Embargo nomina

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

Responder
Alferez
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 19
Registrado: Vie Jun 21, 2013 3:36 pm
Cuerpo: Otros
Situacion: Otros

Embargo nomina

Mensaje por Alferez »

No se si deberia ir aqui o en otra parte el ayuntamiento me ha embargado este mes 400 euros de la nomina

Ha habido algun cambio de criterio? Coincide con el 30% de lo que excede del SMI pero antes no era asi es decir contaba el 30% de la nomina y el 30% de la paga vamos que embargaban 75 euros aproximadamente

Se puede reclamar de alguna manera o ahora funciona asi eso?

Gracias un saludo y felices fiestas
elcamaleon
Sargento 1º
Sargento 1º
Mensajes: 38
Registrado: Mar Sep 11, 2007 1:43 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Embargo nomina

Mensaje por elcamaleon »

buenas compañero, resulta que este mes, SE HAN DADO CUENTA EN CLASES PASIVAS, que lo de los embargos lo estaban haciendo mal, y que es ahora cuando lo hacen bien, he llamado a clases pasivas y esa es la contestacion de la mujer que me ha cogido el telefono, que antes era mal y ahora bien, y que segun el articulo 607 era como habia que hacerlo. es decir

yo por ejemplo cobro una paga sin retencion, ya que tengo una minusvalia por encima el 65 %, pues este mes me han embargado 1.240 euros, ya se que es lo correcto, pero antes hubieran sido 520 no llegaba.

Asi que ya para las extras ya se lo que cobrare,

muchas gracias
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15772
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: Embargo nomina

Mensaje por trasgu123 »

El calculo es bien sencillo, teniendo en cuenta que si se gana lo mismo o menos que el Salario MInimo no se puede embargar.

Se divide el sueldo por tramos, de tal forma que cada tramo es el importe del Salario Minimo y se aplican los porcentajes de embargo asignados a cada tramo, :

- TRAMO 1: 30%
- TRAMO 2: 50%
- TRAMO 3: 60%
- TRAMO 4: 75%
- TRAMO 5 y superior: 90%

El problema de los meses que hay extra es que suman las dos nominas como si fuese una sola y la cuantia se dispara.
Responder

Volver a “Otros asuntos y consultas sobre pensión, IRPF, compatibilidades, etc”