El refrán se cumple una vez más.. , los últimos serán los primeros!!!
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De verdad que alegría quitarte del medio todo este calvario.
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A ver que nos cuenta Zuku
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Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
Pues si compañero, no nos queda otra. Espero que podamos conseguirlo. Ojalá despues de las alegaciones te vengaremedios escribió: ↑Mié Abr 28, 2021 2:53 pm Buenas tardes,.
Bajo el criterio de siempre con el que actúan tanto la CP como la AEAT, que es el que le va marcando la DGT, mi solicitud de exención ha sido denegada , así que a presentar alegaciones y a seguir con este largo y tortuoso proceso. Adaptaré lo ya proporcionado por el amigo Zuku a mi caso y para adelante.![]()
Os seguiré contando.
Joder Itinerante que alegria. Me alegro muchisimo de que acabes con todo este martirio tan pronto. Ya nos cuentasItineranteCivico escribió: ↑Mié Abr 28, 2021 7:20 pm Buenas compañeros, le he mandado un correo a Zuku, y voy a ser cauteloso hasta que lo confirme él, pero al parecer la AEAT ha estimado favorablemente mi reclamación. Después os damos más información![]()
Una vez confirmada la estimación de la exención de tu pensión por la AEAT, dedicarte de nuevo mis felicitaciones por haberlo conseguido en tiempo récord, y por supuesto también para el incansable Zuku por la labor que sigue realizando día a día en este foro.ItineranteCivico escribió: ↑Jue Abr 29, 2021 12:20 am Ya me contesto Zuku el correo, y está todo OK, os iré contando todas las novedades de como va y si me dicen algo nuevo.
La verdad que un crack el compañero, me lo ha resuelto en menos de un mes, y lo vuestro de corazón que se resuelva favorablemente cuanto antes, la sensación de paz que se le queda a uno no tiene descripción, así que a seguir que os lo dan si o sí como dice Zuku.
Enhorabuena compañero, se hace justiciaremedios escribió: ↑Jue Abr 29, 2021 12:43 amUna vez confirmada la estimación de la exención de tu pensión por la AEAT, dedicarte de nuevo mis felicitaciones por haberlo conseguido en tiempo récord, y por supuesto también para el incansable Zuku por la labor que sigue realizando día a día en este foro.ItineranteCivico escribió: ↑Jue Abr 29, 2021 12:20 am Ya me contesto Zuku el correo, y está todo OK, os iré contando todas las novedades de como va y si me dicen algo nuevo.
La verdad que un crack el compañero, me lo ha resuelto en menos de un mes, y lo vuestro de corazón que se resuelva favorablemente cuanto antes, la sensación de paz que se le queda a uno no tiene descripción, así que a seguir que os lo dan si o sí como dice Zuku.![]()
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Pues ya lo tienes claro y mas si Zuku te lo ha confirmado. La verdad es que tenemos mucha suerte de que esté siempre dispuesto a ayudarnos. Enhorabuena.ItineranteCivico escribió: ↑Jue Abr 29, 2021 12:20 am Ya me contesto Zuku el correo, y está todo OK, os iré contando todas las novedades de como va y si me dicen algo nuevo.
La verdad que un crack el compañero, me lo ha resuelto en menos de un mes, y lo vuestro de corazón que se resuelva favorablemente cuanto antes, la sensación de paz que se le queda a uno no tiene descripción, así que a seguir que os lo dan si o sí como dice Zuku.
ItineranteCivico escribió: ↑Mié Abr 28, 2021 7:20 pm Buenas compañeros, le he mandado un correo a Zuku, y voy a ser cauteloso hasta que lo confirme él, pero al parecer la AEAT ha estimado favorablemente mi reclamación. Después os damos más información![]()
Hola GRAN ZUKU muy bien explicado. Saludoszuku escribió: ↑Jue Abr 29, 2021 10:13 am Efectivamente al itinerante le han concedido la exención., como no podía ser de otra manera.
En su caso tiene que tener abiertos 2 expedientes de rectificación de autoliquidaciones y uno de devolución.
La rectificación de la declaración del 2019, fué estimada y está pendiente de devolución, con lo cual las posteriores también lo estarán cuando resuelvan.
En el ejercicio fiscal del 2020, tiene abiertos 2 expedientes, por un lado que ya presentó la declaración y por otro lado la rectificación de la declaración.
Como hará hacienda????? Ni idea
- Se puede dar el caso que hacienda resuelva el expdte de la declaración sin mas, y luego el otro expediente de la rectificación
- Otra opción es que hacienda haga una paralela ya sin IRPF, y asi resuelve los 2 expedientes a la vez.
- Y otra opción es que resuelva la rectificación, bloqueando la declaración y el interesado solicite una revisión de la declaración
Con lo retenido en el 2021, la delegación provincial debe comunicarlo a la AEAT de Grandes Contribuyentes, y estos dan la orden de la exención del irpf, le devolverían lo retenido desde enero y empezaría a cobrar la pensión sin irpf, tardaría sobre 2 meses.
En este caso CP no tiene que comunicar nada a la AEAT, ni está ni se le espera; el irpf depende de la AEAT
la AEAT no se moja, como estamos viendo con las actas del tribunal médico, Tiene que tener una res. del pagador, TEA o sentencia judicial. En este caso ya tiene la res. de la absoluta del pagador, y por ese motivo ha resuelto estimando lo solicitado
Amigo Calvario, no soy grande en nada, solo ayudo en lo que puedo a los que considero compañeros y se lo merecen, Te agradezco tus palabras y reconocimiento, y me alegro de a traves de este foro que seamos amigos.elcalvario escribió: ↑Mar May 04, 2021 8:48 pmHola GRAN ZUKU muy bien explicado. Saludoszuku escribió: ↑Jue Abr 29, 2021 10:13 am Efectivamente al itinerante le han concedido la exención., como no podía ser de otra manera.
En su caso tiene que tener abiertos 2 expedientes de rectificación de autoliquidaciones y uno de devolución.
La rectificación de la declaración del 2019, fué estimada y está pendiente de devolución, con lo cual las posteriores también lo estarán cuando resuelvan.
En el ejercicio fiscal del 2020, tiene abiertos 2 expedientes, por un lado que ya presentó la declaración y por otro lado la rectificación de la declaración.
Como hará hacienda????? Ni idea
- Se puede dar el caso que hacienda resuelva el expdte de la declaración sin mas, y luego el otro expediente de la rectificación
- Otra opción es que hacienda haga una paralela ya sin IRPF, y asi resuelve los 2 expedientes a la vez.
- Y otra opción es que resuelva la rectificación, bloqueando la declaración y el interesado solicite una revisión de la declaración
Con lo retenido en el 2021, la delegación provincial debe comunicarlo a la AEAT de Grandes Contribuyentes, y estos dan la orden de la exención del irpf, le devolverían lo retenido desde enero y empezaría a cobrar la pensión sin irpf, tardaría sobre 2 meses.
En este caso CP no tiene que comunicar nada a la AEAT, ni está ni se le espera; el irpf depende de la AEAT
la AEAT no se moja, como estamos viendo con las actas del tribunal médico, Tiene que tener una res. del pagador, TEA o sentencia judicial. En este caso ya tiene la res. de la absoluta del pagador, y por ese motivo ha resuelto estimando lo solicitado![]()
Muchas gracias compañero. Hace nada estaba leyendo tu caso, el de Zuku, y los recientes de Jilary y Remedios... y ahora gracias a la ayuda del compañero pues esperando la deseada exención de IRPF, no me lo termino de creer todavíaelcalvario escribió: ↑Mar May 04, 2021 8:47 pmItineranteCivico escribió: ↑Mié Abr 28, 2021 7:20 pm Buenas compañeros, le he mandado un correo a Zuku, y voy a ser cauteloso hasta que lo confirme él, pero al parecer la AEAT ha estimado favorablemente mi reclamación. Después os damos más información![]()
Enhorabuena pronto estarás EXENTO del IRPF. Saludos![]()