Tribunal medico
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Tribunal medico
Buenos días compañeros.
Me presento primero , me llamo Manuel y soy sargento 1º de tierra, entre en las fuerzas armadas en 2004 y ascendí a sargento en 2008.
Inicie una baja medica psicológica en febrero de 2021, y en febrero de 2023 me citaron para el primer reconocimiento medico...
Ayer me llego una notificación de la junta a través de la UEA en la cual se me comunica que la junta de evaluación medica ha llegado a la propuesta de:
Declararlo NO APCTO para el servicio, con PASE para el RETIRO, NO Guarda causa relación efecto con el servicio
¿Lesión definitiva e irreversible de remota o incierta reversibilidad? - SI
¿Grado de incapacidad o minusvalía? - 0%
¿La incapacidad es para toda profesión u oficio? - NO
¿La incapacidad le imposibilita para el servicio en las Fuerzas Armadas? - SI
¿Hay relaciona de casualidad con las actividades del servicio o con ocasión de las mismas?- NO
¿Hay relación de casualidad con atentado terrorista? - NO
¿Procede el paso a RETIRO? - SI
Mi pregunta es ¿ Se puede pasar al retiro con un 0% de incapacidad? ¿eso es legal? ¿y de ser así, eso significa que al no tener minusvalía tampoco tendría derecho a la pensión?
Muchas gracias por vuestro tiempo
Me presento primero , me llamo Manuel y soy sargento 1º de tierra, entre en las fuerzas armadas en 2004 y ascendí a sargento en 2008.
Inicie una baja medica psicológica en febrero de 2021, y en febrero de 2023 me citaron para el primer reconocimiento medico...
Ayer me llego una notificación de la junta a través de la UEA en la cual se me comunica que la junta de evaluación medica ha llegado a la propuesta de:
Declararlo NO APCTO para el servicio, con PASE para el RETIRO, NO Guarda causa relación efecto con el servicio
¿Lesión definitiva e irreversible de remota o incierta reversibilidad? - SI
¿Grado de incapacidad o minusvalía? - 0%
¿La incapacidad es para toda profesión u oficio? - NO
¿La incapacidad le imposibilita para el servicio en las Fuerzas Armadas? - SI
¿Hay relaciona de casualidad con las actividades del servicio o con ocasión de las mismas?- NO
¿Hay relación de casualidad con atentado terrorista? - NO
¿Procede el paso a RETIRO? - SI
Mi pregunta es ¿ Se puede pasar al retiro con un 0% de incapacidad? ¿eso es legal? ¿y de ser así, eso significa que al no tener minusvalía tampoco tendría derecho a la pensión?
Muchas gracias por vuestro tiempo
- Paulu
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Re: Tribunal medico
Si puedes pasar con un 0% si así lo consideran en la junta
La pensión en tu caso será la misma que si tuvieras un 40% de minusvalía, por ejemplo
Si en 2008 cuando adquiriste la condición de sargento tenías menos de 30 años tu pensión será de 37.845,48 € anuales en 14 pagas, menos las retenciones correspondientes, independientemente del porcentaje que te de la junta en tu caso
La pensión en tu caso será la misma que si tuvieras un 40% de minusvalía, por ejemplo
Si en 2008 cuando adquiriste la condición de sargento tenías menos de 30 años tu pensión será de 37.845,48 € anuales en 14 pagas, menos las retenciones correspondientes, independientemente del porcentaje que te de la junta en tu caso
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Re: Tribunal medico
Manuel te he mandado un privado, a ver si te llega, que no se porqué razón se quedan en la bandeja de salida y no salen...ManuelLobo escribió: ↑Vie Abr 28, 2023 4:46 am Buenos días compañeros.
Me presento primero , me llamo Manuel y soy sargento 1º de tierra, entre en las fuerzas armadas en 2004 y ascendí a sargento en 2008.
Inicie una baja medica psicológica en febrero de 2021, y en febrero de 2023 me citaron para el primer reconocimiento medico...
Ayer me llego una notificación de la junta a través de la UEA en la cual se me comunica que la junta de evaluación medica ha llegado a la propuesta de:
Declararlo NO APCTO para el servicio, con PASE para el RETIRO, NO Guarda causa relación efecto con el servicio
¿Lesión definitiva e irreversible de remota o incierta reversibilidad? - SI
¿Grado de incapacidad o minusvalía? - 0%
¿La incapacidad es para toda profesión u oficio? - NO
¿La incapacidad le imposibilita para el servicio en las Fuerzas Armadas? - SI
¿Hay relaciona de casualidad con las actividades del servicio o con ocasión de las mismas?- NO
¿Hay relación de casualidad con atentado terrorista? - NO
¿Procede el paso a RETIRO? - SI
Mi pregunta es ¿ Se puede pasar al retiro con un 0% de incapacidad? ¿eso es legal? ¿y de ser así, eso significa que al no tener minusvalía tampoco tendría derecho a la pensión?
Muchas gracias por vuestro tiempo
Aplaudo por que se ha terminado, no porque me haya gustado...
- sargentodehierro
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Re: Tribunal medico
Buenas,
Los mensajes privados quedan en la bandeja de salida hasta que el destinatario lo abre.
Un saludo
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Re: Tribunal medico
Buenas tardes compañeros. Palau, una pregunta, si eres tan amable de responderme por favor; ¿en qué influye para la pensión que tuviera memos de 30 años cuando ascendió a sargento?. Es curioso porque la cantidad que tu le has indicado que le quedaría de pensión, es casi idéntica a lo que he calculado yo para mi caso (600 más en caso de este compañero).Paulu escribió: ↑Vie Abr 28, 2023 12:47 pm Si puedes pasar con un 0% si así lo consideran en la junta
La pensión en tu caso será la misma que si tuvieras un 40% de minusvalía, por ejemplo
Si en 2008 cuando adquiriste la condición de sargento tenías menos de 30 años tu pensión será de 37.845,48 € anuales en 14 pagas, menos las retenciones correspondientes, independientemente del porcentaje que te de la junta en tu caso
Un saludo.
- trasgu123
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En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: Tribunal medico
Si tenia 30 años justos, o menos, en un retiro/jubilacion por incapacidad se consideran como cotizados 35 años que es lo que falta hasta cumplir los 65 de edad, y genera derecho al 100% del haber reglador.
Hecho ese calculo, las pensiones ordinarias se reducen un 5% en su cuantia, por cada año que falte para cumplir los 20 años de servicios efectivos; con un maximo del 25% de reduccion.
Hecho ese calculo, las pensiones ordinarias se reducen un 5% en su cuantia, por cada año que falte para cumplir los 20 años de servicios efectivos; con un maximo del 25% de reduccion.
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Re: Tribunal medico
Gracias Sargentodehierro, ya me tenia loco buscando la opcion de enviar y no lo veia por ningun sitio...sargentodehierro escribió: ↑Vie Abr 28, 2023 3:44 pmBuenas,
Los mensajes privados quedan en la bandeja de salida hasta que el destinatario lo abre.
Un saludo
Aplaudo por que se ha terminado, no porque me haya gustado...
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Re: Tribunal medico
Entendido Trasgu, muchas gracias por la aclaración. Un saludo.trasgu123 escribió: ↑Vie Abr 28, 2023 4:33 pm Si tenia 30 años justos, o menos, en un retiro/jubilacion por incapacidad se consideran como cotizados 35 años que es lo que falta hasta cumplir los 65 de edad, y genera derecho al 100% del haber reglador.
Hecho ese calculo, las pensiones ordinarias se reducen un 5% en su cuantia, por cada año que falte para cumplir los 20 años de servicios efectivos; con un maximo del 25% de reduccion.
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Re: Tribunal medico
Hola buenas noches soy Aleix mi pregunta es la siguiente a un amigo mío le han abierto un expediente de incapacidad con un 10% por temas psicológicos,sabéis que conlleva esto?
Incorporación inmediata,limitaciones es que no sabe que es a lo que puede llegar
Muchas gracias
Incorporación inmediata,limitaciones es que no sabe que es a lo que puede llegar
Muchas gracias
- trasgu123
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Re: Tribunal medico
Si tu amigo tiene un 10% es porque así viene en el Acta; lo único que ha de hacer es leerse el Acta entera y ahí se solventará sus dudas.
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Re: Tribunal medico
Muchas gracias, tenia 28 años cuando entre a la academia y 30, cuando salí de ellaPaulu escribió: ↑Vie Abr 28, 2023 12:47 pm Si puedes pasar con un 0% si así lo consideran en la junta
La pensión en tu caso será la misma que si tuvieras un 40% de minusvalía, por ejemplo
Si en 2008 cuando adquiriste la condición de sargento tenías menos de 30 años tu pensión será de 37.845,48 € anuales en 14 pagas, menos las retenciones correspondientes, independientemente del porcentaje que te de la junta en tu caso
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Re: Tribunal medico
A la orden y muchas gracias.Paulu escribió: ↑Vie Abr 28, 2023 12:47 pm Si puedes pasar con un 0% si así lo consideran en la junta
La pensión en tu caso será la misma que si tuvieras un 40% de minusvalía, por ejemplo
Si en 2008 cuando adquiriste la condición de sargento tenías menos de 30 años tu pensión será de 37.845,48 € anuales en 14 pagas, menos las retenciones correspondientes, independientemente del porcentaje que te de la junta en tu caso
Tenia mal entendido, que un 0% no te daba derecho a la pensión
- Paulu
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Re: Tribunal medico
Lo importante es cuando saliste, ahí es donde empezaste a cotizar en A2, y eso es lo que cuenta para calcular una futura pensión
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Re: Tribunal medico
Se empieza a cotizar del grupo A2 la fecha en que es nombrado Sgto Alumno. Me cargaron en JUBILA el otro día, para mi sorpresa empieza a contar A2 desde esa fecha
- Paulu
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Re: Tribunal medico
Si te lo cargaron así es un error
Tu no cotizas en A2 hasta que sales publicado en BOD como Stgo
Tu no cotizas en A2 hasta que sales publicado en BOD como Stgo