Francisco I escribió: ↑Sab Sep 18, 2021 12:04 pm
psmito escribió: ↑Vie Sep 17, 2021 3:45 pm
Danaerys escribió: ↑Vie Sep 17, 2021 2:12 pm
A mi me suena a chino todo.
Habiendo pasado a retiro en mayo...
¿Me dan esa paguilla o me suben algo la pensión en enero del 2022 o ya todo es para el 2023?
Si tendrás paguilla
Cuanto?? Dependerá de la desviación
Yo creo que nuestra apreciada Dama, no tendrá paguilla en febrero; por la sencilla razón de que su pensión ha sido calculada por primera vez dentro del año actual, lo que significa que se encuentra actualizada. Lo que si tendrá, desde el 1 de enero próximo, es la subida para el año 2022, en función del aumento del IPC del año 2021.
Muy buenas! soy nuevo en el foro, ya he pasado por "Presentaciones", agradeceros nuevamente de antemano la labor informativa que hacéis todos los que formáis parte de este foro.
He estado viendo varios temas que habéis tratado en este foro y resolviendo varias dudas.
Este tema de "la paguilla" me deja varias dudas, habéis comentado que la compañera Danaerys, al ser este año 2021 su primer año en percibir pensión, no tiene derecho a la misma, yo estoy en su mismo caso, jubilado por incapacidad este año 2021.
He estado mirando porque tenía dudas, y he encontrado esto:
--- Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. (Normas que afectan a la revalorización de pensiones). (BOE núm. 341, de 31 de diciembre de 2020) ---
- Disposición adicional cuadragésima sexta. Mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y otras prestaciones públicas en el año 2021.
Uno. Los pensionistas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas, con pensiones causadas con anterioridad al 1 de enero de 2021 que
hayan sido revalorizadas en dicho ejercicio, recibirán, antes del 1 de abril del 2022 y en un único pago, una cantidad equivalente a la diferencia entre la pensión percibida en 2021 y la que hubiere correspondido de haber aplicado al importe de la pensión vigente a 31 de diciembre de 2020 un incremento porcentual igual al valor medio de los incrementos porcentuales interanuales del Índice de Precios al Consumo (IPC) de los meses de diciembre de 2020 a noviembre de 2021, siempre que el valor medio resultante sea superior al 0,9 por ciento.
A estos efectos, el límite de pensión pública durante el año 2021 será el equivalente a incrementar la cuantía de dicho límite a 31 de diciembre de 2020 en el porcentaje indicado en el párrafo anterior.
Lo previsto en el párrafo primero será igualmente de aplicación a los pensionistas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas, con
pensiones causadas durante 2021, que hubieran percibido la cuantía correspondiente al límite máximo de percepción de las pensiones públicas
fijado para el citado año.
De igual modo, será de aplicación a los beneficiarios en dicho ejercicio de las ayudas sociales por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y de las reconocidas al amparo de la Ley 3/2005, de 18 de marzo.
Asimismo, serán de aplicación las reglas precedentes respecto de las pensiones de Clases Pasivas, con fecha inicial de abono durante 2021, para
cuya determinación se hubieran tenido en cuenta haberes reguladores susceptibles de actualización en el mencionado ejercicio.
Dos. Los pensionistas perceptores durante 2021 de pensiones mínimas, pensiones no contributivas de la Seguridad Social, de pensiones del Seguro
Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) no concurrentes, así como concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, los perceptores de prestaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo con 18 o más años de edad y un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100 y del subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte, recibirán, en un único pago, una cantidad equivalente a la diferencia entre la pensión o prestación que percibieran en 2021 y la que hubiere correspondido de haber aplicado a las cuantías de 2020 un incremento porcentual igual al valor medio de los incrementos porcentuales interanuales del IPC de los meses de diciembre de 2020 a noviembre de 2021, siempre que el valor medio resultante sea superior al 0,9 por ciento.
Tres. En el supuesto de que el valor medio de los incrementos porcentuales interanuales del IPC de los meses de diciembre de 2020 a noviembre de 2021, sea superior al 0,9 por ciento, para la determinación inicial de las pensiones de Clases Pasivas con fecha de efectos económicos de 2021,
los valores consignados en el Real Decreto ley 1/2020, de 14 de enero, se incrementarán en dicho porcentaje.
Cuatro. Se faculta al Gobierno para dictar las normas necesarias para la aplicación de las previsiones contenidas en la presente disposición, así como para actualizar los valores consignados en el título IV y disposiciones concordantes de la presente ley, adaptando sus importes, cuando así proceda, al incremento real experimentado por el IPC en el período diciembre 2020 a noviembre de 2021.
Disposición adicional cuadragésima octava. Suspensión del artículo 58 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, y del artículo 27 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril.
En 2021 la revalorización de las pensiones se realizará de acuerdo con lo establecido en el título IV y disposiciones concordantes de esta ley, no siendo
de aplicación lo dispuesto en el artículo 58 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y en el artículo 27 del texto refundido de la Ley
de Clases Pasivas del Estado.
Yo interpreto que sí habrá derecho a "la paguilla", para los que hemos causado pensión este año 2021, teniendo en cuenta lo que pone en el párrafo 5º, del apartado "Uno", de la disposición adicional, y en el apartado "Tres", tembién se habla de ello. Es lo que yo interpreto, pero no sé si estoy pasando algo por alto, directamnete estoy equivocado, si podéis decirme qué os parece os lo agradezco.
Un saludo! y perdón por la parrafada, pero quería que esté todo plasmado para analizarlo mejor y salir correctamente de dudas.