RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
Artículo 13. Prestaciones.
En el supuesto de incapacidad permanente o fallecimiento en acto de servicio declarado por la autoridad competente del Ministerio de Defensa o del Interior, se reconocerá al personal de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o sus familiares con derecho a pensión, la pensión que corresponda conforme a la normativa del Régimen General de la Seguridad Social así como un complemento extraordinario de pensión equivalente a la diferencia entre el importe de la pensión por contingencias profesionales de la Seguridad Social y la cuantía de la pensión extraordinaria que por el mismo hecho hubiere correspondido, en su caso, en aplicación de las normas del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
conclusion: la pension por acto de servicio quedara igual.
En el supuesto de incapacidad permanente o fallecimiento en acto de servicio declarado por la autoridad competente del Ministerio de Defensa o del Interior, se reconocerá al personal de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o sus familiares con derecho a pensión, la pensión que corresponda conforme a la normativa del Régimen General de la Seguridad Social así como un complemento extraordinario de pensión equivalente a la diferencia entre el importe de la pensión por contingencias profesionales de la Seguridad Social y la cuantía de la pensión extraordinaria que por el mismo hecho hubiere correspondido, en su caso, en aplicación de las normas del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
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- trasgu123
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
No todo el mundo que pasa a retiro por incapacidad lo hace en acto de servicio, la inmensa mayoria es por en enfermedad o lesion comun y ahi esta la jugarreta. A los de antes de 2011 las cuentas se las haran con el minimo del 75% por Clases Pasivas y a los "nuevos" con el sistema de la Seguridad Social con el minimo del 55%.
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Y esto van y lo aprueban unos dias antes de unas elecciones generales, con dos coj........
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
A que te refieres con el mínimo. Que será del 75% hacia arriba dependiendo de los años de servicio?
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Real Decreto 1087/2015 del 4 diciembre.a la calle con 750 e?
Alguien puede explicar o sabe que va a suceder con los componentes de la guardia civil ? Es solo de aplicación para los que han entrado a partir del01/11/2011. Es vergonzoso!!!. En vez de solucionar los problemas que existen cada vez buscan ahogar y exprimir a sus componentes
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Re: Real Decreto 1087/2015 del 4 diciembre.a la calle con 75
¿ Se puede saber de donde salen los 750 € ? Yo no lo veo por ninguna parte.
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
Todo dependerá de la Base Reguladora de unos y de otros. Por cierto, ¿ cotizan en la misma cuantía los de DPM que los de SS ? Ahí puede estar el gato escondido.trasgu123 escribió:No todo el mundo que pasa a retiro por incapacidad lo hace en acto de servicio, la inmensa mayoria es por en enfermedad o lesion comun y ahi esta la jugarreta. A los de antes de 2011 las cuentas se las haran con el minimo del 75% por Clases Pasivas y a los "nuevos" con el sistema de la Seguridad Social con el minimo del 55%.
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
Francisco I escribió:Todo dependerá de la Base Reguladora de unos y de otros. Por cierto, ¿ cotizan en la misma cuantía los de DPM que los de SS ? Ahí puede estar el gato escondido.trasgu123 escribió:No todo el mundo que pasa a retiro por incapacidad lo hace en acto de servicio, la inmensa mayoria es por en enfermedad o lesion comun y ahi esta la jugarreta. A los de antes de 2011 las cuentas se las haran con el minimo del 75% por Clases Pasivas y a los "nuevos" con el sistema de la Seguridad Social con el minimo del 55%.
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Las cotizaciones en la S. Social se hacen por Bases y hay varias Minimas, segun la categoria laboral, y una Maxima que es comun. Los "nuevos" deberian de mirar a ver por cuanto estan cotizando, yo lo haria.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Tra ... /index.htm
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
Como siempre, querrán cotizar por el mínimo y cobrar por el máximo; somos "asín"
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
El minimo de una pension de retiro por incapacidad en el sistema de Clases Pasivas, es del 75% del Haber Regula desde la entrada en vigor hace ya unos años, del Real Decreto 710/2009.Antoro escribió:A que te refieres con el mínimo. Que será del 75% hacia arriba dependiendo de los años de servicio?
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
De ahi lo de comprobar en la Tesoreria de la S. Social por cuanto se esta cotizando, ten en cuenta que una parte la paga la "empresa" y otra el trabajador.Francisco I escribió:Como siempre, querrán cotizar por el mínimo y cobrar por el máximo; somos "asín"
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
Esto en las Bases Militares, Cuarteles, Comandancias, Puestos, Comisarias, etc., lo sabe la gente "nueva" ??.
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
Me da a mi que no....
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
El Pensionazo II...la historia continua ...del Rubalcabazo al Sorayazo.
Es hora de que se marchen los dos después de 33 años alternándose con el poder.
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE
Otro vendrá que bueno te hará. La historia lo confirma; no cualquier tiempo pasado fue peor.to-ex escribió:El Pensionazo II...la historia continua ...del Rubalcabazo al Sorayazo.
Es hora de que se marchen los dos después de 33 años alternándose con el poder.
Real Decreto 1087/2015 de 11-dic-2015
Hola a todos, he estado leyendo en el BOE el Real Decreto 1087/2015, de 4 de diciembre, sobre procedimiento, condiciones y alcance del reconocimiento de las prestaciones de incapacidad permanente y muerte y supervivencia para el personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado derivado de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social.
A quien afecta realmente este Real Decreto?..
A quien afecta realmente este Real Decreto?..