Cambio de Administración

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Carlos1988
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Cambio de Administración

Mensaje por Carlos1988 »

Buenos días, lo primero agradeceros la magnífica labor de asesoramiento a todos los compañeros que realizáis en este foro, muchas gracias
Mi situación es la siguiente soy tropa temporal del ejército de tierra con 17 años de antigüedad y he aprobado una plaza de funcionario de carrera administrativo de la junta de Andalucía.
Me surge varias dudas y preguntas.
• Si sigo en el ejército hasta incorporarme a como funcionario a la Junta, entiendo que me pasarán los trienios que he acumulado en el ejército, ¿Es correcto?
• Si causó baja voluntariamente del ejército un mes antes de entrar en la Junta, para cobrar la indemnizacion por los servicios prestados ( alrededor de unos 7600 euros), cuando empiece en la Junta de Andalucía ¿Tendré derecho a cobrar los trienios que tenía en el ejército?.
• ¿Tengo derecho en la Junta cuando me incorpore de tener los días adicionales por antiguedad de vacaciones anuales?

Muchas gracias
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Paulu
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Re: Cambio de Administración

Mensaje por Paulu »

Buenas tardes
Tus trienios los mantienes y el tiempo que te falta para el siguiente también te cuenta

Lo de la paga por servicios prestados, me suena que si te incorporas como funcionario la pierdes, pero no lo sé, hablo de oídas, seguro que por aquí hay más de un GC o PNC que fue militar antes de cambiar de cuerpo y te contestarán mejor que yo

De todas formas, en caso de corresponderte tienes que preavisar con 3 meses de antelación al ser baja voluntaria
rmj560
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Re: Cambio de Administración

Mensaje por rmj560 »

Carlos1988 escribió: Sab Dic 03, 2022 11:26 am Buenos días, lo primero agradeceros la magnífica labor de asesoramiento a todos los compañeros que realizáis en este foro, muchas gracias
Mi situación es la siguiente soy tropa temporal del ejército de tierra con 17 años de antigüedad y he aprobado una plaza de funcionario de carrera administrativo de la junta de Andalucía.
Me surge varias dudas y preguntas.
• Si sigo en el ejército hasta incorporarme a como funcionario a la Junta, entiendo que me pasarán los trienios que he acumulado en el ejército, ¿Es correcto?
• Si causó baja voluntariamente del ejército un mes antes de entrar en la Junta, para cobrar la indemnizacion por los servicios prestados ( alrededor de unos 7600 euros), cuando empiece en la Junta de Andalucía ¿Tendré derecho a cobrar los trienios que tenía en el ejército?.
• ¿Tengo derecho en la Junta cuando me incorpore de tener los días adicionales por antiguedad de vacaciones anuales?

Muchas gracias
Buenos días,

Creo que los trienios no se pasan automáticamente, sino que hay que seguir un procedimiento que se inicia a instancia del funcionario.

La normativa que regula el reconocimiento de servicios previos a efectos de antigüedad y trienios es la siguiente (ley y su reglamento de aplicación):
- Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.
(https://www.boe.es/eli/es/l/1978/12/26/70/con)
- Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública.
(https://www.boe.es/eli/es/rd/1982/06/25/1461/con)

Una vez reconcida la antigüedad por la Junta de Andalucía siguiendo el procedimiento legal, dicha antigüedad lo será a todos los efectos, tanto para trienios com para días adicionales (aka "canosos").

En cualquier caso, puede ser buena idea corroborar todo lo anterior con el departamento de personal de la Junta.

Un saludo.
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