subsidio de desempleo.
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- Cabo
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subsidio de desempleo.
¿es compatible la pestacion de desempleo por personal retirado por incapacidad?
- diablo
- Coronel
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- Registrado: Jue Oct 09, 2008 11:51 pm
- Ubicación: En el tórrido Infierno.
Re: subsidio de desempleo.
Buenas.
La percepción del subsidio de desempleo es totalmente compatible con la percepción de la correspondiente pensión por incapacidad para el servicio procedente de Clases Pasivas del Estado.
Un saludo.
La percepción del subsidio de desempleo es totalmente compatible con la percepción de la correspondiente pensión por incapacidad para el servicio procedente de Clases Pasivas del Estado.
Un saludo.
pregunta a Diablo
Hola Diablo:
Vuelvo a preguntarte.
Si salieran disposiciones y modificaciones aprobadas e Congreso para pensiones de viudedad, ¿Qué sucedería con las que tenemos el caso en Audiencia Nacional? ¿Se retiran los juicios?
Hemos luchado mucho desde asociaciones y a lo mejor salen aprobadas modificaciones. No puedo precisarte mucho más.
Muchas gracias
somormujo
Vuelvo a preguntarte.
Si salieran disposiciones y modificaciones aprobadas e Congreso para pensiones de viudedad, ¿Qué sucedería con las que tenemos el caso en Audiencia Nacional? ¿Se retiran los juicios?
Hemos luchado mucho desde asociaciones y a lo mejor salen aprobadas modificaciones. No puedo precisarte mucho más.
Muchas gracias
somormujo
- diablo
- Coronel
- Mensajes: 2229
- Registrado: Jue Oct 09, 2008 11:51 pm
- Ubicación: En el tórrido Infierno.
Re: subsidio de desempleo.
Buenas somormujo.
La Constitución Española establece claramente en el artículo 9 párrafo 3º:
Artículo 9.
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Es decir, cualquier disposición que sea favorable y no restrictiva de derechos individuales como es tú caso y el de muchas personas en tú misma situación, sería retroactiva, dado que favorecería a todo un colectivo, el único problema que podría surgir es hasta qué fecha se aplicaría la retroactividad.
Un saludo.
La Constitución Española establece claramente en el artículo 9 párrafo 3º:
Artículo 9.
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Es decir, cualquier disposición que sea favorable y no restrictiva de derechos individuales como es tú caso y el de muchas personas en tú misma situación, sería retroactiva, dado que favorecería a todo un colectivo, el único problema que podría surgir es hasta qué fecha se aplicaría la retroactividad.
Un saludo.
Re: subsidio de desempleo.
diablo escribió:Buenas.
La percepción del subsidio de desempleo es totalmente compatible con la percepción de la correspondiente pensión por incapacidad para el servicio procedente de Clases Pasivas del Estado.
Un saludo.
SALVO SUPERIOR PARECER DE "" BUDAS ""................
No hay nada repartido más equitativamente en el mundo que la razón: todo el mundo está convencido de tener suficiente.
www.aedae.com
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