COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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Arano
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arano »

Arquímedes escribió: Mié Mar 02, 2022 11:11 am
mamisu escribió: Mar Mar 01, 2022 11:45 pm Si. Esta muy enrevesada. Pero pienso q si, q habrá q ir a juicio, pero bueno esperaremos acontecimientos.
Para intentar poner algo de luz, la clave de la sentencia (https://www.poderjudicial.es/search/AN/ ... a/20220301), para nosotros, estaría aquí:

¿Y cuales son esas "singularidades" de esta sentencia?. Yo veo 2 razones por las que en este caso, y solo en este caso, lo limita en tiempo:

Razón 1. El jubilado no quiso o no pudo (tema dinero) presentarse al recurso de casación. "El beneficiario no ha interpuesto casación unificadora contra el fallo de segundo grado, sino que son las EEGG las que recurren postulando que el límite se sitúe en la fecha de publicación oficial de la STJUE, limitación queya hemos descartado".

Razón 2. Al no personarse el beneficiario, ni haber impugnado la sentencia del Tribunal Superior, solo se debate el caso concreto que presenta la Seguridad Social, sobre una sentencia que ha devengado en firme (3 meses anteriores, y no la jubilación, por lo que el tribunal no puede cambiar la sentencia): "Esas posiciones procesales, decíamos, condicionan irremediablemente los términosde enjuiciamiento, pues la decisión nunca podrá situarse en un momento temporal anterior al determinado enfase de suplicación, dado que tal específica cuestión ha devenido firme."

Espero que esto ayude a entender la sentencia, que es favorable a nuestros intereses, pero que, tal cual está enfocada, también servirá a la Seguridad Social para decir que son solo 3 meses y no 5 años, cuando realmente no es así, a la vista de los fundamentos de derecho.

Saludos.
Muy bien explicado amigo ARQUIMEDES, de la lectura de la Sentencia parece y digo "parece" desprenderse una tercera razón y es que la solicitud de la compensación presentada ante la Seguridad Social y ante el Juzgado correspondiente, no se solicitó con efectos desde la fecha de arranque del derecho a la misma y es por ello que lo limita en el tiempo; si bien considero una vez leída mas de una vez, que esa "limitación en el tiempo", una vez se pronuncien sobre los Recursos de Casación y observando la doctrina seguida no nos afectará para nada.

Es mi parecer. ¿Cómo lo interpretas tu?

Abrazos.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arano »

agustino escribió: Mié Mar 02, 2022 9:13 am
Arano escribió: Mar Mar 01, 2022 6:01 pm
Roko escribió: Mar Mar 01, 2022 5:10 pm Buenas tardes. Este complemento se puede sumar a la pensión siendo esta extraordinaria como consecuencia del servio y llegando esta al tope? Muchas gracias y un sa
Si, pero se verá reducido.

Mira en la Disposición Adicional 18 del R.D.L. 670/1987, es más o menos lo que se desprende del Mimos y de la Ley General de la Seguridad Social, ya que estos incrementos se corresponden con los Presupuestos Generales del Estado y para este año están en:

En el caso de 2 hijos: 5 % de la pensión.
En el caso de 3 hijos: 10 % de la pensión.
En el caso de 4 o más hijos: 15 % de la pensión.
Si se está percibiendo la pensión máxima sólo se percibirá la mitad de los porcentajes anteriormente indicados, además, si por el motivo que sea (por ejemplo una gran invalidez), se percibe una cuantía superior a la pensión máxima , el porcentaje del complemento sólo se calculara por el importe de dicha pensión máxima.

Me olvidaba. Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico.

Saludos.
Sí, solo cobrarás el 50% del complemento. Pero éste se calcula sobre la pensión reconocida eh, que es superior a la pensión máxima que estás cobrando. OK? Pj puedes tener una pensión máxima reconocida de 3000 euros p ej (según tus años cotizados, y grupo al que pertenezcas), que sea superior a la pension máxima, 2819 euros. El complemento se calcula así: 5% (en caso de 2 hijos) de 3000 son 150, y como estás cobrando la pensión máxima, esos 150 se convierten en 75; quedando tu pensión como 2819 + 75 euros.
Cierto, se aplica a la totalidad de la pensión que teóricamente te corresponde. No al tope que los Presupuestos Generales del Estado fijan todos los años.

Saludos.
Arquímedes

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arquímedes »

Arano escribió: Mié Mar 02, 2022 4:31 pm
Arquímedes escribió: Mié Mar 02, 2022 11:11 am
mamisu escribió: Mar Mar 01, 2022 11:45 pm Si. Esta muy enrevesada. Pero pienso q si, q habrá q ir a juicio, pero bueno esperaremos acontecimientos.
Para intentar poner algo de luz, la clave de la sentencia (https://www.poderjudicial.es/search/AN/ ... a/20220301), para nosotros, estaría aquí:

¿Y cuales son esas "singularidades" de esta sentencia?. Yo veo 2 razones por las que en este caso, y solo en este caso, lo limita en tiempo:

Razón 1. El jubilado no quiso o no pudo (tema dinero) presentarse al recurso de casación. "El beneficiario no ha interpuesto casación unificadora contra el fallo de segundo grado, sino que son las EEGG las que recurren postulando que el límite se sitúe en la fecha de publicación oficial de la STJUE, limitación queya hemos descartado".

Razón 2. Al no personarse el beneficiario, ni haber impugnado la sentencia del Tribunal Superior, solo se debate el caso concreto que presenta la Seguridad Social, sobre una sentencia que ha devengado en firme (3 meses anteriores, y no la jubilación, por lo que el tribunal no puede cambiar la sentencia): "Esas posiciones procesales, decíamos, condicionan irremediablemente los términosde enjuiciamiento, pues la decisión nunca podrá situarse en un momento temporal anterior al determinado enfase de suplicación, dado que tal específica cuestión ha devenido firme."

Espero que esto ayude a entender la sentencia, que es favorable a nuestros intereses, pero que, tal cual está enfocada, también servirá a la Seguridad Social para decir que son solo 3 meses y no 5 años, cuando realmente no es así, a la vista de los fundamentos de derecho.

Saludos.
Muy bien explicado amigo ARQUIMEDES, de la lectura de la Sentencia parece y digo "parece" desprenderse una tercera razón y es que la solicitud de la compensación presentada ante la Seguridad Social y ante el Juzgado correspondiente, no se solicitó con efectos desde la fecha de arranque del derecho a la misma y es por ello que lo limita en el tiempo; si bien considero una vez leída mas de una vez, que esa "limitación en el tiempo", una vez se pronuncien sobre los Recursos de Casación y observando la doctrina seguida no nos afectará para nada.

Es mi parecer. ¿Cómo lo interpretas tu?

Abrazos.
Hola Arano,

Gracias. Respecto a tu pregunta, puede ser, no se puede asegurar, pero tiene pinta que el beneficiario no lo pidió desde el inicio. En cualquier forma, la casación era únicamente sobre la cuestión de no poder retraerse más allá de la fecha de la sentencia de la Unión Europea, dadas las circunstancias, y eso es lo que el Tribunal deja claro, y creo que es lo importante, no hay un límite de tiempo.

He hablado con algún abogado y dice que en clases pasivas está cada vez más claro que ha de ser desde la fecha de retiro.

Saludos.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por jcroiz »

creo que cuando te abrieron el expediente para el señalamiento de la pension, ya deberían haberte aplicado los indices del complemento de maternidad. Esta semana tras la muerte de un buen amigo, le he preparado online, la pension de viudedad a su esposa, tenia tres hijos mayores, por lo que no cumplimente la hoja nº3 que se refiere a la brecha de genero, pues por no rellenar dicha hoja, me han puesto la solicitu en espera y he tenido que meter a los tres hijos para que le ajusten la pension con la brecha de genero ( antes el cambio, complemento de maternidad)., pues eso mismo nos tenian que haber hecho a nosotros cuando pasamos a retirados. pero parece que a nosotros nuestros queridos Gobiernos solo piensan en robarnos nuestros derechos. MATERNIDAD, VACACIONES IRPF, MEDICAMENTOS ETC ETC.,
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por joaquinymerce »

Buenos días a todos, después de poco más de una semana he recibido notificación de inicio de la solicitud de paternidad, por correo ordinario, al igual que los compañeros, citando el plazo de 4 meses máximo para resolución
Un saludo
tirita
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por tirita »

Quisiera saber si a alguno de quienes se le ha concedido el complemento por el Tribunal Supremo de los Retirados entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, la percibe también su esposa, o si caso que se me conceda a mi, cuando se jubile esta por ser mas joven, se la concederán también a ella o se repartirá entre ambos o solo se la pagaran a partir de su jubilación a ella?
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por psmito »

tirita escribió: Mié Mar 09, 2022 10:47 am Quisiera saber si a alguno de quienes se le ha concedido el complemento por el Tribunal Supremo de los Retirados entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, la percibe también su esposa, o si caso que se me conceda a mi, cuando se jubile esta por ser mas joven, se la concederán también a ella o se repartirá entre ambos o solo se la pagaran a partir de su jubilación a ella?
Solo puede haber un perceptor
Caso de que te la concedan sería hasta jubilación de ella
A partir de hay la cobraría ella conforme a la nueva ley de brecha de género
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Francisco I »

psmito escribió: Mié Mar 09, 2022 12:08 pm
tirita escribió: Mié Mar 09, 2022 10:47 am Quisiera saber si a alguno de quienes se le ha concedido el complemento por el Tribunal Supremo de los Retirados entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, la percibe también su esposa, o si caso que se me conceda a mi, cuando se jubile esta por ser mas joven, se la concederán también a ella o se repartirá entre ambos o solo se la pagaran a partir de su jubilación a ella?
Solo puede haber un perceptor
Caso de que te la concedan sería hasta jubilación de ella
A partir de hay la cobraría ella conforme a la nueva ley de brecha de género
Creo que cuando coinciden dos progenitores con derecho a ese complemento, se lo asignan al que la tiene mas corta... ( la pensión ja. ja.ja )
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por psmito »

Francisco I escribió: Mié Mar 09, 2022 1:04 pm
psmito escribió: Mié Mar 09, 2022 12:08 pm
tirita escribió: Mié Mar 09, 2022 10:47 am Quisiera saber si a alguno de quienes se le ha concedido el complemento por el Tribunal Supremo de los Retirados entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, la percibe también su esposa, o si caso que se me conceda a mi, cuando se jubile esta por ser mas joven, se la concederán también a ella o se repartirá entre ambos o solo se la pagaran a partir de su jubilación a ella?
Solo puede haber un perceptor
Caso de que te la concedan sería hasta jubilación de ella
A partir de hay la cobraría ella conforme a la nueva ley de brecha de género
Creo que cuando coinciden dos progenitores con derecho a ese complemento, se lo asignan al que la tiene mas corta... ( la pensión ja. ja.ja )
Efectivamente así es

Pero creo que es en el caso que la pareja la compongan 2 hombres o 2 mujeres
Hombre y mujer = mujer

Vamos juraría que lo intérprete asi
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Francisco I »

psmito escribió: Mié Mar 09, 2022 1:33 pm
Francisco I escribió: Mié Mar 09, 2022 1:04 pm
psmito escribió: Mié Mar 09, 2022 12:08 pm

Solo puede haber un perceptor
Caso de que te la concedan sería hasta jubilación de ella
A partir de hay la cobraría ella conforme a la nueva ley de brecha de género
Creo que cuando coinciden dos progenitores con derecho a ese complemento, se lo asignan al que la tiene mas corta... ( la pensión ja. ja.ja )
Efectivamente así es

Pero creo que es en el caso que la pareja la compongan 2 hombres o 2 mujeres
Hombre y mujer = mujer

Vamos juraría que lo intérprete asi
No es solo para dos hombres o dos mujeres; también lo tienen establecido para hombre y mujer. En el caso de un hombre que cobre el complemento; si llegado el caso lo solicita la mujer, se lo asignan a ella en detrimento del hombre. Y si la pensión de la mujer es menor, también se lo asignan a ella.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por joaquinymerce »

Buenos días a todos, mi cuñado, policía Local que se jubiló en diciembre del 2020, ayer recibió confirmación favorable al complemento de maternidad, con un porcentaje de 5% favorable con carácter retroactivo desde la fecha de jubilación, no ha llegado a Juicio, buenas noticias para todos
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arquímedes »

joaquinymerce escribió: Vie Mar 11, 2022 10:25 am Buenos días a todos, mi cuñado, policía Local que se jubiló en diciembre del 2020, ayer recibió confirmación favorable al complemento de maternidad, con un porcentaje de 5% favorable con carácter retroactivo desde la fecha de jubilación, no ha llegado a Juicio, buenas noticias para todos
Gracias por la info.
¿Cuando realizó la solicitud?
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por joaquinymerce »

En febrero de 2021 realizó la primera solicitud que le vino desestimada, posteriormente hizo una reclamación en base a las sentencias favorables, y sin llegar a Juicio le ha sido reconocido,
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arquímedes »

joaquinymerce escribió: Vie Mar 11, 2022 10:51 am En febrero de 2021 realizó la primera solicitud que le vino desestimada, posteriormente hizo una reclamación en base a las sentencias favorables, y sin llegar a Juicio le ha sido reconocido,
Por eso lo preguntaba. Ellos dan máximo 3 de retroactividad desde la solicitud. Por eso le han dado desde la jubilación, pero no es extrapolable a nosotros
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por agustino »

Además, un policía local no es de CcPp. Verdad?
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