PENSIONISTA POR INVALIDEZ SEGURIDAD SOCIAL ESTANDO EN RESERVA

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

Responder
laminas
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 108
Registrado: Lun Ago 03, 2009 6:14 pm

PENSIONISTA POR INVALIDEZ SEGURIDAD SOCIAL ESTANDO EN RESERVA

Mensaje por laminas »

Buenas tardes. Planteo este caso.
Estando en situación reserva y trabajando en el Régimen General de la Seguridad Social.
Si se causa pensión de invalidez en el régimen General......... qué ocurre con los emolumentos que percibe de la situación de reserva ????
Gracias
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 7194
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: PENSIONISTA POR INVALIDEZ SEGURIDAD SOCIAL ESTANDO EN RESERVA

Mensaje por Francisco I »

Pues ocurre que se siguen percibiendo de igual forma que si no se fuera pensionista de la S. Social.
Unicamente afecta al importe de la prestación por invalidez de la S. Social; que queda desposeída de cualquier tipo de complementos a mínimos.
laminas
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 108
Registrado: Lun Ago 03, 2009 6:14 pm

Re: PENSIONISTA POR INVALIDEZ SEGURIDAD SOCIAL ESTANDO EN RESERVA

Mensaje por laminas »

Gracias por la respuesta . Aunque la pension que le pueda corresponder sea la cuantia maxima ??
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 7194
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: PENSIONISTA POR INVALIDEZ SEGURIDAD SOCIAL ESTANDO EN RESERVA

Mensaje por Francisco I »

laminas escribió: Jue Jun 02, 2022 9:46 pm Gracias por la respuesta . Aunque la pension que le pueda corresponder sea la cuantia maxima ??
No creo que por la S. Social te quede la pensión en su cuantía máxima; pero si así fuera, la cobrarías sin problemas. Y además cobrarías los haberes correspondientes a la situación de Reserva. Pero, pero...cuando cumplas los 65 años y te corresponda el retiro por Clases Pasivas, no cobrarías ni un céntimo mas, pues ya estás en la máxima.
Responder

Volver a “Otros asuntos y consultas sobre pensión, IRPF, compatibilidades, etc”