Solo puedes recuperar las vacaciones correspondientes a los últimos año y medio (18 meses) como bien ha dicho el compi psmito y se vuelve ha recordar que hay 1 MES para solicitar dichas vacaciones, los AP no lo van a conceder y los días de 2018 y 2019 pues míralos en tu gestión personal si no lo sabes de memoria,saludos y suerte.
DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
En mi gestión profesional puedo consultar los años anteriores al actual ?? En lo referente a días de vacaciones, claro
Gracias
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
Correcto se me olvido decirte que el plazo como dice Polilla es de un mes después de darse de altapolilla68 escribió: ↑Sab Mar 14, 2020 1:42 amBien no se si lo sabrías pero desde que te das de alta tienes 1 MES para solicitar dichas vacaciones que no has podido disfrutar durante la baja si no la has cursado dentro de ese plazo te la van a denegar.Stukalast escribió: ↑Mar Mar 03, 2020 4:54 pm Una pregunta creo que difícil,
He estado de baja, tribunal y ACL como resultado desde 2016. Me cesan en destino a finales de octubre de 2019 justo 3 días antes de darme de alta. Ahora que tengo nuevo destino, puedo recuperar vacaciones perdidas.?
Espero vuestras respuestas.
Un saludo.
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
Hola muy buenas, antes de nada gracias por el contenido de este gran foro con el que he podido solucionar muchísimas dudas en el proceso de mi expediente.
Quería preguntar que fecha se tomaría en cuenta respecto al alta para poder solicitar la vacaciones no disfrutadas en ese plazo de un mes posterior, estando inmerso en un expediente como es mi caso...¿El alta médica de la calle o el principio o fin del expediente?
Gracias
Quería preguntar que fecha se tomaría en cuenta respecto al alta para poder solicitar la vacaciones no disfrutadas en ese plazo de un mes posterior, estando inmerso en un expediente como es mi caso...¿El alta médica de la calle o el principio o fin del expediente?
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
Cuando tengas el Alta confirmada por parte de tu Servicio Médico. Si estas bajo expediente de pérdida de condiciones psicofísicas, cuando le llegue la Resolución a dicho Servicio Médico.Alejo88 escribió: ↑Sab Jul 11, 2020 1:35 pm Hola muy buenas, antes de nada gracias por el contenido de este gran foro con el que he podido solucionar muchísimas dudas en el proceso de mi expediente.
Quería preguntar que fecha se tomaría en cuenta respecto al alta para poder solicitar la vacaciones no disfrutadas en ese plazo de un mes posterior, estando inmerso en un expediente como es mi caso...¿El alta médica de la calle o el principio o fin del expediente?
Gracias
Saludos.
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
Gracias por responder Arano, y perdona pero no se si entendí bien.
Por ejemplo yo estoy entregando las bajas en mi Subdelegación de Defensa, si mi médico de la calle me da el alta y yo la entrego entiendo que no se contaría desde ahí, sino desde la resolución del expediente.
Otra duda que me viene es la importancia de seguir entregando las bajas una vez empezado el expediente. Sirve de algo? Alguien lo tiene en cuenta? Si las dejó de entregar sin darme de alta pasaría algo?
De nuevo gracias
Por ejemplo yo estoy entregando las bajas en mi Subdelegación de Defensa, si mi médico de la calle me da el alta y yo la entrego entiendo que no se contaría desde ahí, sino desde la resolución del expediente.
Otra duda que me viene es la importancia de seguir entregando las bajas una vez empezado el expediente. Sirve de algo? Alguien lo tiene en cuenta? Si las dejó de entregar sin darme de alta pasaría algo?
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
El tema de los militares es algo diferente al nuestro (GCs), pero si, entiendes bien quien debe darte el Alta es precisamente el Médico de tu Servicio de Sanidad cuando reciba la resolución de expediente.Alejo88 escribió: ↑Sab Jul 11, 2020 9:59 pm Gracias por responder Arano, y perdona pero no se si entendí bien.
Por ejemplo yo estoy entregando las bajas en mi Subdelegación de Defensa, si mi médico de la calle me da el alta y yo la entrego entiendo que no se contaría desde ahí, sino desde la resolución del expediente.
Otra duda que me viene es la importancia de seguir entregando las bajas una vez empezado el expediente. Sirve de algo? Alguien lo tiene en cuenta? Si las dejó de entregar sin darme de alta pasaría algo?
De nuevo gracias
¿Entrega de partes de baja?, mi consejo es que sigas entregando. Ahora bien si tu médico de cabecera te da el Alta, deberás entregar la misma también en tu Servicio de Sanidad y hablar con el médico por si quiere que sigas entregando dichos partes.
Si la dejas de entregar sin que el médico de Sanidad y como te explico en el punto anterior, si tendrías responsabilidad acorde con la Ley Militar.
Saludos.
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
Hola a todos.
He leído todo el hilo y tengo una duda al respecto del tema (entre muchas otras), a ver si me ka podéis aclarar...
Por accidente en acto de servicio desde 17 Julio 2018, me lesioné rodilla derecha e inicié baja. Al parecer menos lesión al principio, me di de alta a finales Septiembre para realizar cambio de destino que habia pedido antes de la lesión.
El mismo octubre 2018 que me incorporé al nuevo destino, en el tercer servicio, la rodilla no aguantó mas y el médico me dio baja por recaída (diciéndome que cómo se me había ocurrido darme de alta estando asi...), teniendo que operarme en junio de 2019 por ello.
Quedando con una condromalacia grado 4 que no mejora, por lo que sigo de baja para el servicio (llevo 4 resonancias ya). Y el clima del pirineo donde estoy destinado me impide realizar casi cualquier actividad física. Cambiando a mucho mejor cuando el clima es de Costa (hasta el traumatologo y Capitán médico me han recomendado irme de aquí cuanto antes, pues se ve que la presión atmosférica me influye muchísimo en la infiltración injertada y por ello en la sujeción de toda la rodilla).
Me han citado para Junta Medico Pericial el próximo día 28 de Julio.
Al estar en Tráfico entiendo que me cesarán en destino muy probablemente...
Mi pregunta, al respecto de los permisos, es: si cuando venga el resultado del Acta de la JMP y me comuniquen el cese, debo solicitar los días de permiso no disfrutados, o tengo que esperar a tener concedido otro destino y solicitarlo entonces?
Al respecto de la activación de vacacantes por accidente en acto de servicio (pensaba tramitar instancia solicitándolo) y "adivinar" cuánto tiempo tarda el tribunal en resolver (paso la JMP en Zaragoza) y declarar mi cese (tengo dos niños de 9 y 12 a mi cargo exclusivo), para saber donde fijar mi residencia y buscar cole, etc... pensaba abrir nuevo hilo (por mucho que os he leído, hay cosillas que me pierdo...), para no recargar este.... pero si me iluminais, mejor.
Bueno compañeros, perdonad el tocho y GRACIAS por la ayuda que prestáis tan importante en estos momentos. Quedando a vuestra entera disposición si en algo puedo ayudar.
Un saludo.
He leído todo el hilo y tengo una duda al respecto del tema (entre muchas otras), a ver si me ka podéis aclarar...
Por accidente en acto de servicio desde 17 Julio 2018, me lesioné rodilla derecha e inicié baja. Al parecer menos lesión al principio, me di de alta a finales Septiembre para realizar cambio de destino que habia pedido antes de la lesión.
El mismo octubre 2018 que me incorporé al nuevo destino, en el tercer servicio, la rodilla no aguantó mas y el médico me dio baja por recaída (diciéndome que cómo se me había ocurrido darme de alta estando asi...), teniendo que operarme en junio de 2019 por ello.
Quedando con una condromalacia grado 4 que no mejora, por lo que sigo de baja para el servicio (llevo 4 resonancias ya). Y el clima del pirineo donde estoy destinado me impide realizar casi cualquier actividad física. Cambiando a mucho mejor cuando el clima es de Costa (hasta el traumatologo y Capitán médico me han recomendado irme de aquí cuanto antes, pues se ve que la presión atmosférica me influye muchísimo en la infiltración injertada y por ello en la sujeción de toda la rodilla).
Me han citado para Junta Medico Pericial el próximo día 28 de Julio.
Al estar en Tráfico entiendo que me cesarán en destino muy probablemente...
Mi pregunta, al respecto de los permisos, es: si cuando venga el resultado del Acta de la JMP y me comuniquen el cese, debo solicitar los días de permiso no disfrutados, o tengo que esperar a tener concedido otro destino y solicitarlo entonces?
Al respecto de la activación de vacacantes por accidente en acto de servicio (pensaba tramitar instancia solicitándolo) y "adivinar" cuánto tiempo tarda el tribunal en resolver (paso la JMP en Zaragoza) y declarar mi cese (tengo dos niños de 9 y 12 a mi cargo exclusivo), para saber donde fijar mi residencia y buscar cole, etc... pensaba abrir nuevo hilo (por mucho que os he leído, hay cosillas que me pierdo...), para no recargar este.... pero si me iluminais, mejor.
Bueno compañeros, perdonad el tocho y GRACIAS por la ayuda que prestáis tan importante en estos momentos. Quedando a vuestra entera disposición si en algo puedo ayudar.
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
Saludos.Luisal31 escribió: ↑Jue Jul 16, 2020 11:09 am Hola a todos.
He leído todo el hilo y tengo una duda al respecto del tema (entre muchas otras), a ver si me ka podéis aclarar...
Por accidente en acto de servicio desde 17 Julio 2018, me lesioné rodilla derecha e inicié baja. Al parecer menos lesión al principio, me di de alta a finales Septiembre para realizar cambio de destino que habia pedido antes de la lesión.
El mismo octubre 2018 que me incorporé al nuevo destino, en el tercer servicio, la rodilla no aguantó mas y el médico me dio baja por recaída (diciéndome que cómo se me había ocurrido darme de alta estando asi...), teniendo que operarme en junio de 2019 por ello.
Quedando con una condromalacia grado 4 que no mejora, por lo que sigo de baja para el servicio (llevo 4 resonancias ya). Y el clima del pirineo donde estoy destinado me impide realizar casi cualquier actividad física. Cambiando a mucho mejor cuando el clima es de Costa (hasta el traumatologo y Capitán médico me han recomendado irme de aquí cuanto antes, pues se ve que la presión atmosférica me influye muchísimo en la infiltración injertada y por ello en la sujeción de toda la rodilla).
Me han citado para Junta Medico Pericial el próximo día 28 de Julio.
Al estar en Tráfico entiendo que me cesarán en destino muy probablemente...
Mi pregunta, al respecto de los permisos, es: si cuando venga el resultado del Acta de la JMP y me comuniquen el cese, debo solicitar los días de permiso no disfrutados, o tengo que esperar a tener concedido otro destino y solicitarlo entonces? Para poder disfrutar de las vacaciones tienes que estar previamente de alta para el servicio, aunque lo sea como "apto con limitaciones". Por lo tanto da igual en el actual destino o en el siguiente; eso si, solicita tan pronto tengas el Alta.
Al respecto de la activación de vacacantes por accidente en acto de servicio (pensaba tramitar instancia solicitándolo) Si que puedes hacerlo y además considero que tal vez tu Médico haga constar en el informe que es conveniente este cambio para tu total recuperación, por lo que comentas que el mismo te dice. y "adivinar" cuánto tiempo tarda el tribunal en resolver (paso la JMP en Zaragoza) y declarar mi cese (tengo dos niños de 9 y 12 a mi cargo exclusivo), para saber donde fijar mi residencia y buscar cole, etc... pensaba abrir nuevo hilo (por mucho que os he leído, hay cosillas que me pierdo...), para no recargar este.... pero si me iluminais, mejor.
No es fácil dar una fecha, sin embargo el Acta de la JMP te llegará aproximadamente al mes. Puedes ir viendo en tu "Gestión personal". El Cese en el destino no se producirá hasta que sepan en contenido del Acta y dependiendo si esta te dice "apto con limitaciones". ¿Cuando se puede producir?, este proceso es independiente y a la vez esta íntimamente ligado con el Acta de la JMP, calcula UN mes mas desde el recibo del Acta.
Bueno compañeros, perdonad el tocho y GRACIAS por la ayuda que prestáis tan importante en estos momentos. Quedando a vuestra entera disposición si en algo puedo ayudar.
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
Arano. Gracias por tu respuesta!
Efectivamente, el traumatólogo me emitió un último informe, en el que refleja la afección del clima/presión en la articulación y recomienda cambio. El Capitán enfermero cuando vió dicho informe también coincidió con él, recomendando que cambiara de residencia.
Lo de los plazos es interesante conocerlo para pedir cambio de residencia hasta que lleguen las resoluciones.
Por cierto, habia un compañero que preguntaba por partes de baja:
En mi Comandancia, tras consultar al Capitán Jefe del servicio de sanidad, me comunicó que, debido al Covid-19, siguiesemos sin entregar los partes de continuación, hasta que se ordenase. Que no sabían cuando sería.
Un saludo.
Efectivamente, el traumatólogo me emitió un último informe, en el que refleja la afección del clima/presión en la articulación y recomienda cambio. El Capitán enfermero cuando vió dicho informe también coincidió con él, recomendando que cambiara de residencia.
Lo de los plazos es interesante conocerlo para pedir cambio de residencia hasta que lleguen las resoluciones.
Por cierto, habia un compañero que preguntaba por partes de baja:
En mi Comandancia, tras consultar al Capitán Jefe del servicio de sanidad, me comunicó que, debido al Covid-19, siguiesemos sin entregar los partes de continuación, hasta que se ordenase. Que no sabían cuando sería.
Un saludo.
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
muy buenas, de todo lo que he leido en el hilo del tema de las vacaciones de no poderlas disfrutar al haber estado de baja, haber si me pudierais aclarar una cosa.
-Me ha quedado claro que tengo 1 mes desde que me dan el alta para solicitarlas.
-Que solo me van a conceder 18 meses atrasados de vacaciones, a pesar de que lleves 3 años de baja.
-Que no me van a conceder los asuntos p.
Pero mi pregunta es: tengo un mes para solicitar las vacaciones atrasadas mediante el modelo ese que mandasteis, en el mes ese solo solicito que me concedan las vacaciones que no pude disfrutar, y me las pongan en mi gestion profesional, pero cuanto tiempo tengo luego para gastarlas esas vacaciones atrasadas? se que tampoco se podian gastar en periodos de vacaciones de verano? Os hago la pregunta porque pronto estare de alta si no pasa nada y tendre que hacerlo y solicitarlas. muchas gracias un saludo cuidaros.
-Me ha quedado claro que tengo 1 mes desde que me dan el alta para solicitarlas.
-Que solo me van a conceder 18 meses atrasados de vacaciones, a pesar de que lleves 3 años de baja.
-Que no me van a conceder los asuntos p.
Pero mi pregunta es: tengo un mes para solicitar las vacaciones atrasadas mediante el modelo ese que mandasteis, en el mes ese solo solicito que me concedan las vacaciones que no pude disfrutar, y me las pongan en mi gestion profesional, pero cuanto tiempo tengo luego para gastarlas esas vacaciones atrasadas? se que tampoco se podian gastar en periodos de vacaciones de verano? Os hago la pregunta porque pronto estare de alta si no pasa nada y tendre que hacerlo y solicitarlas. muchas gracias un saludo cuidaros.
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
Solicita en plazo las vacaciones poniendo las fechas que deseas disfrutarlas, ya te dirán si corresponde o no.PUCHE escribió: ↑Lun Jul 27, 2020 10:49 am
Pero mi pregunta es: tengo un mes para solicitar las vacaciones atrasadas mediante el modelo ese que mandasteis, en el mes ese solo solicito que me concedan las vacaciones que no pude disfrutar, y me las pongan en mi gestion profesional, pero cuanto tiempo tengo luego para gastarlas esas vacaciones atrasadas? se que tampoco se podian gastar en periodos de vacaciones de verano? Os hago la pregunta porque pronto estare de alta si no pasa nada y tendre que hacerlo y solicitarlas. muchas gracias un saludo cuidaros.
Abrazos.
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
ok muchas gracias un saludo.Arano escribió: ↑Lun Jul 27, 2020 5:22 pmSolicita en plazo las vacaciones poniendo las fechas que deseas disfrutarlas, ya te dirán si corresponde o no.PUCHE escribió: ↑Lun Jul 27, 2020 10:49 am
Pero mi pregunta es: tengo un mes para solicitar las vacaciones atrasadas mediante el modelo ese que mandasteis, en el mes ese solo solicito que me concedan las vacaciones que no pude disfrutar, y me las pongan en mi gestion profesional, pero cuanto tiempo tengo luego para gastarlas esas vacaciones atrasadas? se que tampoco se podian gastar en periodos de vacaciones de verano? Os hago la pregunta porque pronto estare de alta si no pasa nada y tendre que hacerlo y solicitarlas. muchas gracias un saludo cuidaros.
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Re: DESPUES DE UNA BAJA DERECHO VACACIONES
buenas y perdona mi torpeza de no entender bien las cosas jeje, voy a poner ejemplo y asi a ver si me podeis aclarar y alguno quizas tambien.PUCHE escribió: ↑Lun Jul 27, 2020 6:11 pmok muchas gracias un saludo.Arano escribió: ↑Lun Jul 27, 2020 5:22 pmSolicita en plazo las vacaciones poniendo las fechas que deseas disfrutarlas, ya te dirán si corresponde o no.PUCHE escribió: ↑Lun Jul 27, 2020 10:49 am
Pero mi pregunta es: tengo un mes para solicitar las vacaciones atrasadas mediante el modelo ese que mandasteis, en el mes ese solo solicito que me concedan las vacaciones que no pude disfrutar, y me las pongan en mi gestion profesional, pero cuanto tiempo tengo luego para gastarlas esas vacaciones atrasadas? se que tampoco se podian gastar en periodos de vacaciones de verano? Os hago la pregunta porque pronto estare de alta si no pasa nada y tendre que hacerlo y solicitarlas. muchas gracias un saludo cuidaros.
Abrazos.
si yo me di de baja en octubre de 2017 y por ejemplo, me dan de alta en octubre de 2020, que vacaciones tengo que solicitar? gracias un saludo