RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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migue976
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por migue976 »

Artículo 13. Prestaciones.
En el supuesto de incapacidad permanente o fallecimiento en acto de servicio declarado por la autoridad competente del Ministerio de Defensa o del Interior, se reconocerá al personal de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o sus familiares con derecho a pensión, la pensión que corresponda conforme a la normativa del Régimen General de la Seguridad Social así como un complemento extraordinario de pensión equivalente a la diferencia entre el importe de la pensión por contingencias profesionales de la Seguridad Social y la cuantía de la pensión extraordinaria que por el mismo hecho hubiere correspondido, en su caso, en aplicación de las normas del Régimen de Clases Pasivas del Estado.

conclusion: la pension por acto de servicio quedara igual.
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trasgu123
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por trasgu123 »

No todo el mundo que pasa a retiro por incapacidad lo hace en acto de servicio, la inmensa mayoria es por en enfermedad o lesion comun y ahi esta la jugarreta. A los de antes de 2011 las cuentas se las haran con el minimo del 75% por Clases Pasivas y a los "nuevos" con el sistema de la Seguridad Social con el minimo del 55%.

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Y esto van y lo aprueban unos dias antes de unas elecciones generales, con dos coj........
Antoro
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por Antoro »

A que te refieres con el mínimo. Que será del 75% hacia arriba dependiendo de los años de servicio?
calamar
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Real Decreto 1087/2015 del 4 diciembre.a la calle con 750 e?

Mensaje por calamar »

Alguien puede explicar o sabe que va a suceder con los componentes de la guardia civil ? Es solo de aplicación para los que han entrado a partir del01/11/2011. Es vergonzoso!!!. En vez de solucionar los problemas que existen cada vez buscan ahogar y exprimir a sus componentes
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Re: Real Decreto 1087/2015 del 4 diciembre.a la calle con 75

Mensaje por Francisco I »

¿ Se puede saber de donde salen los 750 € ? Yo no lo veo por ninguna parte.
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por Francisco I »

trasgu123 escribió:No todo el mundo que pasa a retiro por incapacidad lo hace en acto de servicio, la inmensa mayoria es por en enfermedad o lesion comun y ahi esta la jugarreta. A los de antes de 2011 las cuentas se las haran con el minimo del 75% por Clases Pasivas y a los "nuevos" con el sistema de la Seguridad Social con el minimo del 55%.

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Todo dependerá de la Base Reguladora de unos y de otros. Por cierto, ¿ cotizan en la misma cuantía los de DPM que los de SS ? Ahí puede estar el gato escondido.
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por trasgu123 »

Francisco I escribió:
trasgu123 escribió:No todo el mundo que pasa a retiro por incapacidad lo hace en acto de servicio, la inmensa mayoria es por en enfermedad o lesion comun y ahi esta la jugarreta. A los de antes de 2011 las cuentas se las haran con el minimo del 75% por Clases Pasivas y a los "nuevos" con el sistema de la Seguridad Social con el minimo del 55%.

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Y esto van y lo aprueban unos dias antes de unas elecciones generales, con dos coj........
Todo dependerá de la Base Reguladora de unos y de otros. Por cierto, ¿ cotizan en la misma cuantía los de DPM que los de SS ? Ahí puede estar el gato escondido.

Las cotizaciones en la S. Social se hacen por Bases y hay varias Minimas, segun la categoria laboral, y una Maxima que es comun. Los "nuevos" deberian de mirar a ver por cuanto estan cotizando, yo lo haria.

http://www.seg-social.es/Internet_1/Tra ... /index.htm
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por Francisco I »

Como siempre, querrán cotizar por el mínimo y cobrar por el máximo; somos "asín"
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por trasgu123 »

Antoro escribió:A que te refieres con el mínimo. Que será del 75% hacia arriba dependiendo de los años de servicio?
El minimo de una pension de retiro por incapacidad en el sistema de Clases Pasivas, es del 75% del Haber Regula desde la entrada en vigor hace ya unos años, del Real Decreto 710/2009.
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por trasgu123 »

Francisco I escribió:Como siempre, querrán cotizar por el mínimo y cobrar por el máximo; somos "asín"
De ahi lo de comprobar en la Tesoreria de la S. Social por cuanto se esta cotizando, ten en cuenta que una parte la paga la "empresa" y otra el trabajador.
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trasgu123
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por trasgu123 »

Esto en las Bases Militares, Cuarteles, Comandancias, Puestos, Comisarias, etc., lo sabe la gente "nueva" ??.
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por sargentodehierro »

Me da a mi que no....
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por to-ex »

El Pensionazo II...la historia continua ...del Rubalcabazo al Sorayazo.
Es hora de que se marchen los dos después de 33 años alternándose con el poder.
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Re: RD 1087/2015 SEGURIDAD SOCIAL MIEMBROS FAS Y FCSE

Mensaje por Francisco I »

to-ex escribió:El Pensionazo II...la historia continua ...del Rubalcabazo al Sorayazo.
Es hora de que se marchen los dos después de 33 años alternándose con el poder.
Otro vendrá que bueno te hará. La historia lo confirma; no cualquier tiempo pasado fue peor.
melaspi
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Real Decreto 1087/2015 de 11-dic-2015

Mensaje por melaspi »

Hola a todos, he estado leyendo en el BOE el Real Decreto 1087/2015, de 4 de diciembre, sobre procedimiento, condiciones y alcance del reconocimiento de las prestaciones de incapacidad permanente y muerte y supervivencia para el personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado derivado de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social.
A quien afecta realmente este Real Decreto?..
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