Buenas tardes,
Mi pregunta es que si siendo suboficial recién salido de la academia (del ejercito del aire en este caso) y apruebo las oposiciones de Policía, ¿podría irme?
Se que para cogerme una excedencia tendría que esperar 5 años, pero ¿irme directamente por una oposición aprobada podría?
Un saludo.
Dejar de ser Suboficial por aprobar otra oposición
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Re: Dejar de ser Suboficial por aprobar otra oposición
Buenas,
Si no cumples los tiempos mínimos de servicio, deberás de resarcir económicamente al Estado. Echa un vistazo a la Orden DEF/1252/2021, de 11 de noviembre, por la que se determinan los supuestos y se establece el procedimiento para resarcir económicamente al Estado en caso de renuncia a la condición de militar, pase a determinadas situaciones administrativas o baja en las enseñanzas de formación, perfeccionamiento o Altos Estudios de la Defensa Nacional
Un saludo
Si no cumples los tiempos mínimos de servicio, deberás de resarcir económicamente al Estado. Echa un vistazo a la Orden DEF/1252/2021, de 11 de noviembre, por la que se determinan los supuestos y se establece el procedimiento para resarcir económicamente al Estado en caso de renuncia a la condición de militar, pase a determinadas situaciones administrativas o baja en las enseñanzas de formación, perfeccionamiento o Altos Estudios de la Defensa Nacional
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Re: Dejar de ser Suboficial por aprobar otra oposición
Viene perfectamente establecido y definido en el articulo 110. 1.a) y punto 2 de la LCM. Le pasarán la factura y tendrá que pasar por "caja".sargentodehierro escribió: ↑Lun Abr 18, 2022 2:23 pm Buenas,
Si no cumples los tiempos mínimos de servicio, deberás de resarcir económicamente al Estado. Echa un vistazo a la Orden DEF/1252/2021, de 11 de noviembre, por la que se determinan los supuestos y se establece el procedimiento para resarcir económicamente al Estado en caso de renuncia a la condición de militar, pase a determinadas situaciones administrativas o baja en las enseñanzas de formación, perfeccionamiento o Altos Estudios de la Defensa Nacional
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Las reclamaciones a los pilotos, que fueron los pioneros en el uso y abuso.
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Re: Dejar de ser Suboficial por aprobar otra oposición
Entonces el tiempo minimo para coger excedencia es 3 años o 5 años? .sargentodehierro escribió: ↑Lun Abr 18, 2022 2:23 pm Buenas,
Si no cumples los tiempos mínimos de servicio, deberás de resarcir económicamente al Estado. Echa un vistazo a la Orden DEF/1252/2021, de 11 de noviembre, por la que se determinan los supuestos y se establece el procedimiento para resarcir económicamente al Estado en caso de renuncia a la condición de militar, pase a determinadas situaciones administrativas o baja en las enseñanzas de formación, perfeccionamiento o Altos Estudios de la Defensa Nacional
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Re: Dejar de ser Suboficial por aprobar otra oposición
Depende de los cursos que se tengan, de formación o de perfeccionamiento, pendientes de "amortizar" los plazos minimos. Lo mas común son los 5 años.lobo24 escribió: ↑Mar Abr 19, 2022 8:32 pmEntonces el tiempo minimo para coger excedencia es 3 años o 5 años? .sargentodehierro escribió: ↑Lun Abr 18, 2022 2:23 pm Buenas,
Si no cumples los tiempos mínimos de servicio, deberás de resarcir económicamente al Estado. Echa un vistazo a la Orden DEF/1252/2021, de 11 de noviembre, por la que se determinan los supuestos y se establece el procedimiento para resarcir económicamente al Estado en caso de renuncia a la condición de militar, pase a determinadas situaciones administrativas o baja en las enseñanzas de formación, perfeccionamiento o Altos Estudios de la Defensa Nacional
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Re: Dejar de ser Suboficial por aprobar otra oposición
En mi caso sería un solo curso, promoción con exigencia de titulación.Francisco I escribió: ↑Mié Abr 20, 2022 9:39 amDepende de los cursos que se tengan, de formación o de perfeccionamiento, pendientes de "amortizar" los plazos minimos. Lo mas común son los 5 años.lobo24 escribió: ↑Mar Abr 19, 2022 8:32 pmEntonces el tiempo minimo para coger excedencia es 3 años o 5 años? .sargentodehierro escribió: ↑Lun Abr 18, 2022 2:23 pm Buenas,
Si no cumples los tiempos mínimos de servicio, deberás de resarcir económicamente al Estado. Echa un vistazo a la Orden DEF/1252/2021, de 11 de noviembre, por la que se determinan los supuestos y se establece el procedimiento para resarcir económicamente al Estado en caso de renuncia a la condición de militar, pase a determinadas situaciones administrativas o baja en las enseñanzas de formación, perfeccionamiento o Altos Estudios de la Defensa Nacional
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Re: Dejar de ser Suboficial por aprobar otra oposición
Segun el Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales.
Se me ocurre que, si no cumples con esos tiempos exigidos, puedes pedir una excedencia por interés particular regulada en el artículo 27 por un mínimo de 2 años hasta la fecha en la que cumplas requisitos y, a partir de entonces, pasar a la situación del art. 26Artículo 26. Excedencia por prestación de servicios en el sector público.
1. Los militares de carrera quedarán en situación de excedencia por prestación de servicios en el sector público cuando pasen a la situación de servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquiera de las Administraciones Públicas o pasen a prestar servicios en ellas o en organismos o entidades del sector público y no les corresponda quedar en las situaciones de servicio activo, servicios especiales, o servicio en la administración civil, siempre que se trate del desempeño de puestos con carácter de funcionario de carrera o de personal laboral fijo.
2. Para poder optar a la situación de excedencia por prestación de servicios en el sector público será condición haber cumplido los tiempos mínimos de servicios desde la adquisición de la condición de militar de carrera siguientes:
a) Cinco años para los oficiales, tres años para los suboficiales y un año para los militares de carrera de tropa y marinería.