Incapacidad absoluta por enfermedad psiquica.

Información sobre los distintos seguros contratados por Defensa, GC, seguros de vida...

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Responder
luchador68
Alferez
Alferez
Mensajes: 222
Registrado: Lun Abr 23, 2018 11:53 am
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Activo
Comentario: Donde no hay justicia, es peligroso tener razón.

Incapacidad absoluta por enfermedad psiquica.

Mensaje por luchador68 »

Compañeros un invalidez absoluta por una enfermedad mental, también lo cubre le seguro colectivo, ya que he leído la incapacidad física, entiendo que la psíquica también la incluye, haber quien me puede resolver esta duda, gracias y un saludo.
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15558
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: Incapacidad absoluta por enfermedad psiquica.

Mensaje por trasgu123 »

vitreo
Teniente
Teniente
Mensajes: 311
Registrado: Sab Oct 29, 2016 8:09 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por edad
Comentario: RETIRADO

Re: Incapacidad absoluta por enfermedad psiquica.

Mensaje por vitreo »

Compañero esos son los de suscripción voluntaria de forma particular como cualquier paisano de la calle.

Los seguros que entiendo que pregunta el compañero son los que contrata la Secretaria de Estado de Seguridad para la guardia civil, actualmente con Generali y que dice para el 2016 que la cobertura se extenderá a los ACCIDENTES que se produzcan en actos de servicio o con ocasión del mismo, realizados por el personal asegurado.

Sin embargo mira este de las Fuerzas Armadas que bien explicado y que sí que cubre por cualquier causa la absoluta.

http://www.diaper.ejercito.mde.es/Galer ... O_2018.pdf

Tienes que ver lo más importante las condiciones particulares y qué dice tu Acta de la Jmp y la resolución de Defensa junto al informe de la asesoría jurídica. Mira si estás RETIRADO EN ACTO DE SERVICIO.

Lo mejor que puedes hacer es llamar a acción social de la DGGC y que te pasen con seguros, allí te explicarán todas tus dudas y lo que necesitas es tener las condiciones particulares del seguro para el año en que ocurrió tu accidente. Hay 5 años según la ley del seguro para reclamar desde que te publican en el BOD.

Un saludo compañeros.
Avatar de Usuario
PSI.FORENSE
Coronel
Coronel
Mensajes: 1226
Registrado: Mar Dic 01, 2015 1:33 pm
Cuerpo: Otros
Situacion: Otros
Comentario: Psic. Jurídico-Forense.

Re: Incapacidad absoluta por enfermedad psiquica.

Mensaje por PSI.FORENSE »

Como en casi todo, "depende", no se contesctar taxativamente que sí o que no. La clave parte de una buena lectura de las condiciones "generales" y "particulares". Suerte.
Las diferencias entre disciplinas deben de servir para su complemento, no para su confrontación.
Responder

Volver a “Seguros”