Jilary escribió: ↑Lun Jul 04, 2022 6:36 pm
Buenas tardes compañeros. Veo que la cosa está que arde por los dos flancos abiertos. Muy buena estrategia la de cansado, si señor, en mi entender creo que puede salir adelantate. Ahora toca esperar. Mucha suerte
Muchas gracias jilary por tu apoyo!!!!!
Siempre con la máxima cautela y humildad,tengo también buenas sensaciones,he estudiado y leído muchas resoluciones de tributos,ellos se basan en leyes en sus contestaciones y las plasman en el documento que te llega,es decir el famoso artículo 7 apartado g),dice esto….. y en base a eso decimos esto… no es como clases pasivas que nos contesta no y mienten en decir que no nos corresponde y ni ponen artículos pues saben,por la doctrina del TEAC,que no están haciendo lo correcto,tributos también en su contestación se basa en un 90% en la doctrina establecida por el TEAC,es decir y espero explicarlo bien y no equivocarme,en la AEAT el máximo órgano que toma decisiones es el TEAC,después el TEAR Y después TRIBUTOS,he visto una contestación de tributos que ocurrió en Murcia,diciendo que no correspondía una exención(el jubilado no era de clases pasivas) y este pensionista recurrir a TEAC y este pegarle un tiron de orejas a tributos,por desviarse y no aplicar la doctrina establecida por el TEAC Y Le concedieron la exención de IRPF,la decisión de tributos es vinculante para todos los miembros de AEAT,si viene positivo ,estoy dándole vueltas de cómo hacerlo frente a clases pasivas,en el caso de que venga negativo,ya sé que el TEAC le pegará el tiron de orejas a tributos por apártese de la doctrina establecida en el artículo 7 apartado g),gracias a vuestra lucha y no puedo pasar sin decir,que gracias a mi amigo ZUKU,por el camino que descubrió en su día,por un camino o por otro,son muchos compañeros que han conseguido la exención por la vía AEAT Y sus consejos y conversaciones,hacen como bien dice itinerante que se enciendan bombillas y se abran nuevos caminos para llegar a la exención de IRPF,un fuerte abrazo Jilary.