENDA PADRE: http://www.subeimagenes.com/img/retenci ... 55464.html
CARTA ISFAS MAMA: http://www.subeimagenes.com/img/isfas-r ... 55465.html
CARTA HACIENDA MAMA: http://www.subeimagenes.com/img/retenci ... 55467.html
Bueno se que es un toston lo que os pido pero me ayudariais bastante ya que tengo bastante papeleo encima desde que falleció mi padre, y seria un poco de oxigeno poder solucionar que es todo esto.
Como siempre muchas gracias a todos los que ayudais sin nada a cambio.
Un saludo!
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- Subteniente
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Re: RENTA 2014
Gracias por tu grandisima información que nos es de tanta ayuda , para personas como yo que estamos un poco despistadillos en estos asuntos.
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- Coronel
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Re: RENTA 2014
Dispositivo1988 escribió:Buenos días. Primeramente perdonar si no es aqui donde puedo comentar mi duda, si es asi lo siento.
Bueno hoy me han llegado 2 cartas desde ISFAS sobre la renta tanto de mi padre como de mi madre y ademas 2 cartas de renta tanto de mi padre como de mi madre de hacienda. He leido que hasta el 7 de abril no se puede hacer nada y antes queria informarme un poco por que estoy hecho un poco de lío.
Os comento que mi padre falleció en agosto de 2014 por lo que me imagino que tuvo su retenciones hasta dicho mes, el caso para que lo entendais mejor es que dos meses antes de fallecer le concedieron la jubilación en la cual se que durante esos dos meses no tuvo ninguna retencion y recuerdo que me comento algo de que eso lo tendriamos que pagar cuando hicieramos esta renta (esta es mi primera duda).
Las cartas las he leido pero no he terminado de entender si las cifras que salen es algo que debo de pagar o no no lo entiendo muy bien...lo que tengo claro que este año deberia hacer tambien la renta de mi madre puesto que cobro a partir de septiembre la pension de viuedad no? (mi segunda duda).
La tercera duda es saber entender bien lo que me indican estas cartas por que soy aun muy joven y estoy muy verde en este campo y no se que quieren decir 100% si hay que pagar o es devolver...por eso me he remitido a ustedes que en otra ocasion ya me habeis ayudado bastante. Os dejo los enlaces hacia esas cartas donde he obviado todo dato representativo de mis padres..etc. Os dejo los enlaces a las 4 cartas:
CARTA ISFAS PADRE ( quien trabajaba ): http://www.subeimagenes.com/img/isfas-r ... 55462.html
CARTA HACIENDA PADRE: http://www.subeimagenes.com/img/retenci ... 55464.html
CARTA ISFAS MAMA: http://www.subeimagenes.com/img/isfas-r ... 55465.html
CARTA HACIENDA MAMA: http://www.subeimagenes.com/img/retenci ... 55467.html
Bueno se que es un toston lo que os pido pero me ayudariais bastante ya que tengo bastante papeleo encima desde que falleció mi padre, y seria un poco de oxigeno poder solucionar que es todo esto.
Como siempre muchas gracias a todos los que ayudais sin nada a cambio.
Un saludo!
De los papeles que publicas se deduce que ni tu padre ni tu madre tienen obligación de declarar, ni obtendrían devolución alguna en caso de declarar voluntariamente. Así que, salvo que vinieran obligados por otras rentas (supongo que no, pero lo ignoro), puedes olvidarte del asunto.
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- General de Brigada
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Re: RENTA 2014
Yo también lo veo igual que el compañero " Juans". Olvídate del asunto con Hacienda; salvo que haya otros ingresos o rentas. Al no haber retenciones por IRPF, de nada sirve el presentarla voluntariamente.
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- Alferez
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Re: RENTA 2014
Buenos día compañeros:
¿si se han tenido retenciones 0(no exento, pero 0) en el ejercicio 2014, se supone que luego al hacer la declaración tocaría pagar, o se trata de un beneficio fiscal adquirido al tener alto el porcentaje de discapacidad?
¿si se han tenido retenciones 0(no exento, pero 0) en el ejercicio 2014, se supone que luego al hacer la declaración tocaría pagar, o se trata de un beneficio fiscal adquirido al tener alto el porcentaje de discapacidad?
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- General de Brigada
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Re: RENTA 2014
Eso es así siempre que se esté obligado a presentar Declaración; pero parece ser que no es el caso.to-ex escribió:Buenos día compañeros:
¿si se han tenido retenciones 0(no exento, pero 0) en el ejercicio 2014, se supone que luego al hacer la declaración tocaría pagar, o se trata de un beneficio fiscal adquirido al tener alto el porcentaje de discapacidad?
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- Alferez
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- Comentario: un saludo
Re: RENTA 2014
Gracias por la información Sargentodehierro...
Re: RENTA 2014
Dispositivo1988
Por los documentos aportados, como dicen los compañeros no tienes que hacer nada y olvidarte del asunto a no ser que tengan otros ingresos fuera de estos durante el año 2014 y si hay que realizarla.
Saludos
Por los documentos aportados, como dicen los compañeros no tienes que hacer nada y olvidarte del asunto a no ser que tengan otros ingresos fuera de estos durante el año 2014 y si hay que realizarla.
Saludos
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- Alferez
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Re: RENTA 2014
Perdóname Francisco I pero no entendí tu respuesta,me tocaría devolver mucho?... o son beneficios fiscales por mi minusvalía...graciasFrancisco I escribió:Eso es así siempre que se esté obligado a presentar Declaración; pero parece ser que no es el caso.to-ex escribió:Buenos día compañeros:
¿si se han tenido retenciones 0(no exento, pero 0) en el ejercicio 2014, se supone que luego al hacer la declaración tocaría pagar, o se trata de un beneficio fiscal adquirido al tener alto el porcentaje de discapacidad?
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- Comandante
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- Comentario: sin comentarios. Un saludo para todos, registrados y no registrados.
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Re: RENTA 2014
Buenos días to-ex, creo que Fco.I lo que quiere decir es que si no tienes retenciones es por que a la cantidad que tu percibes anualmente no le corresponde tener retención alguna, y por tanto no tienes que hacer la declaración. A no ser que tengas otros ingresos por otras cosas.
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- Comandante
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Re: RENTA 2014
To-ex he visto tu perfil, GC retiro por incapacidad, si ha sido para toda profesíon y oficio es posible que por eso no tengas retenciones. Un saludo.
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- Alferez
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Re: RENTA 2014
No, no es para toda profesión y oficio, pero el porcentaje es 0...por eso quería saber si luego tengo que devolver todo lo retenido o son beneficios fiscales por mi minusvalía en grado superior al 65 por ciento.Graciasplopgon@hotmail.com escribió:To-ex he visto tu perfil, GC retiro por incapacidad, si ha sido para toda profesíon y oficio es posible que por eso no tengas retenciones. Un saludo.
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- General de Brigada
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Re: RENTA 2014
Efectivamente; es lo que he querido decir.plopgon@hotmail.com escribió:Buenos días to-ex, creo que Fco.I lo que quiere decir es que si no tienes retenciones es por que a la cantidad que tu percibes anualmente no le corresponde tener retención alguna, y por tanto no tienes que hacer la declaración. A no ser que tengas otros ingresos por otras cosas.
En cuanto a la obligación de presentar Declaración, hay que tener unos ingresos de al menos 22.000 € , (siempre que procedan de un sólo pagador, como suele ser lo habitual en los pensionistas) por tanto si no ha habido retenciones y los ingresos son inferiores a los 22.000 € NO hay obligación de presentar declaración, aunque si la hiciéramos voluntariamente seguro que nos saldría a pagar. Para eso están los Simuladores y también el Programa PADRE, se tantea y se elige la opción mas favorable.
Ojo: No incluir las rentas exentas.
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- Coronel
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Re: RENTA 2014
Tener una retención de cero, lo único que significa en todo caso es que no te puede salir a devolver.