Incapacidad Permanente.
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Incapacidad Permanente.
Hola, me gustaría saber cómo queda mi pensión. Me han dado un APL 5, con un grado de discapacidad del 35%, soy Cabo 1° temporal con 20 años de servicio.
- Arano
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Re: Incapacidad Permanente.
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Re: Incapacidad Permanente.
La pensión es de 799,65 euros en 14 pagas + ISFAS.
A eso has de descontarle el IRPF.
Para llegar a esa cantidad, hay que guiarse por el RD 71/2019, Art.1.7. donde dice:
Artículo 7. Pensiones por inutilidad para el servicio.
El personal incluido en el ámbito de aplicación de este real decreto, que durante su relación profesional con las Fuerzas Armadas se vea afectado por una lesión o proceso patológico, somático o psíquico, que esté estabilizado y sea irreversible o de remota o incierta reversibilidad que, sin llegar a constituir una incapacidad absoluta para cualquier profesión u oficio, suponga una incapacidad para el ejercicio de la profesión militar que implique la resolución del compromiso, causará derecho a pensión de inutilidad para el servicio, en los siguientes términos:
a) Si la inutilidad se ha producido en circunstancias ajenas al servicio, causará derecho a pensión ordinaria de inutilidad para el servicio en una cuantía igual al 55 por 100 de la que hubiese resultado de producirse una incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio.
El haber regulador del grupo C2 es 20.354,76.
Pues el 55 % de eso dividido en 14 pagas.
Da igual el rango y los años de servicio una vez tienes más de 20 cotizados.
Puedes trabajar en otro sitio.
Última edición por Danaerys el Mié Jul 28, 2021 9:05 pm, editado 2 veces en total.
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- Danaerys
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Re: Incapacidad Permanente.
Por cierto, el APL5 no existe.
APL significa Apto con Limitaciones y sólo llega hasta el 4.
Cuando te dan un coeficiente 5 ya no es APL, es un No Apto.
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Re: Incapacidad Permanente.
Muchas gracias, pero no entiendo que el haber regulador sea el mismo de un soldado a un cabo 1, que si somos del mismo grupo c2, pero no cobramos lo mismo.
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Re: Incapacidad Permanente.
Hola a todos compañeros, una cosita en este tema, tiene algo q ver el porcentaje de discapacidad para la pensión? Gracias
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Re: Incapacidad Permanente.
No, no tiene nada que ver.Chiquinina escribió: ↑Mié Jul 28, 2021 1:15 pm Hola a todos compañeros, una cosita en este tema, tiene algo q ver el porcentaje de discapacidad para la pensión? Gracias
Lo único que tiene que ver es la incapacidad.
Es diferente pensión si te dan una incapacidad permanente total a si te dan una incapacidad permanente absoluta.
Pero el grado de discapacidad no, así como tampoco cuenta el rango o los trienios.
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- trasgu123
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- Danaerys
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Re: Incapacidad Permanente.
Supongo que te resultará un fastidio.
Para un soldado es una pensión que está bien ya que está acostumbrado a una porquería de sueldo.
A ti te parecerá una mierda de pensión y además te parece injusto que metan a los soldados y cabos en el mismo saco que a los cabos 1.
Pero es lo que hay.
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Re: Incapacidad Permanente.
Pues será así entonces. Tengo otra duda, me pertenece alguna indemnización, me quedaban 6 años de contrato.
Última edición por Mperma4 el Vie Jul 30, 2021 7:30 pm, editado 1 vez en total.
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Re: Incapacidad Permanente.
No cobras lo mismo, pero si cotizas lo mismo
Por tanto a igual cotización igual pensión
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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Re: Incapacidad Permanente.
Pues será así entonces. Tengo otra duda, me pertenece alguna indemnización, me quedaban 6 años de contrato.
- Danaerys
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Re: Incapacidad Permanente.
No. La pensión es incompatible con indemnizaciones, paro, prima por años de servicio, etc.
Sólo te queda la pensión.
Pero al ser permanente total, es decir, que tu incapacidad es sólo para ser militar, puedes trabajar en otro sitio.
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Re: Incapacidad Permanente.
Buenas tardes a todos soy nuevo en este foro he intentado presentarme pero no lo supe hacer pero lo hago ahora soy Subteniente de la Guardia Civil, ingrese en el cuerpo el 02/11/1990 y ascendí a sargento el 21/06/2000, actualmente estoy de jefe plana mayor comandancia hace 4 años me pusieron una prótesis total de cadera y junto con la depresión mayor que padezco la comunidad autónoma me reconoció un 42% de minsuvalia, pero el tema no acaba aquí hace unos meses me pusieron la segunda prótesis total en la otra cadera y ahora me diagnosticaron espondilitis anquilosante en toda mi columna vertebra, artrosis de rodilla derecha y rotura crónica ligamento cruzado anterior rodilla izquierda y también padezco cefaleas en racimo, necesito ayuda para saber si podría obtener una incapacidad absoluta y en el supuesto caso que si saber cuanto me quedaría de pensión muchas gracias a todos y perdonar por esta presentacion gracias
Última edición por Danton67 el Vie Sep 03, 2021 7:14 pm, editado 1 vez en total.
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Re: Incapacidad Permanente.
La absoluta en mi opinión la tendrías que luchar en contencioso administrativo, si te jubilasen con la total puedes hacer el cálculo de lo que te queda, hay una calculadora de clases pasivas, pon en Google, "Calculadora pensión clases pasivas" y te sale.Danton67 escribió: ↑Vie Sep 03, 2021 7:13 pm Buenas tardes a todos soy nuevo en este foro he intentado presentarme pero no lo supe hacer pero lo hago ahora soy Subteniente de la Guardia Civil, ingrese en el cuerpo el 02/11/1990 y ascendí a sargento el 21/06/2000, actualmente estoy de jefe plana mayor comandancia hace 4 años me pusieron una prótesis total de cadera y junto con la depresión mayor que padezco la comunidad autónoma me reconoció un 42% de minsuvalia, pero el tema no acaba aquí hace unos meses me pusieron la segunda prótesis total en la otra cadera y ahora me diagnosticaron espondilitis anquilosante en toda mi columna vertebra, artrosis de rodilla derecha y rotura crónica ligamento cruzado anterior rodilla izquierda y también padezco cefaleas en racimo, necesito ayuda para saber si podría obtener una incapacidad absoluta y en el supuesto caso que si saber cuanto me quedaría de pensión muchas gracias a todos y perdonar por esta presentacion gracias
Cuenta con la posibilidad de que te den apto o útil con limitaciones, todo es posible en la GC. Si estás a menos de 4 años de pasar a reserva quizás no te dé tiempo ni a qué te cierren el expediente y te llegue antes el pase a reserva, están las JMPO muy paradas. Una vez en la reserva puedes seguir de baja hasta la resolución del expediente y continuar luego con el contencioso.
Un saludo, recupérate todo lo posible y mucho ánimo.
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