Discapacidad

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BROOKLYN55
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Discapacidad

Mensaje por BROOKLYN55 »

Estoy jubilado por incapacidad total del CNP. Yo tengo derecho a que me asignen un porcentaje de discapacidad??? Si es así, donde debería tramitar esto??

Gracias
zuku
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Re: Discapacidad

Mensaje por zuku »

Hola:

Por Ley a efectos fiscales tienes un 33%, para que te valoren la discapacidad tienes que solicitarlo en los servicios de la CCAA

Un saludo
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BROOKLYN55
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Re: Discapacidad

Mensaje por BROOKLYN55 »

Es decir, en la oficina del INSS? o en otra dependencia de la CA??

Gracias
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dmf
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Re: Discapacidad

Mensaje por dmf »

Hola, en el Centro de Valoración o Centro Base de los Servicios Sociales de tu CCAA.
Puedes solicitar el reconocimiento del grado de discapacidad, no solo para la enfermedad con la que pasaste a jubilado, también para cualquier otra patología que tengas de tipo físico, intelectual, mental, sensorial o enfermedad rara de las que tengas informes médicos que aportar.
Como mínimo de oficio, como bien te dice Zuku, tienes reconocido el 33% que puedes marcar en la declaración de la renta y en el M-145 de notificación de datos al pagador para la retención en la nómina-pensión.
Aqui tienes el directorio de los Centro de Valoración: http://sid.usal.es/faq.aspx?id=230
Un saludo.
BROOKLYN55
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Re: Discapacidad

Mensaje por BROOKLYN55 »

Muchas gracias por la información.
kanuastur
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Re: Discapacidad

Mensaje por kanuastur »

Me asalta una duda, ya que estoy esprrando que se resuelva mi caso:
En caso de jubilación por motivos de la cabeza se te asigna un 33% de oficio.
Mi preginta es, suele ser una incapacidad para esta profesión? O para cualquier clase de trabajo y así estar exento d Irpf?
Supongo que sea la primera. A no ser en casos muy graves.
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dmf
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Re: Discapacidad

Mensaje por dmf »

kanuastur escribió:por kanuastur » Jue Abr 06, 2017 7:21 am
Hola, da igual que sea por la cabeza, o por el riñón, si pasas a jubilado por incapacidad permanente para el servicio para las funciones propias de tu Cuerpo o Escala, tienes según el RDL 1/2013, de 29 de noviembre art 4.2 el 33% de discapacidad reconocido.
Ahora bien si pasas a jubilado por incapacidad permanente para el servicio para toda profesión u oficio, tienes también el 33%, pero estarías exento del IRPF.
Como norma general, suele ser por incapacidad permanente para el servicio para las funciones propias de tu Cuerpo o Escala.
Un saludo.
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Re: Discapacidad

Mensaje por kanuastur »

Una ultima duda, si la incapacidad es solo para profesion u oficio. Yo podria trabajar en otro ambito laboral, pero se me restaria el 45% de mi pension según haber regulador grupo c-1?

Por lo que entiendo que se me pagaría el 55% y a la hora de hacer la declaración de la renta, al tener dos pagadores me meterían un buen palo. Sabes si esto sería asi?

Muchas gracias, me gustaría tener lad cosas clarar y aquí ayudais mucho.
krokus
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Re: Discapacidad

Mensaje por krokus »

kanuastur escribió:Una ultima duda, si la incapacidad es solo para profesion u oficio. Yo podria trabajar en otro ambito laboral, pero se me restaria el 45% de mi pension según haber regulador grupo c-1?

Por lo que entiendo que se me pagaría el 55% y a la hora de hacer la declaración de la renta, al tener dos pagadores me meterían un buen palo. Sabes si esto sería asi?

Muchas gracias, me gustaría tener lad cosas clarar y aquí ayudais mucho.
Asi es compañero, lo que puedes hacer para subir la pensión es solicitar el cómputo de años trabajados en la Seguridad social ( si es que tienes cotizaciones) pero NO podrías trabajar en nada más, aunque quisieras....Saludos
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Re: Discapacidad

Mensaje por BROOKLYN55 »

krokus escribió:
kanuastur escribió:Una ultima duda, si la incapacidad es solo para profesion u oficio. Yo podria trabajar en otro ambito laboral, pero se me restaria el 45% de mi pension según haber regulador grupo c-1?

Por lo que entiendo que se me pagaría el 55% y a la hora de hacer la declaración de la renta, al tener dos pagadores me meterían un buen palo. Sabes si esto sería asi?

Muchas gracias, me gustaría tener lad cosas clarar y aquí ayudais mucho.
Asi es compañero, lo que puedes hacer para subir la pensión es solicitar el cómputo de años trabajados en la Seguridad social ( si es que tienes cotizaciones) pero NO podrías trabajar en nada más, aunque quisieras....Saludos
Y esto ultimo como se hace???
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dmf
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Re: Discapacidad

Mensaje por dmf »

Hola, ver el punto 4 letra f sobre el cómputo recíproco entre Regímenes: http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... rales.aspx
Un saludo.
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Re: Discapacidad

Mensaje por ak16 »

Yo queria saber si me incapacitan solo para ser policia, pero puedo trabajar de otra cosa? O al estar jubilado ya no puedo trabajar de nada?

Igual me confundo con la 2 actividad q si se seguro que se puede trabajar.
krokus
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Re: Discapacidad

Mensaje por krokus »

ak16 escribió:Yo queria saber si me incapacitan solo para ser policia, pero puedo trabajar de otra cosa? O al estar jubilado ya no puedo trabajar de nada?

Igual me confundo con la 2 actividad q si se seguro que se puede trabajar.
Te pueden jubilar para tu trabajo de policía (es lo normal) pero puedes currar en otra cosa teniendo en cuenta el pensionazo de nuestro amigo....
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