Prescritos a la hora de declararlos en el irpf, me refería.psmito escribió: ↑Jue May 25, 2023 1:53 pmPorque van a estar prescritos??agustino escribió: ↑Jue May 25, 2023 1:00 pmEfectivamente le han pagado solo desde 2015, más o menos 5 años atrás.Francisco I escribió: ↑Jue May 25, 2023 12:36 pm
Si no se consolida, y se ha generado en mas de dos años, es renta irregular y por tanto le es de plena aplicación la deduccion del 30 %.
Y por supuesto que opera la retroactividad; (en éste caso sobre derechos) por cinco años a contar desde la fecha de solicitud.
Por otro lado, no se consolida.
Y por otro lado, en el certificado de ingresos de su Ministerio de Justicia si le han desglosado cada cantidad en cada año, desde 2015....a 2021, incluso en 2020 pone que no le dieron nada.
Es o no es irregular?
Porque si no es irregular.....los años 15, 16 y 17 han prescrito, verdad?
La fecha que manda para contar la retroactividad es la de solicitud
si solicito en 2020 aunque haya cobrado ahora está bien
COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Eso siagustino escribió: ↑Jue May 25, 2023 2:46 pmPrescritos a la hora de declararlos en el irpf, me refería.psmito escribió: ↑Jue May 25, 2023 1:53 pmPorque van a estar prescritos??agustino escribió: ↑Jue May 25, 2023 1:00 pm
Efectivamente le han pagado solo desde 2015, más o menos 5 años atrás.
Por otro lado, no se consolida.
Y por otro lado, en el certificado de ingresos de su Ministerio de Justicia si le han desglosado cada cantidad en cada año, desde 2015....a 2021, incluso en 2020 pone que no le dieron nada.
Es o no es irregular?
Porque si no es irregular.....los años 15, 16 y 17 han prescrito, verdad?
La fecha que manda para contar la retroactividad es la de solicitud
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Si son irregulares y han sido abonados en cumplimiento de una sentencia, hay que imputarlos al ejercicio en el que la sentencia haya adquirido firmeza. Y por supuesto que con la deducción del 30 %
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
HOLA
Buenas noticias, el Tribunal Supremo avala que ambos progenitores cobren el plus de maternidad en la pensión, si bien la Sentencia es de lo Social sala 4, como ya existe jurisprudencia de la sala de lo contencioso sala 3 por la que se reconoce que a dichos efectos no se ha de hacer distingos, pues también se aplica a los funcionarios que cumplan ambos los requisitos evidentemente, o uno laboral y otro funcionario claro, veremos si en vía administrativa lo conceden o fuerzan AL CONTENCIOSO, ui que bien suena, a ver otra vez AR CONTENCIOSO!!! de despeñaperros para abajo.
Saludos.
Buenas noticias, el Tribunal Supremo avala que ambos progenitores cobren el plus de maternidad en la pensión, si bien la Sentencia es de lo Social sala 4, como ya existe jurisprudencia de la sala de lo contencioso sala 3 por la que se reconoce que a dichos efectos no se ha de hacer distingos, pues también se aplica a los funcionarios que cumplan ambos los requisitos evidentemente, o uno laboral y otro funcionario claro, veremos si en vía administrativa lo conceden o fuerzan AL CONTENCIOSO, ui que bien suena, a ver otra vez AR CONTENCIOSO!!! de despeñaperros para abajo.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Y si yo lo estoy cobrando por maternidad, jubilación en 2016....lo podrá cobrar mi mujer por brecha de género en jubilarse dentro de 15 años?gariuris escribió: ↑Jue May 25, 2023 6:21 pm HOLA
Buenas noticias, el Tribunal Supremo avala que ambos progenitores cobren el plus de maternidad en la pensión, si bien la Sentencia es de lo Social sala 4, como ya existe jurisprudencia de la sala de lo contencioso sala 3 por la que se reconoce que a dichos efectos no se ha de hacer distingos, pues también se aplica a los funcionarios que cumplan ambos los requisitos evidentemente, o uno laboral y otro funcionario claro, veremos si en vía administrativa lo conceden o fuerzan AL CONTENCIOSO, ui que bien suena, a ver otra vez AR CONTENCIOSO!!! de despeñaperros para abajo.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Si. Lo podrá seguir cobrando. Y además, la mujer cobrará lo de la brecha de género, ( si es que para esa fecha sigue estando en vigor, porque se avecinan recortes a go-gó ) Pero solo cobrará la diferencia que haya con el complemento de maternidad; no la suma de ambos.agustino escribió: ↑Jue May 25, 2023 8:24 pmY si yo lo estoy cobrando por maternidad, jubilación en 2016....lo podrá cobrar mi mujer por brecha de género en jubilarse dentro de 15 años?gariuris escribió: ↑Jue May 25, 2023 6:21 pm HOLA
Buenas noticias, el Tribunal Supremo avala que ambos progenitores cobren el plus de maternidad en la pensión, si bien la Sentencia es de lo Social sala 4, como ya existe jurisprudencia de la sala de lo contencioso sala 3 por la que se reconoce que a dichos efectos no se ha de hacer distingos, pues también se aplica a los funcionarios que cumplan ambos los requisitos evidentemente, o uno laboral y otro funcionario claro, veremos si en vía administrativa lo conceden o fuerzan AL CONTENCIOSO, ui que bien suena, a ver otra vez AR CONTENCIOSO!!! de despeñaperros para abajo.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
No sabras que post es, yo estoy retirado por la vista y me custa mucho leer en el movil las cosas,
Muchas gracias.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Ahí va:ebro escribió: ↑Vie May 26, 2023 2:55 pmNo sabras que post es, yo estoy retirado por la vista y me custa mucho leer en el movil las cosas,
Muchas gracias.
https://www.clasespasivas.net/foro/viewtopic.php?t=30480
Es el primero de este foro de Otros Asuntos......más allá de los post fijos, claro.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Muchisimas gracias.agustino escribió: ↑Vie May 26, 2023 3:05 pmAhí va:
https://www.clasespasivas.net/foro/viewtopic.php?t=30480
Es el primero de este foro de Otros Asuntos......más allá de los post fijos, claro.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Sentencia del Tribunal Supremo en Casación para la Unificación de Doctrina, Sala Cuarta, de lo Social, Sección Pleno, Sentencia 362/2023 de 17 May. 2023, Rec. 3821/2022, publicada dia de hoy.
SEXTO.- En resumen, establecemos la doctrina siguiente: el complemento de maternidad por aportación demográfica puede ser obtenido por mujeres u hombres que cumplan los requisitos en él previstos, sin tomar en consideración la circunstancia de que el otro progenitor (o persona asimilada) también tenga o pueda tener derecho a su percepción.
Pregunta: que pasa con el montón de contenciosos pendientes, en los que la Seguridad Social demandaba y argumentaba su negativa al pago del complemeto de maternidad por aportación demográfica por ambos progenitores, basándose en el criterio de unicidad que ahora el Tribunal Supremo echa por tierra.
Gracias
SEXTO.- En resumen, establecemos la doctrina siguiente: el complemento de maternidad por aportación demográfica puede ser obtenido por mujeres u hombres que cumplan los requisitos en él previstos, sin tomar en consideración la circunstancia de que el otro progenitor (o persona asimilada) también tenga o pueda tener derecho a su percepción.
Pregunta: que pasa con el montón de contenciosos pendientes, en los que la Seguridad Social demandaba y argumentaba su negativa al pago del complemeto de maternidad por aportación demográfica por ambos progenitores, basándose en el criterio de unicidad que ahora el Tribunal Supremo echa por tierra.
Gracias
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Hola, buenos días. Esta mañana ha comenzado con la alegría de la notificación del recibo de la pensión de junio, en el que se recoge el abono del complemento de maternidad y sus atrasos correspondientes. Lo solicité en febrero, me fue notificada la resolución a finales de mayo y se me abonará en la nómina de junio. Como ya dije, lo he obtenido con la inestimable ayuda, guía y orientación del foro. Por ello, vuelvo a reiterar mi agradecimiento y os invito a unas gambas virtuales , con sus correspondientes
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Felicidades Magister! Qué celeridad en la liquidación! Me alegro por ti. Una sorpresa así siempre viene bien, y en estas fechas más. Que lo disfrutéis mucho. SaludosMagister escribió: ↑Jue Jun 15, 2023 7:05 am Hola, buenos días. Esta mañana ha comenzado con la alegría de la notificación del recibo de la pensión de junio, en el que se recoge el abono del complemento de maternidad y sus atrasos correspondientes. Lo solicité en febrero, me fue notificada la resolución a finales de mayo y se me abonará en la nómina de junio. Como ya dije, lo he obtenido con la inestimable ayuda, guía y orientación del foro. Por ello, vuelvo a reiterar mi agradecimiento y os invito a unas gambas virtuales , con sus correspondientes
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Gracias, Hoonah. La verdad es que un verano que comienza así es bastante más llevadero. Saludos!!
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Buenas tardes y feliz verano,
Me he leído el hilo buscando respuestas pero al final no me queda claro si se puede aplicar la reducción del 30% por lo de la maternidad y vacaciones en las declaraciones. Bueno al final para nada porque ya hice todas las complementarias de los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 y no metí la reducción para los q habían pasado más de 2 años pero bueno.....es para la alegación a Hacienda ya q he recibido la famosa notificación de q me piden los intereses por ahora de la complementaria de 2018...anda q han tardado pq las hice todas como el 25 de junio apurando el plazo.
Yo recibí el pago de lo de la vacaciones y maternidad el año pasado, vacaciones en septiembre de Defensa y maternidad con la paga extra de diciembre, las dos cosas fueron por resolución judicial q alcanzaron firmeza en 2022....
Ahora para hacer las alegaciones de 2018 les tengo q aportar las sentencias y explicarles el caso y entiendo q con eso llega no? Me refiero q no tengo q hacer una tesis doctoral para justicar todo.....y es q encima los mamones en sus datos fiscales ponen q corresponden pagos a ejercicios anteriores, cómo tienen la poca vergüenza de solicitar intereses? Yo flipo. Otra cosa, puedo decirles para quedarme a gusto q no apliqué la reducción del 30% para los años q sean aplicables?
Además creo q la cagué haciendo la complementaria de 2017 en la q me salió a pagar como 130€ más pq si la presenté el 25 de junio a dia 1 de julio ya estaría vencido el plazo de 5 años para ellos reclamar no?....
Bueno muchas gracias si me podéis aclarar algo, vamos q la alegación tampoco tiene q ser una obra maestra y lo de la reducción del 30% si se puede hacer...... muchas gracias compañeros.
Me he leído el hilo buscando respuestas pero al final no me queda claro si se puede aplicar la reducción del 30% por lo de la maternidad y vacaciones en las declaraciones. Bueno al final para nada porque ya hice todas las complementarias de los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 y no metí la reducción para los q habían pasado más de 2 años pero bueno.....es para la alegación a Hacienda ya q he recibido la famosa notificación de q me piden los intereses por ahora de la complementaria de 2018...anda q han tardado pq las hice todas como el 25 de junio apurando el plazo.
Yo recibí el pago de lo de la vacaciones y maternidad el año pasado, vacaciones en septiembre de Defensa y maternidad con la paga extra de diciembre, las dos cosas fueron por resolución judicial q alcanzaron firmeza en 2022....
Ahora para hacer las alegaciones de 2018 les tengo q aportar las sentencias y explicarles el caso y entiendo q con eso llega no? Me refiero q no tengo q hacer una tesis doctoral para justicar todo.....y es q encima los mamones en sus datos fiscales ponen q corresponden pagos a ejercicios anteriores, cómo tienen la poca vergüenza de solicitar intereses? Yo flipo. Otra cosa, puedo decirles para quedarme a gusto q no apliqué la reducción del 30% para los años q sean aplicables?
Además creo q la cagué haciendo la complementaria de 2017 en la q me salió a pagar como 130€ más pq si la presenté el 25 de junio a dia 1 de julio ya estaría vencido el plazo de 5 años para ellos reclamar no?....
Bueno muchas gracias si me podéis aclarar algo, vamos q la alegación tampoco tiene q ser una obra maestra y lo de la reducción del 30% si se puede hacer...... muchas gracias compañeros.