zuku escribió: ↑Sab Mar 06, 2021 1:44 am Tienes toda la razón, pero recurre fuera de plazo que marca la Ley y verás por donde se pasan esa sentencia
Tendrás razón si hay sentencias de que el derecho te asiste, ¿ y por qué no modifican la Ley, conforme a las sentencias ?
Tienes el claro ejemplo en lo que hace Clases Pasivas cuando solicitas la exención del IRPF, te deniegan las peticiones con unas leyes que ya no están en vigor, con sentencias que no cumplen y ya para mear y no echar gota añaden párrafos a los artículos de las Leyes actuales.
Te pongo un ejemplo.
Rentas exentas Ley 35/2006
Art. 7(g) Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiera sido causa de aquéllas inhabilitara por completo al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio (BOE)
Clases Pasivas dice: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.g) de la Ley 35/2006 citada anteriormente, para declarar la pensión exenta del IRPF es necesario que la lesión o enfermedad que inhabilita a su perceptor para toda profesión u oficio
debe concurrir al tiempo de jubilación o retiro
Como verás se inventan ellos la Ley
Con todo esto digo que si te pasas de los plazos aunque haya otras sentencias que te lo permitan, tendrás que defender tus derechos en un juzgado y no siempre merece la pena
Hola GRAN ZUKU. Efectivamente es como bien tu dices eso mismo me contesto Clases Pasivas pero Gracias a tu ayuda conseguí la EXENCION DEL IRFP. Saludos