leka escribió: ↑Dom Oct 16, 2022 1:56 pm Desconozco hasta el momento sí ha habido compañeros que cobrando ya la pensión extraordinaria hayan cobrado el complemento de maternidad , lo digo por saber exactamente como lo están calculando, por favor si hubiese alguno, y no tiene inconveniente, a ver si pudiera poner cantidades, para tenerlo los demás como orientativo.
Aunque pienso que sí al fallecer, la viuda o viudo , cobra el tanto por cien de la cuantía total extraordinaria, y no de la pensión máxima reconocida, ésto debieran de aplicarlo con el mismo criterio, y luego el resultado que fuere, al pasar la pensión máxima, se le aplicaría el 50%
Yo te puedo comentar el caso que conozco:
Pensión extraordinaria en caso de terorismo: Este año 3826 euros de pensión
Complemento de maternidad de 2022: 140 euros (5% de la pensión máxima al tener dos hijos)
Total: 3967
He excluido decimales
Supongo que en ese caso no se ha reducido el complemento a la mitad porque la base de la pensión sobre la que se hace la pensión extraordinaria es inferior a la máxima (1913), aunque luego lo supere al hacer el 200%