Revisar la incapacidad permanente.

Foro centrado en Funcionarios Civiles del Estado, donde comentar e intercambiar opiniones e inquietudes

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Piopio
Alferez
Alferez
Mensajes: 206
Registrado: Mar Dic 11, 2018 6:10 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por Piopio »

[/quote]

Un saludo compañero, recuerda que el tema salió de lo que te comento esa señora , cosa que sigo diciendo que no se explicó bien o estaba un poco -11 , rumores??? donde los has escuchado , porque por lo del famoso articulo no será... Leelo tranquilamente y veras que no es lo que parece, a ese señor ya le van a dar la patadita y a esperar el siguiente. Por lo demás no he visto nada al respecto, si te han comentado algo más dínoslo.
[/quote]

No,si yo daba el asunto por zanjado, pero visto lo expuesto por el amigo agente75, era como que coincidian. Seguramente tienes razón,pero a ti parece que no te afecta porque si van a revisar a algunos sera a los que lleven menos de X años con la incapacidad, porque de seguir las cosas como estaban -eso de revisar de oficio a los de s.s- no tiene sentido lanzar el globo sonda, porque a esos ya los revisan, y recolocar solo pueden hacerlo con los empleados públicos. De alguna manera el secretario de estado parece que induce a confusión lanzando un aviso a los demás colectivos, como clases pasivas, exentos hasta ahora de revisión, porque si no tiene sentido lanzar el globo sonda.
cordobes10
Teniente
Teniente
Mensajes: 321
Registrado: Vie Oct 17, 2014 6:08 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: física,no mental

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por cordobes10 »

No,si yo daba el asunto por zanjado, pero visto lo expuesto por el amigo agente75, era como que coincidian. Seguramente tienes razón,pero a ti parece que no te afecta porque si van a revisar a algunos sera a los que lleven menos de X años con la incapacidad, porque de seguir las cosas como estaban -eso de revisar de oficio a los de s.s- no tiene sentido lanzar el globo sonda, porque a esos ya los revisan, y recolocar solo pueden hacerlo con los empleados públicos. De alguna manera el secretario de estado parece que induce a confusión lanzando un aviso a los demás colectivos, como clases pasivas, exentos hasta ahora de revisión, porque si no tiene sentido lanzar el globo sonda.
[/quote]


No es por volver a lo mismo, pero el amigo agente75 estaba refiriéndose a tu comentario y ahora tu te refieres al suyo , "tanto monta monta tanto" me resulta gracioso, aunque comprendo la inseguridad que conlleva el pasar de activo a jubilado de esta forma , ya que parece que nos regalan el sueldo. Pero esa inquietud os desaparecerá con el paso del tiempo, yo he pasado por ese periodo y aun mas después de pasarme todo lo que me pasó con la s.s.
En realidad y perdóname no leo lo del aviso a los demás colectivos , siempre se refiere a los gastos que generan los pagos, subsidios, etc por las incapacidades en la s.s. , gastos que aunque si lo miramos a nivel global vienen a salir del mismo sitio (el bolsillo del contribuyente) nuestras humildes pensiones no salen de ahí (p.g.e.).
No te preocupes y cerremos ya este tema porque más nos vamos a comer el coco y no hay ningún motivo para preocuparse (yo ya regale mi uniforme de cartero a una ONG) -800
Piopio
Alferez
Alferez
Mensajes: 206
Registrado: Mar Dic 11, 2018 6:10 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por Piopio »

Sí, será eso que tu dices. Yo doy por cerrado el tema, de hecho lo daba por cerrado si no fuera por el secretario de estado ese.
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15558
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por trasgu123 »

Piopio escribió: Dom Feb 17, 2019 1:17 am Sí, será eso que tu dices. Yo doy por cerrado el tema, de hecho lo daba por cerrado si no fuera por el secretario de estado ese.
Partiendo de la base de que somos de CLASES PASIVAS, que parte de Secretario de Estado de la Seguridad Social no se entiende ?? Alguien ha dedicado dos minutos a saber quien es este hombre y sus "conocimientos" del tema Clases Pasivas??

Que se puede cambiar la norma legal ?? Pues SI, se puede.

Que sale mas barato reincorporar a los jubilados de Clases pasivas que pagarles la pension ?? Pues NO, no sale mas barato. A corto, medio y largo plazo, sale mas caro.
aportodas
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 914
Registrado: Sab Dic 20, 2008 6:13 pm

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por aportodas »

No existe normativa en Clases Pasivas que permita la revisión de oficio. Lo de este artículo, siempre se está hablando de Seguridad Social, que no tiene que ver con clases Pasivas. Donde por cierto ya contempla la normativa la revisión.

Leyendo normas de la Ley de Clases Pasivas veo lo siguiente:

Disposición adicional décima. Reconocimiento de derechos pasivos causados por quienes han perdido la condición de funcionario.

1. El personal comprendido en las letras a) a h), ambas inclusive, y d) del número 1 del artículo 2 de este texto refundido que pierda la condición de funcionario, cualquiera que fuese la causa, así como el incluido en la letra k) del mismo artículo que termine su relación de servicio con las Fuerzas Armadas, conservará los derechos pasivos que para sí o sus familiares pudiera haber adquirido hasta ese momento, de acuerdo con lo establecido en el presente texto refundido, con las especialidades que se regulan en esta disposición y en la disposición adicional tercera y en los términos que reglamentariamente se determine.


No sé si, llegado el caso hipotético que indicáis, lo regulado en esta disposición pudiera ir en contra de cualquier aplicación retroactiva de una normativa nueva de revisión. Pues se indica que los que ya tienen adquirido un derecho pasivo y dejan de ser funcionario lo conservarán, como entiendo es la pensión reconocida.

Además, por regla general las leyes no suelen ser retroactivas y la aplicación de nuevas normativas no suelen afectar a derechos adquiridos. Esta regla general se apoya en el art.9 punto 3 de la Constitución, donde se indica la irretroactividad de las nuevas disposiciones restrictivas de derechos individuales.

Os dejo todo ésto, por si os tranquiliza más la normativa que lo que se dice de boquilla o, como se suele decir, a través de radio macuto.

saludo.
Piopio
Alferez
Alferez
Mensajes: 206
Registrado: Mar Dic 11, 2018 6:10 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por Piopio »

trasgu123 escribió: Dom Feb 17, 2019 12:01 pm
Piopio escribió: Dom Feb 17, 2019 1:17 am Sí, será eso que tu dices. Yo doy por cerrado el tema, de hecho lo daba por cerrado si no fuera por el secretario de estado ese.
Partiendo de la base de que somos de CLASES PASIVAS, que parte de Secretario de Estado de la Seguridad Social no se entiende ?? Alguien ha dedicado dos minutos a saber quien es este hombre y sus "conocimientos" del tema Clases Pasivas??

Que se puede cambiar la norma legal ?? Pues SI, se puede.

Que sale mas barato reincorporar a los jubilados de Clases pasivas que pagarles la pension ?? Pues NO, no sale mas barato. A corto, medio y largo plazo, sale mas caro.
¿Entonces, se podría cambiar para que fuese retroactivamente?
Puede ocurrir que no se nos reincorpore, sino que simplemente se nos quite la pensión, entiendo.
Última edición por Piopio el Lun Feb 18, 2019 3:18 am, editado 1 vez en total.
Piopio
Alferez
Alferez
Mensajes: 206
Registrado: Mar Dic 11, 2018 6:10 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por Piopio »

aportodas escribió: Dom Feb 17, 2019 10:22 pm No existe normativa en Clases Pasivas que permita la revisión de oficio. Lo de este artículo, siempre se está hablando de Seguridad Social, que no tiene que ver con clases Pasivas. Donde por cierto ya contempla la normativa la revisión.

Leyendo normas de la Ley de Clases Pasivas veo lo siguiente:

Disposición adicional décima. Reconocimiento de derechos pasivos causados por quienes han perdido la condición de funcionario.

1. El personal comprendido en las letras a) a h), ambas inclusive, y d) del número 1 del artículo 2 de este texto refundido que pierda la condición de funcionario, cualquiera que fuese la causa, así como el incluido en la letra k) del mismo artículo que termine su relación de servicio con las Fuerzas Armadas, conservará los derechos pasivos que para sí o sus familiares pudiera haber adquirido hasta ese momento, de acuerdo con lo establecido en el presente texto refundido, con las especialidades que se regulan en esta disposición y en la disposición adicional tercera y en los términos que reglamentariamente se determine.


No sé si, llegado el caso hipotético que indicáis, lo regulado en esta disposición pudiera ir en contra de cualquier aplicación retroactiva de una normativa nueva de revisión. Pues se indica que los que ya tienen adquirido un derecho pasivo y dejan de ser funcionario lo conservarán, como entiendo es la pensión reconocida.

Además, por regla general las leyes no suelen ser retroactivas y la aplicación de nuevas normativas no suelen afectar a derechos adquiridos. Esta regla general se apoya en el art.9 punto 3 de la Constitución, donde se indica la irretroactividad de las nuevas disposiciones restrictivas de derechos individuales.

Os dejo todo ésto, por si os tranquiliza más la normativa que lo que se dice de boquilla o, como se suele decir, a través de radio macuto.

saludo.
Claro, lo mosqueante es que en la ss ya hay revisión de oficio, por lo que parece que es una referencia encubierta a los de clases pasivas.
Pero el caso ese es para la perdida de la condición de funcionario, no para la jubilación, entiendo, y también entiendo que la Constitución refiere a otro tipo de cosas, derechos,no pensiones, supongo.
aportodas
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 914
Registrado: Sab Dic 20, 2008 6:13 pm

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por aportodas »

Vayamos por partes, dices:


- Lo mosqueante es que en la ss ya hay revisión de oficio, por lo que parece que es una referencia encubierta a los de clases pasivas.

Pero por favor....¿donde ves referencia encubierta ...? ¿en el artículo del Secretario de la Seguridad Social o a qué te refieres?


-Pero el caso ese es para la perdida de la condición de funcionario, no para la jubilación

¿no se pierde la condición de funcionario cuando uno se jubila?

LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público
Artículo 63. Causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera.
Son causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera:
a) La renuncia a la condición de funcionario.
b) La pérdida de la nacionalidad.
c) La jubilación total del funcionario.
d) La sanción disciplinaria de separación del servicio que tuviere carácter firme.
e) La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.


-Entiendo, y también entiendo que la Constitución refiere a otro tipo de cosas, derechos,no pensiones, supongo.

¿tu pensión no es un derecho que has adquirido?


-Puede ocurrir que no se nos reincorpore, sino que simplemente se nos quite la pensión, entiendo

Volvemos a lo mismo....¿En base a qué normativa?

Un saludo.
cordobes10
Teniente
Teniente
Mensajes: 321
Registrado: Vie Oct 17, 2014 6:08 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: física,no mental

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por cordobes10 »

En serio, es un sinsentido que sigáis con el mismo tema, por un articulo que ni nos va ni nos viene. Parece que si que buscáis que ocurran cosas que no existen, en fin seguid si queréis, pero no por repetir un millón de veces que la tierra es plana.... -hi
aportodas
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 914
Registrado: Sab Dic 20, 2008 6:13 pm

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por aportodas »

cordobes10 escribió: Lun Feb 18, 2019 5:12 pm En serio, es un sinsentido que sigáis con el mismo tema, por un articulo que ni nos va ni nos viene. Parece que si que buscáis que ocurran cosas que no existen, en fin seguid si queréis, pero no por repetir un millón de veces que la tierra es plana.... -hi
Totalmente de acuerdo con cordobes10. Es más, creo que la opinión de cordobes10 deberías de tenerla más en cuenta, por la experiencia que tuvo y porque se informaría al máximo sobre ello. Se está haciendo un castillo de naipes de lo dicho por una funcionaria (vete a saber qué dijo exactamente) y de un artículo periodístico de la Seg.Social que nada tiene que ver y en el que poco se dice verdaderamente. Y menos del colectivo de Clases Pasivas.

Por mí parte dejo el tema si no hay más novedades fundadas sobre el asunto y verdaderamente de interés.

Un saludo.
Última edición por aportodas el Lun Feb 18, 2019 5:51 pm, editado 1 vez en total.
Piopio
Alferez
Alferez
Mensajes: 206
Registrado: Mar Dic 11, 2018 6:10 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por Piopio »

Por lo expuesto por los tres, tiene sentido, es mejor dejarlo, pues a día de hoy es especular sobre globos sonda. Gracias.
Piopio
Alferez
Alferez
Mensajes: 206
Registrado: Mar Dic 11, 2018 6:10 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por Piopio »

Hola. Otra vez están a vueltas con revisar las incapacidades,y os pongo el texto acerca de la propuesta de Granados:

"También abogó por «cambiar la filosofía» de las pensiones de incapacidad permanente para que se puedan otorgar prestaciones parciales en lo referente a la jornada laboral, puesto que igual una persona no puede trabajar ocho horas diarias por una determinada patología, pero sí cuatro horas. «Nosotros nos jactamos de que tenemos 180.000 personas con discapacidad afiliadas al sistema; eso sí, si una persona de más de 55 años tiene lumbago, le damos una pensión de incapacidad permanente para sacarle del sistema», se lamentó.

A su vez, criticó la actual regulación que permite a los médicos conceder las bajas de los trabajadores y sugirió la «necesidad» de abordar los problemas de la sanidad, porque «una parte significativa» del gasto de la Seguridad Social son prestaciones de incapacidad temporal y permanente. «Yo no puedo dar una pensión, ni el Rey, ni el presidente del Gobierno, pero un médico puede otorgar cuarenta prestaciones de la Seguridad Social en cinco minutos», advirtió. En este sentido, también defendió que una «prioridad» debe ser reducir el absentismo. «Hay que conseguir que no gastemos el dinero indebidamente», aseguró.

Estas tres reformas incidirían de manera importante en una parte elevada del gasto, puesto que las pensiones de viudedad suponen un desembolso anual de 23.500 millones, otros 13.900 millones se destinan a las de incapacidad permanente y 6.500 millones van a parar a las bajas temporales."

Está claro que quieren otra vez volver lanzar globos sondas sobre la revisión de las incapacidades permanentes porque les cuesta mucho dinero (más se llevan los enchufados que colocan a dedo para no hacer nada y las paguitas de la gente que viene sin haber cotizado nada aquí, y no quiero parecer racista), y pretenden que volvamos a trabajar encima a media jornada, pero si yo no estoy para trabajar no estoy ni para 8 ni para 4, además de la pérdida de ingresos insoportable que me supondría pasar a media jornada (suponiendo que me mantengan en mi destino, y no me envien allí donde haya una plaza disponible, lo mismo en otra región, teniendo que pagar el costo de dos domicilios, etc.; es que con esto van a joder la vida a mucha gente). Tengo la absoluta y sé lo que está pasando con los de la seguridad social, pues a un conocido le reconocieron la absoluta, y al año le llamaron a revisión y le rebajaron en permanente, con revisión el año siguiente, que será para quitarle todo porque esa es la orden que tienen. En nuestro caso,lo que supongo que harán es revisiones masivas para meternos en el mismo saco, direis que se refiere a la seguridad social, pero seguro que trata extenderlo a nosotros, sino no tendria sentido.
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15193
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por sargentodehierro »

Piopio escribió: Mié Mar 20, 2019 1:58 am En nuestro caso,lo que supongo que harán es revisiones masivas para meternos en el mismo saco, direis que se refiere a la seguridad social, pero seguro que trata extenderlo a nosotros, sino no tendria sentido.
Lo dudo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
radu
Capitan
Capitan
Mensajes: 470
Registrado: Jue Ago 24, 2017 1:00 am
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por radu »

Otra vez sale este asunto! Para enterarme definitivamente: puesto que estamos jubilados ya no se nos puede "desjubilar" ni volvernos a incorporar porque hemos perdido la condición de funcionario al jubilarnos ¿No es así?
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15558
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Mensaje por trasgu123 »

Siiii, nos van a quitar la pension a todos. Primero a los rubios, despues a los que pesen mas de 90 k., a continuacion a los de Cuenca, Soria, Orense, Jaen y Lanzarote, despues a los que tengan un coche de color azul, luego a los que tengan mas de 3 hijos, al mes siguiente a los que se llamen Manuel, una semana despues a los nacidos en meses con R y a los que lleven bigote, al semestre siguiente les tocara a los nacidos en año impar, a los que fumen tabaco negro y a los que no les guste el tinto.

Yo por ahora me voy librando.
Responder

Volver a “Funcionarios Civiles”