pension complementaria isfas
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Re: pension complementaria isfas
Na lo dejamos porque tambien me he leido eso y a mi me sale lo mismo pero bueno si vosotros decis que un gan invalido puede conducir y el zapatero volar pues volara jejejeje
Re: pension complementaria isfas
Hola “zuku”:
Muchas gracias. Aquí cada día aprendo alguna cosa nueva de los que como tú, aportáis ayuda desinteresadamente a los que la solicitan y el placer es mío al poder participar en un foro que en su día, cuando más lo necesitaba, solicitaba información y siempre obtuve respuesta. Eso me hizo no sentirme tan solo en el largo proceso que tuve que pasar ... y por lo cual estoy muy agradecido a todos los que ponéis vuestro granito de arena en ayudar a los demás.
Un saludo, Miguel.-
Muchas gracias. Aquí cada día aprendo alguna cosa nueva de los que como tú, aportáis ayuda desinteresadamente a los que la solicitan y el placer es mío al poder participar en un foro que en su día, cuando más lo necesitaba, solicitaba información y siempre obtuve respuesta. Eso me hizo no sentirme tan solo en el largo proceso que tuve que pasar ... y por lo cual estoy muy agradecido a todos los que ponéis vuestro granito de arena en ayudar a los demás.
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- Sargento 1º
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Re: pension complementaria isfas
Hola, entonces como se rellena la solicitud? si ya tengo pensión y tengo por otro organismo:diablo escribió:Buenas.
Para varadero, presta atención compañero, intentaré simplificarlo aunque me ha costado algunas horillas rebuscando Legislación jejejejeje, pero para eso estamos o por lo menos se intenta.
El Centro de Evaluaciones Médicas de la Seguridad Social (EVI), te ha reconocido una incapacidad absoluta mediante el correspondiente certificado de discapacidad.
La LISMI (Ley de Integración Social de Minusvalidos, Ley 13/1982 de 7 de Abril de Integración Social de los Minusvalidos), en su articulo 11 establece:
Articulo 11. Las calificaciones y valoraciones de los equipos multiprofesionales responderán a criterios técnicos unificados y tendrán validez ante cualquier Organismo Público.
La Legislación actual del ISFAS establece:
El Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS, en adelante) es un Organismo Público, con personalidad jurídica diferenciada y autonomía de gestión, que tiene como misión gestionar uno de los mecanismos de protección social que integran el Régimen Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, proporcionando satisfacción a las necesidades de sus beneficiarios a través de las prestaciones que constituyen el objeto de su acción específica.
Asimismo el ISFAS establece:
Pensión por Inutilidad para el Servicio
Es una pensión pública complementaria de la de invalidez de Clases Pasivas para personal militar profesional y de la Guardia Civil y los funcionarios civiles incluidos en el campo de aplicación de este Régimen Especial que, encontrándose en las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales o reserva ocupando destino, pasen a retiro o jubilación por inutilidad o invalidez, siempre que la incapacidad declarada lo haya sido en el grado de absoluta para todo trabajo, oficio o profesión o en el de gran invalidez, donde se requiere la asistencia de otra persona para la realización de los actos más esenciales de la vida diaria. En este caso, se tiene derecho, además, a una prestación económica que no tiene el carácter de pensión pública.
CONCLUSION:
1º.- La LISMI tiene reconocimiento legal ante todo Organismo Público.
2º.- El ISFAS es un Organismo Público tal y como decretan sus estatutos internos.
3º.- El certificado de incapacidad absoluta que has obtenido de la Seguridad Social tiene total y absoluta validez ante el ISFAS a efectos de la solicitud de la pensión compensatoria, no te lo pueden rechazar.
Saludos.
http://www.defensa.gob.es/isfas/Galeria ... rvicio.pdf
solo da la opción de pensión o revisión.
- trasgu123
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Re: pension complementaria isfas
Hola, entonces como se rellena la solicitud? si ya tengo pensión y tengo por otro organismo:
http://www.defensa.gob.es/isfas/Galeria ... rvicio.pdf
solo da la opción de pensión o revisión.
Tu que quieres, que te revisen el grado de incapacidad o que te paguen la pension COMPLEMENTARIA si es que reunes las condiciones ??.
http://www.defensa.gob.es/isfas/Galeria ... rvicio.pdf
solo da la opción de pensión o revisión.
Tu que quieres, que te revisen el grado de incapacidad o que te paguen la pension COMPLEMENTARIA si es que reunes las condiciones ??.
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Re: pension complementaria isfas
Que me la paguen si reuno las condiciones, con el certificado de discapacidad, ya que tengo un 64% por incapacidad y un 76% con movilidad por discapacidad
- trasgu123
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Re: pension complementaria isfas
Entonces a que esperas para ir al ISFAS y rellenar el impreso aportando la documentacion necesaria.
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- Sargento 1º
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Re: pension complementaria isfas
Pero como se rellena para que no entrar en otro tribunal medico militar y que se basen en la resolución de mi comunidad autónoma que es posterior?
- sargentodehierro
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Re: pension complementaria isfas
¿La comunidad autónoma te ha reconocido una incapacidad o una discapacidad?
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
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- Sargento 1º
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Re: pension complementaria isfas
discapacidad del 76% con movilidad
y el ejercito en 2007 el 64% sin nada
y el ejercito en 2007 el 64% sin nada
- sargentodehierro
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- Comentario: XXXIII AGBS
Re: pension complementaria isfas
Pero para reclamar esta pensión has de acreditar una incapacidad absoluta, no una discapacidad, que es algo totalmente distinto.
Un saludo.
Un saludo.
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- Alferez
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Re: pension complementaria isfas
¿ Alguien que la cobre me podría decir si es revalorizable cada año?
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- Sargento 1º
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Re: pension complementaria isfas
tengo incapacidad absoluta(64%) ahora mismo por eso pregunto para la de gran invalidez con la documentación de bienestar social(76% y movilidad reducida) y no con la revisión por agravación y que como se hace la solicitud entonces pues no pone como hacerla para mi caso concreto
Re: pension complementaria isfas
No. La pension complementaria que concede el ISFAS no es revarolizable año a año, así se establece en el R.D. de 2007, excepto que en los presupuestos generales del estado que se elaboran cada año se establezca otra cosa.
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- Alferez
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Re: pension complementaria isfas
Muchas gracias compañero...deduzco entonces que las personas que se la concedieron hace ya varios años, prácticamente se ha quedado escasa económicamente.piltrafa escribió:No. La pension complementaria que concede el ISFAS no es revarolizable año a año, así se establece en el R.D. de 2007, excepto que en los presupuestos generales del estado que se elaboran cada año se establezca otra cosa.
Un saludo.
Re: pension complementaria isfas
Al solicitar un agravamiento de enfermedad al Isfas,para solicitar la paga que Cap por absoluta ,valdría sólo en certificado de la CCAA,en mi caso mis enfermedades han empeorado y hace unos meses la Xunta me subió el grado de incapacidad al 72%,o haría falta más informes?Gracias