Susana1 escribió:Me dices que pasó a retiro, eso que significa que me jubilo, o es algo temporal.
Te jubilas para toda la vida. Aunque vosotros los militares os retiráis (es lo mismo, pero la palabra jubilación se utiliza para lo civil y el retiro para lo militar).
Susana1 escribió:Es decir esa situación cambia por ejemplo cuando llegara la edad de retiro por edad, o es la misma cosa.
Al retiro se llega o por edad o por incapacidad, en tu caso por lo segundo (parece ser), pero los efectos para ti son prácticamente los mismos y ya no cambia tu situación cuando supuestamente llegara tu retiro por edad; es decir, no te puedes retirar dos veces. Una vez que te retiras pasas a ser pensionista de clases pasivas y ya dejas de cotizar a derechos pasivos, así que si ahora te retiran ya lo estás para toda la vida.
Susana1 escribió: Y ahora que lo pienso, tengo cotizado 3 años a la seguridad social. Es decir estuve trabajando 3 años antes de entrar en el ejercito, eso influye en algo,
Claro que influye, ya que según dices llevas 17 años en el ejército y el límite para que no te quiten nada son 20 años. Te cuento:
Tu grupo retributivo o de clasificación administrativa es el C-1, por lo que si tienes (17 + 3 = 20 te corresponderá el 100%), aunque ya con 19 años y 1 día de servicios prestados (ya te computan 20 años), entonces según tu grupo te corresponde un haber regulador de 1742,22 €/mes brutos en 14 pagas para 2016, donde solo te descontarían el IRPF.
Pero para sumar los 3 años de la seguridad social tienes que solicitar, cuando pases a clases pasivas, que te apliquen el cómputo recíproco y te suman esos 3 años. Es que si no, por cada año que te falte para los 20 te restarán un 5%, es decir, que en tu caso, al tener 17 años y pico, te descontarían un 10% y en vez de quedarte 1742,22 brutos, te quedarían 1568 brutos, perderías al mes 174 €, de sumar el cómputo recíproco o no sumarlo.
Aunque tienes que tener en cuenta otra cuestión importante, y es, que si solicitas el cómputo recíproco ya no puedes trabajar en nada más. Es cuestión de que eches tus cuentas, aunque creo que te interesa solicitar el cómputo recíproco, porque si no lo haces y luego trabajas te aplicarán el pensionazo y te pegarán un palo en la pensión de un 45%. Bueno, eso es todo.
Saludos y suerte.