Proceso contencioso e incumplimiento de la Administración

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trasgu123
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Re: Proceso contencioso e incumplimiento de la Administración

Mensaje por trasgu123 »

Ellos te van a decir exactamente cuanto has de devolver y como lo has de hacer. Tu tienes que sumar las cuotas pagadas a MUFACE y reclamarlas aportando la sentencia.
casilda
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Re: Proceso contencioso e incumplimiento de la Administración

Mensaje por casilda »

trasgu123 escribió: Jue Jun 01, 2023 1:45 pm Ellos te van a decir exactamente cuanto has de devolver y como lo has de hacer. Tu tienes que sumar las cuotas pagadas a MUFACE y reclamarlas aportando la sentencia.
Si es como dices, cosa que no dudo, y aplican la fecha de 12/2020, las implicaciones van más allá:

Afectaría a los ejercicios de 2020 y 2021 de la declaración de la renta (el 2022 estaría a tiempo de rectificar si resuelven antes de fin de mes). Es decir, debería presentar una complementaria o rectificación de cada ejercicio afectado, seguramente aportando documentación. A tener en cuenta.

Como dices, habría que pedir la devolución de las cuotas a MUFACE, pero ellos me han abonado prestaciones durante un mínimo de veinte meses desde esa fecha (aprox. la mitad de la nómina), que supongo también serán reclamadas.

En la información de la página de Clases Pasivas dicen que no abonan más de tres meses de atrasos respecto del día de reconocimiento de la pensión. A ver cómo concilian esto con mi situación y qué tratamiento se dan a estos dos últimos años en los que he estado en activo... En fin, un lío y mareos.

Os diré lo que me digan y lo que vaya pasando.
casilda
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Re: Proceso contencioso e incumplimiento de la Administración

Mensaje por casilda »

Tal como apuntaba nuestro compañero trasgu123, he recibido una comunicación de Muface reclamando la devolución de todas las prestaciones abonadas desde 12-2020. Una pasta que puede alterar sensiblemente cualquier economía. Rapidísimos. Reclamaré para alargar el plazo del período voluntario, pero al final no habrá más remedio que pagar. Han hecho una cuenta somera por la totalidad, no detallan por años, no veo soporte suficiente para la rectificación de los ejercicios afectados para la Declaración de la Renta, pediré un detalle y alguna explicación, porque parece según la notificación que me deducen del total a pagar las retenciones efectuadas por IRPF en un apartado que se llama Deuda de Hacienda ¿Me devuelven ellos lo que ingresaron en Hacienda?... me veo pidiendo cita en Hacienda con un técnico.

Supongo recibiré una reclamación igual por parte de la Consejería y, sigo suponiendo, recibiré los atrasos desde esa fecha de Clases Pasivas, aunque en su web dicen que no pagan más de 3 meses de atrasos, pero tratándose de una sentencia judicial con fallo de carácter retroactivo quizá la cosa vaya de otra manera, no sé. Esto también afectaría fiscalmente a esos pasados ejercicios.

Espero que el resultado final no me resulte negativo porque me veo en otro contencioso. Ahora mismo no soy funcionaria, me cesaron por pase a jubilación, cuya pensión aún no se me ha comunicado, debe ser una especie de limbo legal para funcionarios, lo cierto es que se me deniega el acceso al portal Séneca, pero tampoco puedo acceder aún al de Clases Pasivas, sin embargo todavía tengo acceso al portal del Docente. Vaya líos en que nos mete la Administración sin que seamos responsables de ninguno de ellos. Ya os diré cómo sigue o acaba esto porque no sé si conocéis otro caso así...
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Re: Proceso contencioso e incumplimiento de la Administración

Mensaje por cartera1965 »

casilda escribió: Mar Jun 06, 2023 4:22 pm Tal como apuntaba nuestro compañero trasgu123, he recibido una comunicación de Muface reclamando la devolución de todas las prestaciones abonadas desde 12-2020. Una pasta que puede alterar sensiblemente cualquier economía. Rapidísimos. Reclamaré para alargar el plazo del período voluntario, pero al final no habrá más remedio que pagar. Han hecho una cuenta somera por la totalidad, no detallan por años, no veo soporte suficiente para la rectificación de los ejercicios afectados para la Declaración de la Renta, pediré un detalle y alguna explicación, porque parece según la notificación que me deducen del total a pagar las retenciones efectuadas por IRPF en un apartado que se llama Deuda de Hacienda ¿Me devuelven ellos lo que ingresaron en Hacienda?... me veo pidiendo cita en Hacienda con un técnico.

Supongo recibiré una reclamación igual por parte de la Consejería y, sigo suponiendo, recibiré los atrasos desde esa fecha de Clases Pasivas, aunque en su web dicen que no pagan más de 3 meses de atrasos, pero tratándose de una sentencia judicial con fallo de carácter retroactivo quizá la cosa vaya de otra manera, no sé. Esto también afectaría fiscalmente a esos pasados ejercicios.

Espero que el resultado final no me resulte negativo porque me veo en otro contencioso. Ahora mismo no soy funcionaria, me cesaron por pase a jubilación, cuya pensión aún no se me ha comunicado, debe ser una especie de limbo legal para funcionarios, lo cierto es que se me deniega el acceso al portal Séneca, pero tampoco puedo acceder aún al de Clases Pasivas, sin embargo todavía tengo acceso al portal del Docente. Vaya líos en que nos mete la Administración sin que seamos responsables de ninguno de ellos. Ya os diré cómo sigue o acaba esto porque no sé si conocéis otro caso así...
Casilda, enhorabuena por haber resuelto lo más complicado y dificil, que a mi modo de ver, era la ejecución de la sentencia.

Un apunte antes de seguir, sí eres funcionaria... Jubilada, pero funcionaria.

En cuanto al embrollo económico, coincido contigo en pedirle aclaración a MUFACE. Deberían haberte detallado por años las cuantías que te reclaman y de ese modo que tú puedas verificar si las cantidades son coincidentes o no con las tuyas, y de no serlo poder pedir aclaraciones.

Respecto a los ingresos que debe hacerte Clases Pasivas, entiendo que son desde diciembre de 2020. Si estoy en lo cierto, y eso si hay alguien en el foro que pueda arrojarnos luz, será de agradecer, de esa cuantía que por sentencia deben pagarte, queda exento de tributar en Hacienda, el 30%. No deberás rectificar ninguna Declaración de la Renta de años pasados, lo que procede es hacer una Declaración Complementaria en el año actual y declarar el monto total de esos años pasados como ingresos irregulares (los anteriores a la sentencia o ejecución de la misma). Los ingresos posteriores a la firmeza de la sentencia, se declararán sin esa exención del 30%.

De la Administración podemos esperarnos cualquier cosa y ninguna fácil pero no vamos a rendirnos. Ya nos irás contando cómo vas resolviendo todo.
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Re: Proceso contencioso e incumplimiento de la Administración

Mensaje por cartera1965 »

trasgu123 escribió: Vie May 05, 2023 10:36 pm Si sabes exactamente que organismo y negociado tiene archivado el expediente, solicita POR ESCRITO una copia del mismo y si tienes suerte esos documentos estaran incluidos..
No he tenido suerte. Los documentos no están incluídos porque nunca se llegaron a cumplimentar.
El instructor solo tramitó el Expediente de Averiguación de Causas de cara a la pensión extraordinaria.

No llegaron a cumplimentar los impresos de Parte de Accidente en Acto de Servicio que debían haber envíado a MUFACE, y por eso no me reconocen las prestaciones sociosanitarias a las que tengo derecho al ser accidente laboral.

Tanto desde Correos como desde MUFACE han evitado hacerse responsables de la situación pero en cuanto han visto que iba a encauzarlo judicialmente, han movido ficha.

Hoy he recibido Notificación Administrativa para iniciar un Expediente de Averiguación de Causas "para el reconocimiento de los derechos derivado de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio en el ámbito del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE".

La resolución no va a ser tan inmediata como cabría esperar porque según me ha dicho la instructora, deben recabar documentación archivada hace 9 años. Me irá haciendo partícipe de esa instrucción y yo mirando con lupa cuanto me remita porque no me fío nada de ellos. No estoy dispuesta y así se lo he dicho tanto a un Organismo como al otro, a modificar fechas pasadas por las actuales, que algo me sugirieron en ese sentido.

No quiero lo que no es mío, pero no renuncio a nada de lo que me corresponde.

Un saludo.
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Re: Proceso contencioso e incumplimiento de la Administración

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cartera1965 escribió: Mar Jun 06, 2023 6:59 pm
Casilda, enhorabuena por haber resuelto lo más complicado y dificil, que a mi modo de ver, era la ejecución de la sentencia.

Un apunte antes de seguir, sí eres funcionaria... Jubilada, pero funcionaria.

En cuanto al embrollo económico, coincido contigo en pedirle aclaración a MUFACE. Deberían haberte detallado por años las cuantías que te reclaman y de ese modo que tú puedas verificar si las cantidades son coincidentes o no con las tuyas, y de no serlo poder pedir aclaraciones.

Respecto a los ingresos que debe hacerte Clases Pasivas, entiendo que son desde diciembre de 2020. Si estoy en lo cierto, y eso si hay alguien en el foro que pueda arrojarnos luz, será de agradecer, de esa cuantía que por sentencia deben pagarte, queda exento de tributar en Hacienda, el 30%. No deberás rectificar ninguna Declaración de la Renta de años pasados, lo que procede es hacer una Declaración Complementaria en el año actual y declarar el monto total de esos años pasados como ingresos irregulares (los anteriores a la sentencia o ejecución de la misma). Los ingresos posteriores a la firmeza de la sentencia, se declararán sin esa exención del 30%.

De la Administración podemos esperarnos cualquier cosa y ninguna fácil pero no vamos a rendirnos. Ya nos irás contando cómo vas resolviendo todo.
Cartera1965, gracias por la info. Ahora mismo, aunque más o menos lo veo claro, sigo bastante despistada sobre mi situación, pero espero que para final de mes o como mucho el próximo, todo estará más claro. Por supuesto que seguiré contando, sobre todo si hay alguna incidencia relevante. Mucha suerte con tu situación, parece que al final todo es cuestión de resistencia y tenacidad.
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Re: Proceso contencioso e incumplimiento de la Administración

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cartera1965 escribió: Mar Jun 06, 2023 6:59 pm

Casilda, enhorabuena por haber resuelto lo más complicado y dificil, que a mi modo de ver, era la ejecución de la sentencia.

Un apunte antes de seguir, sí eres funcionaria... Jubilada, pero funcionaria.

Pues no es eso precisamente lo que marca el Real Decreto Legislativo 5/2015, Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Mas bien es lo contrario.
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Re: Proceso contencioso e incumplimiento de la Administración

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trasgu123 escribió: Mié Jun 07, 2023 8:20 pm Pues no es eso precisamente lo que marca el Real Decreto Legislativo 5/2015, Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Mas bien es lo contrario.
Efectivamente, queda claro:

Artículo 63. Causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera.

Son causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera:

a) La renuncia a la condición de funcionario.
b) La pérdida de la nacionalidad.
c) La jubilación total del funcionario.
d) La sanción disciplinaria de separación del servicio que tuviere carácter firme.
e) La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.


Saludos.
casilda
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Re: Proceso contencioso e incumplimiento de la Administración

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Bueno, como prometí, voy a contar en que punto queda mi jubilación.

Hasta finales de junio, Clases Pasivas no se dio por enterada de la documentación que le fue remitida a principio de dicho mes. Tras presentar una incidencia de ejecución y remitir un escrito a Muface, esta mutua paralizó su expediente de devolución. Lógico, pues hasta ahora no he recibido ningún pago duplicado.

Hace unos días recibí un la notificación de reconocimiento de pensión y una comunicación del total de la primera nómina a que percibiré a finales de este mes.

Accediendo a mis datos en Clases Pasivas veo que me reconocen una invalidez permanente total, extremo que no me ha sido notificado, aunque lo supuse al ver que en la nómina me practicaban retenciones. Me pregunto quién lo decide y en base a qué, porque en el texto de la sentencia de abril del pasado año, el juez dice que "no cabe sino adoptar la misma solución que en el caso transcrito", refiriéndose a uno casi idéntico en el que se reconocía a la demandante el derecho a la jubilación por padecer incapacidad permanente absoluta para todo tipo de profesión u oficio, el cual el juez reproducía en el texto de la sentencia.

Atentos los que estéis en situación similar, porque ahora toca hacer un recurso previo a la única vía posible: Nuevo contencioso si no se avienen en el recurso. Está claro que la Administración sigue incumpliendo, pero después de tantos años pienso seguir hasta el final.

Continuará...
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