jim7 escribió: ↑Mar Abr 11, 2023 11:54 pm
Buenas noches,
Ayer Lunes me llego el correo con el desglose solicitado a Retribuciones GC, dos Certificados, sentencia y Nomina
Un saludo
Buenos días, disculpa que te moleste, quería preguntarte, si lo solicitaste a Retribuciones a través de @ o bien por otro medio; necesitaba el desglose de la sentencia por las vacaciones no disfrutadas, que ya cobré el año pasado, para el tema de la declaración de la renta.
Gracias de antemano. Un saludo.
Buenas noches,
Les llame por teléfono y me facilitaron este correo dg-retribuciones-certificados@guardiacivil.org , en cuatro líneas me identifique y les solicite el desglose, quitando el puente, en dos días me lo enviaron.
andreturner escribió: ↑Mié Abr 12, 2023 10:48 am
Aprovecho también para hacer la pertinente consulta, porque no me aclaro con el tema; el caso es que al haber cobrado el año pasado la totalidad del importe de la sentencia de las vacaciones no disfrutadas, sin que me hubieran aplicado el correspondiente IRPF, ahora es cuando tengo que declarar en la declaración de la renta dicho importe en bruto, con el consiguiente desembolso y perjuicio económico.
Mi pregunta es, si en estos casos, se podría realizar declaraciones complementarias de la totalidad del año 2018, y parte de 2019, al haberme abonado los 18 meses.
Agradecería aclaración para quien esté más ducho en estos temas, por si se pudiera existir dicha opción.
Gracias a todos de antemano. Saludos.
Buenas noches,
Yo lo he cobrado este mes pasado, mandaron una nomina con el correspondiente descuento del IRPF, y ya de estos temas no tengo ni idea.
jim7 escribió: ↑Mar Abr 11, 2023 11:54 pm
Buenas noches,
Ayer Lunes me llego el correo con el desglose solicitado a Retribuciones GC, dos Certificados, sentencia y Nomina
Un saludo
Buenos días, disculpa que te moleste, quería preguntarte, si lo solicitaste a Retribuciones a través de @ o bien por otro medio; necesitaba el desglose de la sentencia por las vacaciones no disfrutadas, que ya cobré el año pasado, para el tema de la declaración de la renta.
Gracias de antemano. Un saludo.
Buenas noches,
Les llame por teléfono y me facilitaron este correo dg-retribuciones-certificados@guardiacivil.org , en cuatro líneas me identifique y les solicite el desglose, quitando el puente, en dos días me lo enviaron.
Un saludo
Buenos días, perfecto, muchas gracias por la información compañero.
andreturner escribió: ↑Mié Abr 12, 2023 10:48 am
Aprovecho también para hacer la pertinente consulta, porque no me aclaro con el tema; el caso es que al haber cobrado el año pasado la totalidad del importe de la sentencia de las vacaciones no disfrutadas, sin que me hubieran aplicado el correspondiente IRPF, ahora es cuando tengo que declarar en la declaración de la renta dicho importe en bruto, con el consiguiente desembolso y perjuicio económico.
Mi pregunta es, si en estos casos, se podría realizar declaraciones complementarias de la totalidad del año 2018, y parte de 2019, al haberme abonado los 18 meses.
Agradecería aclaración para quien esté más ducho en estos temas, por si se pudiera existir dicha opción.
Gracias a todos de antemano. Saludos.
Buenas noches,
Yo lo he cobrado este mes pasado, mandaron una nomina con el correspondiente descuento del IRPF, y ya de estos temas no tengo ni idea.
Un saludo
Hola, en mi caso, me lo abonaron el año pasado, de ahí que en la declaración de la renta que se acaba de iniciar, me sale dicho concepto; la cuestión es saber si no hay que declararlo por ser una renta exenta, de ahí que surja mi duda al respecto de dicha situación, pues al tener que declararlo íntegro, sale una cantidad importante a pagar. Además, en mi caso, no se me aplicó IRPF, de ahí que me surjan dichas dudas.
psmito escribió: ↑Jue Abr 13, 2023 10:52 am
Si no está recogido dicho concepto en el artículo 7 de la ley del IRPF, no está exenta
Existe una consulta vinculante sobre el asunto: Consulta Vinculante V0577-21, de 11 de marzo de 2021), la Dirección General de Tributos.
Pero lo que me hace dudar de si esta retribución de vacaciones no disfrutadas, tiene cabida en el apartado e) del articulo 7 de la Ley 35/2006 es el hecho de que se haya dictaminado por sentencia judicial.
Si hubiera sido abonada por acto administrativo, está claro que tributaría, como renta del trabajo, en el ejercicio en el que fuera exigible, y habría que regularizar mediante la correspondiente complementaria. Pero al ser por sentencia judicial y también por el hecho de que no le hayan aplicado el correspondiente 15 % de retenciones a cuenta, es lo que me hace dudar de si es renta exenta o no lo es.
psmito escribió: ↑Jue Abr 13, 2023 1:25 pm
Yo no lo veo posible
No es indemnización por despido o cese
Eso está quedando claro; pero ¿ que ocurre con el hecho de que hay sido reconocido por sentencia judicial ? ¿ Porqué no se le han aplicado las reglamentarias retenciones a cuenta del IRPF en su 15% ?
Y en todo caso, habrá que deducirse los gastos de defensa jurídica, hasta el limite establecido, y también en lo autonómico.
Hay que hacer declaración complementaria; eso también está claro.
psmito escribió: ↑Jue Abr 13, 2023 1:25 pm
Yo no lo veo posible
No es indemnización por despido o cese
Eso está quedando claro; pero ¿ que ocurre con el hecho de que hay sido reconocido por sentencia judicial ? ¿ Porqué no se le han aplicado las reglamentarias retenciones a cuenta del IRPF en su 15% ?
Y en todo caso, habrá que deducirse los gastos de defensa jurídica, hasta el limite establecido, y también en lo autonómico.
Hay que hacer declaración complementaria; eso también está claro.
Muchas gracias por vuestras aportaciones, me habéis sido de gran ayuda; estoy de acuerdo contigo, lo lógico y normal sería hacer declaración complementaria de los ejercicios 2018 y 2019, que son los que corresponden al abono de dicha indemnización, y por lo tanto, estaba en situación de Activo con discapacidad, por lo que lo lógico es que se llevara a cabo dicha retención, que en mi caso, no se ha aplicado.
En cuanto sepa algo más, no dudaré en publicarlo, por si es de interés para otros compañeros.
Buenos días, me estiman la solicitud de la compensación económica por las vacaciones no disfrutadas en un periodo anterior máximo de 18 meses, aunque he estado más de siete años de baja, la resolución me llegó el 20 de marzo y después de haber seguido el hilo me surgen algunas dudas, al llevar más de 25 años de servicio cuantos días me corresponde?
Cuantos euros son por día?
Y la pregunta del millón, cuanto tardan en ingresar la pasta?
migue976 escribió: ↑Sab Abr 15, 2023 11:47 am
Buenos días, me estiman la solicitud de la compensación económica por las vacaciones no disfrutadas en un periodo anterior máximo de 18 meses, aunque he estado más de siete años de baja, la resolución me llegó el 20 de marzo y después de haber seguido el hilo me surgen algunas dudas, al llevar más de 25 años de servicio cuantos días me corresponde? No te sabría decir
Cuantos euros son por día? Depende de tu bruto anual
Y la pregunta del millón, cuanto tardan en ingresar la pasta? Por concesión administrativa, ni idea, lo mío fue por sentencia judicial
Gracias por vuestra ayuda
Saludos
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓ Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Buenas tardes. Soy nuevo en el foro (ver presentación ChoqueroHuelva) y en fechas próximas pasaré a retiro por pérdida de condiciones psicofísicas (incapacidad permanente total para el servicio). Pertenezco al Cuerpo de la Guardia Civil. Precisaría que alguien me facilitase un MODELO DE INSTANCIA para solicitar indemnización por vacaciones no disfrutadas dado que llevo en esta situación desde enero de 2020.
Muchas gracias.
ChoqueroHuelva escribió: ↑Mié Abr 19, 2023 7:38 pm
Buenas tardes. Soy nuevo en el foro (ver presentación ChoqueroHuelva) y en fechas próximas pasaré a retiro por pérdida de condiciones psicofísicas (incapacidad permanente total para el servicio). Pertenezco al Cuerpo de la Guardia Civil. Precisaría que alguien me facilitase un MODELO DE INSTANCIA para solicitar indemnización por vacaciones no disfrutadas dado que llevo en esta situación desde enero de 2020.
Muchas gracias.
Has mirado en documentos de interés?
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