Hola Azor, te he mandado un privado, dime un correo y te mando la Instrucción Técnica donde viene todo, incluso la solicitud y la autorización para lo de antecedentes penales.
La IT es la INSTRUCIIÓN TÉCNICA 18/16 de noviembre de 2016.
Un saludo.
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
Hola Azor, te he mandado un privado, dime un correo y te mando la Instrucción Técnica donde viene todo, incluso la solicitud y la autorización para lo de antecedentes penales.
Crees mal; no se pierden los derechos al ascenso, y mucho menos los de permanencia en la Orden. Lo único que pasa es que el ingreso o el ascenso se concede con la fecha de la solicitud, y no con la fecha en la que se cumplieron los plazos.elinfanzon escribió: ↑Mar Ago 11, 2020 7:15 pm Creo que sí a los seis meses de tener derecho a ascender de categoría, no lo solicitas, pierdes la categoría anterior y por supuesto no asciendes. Estando en tratamiento y con ingresos hospitalarios, lo último que se te ocurre es estar pendiente de esos plazos.
Muchas gracias, aspersan por facilitarme la documentación.... Un cordial saludo!!
Sí aún cumpliendo los requisitos, no solicitas tu ascenso en los 6 meses siguientes a poder hacerlo, y lo solicitas estando retirado, como se te atribuye la fecha de antigüedad del momento de la solicitud, no te ascienden:Francisco I escribió: ↑Mié Sep 23, 2020 4:40 pmCrees mal; no se pierden los derechos al ascenso, y mucho menos los de permanencia en la Orden. Lo único que pasa es que el ingreso o el ascenso se concede con la fecha de la solicitud, y no con la fecha en la que se cumplieron los plazos.elinfanzon escribió: ↑Mar Ago 11, 2020 7:15 pm Creo que sí a los seis meses de tener derecho a ascender de categoría, no lo solicitas, pierdes la categoría anterior y por supuesto no asciendes. Estando en tratamiento y con ingresos hospitalarios, lo último que se te ocurre es estar pendiente de esos plazos.
Saludos.
En el BOD de hoy hay ingresos.