NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
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NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
No he podido ponerlo en "Tema normativa Guardia Civil" al estar cerrado.
Hola a tod@s.
En el Boletín Oficial del Estado: sábado 3 de agosto de 2019, Núm. 185, se ha publicado Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.
Enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2019/08/03/ ... -11398.pdf
Saludos.
Hola a tod@s.
En el Boletín Oficial del Estado: sábado 3 de agosto de 2019, Núm. 185, se ha publicado Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.
Enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2019/08/03/ ... -11398.pdf
Saludos.
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
Gracias MORENA1308 , hay mucha gente pendiente de esto por muchas circunstancias , ahora a ver si es el definitivo. Un saludo y gracias
El día después de mañana es el tercer día del resto de tu vida.
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
A ver como aplican todo lo que respecta a los APL, como empiecen a destinar a gente con enfermedades psiquiátricas lejos de sus familias habrá más de un disgusto. Esperemos que tengan algo de sentido común.
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
TSUJI escribió: ↑Sab Ago 03, 2019 6:10 pm A ver como aplican todo lo que respecta a los APL, como empiecen a destinar a gente con enfermedades psiquiátricas lejos de sus familias habrá más de un disgusto. Esperemos que tengan algo de sentido común.
Eso esta recurrido, dependerá de lo que diga el tribunal
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
La Dirección General de la Guardia Civil emite un "Te informamos núm. 6/2019". Tema: Nuevo Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.
Donde dice:
Anulación del anterior Reglamento de Destinos (RD 848/2017)
En el Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 82, de 5 de abril de 2019, se publicó la Sentencia número 350/2019, de 15 de marzo, de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, que declaraba estimar el recurso contencioso-administrativo 618/2017, y anular el Real Decreto 848/2017, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.
Tramitación orgánica urgente:
Por parte de la Dirección General se puso en marcha, de manera urgente y con la máxima prioridad, la tramitación de un proyecto de real decreto que aprobara un nuevo marco normativo, subsanando el motivo de la anulación, con las mínimas adaptaciones respecto a transitoriedades y vigencias, y con los cambios imprescindibles para su nueva y rápida tramitación.
El objetivo era publicar cuanto antes un nuevo reglamento de destinos, prácticamente idéntico al que hemos tenido a lo largo de los últimos meses.
Dicho camino se iniciaba el pasado 30 de abril de 2019 con su presentación en la sesión extraordinaria del Pleno del Consejo de Guardia Civil.
… próximos pasos
Se pretende reanudar los anuncios de resoluciones de vacantes con la normativa recién aprobada, de acuerdo con el esquema cronológico habitual por empleos, de forma que se recobre la normalidad en la provisión de destinos en el presente año.
Nuevo Reglamento de Destinos Guardia Civil
La previsión es iniciar las publicaciones en septiembre de 2019 comenzando por aquellas resoluciones que quedaron anuladas en el mes de abril y , especialmente, que la primera de ellas sea la del empleo de guardia civil, al ser mayor el número de efectivos sin destino.
En breve se publicará en la Intranet corporativa calendario completo de la previsión de convocatorias para los siguientes dos semestres del periodo 2019/2020.
Saludos.
Donde dice:
Anulación del anterior Reglamento de Destinos (RD 848/2017)
En el Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 82, de 5 de abril de 2019, se publicó la Sentencia número 350/2019, de 15 de marzo, de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, que declaraba estimar el recurso contencioso-administrativo 618/2017, y anular el Real Decreto 848/2017, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.
Tramitación orgánica urgente:
Por parte de la Dirección General se puso en marcha, de manera urgente y con la máxima prioridad, la tramitación de un proyecto de real decreto que aprobara un nuevo marco normativo, subsanando el motivo de la anulación, con las mínimas adaptaciones respecto a transitoriedades y vigencias, y con los cambios imprescindibles para su nueva y rápida tramitación.
El objetivo era publicar cuanto antes un nuevo reglamento de destinos, prácticamente idéntico al que hemos tenido a lo largo de los últimos meses.
Dicho camino se iniciaba el pasado 30 de abril de 2019 con su presentación en la sesión extraordinaria del Pleno del Consejo de Guardia Civil.
… próximos pasos
Se pretende reanudar los anuncios de resoluciones de vacantes con la normativa recién aprobada, de acuerdo con el esquema cronológico habitual por empleos, de forma que se recobre la normalidad en la provisión de destinos en el presente año.
Nuevo Reglamento de Destinos Guardia Civil
La previsión es iniciar las publicaciones en septiembre de 2019 comenzando por aquellas resoluciones que quedaron anuladas en el mes de abril y , especialmente, que la primera de ellas sea la del empleo de guardia civil, al ser mayor el número de efectivos sin destino.
En breve se publicará en la Intranet corporativa calendario completo de la previsión de convocatorias para los siguientes dos semestres del periodo 2019/2020.
Saludos.
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
Efectivamente esta en DOCUMENTOS DE INTERÉS".
Dejo enlace al mismo. Próximamente pondré otro en Descargas este vinculando a la diversa normativa y articulado a que se hace mención.
https://www.clasespasivas.net/foro/viewt ... 9&start=60
Saludos.
Dejo enlace al mismo. Próximamente pondré otro en Descargas este vinculando a la diversa normativa y articulado a que se hace mención.
https://www.clasespasivas.net/foro/viewt ... 9&start=60
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
pasaronvera71 escribió: ↑Lun Ago 05, 2019 12:16 pmRecurrido?..., lo acaban de sacar y no he visto notificación de ninguna asociación con intención de recurrir. Si haces el favor dime que asociación lo ha recurrido.TSUJI escribió: ↑Sab Ago 03, 2019 6:10 pm A ver como aplican todo lo que respecta a los APL, como empiecen a destinar a gente con enfermedades psiquiátricas lejos de sus familias habrá más de un disgusto. Esperemos que tengan algo de sentido común.
Eso esta recurrido, dependerá de lo que diga el tribunal
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
Lo recurrio el AUGC , ahora no se, porque a estos como que les da igual los Aptos con limitaciones
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
Lo he leído y da asco. Que se prepare el personal en activo.!!! Sigue primando por encima de todo " libre designación, o lo que es lo mismo Comer r..o". Cuanto me alegro de haber marchado. Cada día mas .
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
He revisado el Real Decreto 848/2017 Reglamento Destinos (Disposición anulada), comparándolo con el Real Decreto 470/2019 vigente Reglamento Destinos ...
Las únicas diferencias que he podido observar, que cambian o se añaden en el nuevo Reglamento, se encuentran en ...
CAMBIA (*) Disposición transitoria quinta. Vigencias.
Hasta la entrada en vigor de las disposiciones que desarrollen el contenido del reglamento aprobado en este real decreto, seguirá en vigor la Orden INT/359/2018, de 6 de abril, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil y, en su caso, las disposiciones de desarrollo de la misma para posibilitar su aplicación.
AÑADEN (*) un nuevo apartado en el Art. 4 Principios generales para la provisión de destinos.
4. Los criterios de despliegue de puestos y de asignación de destinos; y, en su caso, el establecimiento de requisitos, limitaciones o restricciones para su ocupación; no podrán comportar discriminación o trato desfavorable por razón de discapacidad de los guardias civiles, en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad; y del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Lo señalado en el párrafo anterior será de aplicación sin perjuicio de lo previsto en el artículo 78.4 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, sobre la definición de requisitos que se pueden establecer para ocupar ciertos destinos, como resultado de los expedientes de determinación de insuficiencia de condiciones psicofísicas al personal de la Guardia Civil.
Son los únicos cambios que observo en el nuevo Reglamento. Todo lo demás sigue igual para nosotros...como bien dice en la disposición transitoria quinta ...Hasta la entrada en vigor de las disposiciones que desarrollen el contenido del reglamento aprobado...
Saludos.
Las únicas diferencias que he podido observar, que cambian o se añaden en el nuevo Reglamento, se encuentran en ...
CAMBIA (*) Disposición transitoria quinta. Vigencias.
Hasta la entrada en vigor de las disposiciones que desarrollen el contenido del reglamento aprobado en este real decreto, seguirá en vigor la Orden INT/359/2018, de 6 de abril, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil y, en su caso, las disposiciones de desarrollo de la misma para posibilitar su aplicación.
AÑADEN (*) un nuevo apartado en el Art. 4 Principios generales para la provisión de destinos.
4. Los criterios de despliegue de puestos y de asignación de destinos; y, en su caso, el establecimiento de requisitos, limitaciones o restricciones para su ocupación; no podrán comportar discriminación o trato desfavorable por razón de discapacidad de los guardias civiles, en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad; y del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Lo señalado en el párrafo anterior será de aplicación sin perjuicio de lo previsto en el artículo 78.4 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, sobre la definición de requisitos que se pueden establecer para ocupar ciertos destinos, como resultado de los expedientes de determinación de insuficiencia de condiciones psicofísicas al personal de la Guardia Civil.
Son los únicos cambios que observo en el nuevo Reglamento. Todo lo demás sigue igual para nosotros...como bien dice en la disposición transitoria quinta ...Hasta la entrada en vigor de las disposiciones que desarrollen el contenido del reglamento aprobado...
Saludos.
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
Así es MORENA, son pocos los cambios a ver si puedo hacerme con el R.D. con vínculos a los arts. y normativas a que hace mención dicho R.D. en unos minutos lo pongo en descargas y enlace al mismo.
Puesto en Normativa Guardia Civil. Enlace:
https://www.clasespasivas.net/foro/viewt ... 86#p200386
Saludos.
Puesto en Normativa Guardia Civil. Enlace:
https://www.clasespasivas.net/foro/viewt ... 86#p200386
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
No entiendo nada de lo que pone...., enrevesado al máximo, entre eso y que las pastillas me vuelven tonto....., me lo puede explicar alguien en cristiano?MORENA1308 escribió: ↑Mar Ago 06, 2019 6:11 pm He revisado el Real Decreto 848/2017 Reglamento Destinos (Disposición anulada), comparándolo con el Real Decreto 470/2019 vigente Reglamento Destinos ...
Las únicas diferencias que he podido observar, que cambian o se añaden en el nuevo Reglamento, se encuentran en ...
CAMBIA (*) Disposición transitoria quinta. Vigencias.
Hasta la entrada en vigor de las disposiciones que desarrollen el contenido del reglamento aprobado en este real decreto, seguirá en vigor la Orden INT/359/2018, de 6 de abril, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil y, en su caso, las disposiciones de desarrollo de la misma para posibilitar su aplicación.
AÑADEN (*) un nuevo apartado en el Art. 4 Principios generales para la provisión de destinos.
4. Los criterios de despliegue de puestos y de asignación de destinos; y, en su caso, el establecimiento de requisitos, limitaciones o restricciones para su ocupación; no podrán comportar discriminación o trato desfavorable por razón de discapacidad de los guardias civiles, en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad; y del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Lo señalado en el párrafo anterior será de aplicación sin perjuicio de lo previsto en el artículo 78.4 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, sobre la definición de requisitos que se pueden establecer para ocupar ciertos destinos, como resultado de los expedientes de determinación de insuficiencia de condiciones psicofísicas al personal de la Guardia Civil.
Son los únicos cambios que observo en el nuevo Reglamento. Todo lo demás sigue igual para nosotros...como bien dice en la disposición transitoria quinta ...Hasta la entrada en vigor de las disposiciones que desarrollen el contenido del reglamento aprobado...
Saludos.
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
Tampoco entiendo muy bien a pesar de haberlo leído un par de veces. Sobre todo cuando dice que por el caracter extraordinario de las vacantes de ACL no serán publicadas...
¿Entonces a ver como nos enteramos de esas vacantes que se generen alrededor de nuestras casas?
Y lo de la limitación del complemento acorde a las funciones a desempeñar, no se por que me suena a un gran recorte desproporcionado, habrá que mirar que haremos de menos que no hagan los que ya están en oficinas.
¿Entonces a ver como nos enteramos de esas vacantes que se generen alrededor de nuestras casas?
Y lo de la limitación del complemento acorde a las funciones a desempeñar, no se por que me suena a un gran recorte desproporcionado, habrá que mirar que haremos de menos que no hagan los que ya están en oficinas.
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
La limitación del complemento específico singular tendrá que estar regulada en el subcatálogo, si no se pierde destino por existir una plaza en tu unidad compatible con tus limitaciones, como van a reducirte el CES?...., creo que han empezado la casa por el tejado y estaremos en el limbo unos años....., lo de siempre, nada nuevo....Salu2 escribió: ↑Vie Ago 09, 2019 12:04 pm Tampoco entiendo muy bien a pesar de haberlo leído un par de veces. Sobre todo cuando dice que por el caracter extraordinario de las vacantes de ACL no serán publicadas...
¿Entonces a ver como nos enteramos de esas vacantes que se generen alrededor de nuestras casas?
Y lo de la limitación del complemento acorde a las funciones a desempeñar, no se por que me suena a un gran recorte desproporcionado, habrá que mirar que haremos de menos que no hagan los que ya están en oficinas.
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Re: NUEVO REGLAMENTO DESTINOS
Sentencia de 16 de diciembre de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar en parte el recurso contencioso-administrativo número 391/2019 contra el Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.
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