Jubilacion por incapacidad y trabajo puntual
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Jubilacion por incapacidad y trabajo puntual
Hola, soy funcionario civil jubilado por incapacidad absoluta permanente.
Me han ofrecido un trabajo artistico durante 12 dias en los que se me daria de alta en seguridad social y se me pagaria una nomina por ese tiempo.
Busco información sobre si puedo hacerlo y cómo y me encuentro esto:
Incompatibilidad de las pensiones de Clases pasivas:
Con el trabajo activo
Pensiones de jubilación o retiro (voluntaria, forzosa, por incapacidad o inutilidad permanente para el servicio)
– Pensiones de jubilación o retiro causadas antes del 1 de enero de 2009,
La percepción de las pensiones de jubilación o retiro es incompatible con el desempeño por su titular de un puesto de trabajo en el sector público.
Cuando en tales pensiones se hayan totalizado periodos de cotización correspondientes a un Régimen del Sistema de la Seguridad Social -por aplicación del cómputo recíproco de cotizaciones entre regímenes de Seguridad Social- la misma también será incompatible con el trabajo, por cuenta propia o ajena, en el sector privado.
En ambos supuestos, la percepción de la pensión se suspenderá, por meses completos, durante el tiempo que desempeñe dicho puesto de trabajo, sin que ello afecte al reconocimiento de las actualizaciones que correspondan, una vez rehabilitado el pago de la pensión.
Debo suponer que si trabajo 12 dias me descontarán un mes de pensión?
Muchas gracias!!!
Me han ofrecido un trabajo artistico durante 12 dias en los que se me daria de alta en seguridad social y se me pagaria una nomina por ese tiempo.
Busco información sobre si puedo hacerlo y cómo y me encuentro esto:
Incompatibilidad de las pensiones de Clases pasivas:
Con el trabajo activo
Pensiones de jubilación o retiro (voluntaria, forzosa, por incapacidad o inutilidad permanente para el servicio)
– Pensiones de jubilación o retiro causadas antes del 1 de enero de 2009,
La percepción de las pensiones de jubilación o retiro es incompatible con el desempeño por su titular de un puesto de trabajo en el sector público.
Cuando en tales pensiones se hayan totalizado periodos de cotización correspondientes a un Régimen del Sistema de la Seguridad Social -por aplicación del cómputo recíproco de cotizaciones entre regímenes de Seguridad Social- la misma también será incompatible con el trabajo, por cuenta propia o ajena, en el sector privado.
En ambos supuestos, la percepción de la pensión se suspenderá, por meses completos, durante el tiempo que desempeñe dicho puesto de trabajo, sin que ello afecte al reconocimiento de las actualizaciones que correspondan, una vez rehabilitado el pago de la pensión.
Debo suponer que si trabajo 12 dias me descontarán un mes de pensión?
Muchas gracias!!!
Re: Jubilacion por incapacidad y trabajo puntual
Primero debes indicarnos tu fecha de jubilación, despues tambien debes decirnos si has utilizado el cónuto rcíproco de cuotas.
Si no has utilizado el cómputo de cuotas y si te has jubilado antes del 1 de enero de 2009 puedes trabajar, si el retiro es posterior debes solicitar la compatibilidad y tu pensión se verá reducida en un 50%
Si no has utilizado el cómputo de cuotas y si te has jubilado antes del 1 de enero de 2009 puedes trabajar, si el retiro es posterior debes solicitar la compatibilidad y tu pensión se verá reducida en un 50%
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Re: Jubilacion por incapacidad y trabajo puntual
Estoy jubilado desde 1997 y no se utilizó el computo de cuotas para establecer mi pensión.
Cuando dices que en ese caso “puedo trabajar” ¿debo avisar a Clases pasivas antes?
Me puedes decir si tengo que hacer algún trámite?
Millón de gracias por tu respuesta Mass
Cuando dices que en ese caso “puedo trabajar” ¿debo avisar a Clases pasivas antes?
Me puedes decir si tengo que hacer algún trámite?
Millón de gracias por tu respuesta Mass
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Re: Jubilacion por incapacidad y trabajo puntual
En tu caso concreto, puedes trabajar sin necesidad de avisar a nadie y sin pérdida alguna sobre tu pensión. Por supuesto que cotizando a la S. Social, aunque no te sirva de nada.Paquito.n escribió: ↑Jue Jun 20, 2019 6:35 pm Estoy jubilado desde 1997 y no se utilizó el computo de cuotas para establecer mi pensión.
Cuando dices que en ese caso “puedo trabajar” ¿debo avisar a Clases pasivas antes?
Me puedes decir si tengo que hacer algún trámite?
Millón de gracias por tu respuesta Mass
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Re: Jubilacion por incapacidad y trabajo puntual
Estoy retirado por pérdida de actitudes psicofísica, desde el año 2002, y desde entonces hasta el momento trabajo por cuenta ajena (de alta SS por supuesto)
Mi duda es si estas cotizaciones, que para cuando me jubile, será de unos 32 años cotizados, me valen para algo en la jubilación?
Muchas gracias
Mi duda es si estas cotizaciones, que para cuando me jubile, será de unos 32 años cotizados, me valen para algo en la jubilación?
Muchas gracias
- psmito
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Re: Jubilacion por incapacidad y trabajo puntual
Si, para cobrar otra pensiónJavichulesco escribió: ↑Jue Feb 02, 2023 12:06 am Estoy retirado por pérdida de actitudes psicofísica, desde el año 2002, y desde entonces hasta el momento trabajo por cuenta ajena (de alta SS por supuesto)
Mi duda es si estas cotizaciones, que para cuando me jubile, será de unos 32 años cotizados, me valen para algo en la jubilación?
Muchas gracias
Pero sumados los brutos,no pueden superar la pensión máxima
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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Re: Jubilacion por incapacidad y trabajo puntual
Gracias por tu respuesta.
Entiendo que no es incompatible la pensión de la seguridad social con la de clases pasivas.
He estado intentando informarme sobre esta cuestión, y he debido ser mal informado. Llegué a la conclusión de que ambas eran incompatibles.
Si me pudieras ampliar información, te lo agradecería.
Un saludo
Entiendo que no es incompatible la pensión de la seguridad social con la de clases pasivas.
He estado intentando informarme sobre esta cuestión, y he debido ser mal informado. Llegué a la conclusión de que ambas eran incompatibles.
Si me pudieras ampliar información, te lo agradecería.
Un saludo
- psmito
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Re: Jubilacion por incapacidad y trabajo puntual
Para nada es incompatibleJavichulesco escribió: ↑Jue Feb 02, 2023 7:50 pm Gracias por tu respuesta.
Entiendo que no es incompatible la pensión de la seguridad social con la de clases pasivas.
He estado intentando informarme sobre esta cuestión, y he debido ser mal informado. Llegué a la conclusión de que ambas eran incompatibles.
Si me pudieras ampliar información, te lo agradecería.
Un saludo
Ampliar información????
De que??
Cuando cumplas la edad legal de jubilación solicitas la pensión y listo
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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Re: Jubilacion por incapacidad y trabajo puntual
Ok. Muchas graciaspsmito escribió: ↑Jue Feb 02, 2023 10:17 pmPara nada es incompatibleJavichulesco escribió: ↑Jue Feb 02, 2023 7:50 pm Gracias por tu respuesta.
Entiendo que no es incompatible la pensión de la seguridad social con la de clases pasivas.
He estado intentando informarme sobre esta cuestión, y he debido ser mal informado. Llegué a la conclusión de que ambas eran incompatibles.
Si me pudieras ampliar información, te lo agradecería.
Un saludo
Ampliar información????
De que??
Cuando cumplas la edad legal de jubilación solicitas la pensión y listo