aishalove escribió:Buenas tardes a todo el Foro. Por favor necesito que me echen una mano. tenía abierto un expediente de pérdidas de aptitudes psicofísicas hasta esta mañana que me han llamado de la Subdelegación de Defensa y me han dicho que salí publicado en el B.O.D., que mañana me presentara en la subdelegación que ya no era militar. He llamado seguidamente a mi instructor y me dice que sí, que tiene la resolución delante y que es normal que la resolución y la publicación vayan a la par.......... ??????? Yo lo último que hice fue alegaciones al acta de la JMPS. Esperaba una respuesta de la junta superior o de la junta de evaluación, o de la asesoría jurídica, no sé una respuesta a esas alegaciones. Que se supone que esas alegaciones eran el trámite de audiencia creo.... Esas alegaciones al acta de la J.M.P.S. se realizaron el 22 de Diciembre. Pensé que me volverían a llamar de la J.M.P.S no sé o decirme que no a las alegaciones, después la firma de la subsecretaría de defensa y después un mes más para la publicación. a mí me han comunicado primero que no soy militar y después que vaya a recoger la resolución. No lo entiendo. Otra duda que tengo compañeros es que he conseguido el bolentín de defensa de hoy y pone que sÍ que es acto de servicio, y en la última columna pone Nº AÑOS PRIMA y no me pone nada...... ???????? tenía un contrato de larga duración. los años de servicio no eran continuados pero tengo tres trienios y en octubre cumplía el 4 trienio 12 años. A día de hoy tengo 11 años, 3 meses y diás de servicio. Alguien me puede ayudar??? Por favor soy un manojo de nervios. Yo pensé que tenía todos los requisitos para una pensión. De hecho en el acta viene el artículo 6a del R.D. 1186/2001 y quedaba acreditado que SÍ. Pero como no he visto la resolución. El grado de limitación es del 40% No sé que más datos aportar. Me he leído mil veces el real decreto 1186/2001. Por favor que alguien me eche un cable y me digan si le han pasado lo mismo, si es normal que hagas una alegaciones y lo siguiente es publicado y resolución el mismo día. Qué significa la última columna del cuadro de pérdida de condición militar donde salgo publicado en el B.O.D., Nº AÑOS PRIMA?????
No es tan complicado. Vamos por partes.
- Que salgas en el BOD al mismo tiempo que te notifica el Instructor es irrelevante. Desde que se firmo la resolucion ya se acabo el expediente y tu relacion laboral, dando igual que salgas en el BOD ese mismo dia o cinco meses despues.
- Pasaste JMPS e hiciste alegaciones al acta. La respuesta a esas alegaciones es la resolucion que te ha notificado el Instructor y con ello se acaba la via administrativa, si no estas conforme puedes acudir a los tribunales de justicia.
- Si el acta te da un 40% de incapacidad y te incluye en el RD 1186/2001, tienes derecho a una pension del 70%. Leete despacito el articulo 6.1.a) de ese Real Decreto.
- La prima por años NO es compatible con la pension. Real Decreto 600/2007, articulo 6.