Dudas Incapacidad, Militares.
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- Alferez
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Dudas Incapacidad, Militares.
Hola buenas, la duda que tengo es, si por ejemplo me reconocen unas patológicas en acto de servicio y otras no , pero la suma hace 33% , tendría derecho a pensión por acto de servicio ? un saludo.
- Arano
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
NO, ya que la incapacidad no se valora por porcentaje. Tendrías derecho a pensión en Acto de Servicio siempre que tu INCAPACIDAD LABORAL en el sentido que sea: permanente, total, absoluta, gran invalidez, te sea concedida por la JMP pertinente.
Saludos.
- Arano
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Matiza, en las actas emitidas por las JMP, se pone: "incapacidad para toda profesión y oficio", esta es la que equivale a la Incapacidad Absoluta.
En cuanto al tema de Acto de Servicio no es misión de la JMP, si bien lo suelen decir. Esta misión corresponde en última instancia al Ministerio de Defensa.
Saludos.
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- Alferez
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Muchas gracias por la respuesta, muy amable.
Un saludo.
Un saludo.
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- Alferez
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Muchas gracias, preparare ese jamón , jajaj.
Un saludo.
Un saludo.
- Arano
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Normalmente suman todos los porcentajes de discapacidad, pero aún pasando los mismos del 65% no tiene el por que ser una INCAPACIDAD LABORAL EN GRADO DE ABSOLUTA, toda vez que nada tiene que ver la incapacidad con la discapacidad.
Si la JMP, reconoce "incapacidad para toda profesión y oficio", esta en la ABSOLUTA en nuestros casos, tanto da que sea en Acto de Servicio o no; es decir, si toda tu documentación indica y es Acto de Servicio y la JMP, aparte del Acto de Servicio pone: "incapacidad para toda profesión y oficio...... en acto de Servicio", tu retiro lo será así y por lo tanto estarás exento de tributación de IRPF, pero..... por la incapacidad, no por el grado (%) de la discapacidad.
Igualmente y si solicitas de tu CC.AA., el grado de discapacidad, esta no te dará el 65%, sino lo estipulado en el R.D.L. 1/2013, que es el 33%.
Saludos.
Si la JMP, reconoce "incapacidad para toda profesión y oficio", esta en la ABSOLUTA en nuestros casos, tanto da que sea en Acto de Servicio o no; es decir, si toda tu documentación indica y es Acto de Servicio y la JMP, aparte del Acto de Servicio pone: "incapacidad para toda profesión y oficio...... en acto de Servicio", tu retiro lo será así y por lo tanto estarás exento de tributación de IRPF, pero..... por la incapacidad, no por el grado (%) de la discapacidad.
Igualmente y si solicitas de tu CC.AA., el grado de discapacidad, esta no te dará el 65%, sino lo estipulado en el R.D.L. 1/2013, que es el 33%.
Saludos.
- dmf
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Hola, permíteme una observación, efectívamente le dará la CCAA el 33% de discapacidad (no todas las CCAA) si solicita la Tarjeta de Discapacidad por estar así reconocido en el RDL, pero si cree que puede tener un grado de discapacidad mayor tendrá que solicitar pasar reconocimiento por el Centro Base correspondiente.
Un saludo.
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- Alferez
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Muchas gracias, por las ayudas. Se agradece.
Un abrazo
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- peluman
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Estoy totalmente de acuerdo contigo. El RD 1/2013 te reconocerá de oficio, dependiendo de la Comunidad autónoma eso sí, el 33% de discapacidad una vez que pases a retiro y así lo acredites oportunamente. Para poder acreditar un % de discapacidad, que como ya se ha repetido infinidad de veces nada tiene que ver con la incapacidad, superior a ese 33 %. Deberás solicitar ser reconocido por el EVI de tu Comunidad que te corresponda según domicilio y ellos serán quien te den o no, el correspondiente % de discapacidad tras tu reconocimiento.dmf escribió: ↑Lun Nov 05, 2018 8:34 pmHola, permíteme una observación, efectívamente le dará la CCAA el 33% de discapacidad (no todas las CCAA) si solicita la Tarjeta de Discapacidad por estar así reconocido en el RDL, pero si cree que puede tener un grado de discapacidad mayor tendrá que solicitar pasar reconocimiento por el Centro Base correspondiente.
Un saludo.
Gracias y un saludo a todos.
Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Muy buenas, solo para aclaración, el EVI no valora el porcentaje de discapacidad en las Comunidades Autónomas, la valoración de la discapacidad la realizan los centros base de valoración, el EVI es un organismo que nada tiene que ver con este concepto, valora incapacidades pero no relacionadas con el porcentaje de discapacidad.peluman escribió: Estoy totalmente de acuerdo contigo. El RD 1/2013 te reconocerá de oficio, dependiendo de la Comunidad autónoma eso sí, el 33% de discapacidad una vez que pases a retiro y así lo acredites oportunamente. Para poder acreditar un % de discapacidad, que como ya se ha repetido infinidad de veces nada tiene que ver con la incapacidad, superior a ese 33 %. Deberás solicitar ser reconocido por el EVI de tu Comunidad que te corresponda según domicilio y ellos serán quien te den o no, el correspondiente % de discapacidad tras tu reconocimiento.
Sal2
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Gracias DMF, por la matización que es muy importante.dmf escribió: ↑Lun Nov 05, 2018 8:34 pmHola, permíteme una observación, efectívamente le dará la CCAA el 33% de discapacidad (no todas las CCAA) si solicita la Tarjeta de Discapacidad por estar así reconocido en el RDL, pero si cree que puede tener un grado de discapacidad mayor tendrá que solicitar pasar reconocimiento por el Centro Base correspondiente.
Un saludo.
Saludos.
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Hola buenas tardes soy nuevo en este Foro, soy Pedroroca , Guardia Civil en activo quiero comentaros un tema haber como lo veis, sobre el mes de Junio de este año, me dio una Parada Cardiorespiratoria reanimada con exito, Juicio clínico Cardiopatia Isquemica. SCA. PRC, Extrahospitalaria reanimada con exito. Enfermedad de dos vasos (DA y CD) revascularización percutanea de lesión culpable (CD), lesión : Estenosis severa 85% en tercio proximal y oclusión total crónica inmediatamente después primera diagonal, afectada por la estenosis previa, de gran calibre y desarrollo. Diagnostico principal Enfermedad coronaria severa de un vaso, en la cual me pusieron dos Stents farmacoactivos. En total tengo tres Stents implantados.
Quisiera saber si con lo que tengo pasaría por incapacidad para el servicio y pase a retirado o me dejarían <acto con limitaciones>. Que tiempo puedo estar de baja, el cardiologo me ha dicho que puedo hacer vida normal y que puedo hacer cualquier deporte empezando poco a poco, aun no me han llamado de la Comandancia para pasar reconocimiento.
muchas gracias.
Quisiera saber si con lo que tengo pasaría por incapacidad para el servicio y pase a retirado o me dejarían <acto con limitaciones>. Que tiempo puedo estar de baja, el cardiologo me ha dicho que puedo hacer vida normal y que puedo hacer cualquier deporte empezando poco a poco, aun no me han llamado de la Comandancia para pasar reconocimiento.
muchas gracias.
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Hola!. Pedroroca.
A mi con infarto y estenosis severas en 2 arterias e implantacion 5 estén coronarios de una sentada y Frecuencia Eyección (FE) 70%.
Me dieron clase 2, grado leve, 24% y apto con limitaciones....
Parece que el asunto de la FE es importante en la valoración. En mi caso un 70% esta muy bien, con poco daño en la "patata" de hecho mis test de esfuerzo son con capacidad funcional muy buena.
Pero la lesión y la medicación es para siempre.
Averia gorda pero me encuentro hecho un toro, deporte a tope y perfecto.
Me ayudo el susto para dejar el tabaco.
En cuanto al tiempo. Inicie la baja en Febrero por el infarto y 15 meses después me citaron para Tribunal. Después viene todo el tramite tedioso. De Inicio de baja a resolución final 2 años y 4 meses.
Coge una buena silla y sientate a verlo pasar. Tranquilo y paciencia infinita. Ya lo veras.
Espero haberte ayudado, tienes una referencia ya.
Suerte y salud.... Un saludo. Cualquier cosa pregunta.
A mi con infarto y estenosis severas en 2 arterias e implantacion 5 estén coronarios de una sentada y Frecuencia Eyección (FE) 70%.
Me dieron clase 2, grado leve, 24% y apto con limitaciones....
Parece que el asunto de la FE es importante en la valoración. En mi caso un 70% esta muy bien, con poco daño en la "patata" de hecho mis test de esfuerzo son con capacidad funcional muy buena.
Pero la lesión y la medicación es para siempre.
Averia gorda pero me encuentro hecho un toro, deporte a tope y perfecto.
Me ayudo el susto para dejar el tabaco.
En cuanto al tiempo. Inicie la baja en Febrero por el infarto y 15 meses después me citaron para Tribunal. Después viene todo el tramite tedioso. De Inicio de baja a resolución final 2 años y 4 meses.
Coge una buena silla y sientate a verlo pasar. Tranquilo y paciencia infinita. Ya lo veras.
Espero haberte ayudado, tienes una referencia ya.
Suerte y salud.... Un saludo. Cualquier cosa pregunta.
- peluman
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Re: Dudas Incapacidad, Militares.
Gracias por la aclaración masss, que como bien dice Arano, es MUY IMPORTANTE. La verdad es que lo puse rápido y no me di cuenta del error, como bien mencionas es el centro base quien valora el % de discapacidad y no el EVI. El EVI es al INSS lo que para nosotros los militares es la JMPO, órganos que reconocen INCAPACIDADES y NO discapacidades.Pido disculpas si he podido generar alguna confusión.
Gracias y un saludo a todos.