ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
-
- Soldado
- Mensajes: 2
- Registrado: Jue May 08, 2014 11:05 am
- Cuerpo: Funcionario Civil
- Situacion: Retiro por incapacidad
ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Hola a todos,
incorporo el siguiente tema al foro.
Soy funcionario PERSONAL CIVIL y busco de forma urgente un buen abogado en MADRID experto en Clases pasivas para tramitación del derecho a PENSIÓN EXTRAORDINARIA de jubilación ante su denegación y para proceso de revisión de grado.
Quien sea tan amable de responderme y si va en contra de la normativa del foro me lo puede hacer privadamente.
Muchas gracias.
incorporo el siguiente tema al foro.
Soy funcionario PERSONAL CIVIL y busco de forma urgente un buen abogado en MADRID experto en Clases pasivas para tramitación del derecho a PENSIÓN EXTRAORDINARIA de jubilación ante su denegación y para proceso de revisión de grado.
Quien sea tan amable de responderme y si va en contra de la normativa del foro me lo puede hacer privadamente.
Muchas gracias.
Última edición por seap el Dom Jul 22, 2018 7:15 pm, editado 1 vez en total.
-
- Cabo
- Mensajes: 12
- Registrado: Vie Ene 24, 2014 5:47 pm
- Cuerpo: Policia Nacional
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Muy buenas, ya se ha comentado en algún tema el nombre de Florentino Martinez Alonso, teléfono 686649297,especialista en contenciosos retirados en acto de servicio, hablan que es muy honesto y si no lo ve claro no te va a sacar ni un duro, en fin que tengas suerte y ya comentarás.
-
- Brigada
- Mensajes: 65
- Registrado: Lun Ene 19, 2009 4:17 pm
- Cuerpo: Militar de Complemento
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Florentino Martínez Alonso como dice el compañero softaile es de fiar y entiende bastante
Suerte
Suerte
-
- Soldado
- Mensajes: 2
- Registrado: Jue May 08, 2014 11:05 am
- Cuerpo: Funcionario Civil
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Muchas gracias por vuestras respuestas.
Última edición por seap el Dom Jul 22, 2018 7:25 pm, editado 1 vez en total.
-
- Sargento 1º
- Mensajes: 41
- Registrado: Mar Oct 18, 2016 12:00 am
- Cuerpo: Otros
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Buenos días seap,
Buscando por internet me he encontrado muy identificada con tus palabras y con lo que buscabas en 2014 según veo... Yo estoy ahora, en el 2017 con la misma urgencia... No sé si diste con la "tecla" y encontraste un abogado con el perfil que buscabas(que es lo que yo necesito).
Yo pertenezco a clases pasivas civil y veo mayoritariamente especialistas en Militar, te agradecería muchísimo que me escribieses sobre lo que te pregunto.Agradecida de antemano y a la espera de tu pronta respuesta,un cordial saludo.
Buscando por internet me he encontrado muy identificada con tus palabras y con lo que buscabas en 2014 según veo... Yo estoy ahora, en el 2017 con la misma urgencia... No sé si diste con la "tecla" y encontraste un abogado con el perfil que buscabas(que es lo que yo necesito).
Yo pertenezco a clases pasivas civil y veo mayoritariamente especialistas en Militar, te agradecería muchísimo que me escribieses sobre lo que te pregunto.Agradecida de antemano y a la espera de tu pronta respuesta,un cordial saludo.
-
- Teniente Coronel
- Mensajes: 921
- Registrado: Mié May 02, 2012 1:26 pm
- Cuerpo: Policia Nacional
- Situacion: Otros
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Tinna, el forero seap, difícilmente te va a contestar después de 3 años y 2 mensajes. Creo yo.Tinna escribió:Buenos días seap,
Buscando por internet me he encontrado muy identificada con tus palabras y con lo que buscabas en 2014 según veo... Yo estoy ahora, en el 2017 con la misma urgencia... No sé si diste con la "tecla" y encontraste un abogado con el perfil que buscabas(que es lo que yo necesito).
Yo pertenezco a clases pasivas civil y veo mayoritariamente especialistas en Militar, te agradecería muchísimo que me escribieses sobre lo que te pregunto.Agradecida de antemano y a la espera de tu pronta respuesta,un cordial saludo.
Te recuerdo que los policías también somos funcionarios civiles de clases pasivas y el abogado que te recomendaron parece ser que también tramita asuntos de los funcionarios civiles. Saludos
- trasgu123
- Teniente General
- Mensajes: 15769
- Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
A Clases Pasivas pertenecemos todos los empleados publicos por oposicion de las Administracion General del Estado que hemos ingresado antes de 2011. Clases Pasivas NO distingue entre policias, guardias c. militares, jueces, fiscales, maestros, carteros, mecanicos, jardineros, administrativos, ingenieros, arquuitectos, etc. Solo hay una Ley y es para todos la misma, cosa diferente es como tramita cada ministerio los expedientes de incapacidad y por lo que se lee en estos lares, los que mejor lo tienen regulado son los militares con un Real Decreto propio.Tinna escribió:Buenos días seap,
Buscando por internet me he encontrado muy identificada con tus palabras y con lo que buscabas en 2014 según veo... Yo estoy ahora, en el 2017 con la misma urgencia... No sé si diste con la "tecla" y encontraste un abogado con el perfil que buscabas(que es lo que yo necesito).
Yo pertenezco a clases pasivas civil y veo mayoritariamente especialistas en Militar, te agradecería muchísimo que me escribieses sobre lo que te pregunto.Agradecida de antemano y a la espera de tu pronta respuesta,un cordial saludo.
-
- Coronel
- Mensajes: 1434
- Registrado: Mar Ene 10, 2012 2:20 am
- Cuerpo: Policia Nacional
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
En este dichoso Foro entre todos sabemos mas que un buen Abogado de Clases Pasivas.seap escribió:Muchas gracias por vuestras respuestas.He mirado ya en su página web y es experto en fuerzas armadas y Cuerpos de policía.Pero no en funcionarios personal civil del Estado.
Necesito un especialista en derecho laboral y de clases pasivas.
Gracias de todos modos.
-
- Coronel
- Mensajes: 1434
- Registrado: Mar Ene 10, 2012 2:20 am
- Cuerpo: Policia Nacional
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Para proceso de revisión de grado o te lo puedo decir pero como no confías mucho en este foro me lo guardo y si lo quieres saber házmelo saber y te lo mando y sin cobrar.
-
- Soldado
- Mensajes: 5
- Registrado: Dom Nov 19, 2017 6:22 pm
- Cuerpo: Policia Nacional
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Sobre abogado experto n clases pasivas yo creo que también precisaria uno que llevase sobre todo temas de cambios de invalidez,absoluta, total. Es para que me explicase si ve viable solicitar una revisión por agravamiento, para pasar de la total que tengo reconocida a una absoluta para la exención del IRPF. Yo estoy jubilado por acto de servicio y tengo concedida la total.
Muchas gracias a todos y espero vuestra ayuda.
Muchas gracias a todos y espero vuestra ayuda.
-
- Suboficial Mayor
- Mensajes: 162
- Registrado: Mar Ene 31, 2017 1:38 am
- Cuerpo: Policia Nacional
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
A mi también me gustaría conocer opciones de abogados buenos para la revisión de la incapacidad,para obtener la absoluta por agravamiento.
El problema es que el diagnóstico que me pusieron en el tribunal no coincide con el que tenia de mi especialista psiquiatra forense.
una vez concedida la jubilación por incapacidad hay alguna posibilidad de que revisen el expediente o cambien el acta?
Mi diagnóstico era depresión mayor y con eso sí hay posibilidad de pedir el agravamiento y obtener la absoluta.pero los muy c.del tribunal me pusieron como motivo trastorno adaptativo y yo no estaba para pensar en ese momento ni sabía la repercusión de ese diagnóstico en el acta.
Se puede impugnar ahora el acta de jubilacion,ha pasado más de un año .
Gracias de antemano
El problema es que el diagnóstico que me pusieron en el tribunal no coincide con el que tenia de mi especialista psiquiatra forense.
una vez concedida la jubilación por incapacidad hay alguna posibilidad de que revisen el expediente o cambien el acta?
Mi diagnóstico era depresión mayor y con eso sí hay posibilidad de pedir el agravamiento y obtener la absoluta.pero los muy c.del tribunal me pusieron como motivo trastorno adaptativo y yo no estaba para pensar en ese momento ni sabía la repercusión de ese diagnóstico en el acta.
Se puede impugnar ahora el acta de jubilacion,ha pasado más de un año .
Gracias de antemano
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Compañero a mi corto entender, los Abogados de Clases Pasivas del Estado son conocido como Habilitados de Clases Pasivas. Referente a solicitar el Tribunal por agravamiento de patologías es de 2 años para la Guardia Civil al menos fue lo que a mi me comunicaron. SuerteMariana escribió: ↑Lun Sep 03, 2018 11:01 pm A mi también me gustaría conocer opciones de abogados buenos para la revisión de la incapacidad,para obtener la absoluta por agravamiento.
El problema es que el diagnóstico que me pusieron en el tribunal no coincide con el que tenia de mi especialista psiquiatra forense.
una vez concedida la jubilación por incapacidad hay alguna posibilidad de que revisen el expediente o cambien el acta?
Mi diagnóstico era depresión mayor y con eso sí hay posibilidad de pedir el agravamiento y obtener la absoluta.pero los muy c.del tribunal me pusieron como motivo trastorno adaptativo y yo no estaba para pensar en ese momento ni sabía la repercusión de ese diagnóstico en el acta.
Se puede impugnar ahora el acta de jubilacion,ha pasado más de un año .
Gracias de antemano
-
- Suboficial Mayor
- Mensajes: 162
- Registrado: Mar Ene 31, 2017 1:38 am
- Cuerpo: Policia Nacional
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Gracias por responder y por la información.nose si en la guardia civil va diferente,yo ya estoy jubilada .donde las visto lo de los dos años? Sé que para el grado de incapacidad lo del 33%o lo que sea si tienen que pasar dos años pero para la revisión del agravamiento no lo he visto,puedes informarme?
De todas formas lo que quería saber es si hay posibilidad de revisar el diagnóstico que me puso el tribunal en su momento ,y consultar un buen abogado en caso de que se pueda modificar y en caso de que no que me oriente con el agravamiento
De todas formas lo que quería saber es si hay posibilidad de revisar el diagnóstico que me puso el tribunal en su momento ,y consultar un buen abogado en caso de que se pueda modificar y en caso de que no que me oriente con el agravamiento
- trasgu123
- Teniente General
- Mensajes: 15769
- Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
Los diagnosticos de los Tribunales Medicos no se recurren, se presentan Alegaciones en el plazo legal correspondiente. Lo que se recurren son las Resoluciones administrativas que se dictan basandose en ellos. Para Recurrir tales Resoluciones en la via Contencioso-Administrativa, hay unos plazos que estan perfectamente especificados en el escrito de comunicacion que se entrega.
Si se quiere solicitar revision por Agravamiento, hay que estar a lo dispuesto en el Real Decreto 710/2009.
Si se quiere solicitar revision por Agravamiento, hay que estar a lo dispuesto en el Real Decreto 710/2009.
- Próspero Jorge
- Sargento 1º
- Mensajes: 40
- Registrado: Lun Jul 16, 2018 6:11 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: ABOGADO EXPERTO EN CLASES PASIVAS
[quote=trasgu123 post_id=179463 time=1536085614 user_id=1808]
Los diagnosticos de los Tribunales Medicos no se recurren, se presentan Alegaciones en el plazo legal correspondiente. Lo que se recurren son las Resoluciones administrativas que se dictan basandose en ellos. Para Recurrir tales Resoluciones en la via Contencioso-Administrativa, hay unos plazos que estan perfectamente especificados en el escrito de comunicacion que se entrega.
Si se quiere solicitar revision por Agravamiento, hay que estar a lo dispuesto en el Real Decreto 710/2009.
[/quote]
Buenas tardes a todos.
Con respecto a lo de recurrir las resoluciones basadas en dictámenes médicos, yo tengo un buen cacao, y me explico.
Yo soy militar, de clases pasivas, y como todos sabemos, el ISFAS tiene concertada la asistencia sanitaria con compañías de seguros. Bien, pues el pasado día 28 salió publicado mi retiro ajeno a acto de sercicio. Pero no estoy de acuerdo en la resolución que me dieron puesto que no han atendido ninguna de las alegaciones que presenté durante el trámite de audiencia y pienso que ello me podría perjudicar en el futuro, por posible agravamiento de alguna de las patologías que tengo diagnosticadas.
Y según la resolución recibida, no atendieron mis alegaciones porque, si bien aceptan que tengo varias patologías, no les dan validez porque el dictamen de la sanidad militar solo tuvo en cuenta una de ellas, obviando los informes médicos que presenté durante todo el proceso desde que comencé con la IT. Y en la asesoría jurídica, esos informes que volví a presentar al alegar, no los tuvieron en cuenta para valorar mis alegaciones porque según ellos, los médicos que firmaron esos informes, que pertenecen a la aseguradora concertada con el ISFAS, son médicos privados. Y como tales, susceptibles de actuar a mi favor.
Y ahora estoy con la duda de si presentar un recurso o ir directamente a contencioso, ya que no tengo valoración de la seguridad social y quisiera intentar ganar algo de tiempo para poder recabar nuevos informes con los que ir a la SS, porque los que tengo tienen más de un año. Y yo lo que entiendo es que primero va el recurso y con la respuesta a contencioso si ha lugar.
¿Alguien sería tan amable de aconsejarme, por favor?.
Muchas gracias y un saludo.
Los diagnosticos de los Tribunales Medicos no se recurren, se presentan Alegaciones en el plazo legal correspondiente. Lo que se recurren son las Resoluciones administrativas que se dictan basandose en ellos. Para Recurrir tales Resoluciones en la via Contencioso-Administrativa, hay unos plazos que estan perfectamente especificados en el escrito de comunicacion que se entrega.
Si se quiere solicitar revision por Agravamiento, hay que estar a lo dispuesto en el Real Decreto 710/2009.
[/quote]
Buenas tardes a todos.
Con respecto a lo de recurrir las resoluciones basadas en dictámenes médicos, yo tengo un buen cacao, y me explico.
Yo soy militar, de clases pasivas, y como todos sabemos, el ISFAS tiene concertada la asistencia sanitaria con compañías de seguros. Bien, pues el pasado día 28 salió publicado mi retiro ajeno a acto de sercicio. Pero no estoy de acuerdo en la resolución que me dieron puesto que no han atendido ninguna de las alegaciones que presenté durante el trámite de audiencia y pienso que ello me podría perjudicar en el futuro, por posible agravamiento de alguna de las patologías que tengo diagnosticadas.
Y según la resolución recibida, no atendieron mis alegaciones porque, si bien aceptan que tengo varias patologías, no les dan validez porque el dictamen de la sanidad militar solo tuvo en cuenta una de ellas, obviando los informes médicos que presenté durante todo el proceso desde que comencé con la IT. Y en la asesoría jurídica, esos informes que volví a presentar al alegar, no los tuvieron en cuenta para valorar mis alegaciones porque según ellos, los médicos que firmaron esos informes, que pertenecen a la aseguradora concertada con el ISFAS, son médicos privados. Y como tales, susceptibles de actuar a mi favor.
Y ahora estoy con la duda de si presentar un recurso o ir directamente a contencioso, ya que no tengo valoración de la seguridad social y quisiera intentar ganar algo de tiempo para poder recabar nuevos informes con los que ir a la SS, porque los que tengo tienen más de un año. Y yo lo que entiendo es que primero va el recurso y con la respuesta a contencioso si ha lugar.
¿Alguien sería tan amable de aconsejarme, por favor?.
Muchas gracias y un saludo.