Eso es otra!!!, como no se den prisa nos metemos en el 2022 y a seguir con el proceso...
Esperemos que no!!!
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Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
Esperemos que te resuelvan antes de los 6 meses y no tengas que recurrir...ItineranteCivico escribió: ↑Jue Oct 28, 2021 7:12 pm Yo me meto a diario en la sede electrónica, al más minimo cambio os aviso, siempre lo hago, mando un email al pobre de Zuku para que me de su visión y al momento os escribo. Mi expediente se pasa a los 6 meses, así que este mes de noviembre os daré novedades seguro, pero igual tu o Jilary tenéis noticias antes, aquí nunca se sabe![]()
Remedios, me alegro por lo tuyo, enhorabuena, a ti y todos aquellos que vayan avanzando. En lo que comentas, a mi me ha pasado igual, de hecho yo envié copia a cp, de la sentencia, y me contestaron , que mientra no recibiese copia del mismísimo teac no movían un dedo. Así que solo tuve que esperar y como ya comenté, fue grandes contribuyentes los que le han puesto las pilas a cp. Yo a día de hoy ya he cobrado todo. 2021, por grandes contribuyentes, notificando a clases pasivas mi exención desde septiembre que ya no me aplican irpf. Y la aeat esta semana me ha devuelto los cuatro años. Por cierto cuando llamé al teac para decirle que por favor enviaran copia a cp, me dijo que no me preocupara que no tenía que hacer nada, y así ha sido , solo esperar la carta de grandes contribuyentes con instrucciones a seguir ,remedios escribió: ↑Sab Oct 23, 2021 8:54 pmTotalmente de acuerdo Itinerante, si la "Caja Pagadora" dice que tu pensión está exenta, no tiene sentido que clases pasivas como "pagador" te retenga IRPF. La cuestión está en quien tiene que dar la orden a clases pasivas para que te modifique la pensión a "exenta".ItineranteCivico escribió: ↑Sab Oct 23, 2021 11:15 am Yo espero que si se implique, no tendría sentido devolver a un Contribuyente lo retenido hasta ahora en 2021, y que al mes siguiente le volvieran a emitir una nómina con retención a cuenta de IRPF. Si la "caja" devuelve el dinero, no tiene sentido que CP siga reteniendo, dandole trabajo a la AEAT, pero como esto es un sin sentido de principio a fin pues a saber...![]()
Tenemos claro que clases pasivas no mueve ficha cuando lo solicitan los interesados, aún proporcionando un fallo de un TEAR o una resolución de la AEAT.
Dicen que se lo tienen que comunicar oficialmente un tribunal y en mi caso el TEAR dice que no está obligado legalmente a notificarle el fallo, que solo se lo comunican a las partes implicadas (en nuestro caso la AEAT); entonces solo nos queda que sea algún departamento de la AEAT el que se lo notifique a clases pasivas, y esperemos que este departamento sea la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, si no, habrá algún protocolo para evitar que todos los años tengamos que estar en el ojo del huracán cuando en la renta no incluyamos la pensión y provoque los respectivos procedimientos administrativos.
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Si lo haces por sede electronica es mucho mejor , te da tu justificante en pdf, y atomaticamente se registra un expediente nuevo abierto, cuando entras en expedientes. Una vez abierto esperas seis meses desde la fecha de inicio del registro, y como pasarán sin que te contesten, haces una nueva reclamación desde la sede electrónica aludiendo al número de registro que ya tienes por silencio administrativo y listo.
Si itinerante, a mi me tardo creo recordar tres o cuatro días y ya lo vi en la sede. Expediente en tramitación.ItineranteCivico escribió: ↑Jue Oct 28, 2021 5:35 pm Si la fecha de presentación la respetan, y aparece claramente, normalmente un par de días después que es cuando ellos recepcionan el escrito. Pero a mí concretamente no me ha aparecido el expediente en la sede electrónica hasta hace unos días que os lo comunique por el foro. A lo mejor en mi caso han esperado a que me resolvieran la rectificación de 2020, o a lo mejor no tiene nada que ver. Ahora a ver como lo cuadran, si nos devuelven lo retenido hasta noviembre, tendran que dar cuenta rápido a CP para que diciembre no nos venga con retenciones otra vez, vamos a ver que pasa![]()
Dani35 escribió: ↑Dom Oct 31, 2021 11:19 pmremedios escribió: ↑Sab Oct 23, 2021 8:54 pmItineranteCivico escribió: ↑Sab Oct 23, 2021 11:15 am Yo espero que si se implique, no tendría sentido devolver a un Contribuyente lo retenido hasta ahora en 2021, y que al mes siguiente le volvieran a emitir una nómina con retención a cuenta de IRPF. Si la "caja" devuelve el dinero, no tiene sentido que CP siga reteniendo, dandole trabajo a la
Remedios, me alegro por lo tuyo, enhorabuena, a ti y todos aquellos que vayan avanzando. En lo que comentas, a mi me ha pasado igual, de hecho yo envié copia a cp, de la sentencia, y me contestaron , que mientra no recibiese copia del mismísimo teac no movían un dedo. Así que solo tuve que esperar y como ya comenté, fue grandes contribuyentes los que le han puesto las pilas a cp. Yo a día de hoy ya he cobrado todo. 2021, por grandes contribuyentes, notificando a clases pasivas mi exención desde septiembre que ya no me aplican irpf. Y la aeat esta semana me ha devuelto los cuatro años. Por cierto cuando llamé al teac para decirle que por favor enviaran copia a cp, me dijo que no me preocupara que no tenía que hacer nada, y así ha sido , solo esperar la carta de grandes contribuyentes con instrucciones a seguir ,
Debería haberlo entregado en Sede Electrónica..., el caso es que tenía que pasar por la AEAT para hacer varias consultas y de camino me llevé el escrito pensando que sería buena idea, pero bueno..., ya lo abrirán, tengo 6 meses por delante, jeje.Dani35 escribió: ↑Dom Oct 31, 2021 11:25 pmSi lo haces por sede electronica es mucho mejor , te da tu justificante en pdf, y atomaticamente se registra un expediente nuevo abierto, cuando entras en expedientes. Una vez abierto esperas seis meses desde la fecha de inicio del registro, y como pasarán sin que te contesten, haces una nueva reclamación desde la sede electrónica aludiendo al número de registro que ya tienes por silencio administrativo y listo.
El viernes tengo cita en la AEAT y preguntaré porque no hay rastro aún del expediente, a ver por donde sale ...Dani35 escribió: ↑Dom Oct 31, 2021 11:26 pmSi itinerante, a mi me tardo creo recordar tres o cuatro días y ya lo vi en la sede. Expediente en tramitación.ItineranteCivico escribió: ↑Jue Oct 28, 2021 5:35 pm Si la fecha de presentación la respetan, y aparece claramente, normalmente un par de días después que es cuando ellos recepcionan el escrito. Pero a mí concretamente no me ha aparecido el expediente en la sede electrónica hasta hace unos días que os lo comunique por el foro. A lo mejor en mi caso han esperado a que me resolvieran la rectificación de 2020, o a lo mejor no tiene nada que ver. Ahora a ver como lo cuadran, si nos devuelven lo retenido hasta noviembre, tendran que dar cuenta rápido a CP para que diciembre no nos venga con retenciones otra vez, vamos a ver que pasa![]()
Muchas gracias Dani, parece que pasito a pasito vamos todos para adelante, que no es poco!!!Dani35 escribió: ↑Dom Oct 31, 2021 11:19 pmRemedios, me alegro por lo tuyo, enhorabuena, a ti y todos aquellos que vayan avanzando. En lo que comentas, a mi me ha pasado igual, de hecho yo envié copia a cp, de la sentencia, y me contestaron , que mientra no recibiese copia del mismísimo teac no movían un dedo. Así que solo tuve que esperar y como ya comenté, fue grandes contribuyentes los que le han puesto las pilas a cp. Yo a día de hoy ya he cobrado todo. 2021, por grandes contribuyentes, notificando a clases pasivas mi exención desde septiembre que ya no me aplican irpf. Y la aeat esta semana me ha devuelto los cuatro años. Por cierto cuando llamé al teac para decirle que por favor enviaran copia a cp, me dijo que no me preocupara que no tenía que hacer nada, y así ha sido , solo esperar la carta de grandes contribuyentes con instrucciones a seguir ,remedios escribió: ↑Sab Oct 23, 2021 8:54 pmTotalmente de acuerdo Itinerante, si la "Caja Pagadora" dice que tu pensión está exenta, no tiene sentido que clases pasivas como "pagador" te retenga IRPF. La cuestión está en quien tiene que dar la orden a clases pasivas para que te modifique la pensión a "exenta".ItineranteCivico escribió: ↑Sab Oct 23, 2021 11:15 am Yo espero que si se implique, no tendría sentido devolver a un Contribuyente lo retenido hasta ahora en 2021, y que al mes siguiente le volvieran a emitir una nómina con retención a cuenta de IRPF. Si la "caja" devuelve el dinero, no tiene sentido que CP siga reteniendo, dandole trabajo a la AEAT, pero como esto es un sin sentido de principio a fin pues a saber...![]()
Tenemos claro que clases pasivas no mueve ficha cuando lo solicitan los interesados, aún proporcionando un fallo de un TEAR o una resolución de la AEAT.
Dicen que se lo tienen que comunicar oficialmente un tribunal y en mi caso el TEAR dice que no está obligado legalmente a notificarle el fallo, que solo se lo comunican a las partes implicadas (en nuestro caso la AEAT); entonces solo nos queda que sea algún departamento de la AEAT el que se lo notifique a clases pasivas, y esperemos que este departamento sea la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, si no, habrá algún protocolo para evitar que todos los años tengamos que estar en el ojo del huracán cuando en la renta no incluyamos la pensión y provoque los respectivos procedimientos administrativos.
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Cierto Remedios. A mí me abrieron expediente el mismo dia que lo eché casi seguro, porque yo lo miré a los pocos dias y ya estaba abierto el expedienteremedios escribió: ↑Jue Oct 28, 2021 4:44 pmMuchas gracias Itinerante por tu rápida respuesta. Pues al parecer esto dependerá de cada caso, porque Jilary lo tiene abierto con la misma fecha de entrega; lo que no sabe es si se lo abrieron el mismo día de entrega de la solicitud o unos días después. Supongo que dependerá también de si hay un fallo (resolución) por medio, no sé.ItineranteCivico escribió: ↑Jue Oct 28, 2021 4:32 pm Aquí si te puedo ayudarpues presentas el escrito, y te va a parecer que ni te van a contestar, en mi caso ni rastro hasta pasados 5 meses, que ya me apareció como expediente de rectificación de autoliquidaciones. La diferencia es que el organo gestor no es tu delegación provincial, sino el dpto. de tributos de paseo de la Castellana 106, G Contribuyentes.
A lo mejor cada caso es un mundo, pero las rectificaciones las resuelven en menos de un mes, pero en mi caso con G Contribuyentes ya han pasado más de 5 meses.
En fin, que al parecer no tienen porque abrir expediente a la entrega... Duda resuelta!!!![]()
Espero que tengas todo solucionado este mes. Ya va quedando menos, en 2022 estaremos exentosItineranteCivico escribió: ↑Jue Oct 28, 2021 4:32 pm Aquí si te puedo ayudarpues presentas el escrito, y te va a parecer que ni te van a contestar, en mi caso ni rastro hasta pasados 5 meses, que ya me apareció como expediente de rectificación de autoliquidaciones. La diferencia es que el organo gestor no es tu delegación provincial, sino el dpto. de tributos de paseo de la Castellana 106, G Contribuyentes.
A lo mejor cada caso es un mundo, pero las rectificaciones las resuelven en menos de un mes, pero en mi caso con G Contribuyentes ya han pasado más de 5 meses.