Segunda Actividad trabajando y paso a jubilado

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Responder
David80
Soldado
Soldado
Mensajes: 8
Registrado: Lun Sep 05, 2016 1:27 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Activo

Segunda Actividad trabajando y paso a jubilado

Mensaje por David80 »

Hola, pues como digo, me encuentro en situación de Segunda Actividad y actualmente tengo un contrato de trabajo cotizando por ello a la Seguridad Social. En esta situación, al menos lo que yo entendí en su momento, es que si la actividad no tiene nada que ver con la profesión no es necesario solicitar la compatibilidad laboral y por eso no lo hice cuando empecé a trabajar.
Ahora el Tribunal Médico ha emitido informe en el que estiman que la patología es acorde a la jubilación y dado que todos los informes médicos apuntan a esa dirección, lo más probable es que procedan a resolver el expediente de esa manera.
Sé que una vez jubilado tengo que solicitar la compatibilidad pero dudo si la puedo solicitarla antes para ir adelantando plazos o tengo que esperar a la resolución del expediente de jubilación. No me gustaría pasar a jubilado y tener que esperar esos tres meses para que me concedieran la compatibilidad, aunque supongo que es retroactiva desde el momento de la solicitud.
¿Que opináis vosotros? ¿Cuál es el mejor momento para solicitar la compatibilidad en mi caso?
Gracias.
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15627
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: Segunda Actividad trabajando y paso a jubilado

Mensaje por trasgu123 »

Pedir la compatibilidad y hacer uso de ella trabajando, son cosas distintas.

Se puede tener concedida la compatibilidad y no trabajar nunca, por diferentes motivos: No me contratan, no me convence el sueldo, el trabajo esta a 100km, me he roto una pierna, estoy de año sabatico, etc. Cuando se empieza a trabajar se comunica y cuando se acaba el contrato pues lo mismo.
Soy-AGBS
Sargento 1º
Sargento 1º
Mensajes: 49
Registrado: Jue Mar 03, 2022 10:28 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Reserva
Comentario: 65% de discapacidad

Re: Segunda Actividad trabajando y paso a jubilado

Mensaje por Soy-AGBS »

David80 escribió: Mié Ago 17, 2022 4:22 pm ....
Ahora el Tribunal Médico ha emitido informe en el que estiman que la patología es acorde a la jubilación y dado que todos los informes médicos apuntan a esa dirección, lo más probable es que procedan a resolver el expediente de esa manera.
...
Gracias.
Aclararía las cosas saber sí el tribunal médico que ha emitido el informe es el de la Seguridad Social o es el del CNP, todo parece indicar que es el del CNP, pero, ¿puede aclararlo?
David80
Soldado
Soldado
Mensajes: 8
Registrado: Lun Sep 05, 2016 1:27 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Activo

Re: Segunda Actividad trabajando y paso a jubilado

Mensaje por David80 »

Gracias por vuestras respuestas, siempre aprendo en este foro.
Si, el tribunal medico al que me refiero es el del CNP.
Para quien pueda estar en mi situacion ahora y en el futuro os comento como ha ido la cosa con clases pasivas.
Hice una consulta a traves de la web y literalmente me respondieron:
“ Consultada nuestra base de datos, no consta ningún expediente en trámite de jubilación de Clases Pasivas a su nombre. Por lo tanto, en el mismo momento de la solicitud de la jubilación, deberá indicar que desarrolla trabajo en el sector privado.”
Como no me dejaba claro cuando era para ellos el momento de la jubilacion (se ha dado de oficio), me he acercado a Clases Pasivas en Madrid y me han dicho lo siguiente:
Cuando se procede a jubilar a un policia por insuficiencia de aptitudes psicofisicas se abren dos expedientes administrativos. El primero lo hace la policia para resolver la jubilacion, es decir, si te jubilan o no, y ahi es donde se pasa tribunal medico y hay una resolucion de jubilacion (es el punto donde yo estoy).
Despues, la resolucion de jubilacion la pasan a clases pasivas y abren un segundo expediente que resolvera la pension de jubilacion. Pues es ahi, en la documentacion que firmare en Personal para este expediente, es donde tengo que marcar la casilla correspondiente a que trabajaré en el sector privado y tendré que aportar el contrato de trabajo. Este expediente de CP resolvera de la cuantia de la pension y de la compatibilidad al mismo tiempo.
Responder

Volver a “Otros asuntos y consultas sobre pensión, IRPF, compatibilidades, etc”