Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Consultas y aclaraciones en relación con reservistas

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oskiitar
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Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Mensaje por oskiitar »

Hola, soy militar temporal de la escala de tropa y marinería con compromiso de larga duración en la Armada Española. Después de buscar en el foro, en asociaciones y en la OFAP de mi unidad, expongo dos cuestiones para ver si alguien puede arrojar algo de luz en este tema:

1. La condición de reservista de especial disponibilidad se adquiere una vez finalizado el compromiso de larga duración al cumplir los 45 años y siempre que tengan cumplidos 18 años de servicio, para ello deberán solicitarlo mediante instancia al menos con tres meses de antelación al pasar a la citada situación.

- Con qué plazo máximo de antelación se puede realizar la solicitud? Tiene que ser en el año que se cumple los 45? Y si todavía nos faltan 3 o 4 años para alcanzar esa edad, se puede solicitar con tanta antelación?

2. Las solicitudes se cursarán, a través de la unidad de destino, al Jefe de Estado Mayor que corresponda o al Subsecretario de Defensa y serán resueltas por éstos mediante publicación de la correspondiente resolución en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa», en la que deberán figurar las unidades de destino para incorporación en caso de activación y la Subdelegación de Defensa de la que pasen a depender.

- Para realizar la solicitud es imprescindible estar en activo? Se contempla la posibilidad de realizar dicha solicitud en otra situación administrativa, como licencia o excedencia?
oskiitar
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Re: Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Mensaje por oskiitar »

Como mucha gente, estoy enfocando mi futuro en la reinserción laboral. En dos años habré terminado mi formación de técnico superior y tendré que pedir una licencia para realizar las prácticas en una empresa.

El problema que le veo, es que me pueda surgir la oportunidad de trabajar con contrato en la empresa y no sepa cómo gestionar todo este asunto, licencia, excedencia, reservista...

Me gustaría trazar un rumbo hacia la meta, en esta recta final del camino, en lugar de andar dando tumbos sin saber por donde vienen los palos.

Gracias a todos por el esfuerzo que hacéis. Un saludo
jesusct
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Se puede pasar de excedencia a RED?

Mensaje por jesusct »

Buenas comento mi caso ,soy soldado de tropa temporal en diciembre hago los 18 años de servicio y tengo 36 años me an comentado que podria coger excedencia 9 años hasta los 45 años y pedir despues ser RED pero no encuentro nada que lo ponga por escrito,sabéis si eso es asi ? Gracias
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trasgu123
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Re: Se puede pasar de excedencia a RED?

Mensaje por trasgu123 »

No encuentras ?? Justo dos apartados del Foro mas abajo que este, tachannnnnnnnnnnnn RESERVISTAS y en el quinto post NORMATIVA.
oskiitar
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Re: Se puede pasar de excedencia a RED?

Mensaje por oskiitar »

trasgu123 escribió: Sab Ago 11, 2018 2:22 pm No encuentras ?? Justo dos apartados del Foro mas abajo que este, tachannnnnnnnnnnnn RESERVISTAS y en el quinto post NORMATIVA.
Pues yo estoy en la misma situación. Me he leído la ley 08/2006 un millón de veces. Puedes aclararnos en que punto dice que se pueda solicitar la condición de reservista de especial disponibilidad estando en situación de excedencia? Podrías indicarnos tan amablemente donde pone cuando hemos de solicitar la condición de reservista de especial disponibilidad?

Yo he consultado en la OFAP de mi unidad y tampoco saben darme una respuesta certera. Aquí todo se basa en el "yo creo que..." o el "podrías preguntar en..."

Al igual que el compañero que hace la pregunta, somos muchos los que firmamos esta ley hace ya muchos años, sin saber realmente en que consistía todo esto. Son ya muchos años de preguntas sin respuesta. Pero que se pregunte en un foro sobre el tema y te contesten con esta frialdad, me parece cuanto menos una falta de respeto. Esto no es un foro cualquiera. -good
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Re: Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Mensaje por oskiitar »

Nadie puede dar una respuesta? Se que no son cuestiones fáciles, pero alguien tendrá que saber no? Somos muchas personas en esta situación y cada vez habrá mas con esta ley 08/2006 de tropa y marinería.
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trasgu123
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Re: Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Mensaje por trasgu123 »

Que parte no se entiende del Real Decreto 383/2011, Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas

Artículo 46 Adquisición de la condición de reservista de especial disponibilidad

1. Adquieren la condición de reservistas de especial disponibilidad los militares profesionales que voluntariamente lo soliciten al finalizar sus compromisos de larga duración y acrediten haber cumplido al menos dieciocho años de servicios, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 8/2006, de 24 de abril, y en la disposición transitoria quinta de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.

2. Las solicitudes se cursarán, a través de la unidad de destino, al Jefe de Estado Mayor que corresponda o al Subsecretario de Defensa y serán resueltas por éstos mediante publicación de la correspondiente resolución en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa», en la que deberán figurar las unidades de destino para incorporación en caso de activación y la Subdelegación de Defensa de la que pasen a depender.


Alguien quiere ser RED y ha cumplido al menos 18 años de servicio ?? Pues solo tiene que solicitarlo, con la suficiente antelacion que las cosas de palacio van despacio, como se solicita cuaquier cosa ante la administracion publica de este pais: UNA INSTANCIA. Una cosa tal que asi:

DON (nombre y apellidos), (empleo) con D.N.I. núm. (Número DNI), destinado actualmente en (destino) o la situacion que corresponda

EXPONE:

Que en fecha (poner fecha), ingresa en el Ejército de Tierra, Aire, Armada, por lo que actualmente su tiempo de servicio es de (años, meses y días).

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, los militares profesionales de tropa y marinería, siempre que tengan cumplidos al menos dieciocho años de servicio y lo soliciten, adquirirán la condición de reservista de especial disponibilidad, una vez finalizado el Compromiso de Larga Duración, al alcanzar la edad de cuarenta y cinco años.

Que en fecha (poner fecha de cumplimiento de los 45 años) cumple cuarenta y cinco (45.-) años y ha superado los dieciocho años de servicio.

Por todo lo expuesto,

SOLICITA:

Le sea concedido su pase a la condición de Reservista de Especial Disponibilidad a partir de la fecha de su cuarenta y cinco cumpleaños, así como a percibir las retribuciones fijadas en el artículo 19 de la Ley 8/2006.

En (localidad), a (día) de (mes) de (año)


(firma del solicitante)


EXCMO. SR. GENERAL JEFE DEL ESTADO MAYOR DEL EJERCITO DE TIERRA-AIRE-ARMADA

Y a esperar la contestacion, como cualquier hijo de vecino.
jesbel
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Re: Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Mensaje por jesbel »

oskiitar escribió: Vie Ago 03, 2018 8:33 am Hola, soy militar temporal de la escala de tropa y marinería con compromiso de larga duración en la Armada Española. Después de buscar en el foro, en asociaciones y en la OFAP de mi unidad, expongo dos cuestiones para ver si alguien puede arrojar algo de luz en este tema:

1. La condición de reservista de especial disponibilidad se adquiere una vez finalizado el compromiso de larga duración al cumplir los 45 años y siempre que tengan cumplidos 18 años de servicio, para ello deberán solicitarlo mediante instancia al menos con tres meses de antelación al pasar a la citada situación.

- Con qué plazo máximo de antelación se puede realizar la solicitud? Tiene que ser en el año que se cumple los 45? Y si todavía nos faltan 3 o 4 años para alcanzar esa edad, se puede solicitar con tanta antelación?

2. Las solicitudes se cursarán, a través de la unidad de destino, al Jefe de Estado Mayor que corresponda o al Subsecretario de Defensa y serán resueltas por éstos mediante publicación de la correspondiente resolución en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa», en la que deberán figurar las unidades de destino para incorporación en caso de activación y la Subdelegación de Defensa de la que pasen a depender.

- Para realizar la solicitud es imprescindible estar en activo? Se contempla la posibilidad de realizar dicha solicitud en otra situación administrativa, como licencia o excedencia?


Hay que realizar la solicitud máximo 6 meses antes de la fecha de pase a la reserva.

Yo lo hice así, y sin problema. Siempre que, en esos 6 meses antes, tengas ya cumplidos los 18 años de servicio, si no es el caso, tendrás que esperar hasta tener los años necesarios de servicio.
elabuelofran
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Re: Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Mensaje por elabuelofran »

Hola, soy nuevo en el foro. Me suelen llamar el abuelo Fran.
Tengo una serie de dudas como mis compañeros, expongo mi caso para ver cual sería la posible respuesta.
Cabo del E.T., con una excedencia por asuntos particulares, 19años de servicio y 44 años de edad, si cancelo mi excedencia pasaré a estar activo pendiente de asignación de destino en la subdelegación de defensa a la que estoy adscrito; entonces desde que unidad pido yo la condición de Reservista Especial Disponibilidad si no tengo unidad por estar Pendiente Asignación Destino??
Además según El Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional dice el Artículo 14. Normas de asignación de los destinos:

6. Al militar que se encuentre en la situación de servicio activo pendiente de asignación de destino se le deberá asignar uno en un plazo máximo de seis meses, contado a partir de la fecha del cese en el último destino que tuviera o desde su incorporación a la situación de servicio activo desde otra situación administrativa.

La norma anterior no será de aplicación al que le corresponda pasar a otra situación administrativa en el plazo de seis meses anteriormente citado.

7. No se asignará destino cuando se prevea que el peticionario de una vacante no pueda desempeñarlo durante el tiempo mínimo de permanencia exigido. Para los destinos en territorio nacional, se exceptúa de esta norma al solicitante que se encuentre afectado por disolución, traslado o variación orgánica de su unidad, deba cesar en su destino por cumplir el tiempo de máxima permanencia o se encuentre en la situación de servicio activo pendiente de asignación de destino y al militar profesional que deba pasar a la situación de reserva por edad, por tiempo de permanencia en el empleo o por tiempo desde la obtención de la condición de militar de carrera, si puede cumplir un año de permanencia en el destino.

Entonces según este Real decreto con 44 años y 2meses a falta de 10 para los 45 ya no me destinan??
Gracias
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trasgu123
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Re: Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Mensaje por trasgu123 »

Todos los militares dependen administrativamente de un Organismo o una Unidad. Nadie mejor que tu sabra de quien dependes.

El Reglamento de destinos es el que es, para lo bueno y para lo malo.
elabuelofran
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Re: Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Mensaje por elabuelofran »

Muchas gracias trasgu123. En este caso yo conozco y se que dependo administrativamente de una Subdelegación de Defensa pero según el punto 2 de la Ley 8/2006 dice: Las solicitudes se cursarán, a través de la unidad de destino, al Jefe de Estado Mayor que corresponda o al Subsecretario de Defensa. En situación PAD no tengo un destino como tal sino que estoy adscrito administrativente por lo que yo entiendo que para cualquier solicitud administrativa como la solicitud de RED la debo hacer a través de la Subdelegación. Es así o me equivoco??
Y el reglamento de destinos en el caso antes planteado me favorece??
endika
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Re: Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Mensaje por endika »

Hola amigos/compañeros;

En la ley que afecta a los contratos de larga duración solo hay una referencia a tener que estar en servicio activo los dos últimos años; y es en el caso de solicitud de la prima por servicios prestados (finiquito) en caso de cese voluntario. En ningún caso se observa algo parecido para la solicitud de Reserva Especial Disponibilidad. Espero haber aclarado esta duda.
Saludos.
elabuelofran
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Re: Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Mensaje por elabuelofran »

Muchas gracias endika. Llevo dando vueltas a leyes, normativas, reales decretos, etcccc.....y la única conclusión a la que llego es lo expuesto anteriormente (incluso preguntando en OFAP y S1 en mi unidad). Resumiendo que si cumplo 44 años en Octubre del 2020 y me activo en Noviembre de 2020 me puedo estar 11 meses en SAPAD y por la normativa de destinos no me derían ningún destino por no llegar al mínimo exigido de tiempo y desde la subdelegación correspondiente solicitaría pasar a situación de RED. Perdón por mi insistencia pero según mi conclusión son 11 meses cobrando por "no hacer nada". Repito, es así? o me equivoco?
Gracias.
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Comentario: Tengo el honor de poder ser de la Escala de Tropa. Ahora tenemos escala, aprovecha ahora poder demostrar de que pasta estas hecho. Serás lo que tú quieras. No importa tu vida anterior. Nadie dijo que sería fácil.

Re: Solicitud Reservista de especial disponibilidad

Mensaje por Monteleva96 »

Buenas noches,
Debería saber que en la DIPE, están para asesorarte.
Con acercarse en la OFAP o Subdelegación, podrá dar con el número de teléfono pertinente, sólamente deberá filtrar si es AET o AEO, con el tiempo que tienes( Larga Duración) e incluso por el comienzo de tu apellido.
Ellos podrán asesorarte con el departamento que realmente esté más familiarizado.
Otro que te puede asesorar, la oficina de Ayuda al Soldado.

Espero que te pueda servir, un saludo.
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