Losthighway escribió: ↑Jue Feb 16, 2023 6:44 am
Soy auxiliar administrativo de la AGE; C2, ayer me llamaron de personal para presentar los papeles de la jubilación, me han reconocido la jubilación con carácter retroactivo , con fecha de la denegación de la jubilación del año anterior , abril del 2022, desde este tiempo he estado cobrando más de IT ( también a partir del 4 mes con muface ), por lo que tendré que devolver dinero, que ya me dirían , no sé si me pagarán la pensión desde esa fecha y luego tendré que devolver todo el dinero de la nómina del trabajo y de muface , o me descontarán de la pensión lo que he cobrado indebidamente,
Alguien sabe cómo funciona ésto? .Pensaba que me reconocerían la jubilación desde la fecha de la sentencia , o sea, desde ahora, Llamaré al abogado para que me lo aclare.
Por otro lado tengo un plan de pensiones que sacaré para pagar al abogado, alguien sabe cómo es más beneficioso el rescate? (tengo reconocido un grado de discapacidad del 50%.
Gracias por vuestra atención
Perfectamente contestado por PSMITO. Solo añadir que cambies en tu perfil de "Guardia Civil a Funcionario".
Perfectamente contestado por PSMITO. Solo añadir que cambies en tu perfil de "Guardia Civil a Funcionario
".No me había dado cuenta, gracias por contestar, vale ; ahora esperar, ya he mandado la documentación que me pidieron de personal ( cuenta, libro de familia para complemento de la brecha de género y el número de cuenta), a ver si se agiliza el proceso para no tener que devolver más dinero aunque no creo que sea para la nómina de marzo, me han dicho que hay un subsidio de jubilación en muface , que es el 50% de las retribuciones básicas, aunque me dijeron ayer en personal , que en la acción social que tenemos hay una ayuda similar , que creo que es más cantidad, y supongo que serán incompatibles, ya lo miraré más adelante, lo último que me queda por saber es lo que tendré que pagarle al abogado, siempre me ha dicho que esté tranquila con eso,....Gracias por vuestra atención e información.
Hola, me han comentado q ahora en el recurso contencioso administrativo, se están dictando sentencias sin la necesidad de q el abogado y perito sean llamados para defender sus argumentos, con el consiguiente perjuicio para el demandante. Sabeis algo de esto? Saludos
Cmorpe escribió: ↑Mié Mar 22, 2023 9:43 pm
Hola, me han comentado q ahora en el recurso contencioso administrativo, se están dictando sentencias sin la necesidad de q el abogado y perito sean llamados para defender sus argumentos, con el consiguiente perjuicio para el demandante. Sabeis algo de esto? Saludos
No en todos los casos, no hay que generalizar. Es más y que yo tenga conocimiento hoy se han celebrado 5 juicios con asistencia de letrado y perrito.
Cmorpe escribió: ↑Mié Mar 22, 2023 9:43 pm
Hola, me han comentado q ahora en el recurso contencioso administrativo, se están dictando sentencias sin la necesidad de q el abogado y perito sean llamados para defender sus argumentos, con el consiguiente perjuicio para el demandante. Sabeis algo de esto? Saludos
Los Procedimientos de lo Contencioso-Administrativo estan regulados por Ley:
- Primera Instancia.
- Procedimiento Abreviado.
Si se ha utilizado el Procedimiento Abreviado, sera porque los interesados asi lo solicitaron.
Cmorpe escribió: ↑Mié Mar 22, 2023 9:43 pm
Hola, me han comentado q ahora en el recurso contencioso administrativo, se están dictando sentencias sin la necesidad de q el abogado y perito sean llamados para defender sus argumentos, con el consiguiente perjuicio para el demandante. Sabeis algo de esto? Saludos
No en todos los casos, no hay que generalizar. Es más y que yo tenga conocimiento hoy se han celebrado 5 juicios con asistencia de letrado y perrito.
Saludos.
Espero q el mio, donde recurro la denegación de incapacidad sea con asistencia de letrado y perito. Arano, tú sabes si los juicios de los q hablas, eran recurriendo la denegación de incapacidad y si eran en el TSJM? Gracias
Cmorpe escribió: ↑Mié Mar 22, 2023 9:43 pm
Hola, me han comentado q ahora en el recurso contencioso administrativo, se están dictando sentencias sin la necesidad de q el abogado y perito sean llamados para defender sus argumentos, con el consiguiente perjuicio para el demandante. Sabeis algo de esto? Saludos
No en todos los casos, no hay que generalizar. Es más y que yo tenga conocimiento hoy se han celebrado 5 juicios con asistencia de letrado y perrito.
Saludos.
Espero q el mio, donde recurro la denegación de incapacidad sea con asistencia de letrado y perito. Arano, tú sabes si los juicios de los q hablas, eran recurriendo la denegación de incapacidad y si eran en el TSJM? Gracias
Saludos
Los juicios han sido por no estar conforme con la Resolución de Defensa que concedía "útil con limitaciones".
No en todos los casos, no hay que generalizar. Es más y que yo tenga conocimiento hoy se han celebrado 5 juicios con asistencia de letrado y perrito.
Saludos.
Espero q el mio, donde recurro la denegación de incapacidad sea con asistencia de letrado y perito. Arano, tú sabes si los juicios de los q hablas, eran recurriendo la denegación de incapacidad y si eran en el TSJM? Gracias
Saludos
Los juicios han sido por no estar conforme con la Resolución de Defensa que concedía "útil con limitaciones".
Saludos.
Gracias, pero esos juicios son en los juzgados centrales de lo contencioso, a mi me dijeron en el TSJM
Buenos días,
Soy nueva en el foro y me estaba poniendo al día y he intentando buscar mis dudas pero no lo tengo claro. No sé si este post es para todos o para alguien en concreto. Si es de alguien, lo borro e inicio uno nuevo.
Soy profesora en activo y mi pareja también. Lo cierto es que mi pareja lleva de bajas contínuas más de 3 años por una enfermedad grave que tiene. El año pasado le denegó el TS la jubilación alegando que lo que dice el EVI es lo que vale (por aquel entonces sin ningún grado de dependencia).
Ahora han cambiado mucho las cosas. Tiene una resolución de hace 5 meses en la que le han declarado Gran Dependiente (Grado 3 de dependencia). Le subieron la discapacidad al 65% con movilidad reducida e indefinida. Su situación es muy extrema.
Le han citado para revisión-jubilación (solicité iniciar procedimiento de jubilación hace 1 mes). Esta última tanda lleva 11 meses de baja pero como veréis, su gran dependencia ya le hace imposible ninguna actividad. Tenemos miedo que le terminen dando el alta. Tiene más informes en lo que pone explícitamente que no puede trabajar, que no hay tratamiento y la dependencia es más que clara, lo que le declararía la necesidad de ayudas de terceras personas (yo soy su cuidadora según el expediente).
No sé si tiene posibilidades de que una vez más no le hagan caso. Ya no se puede ni mover.
Acepto experiencias y consejos.
Muchas gracias
Última edición por lotto1 el Jue Abr 20, 2023 5:23 pm, editado 2 veces en total.
lotto1 escribió: ↑Jue Abr 20, 2023 11:10 am
Buenos días,
Soy nueva en el foro y me estaba poniendo al día e intentando sobre buscar mis dudas pero no lo tengo claro. No sé si este post es para todos o para alguien en concreto. Si es de alguien, lo borro e inicio uno nuevo.
Soy profesora en activo y mi pareja también. Lo cierto es que mi pareja lleva de bajas contínuas más de 3 años por una enfermedad grave que tiene. El año pasado le denegó el TS la jubilación alegando que lo que dice el EVI es lo que vale (por aquel entonces sin ningún grado de dependencia).
Ahora han cambiado mucho las cosas. Tiene una resolución de hace 5 meses en la que le han declarado Gran Dependiente (Grado 3 de dependencia). Le subieron la discapacidad al 65% con movilidad reducida e indefinida. Su situación es muy extrema.
Le han citado para revisión-jubilación (solicité iniciar procedimiento de jubilación hace 1 mes). Esta última tanda lleva 11 meses de baja pero como veréis, su gran dependencia ya le hace imposible ninguna actividad. Tenemos miedo que le terminen dando el alta. Tiene más informes en lo que pone explícitamente que no puede trabajar, que no hay tratamiento y la dependencia es más que clara, lo que le declararía la necesidad de ayudas de terceras personas (yo soy su cuidadora según el expediente).
No sé si tiene posibilidades de que una vez más no le hagan caso. Ya no se puede ni mover.
Acepto experiencias y consejos.
Muchas gracias
Buenos días lotto1. En primer lugar muchísimo ánimo para afrontar esta situación tan difícil que planteas.
Ajustándome a la situación tal y como la planteas, en mi modesta opinión, el EVI no va a poner ningún impedimento a la jubilación de tu pareja.
Como tú bien has señalado la situación ya es muy distinta a esa primera etapa.
Haz copias de todos los últimos informes médicos que reflejan la situación actual. Si es posible, pide a sus médicos que los actualicen, porque el EVI entre otras cosas se fija mucho en que esos informes sean actuales. Por supuesto aporta esa resolución de Gran Dependencia y todo aquello que tenga que ver con la discapacidad del 65%.
Muchísimas suerte para el trámite de jubilación para el que te reitero no creo que tengas problemas. Si lo denegasen siempre puedes recurrir a un buen abogado entendido en Clases Pasivas.
lotto1 escribió: ↑Jue Abr 20, 2023 11:10 am
Buenos días,
Soy nueva en el foro y me estaba poniendo al día e intentando sobre buscar mis dudas pero no lo tengo claro. No sé si este post es para todos o para alguien en concreto. Si es de alguien, lo borro e inicio uno nuevo.
Soy profesora en activo y mi pareja también. Lo cierto es que mi pareja lleva de bajas contínuas más de 3 años por una enfermedad grave que tiene. El año pasado le denegó el TS la jubilación alegando que lo que dice el EVI es lo que vale (por aquel entonces sin ningún grado de dependencia).
Ahora han cambiado mucho las cosas. Tiene una resolución de hace 5 meses en la que le han declarado Gran Dependiente (Grado 3 de dependencia). Le subieron la discapacidad al 65% con movilidad reducida e indefinida. Su situación es muy extrema.
Le han citado para revisión-jubilación (solicité iniciar procedimiento de jubilación hace 1 mes). Esta última tanda lleva 11 meses de baja pero como veréis, su gran dependencia ya le hace imposible ninguna actividad. Tenemos miedo que le terminen dando el alta. Tiene más informes en lo que pone explícitamente que no puede trabajar, que no hay tratamiento y la dependencia es más que clara, lo que le declararía la necesidad de ayudas de terceras personas (yo soy su cuidadora según el expediente).
No sé si tiene posibilidades de que una vez más no le hagan caso. Ya no se puede ni mover.
Acepto experiencias y consejos.
Muchas gracias
Buenos días lotto1. En primer lugar muchísimo ánimo para afrontar esta situación tan difícil que planteas.
Ajustándome a la situación tal y como la planteas, en mi modesta opinión, el EVI no va a poner ningún impedimento a la jubilación de tu pareja.
Como tú bien has señalado la situación ya es muy distinta a esa primera etapa.
Haz copias de todos los últimos informes médicos que reflejan la situación actual. Si es posible, pide a sus médicos que los actualicen, porque el EVI entre otras cosas se fija mucho en que esos informes sean actuales. Por supuesto aporta esa resolución de Gran Dependencia y todo aquello que tenga que ver con la discapacidad del 65%.
Muchísimas suerte para el trámite de jubilación para el que te reitero no creo que tengas problemas. Si lo denegasen siempre puedes recurrir a un buen abogado entendido en Clases Pasivas.
Mis mejores deseos para ambos. Un saludo.
Muchísimas gracias por tu mensaje. A ver qué ocurre. Ya os contaré.