DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCOHOLISMO

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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psmito
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCHOLISMO

Mensaje por psmito »

OscarMike escribió: Mar Jun 06, 2023 12:43 pm
psmito escribió: Mar Jun 06, 2023 12:19 pm
OscarMike escribió: Lun Jun 05, 2023 9:41 pm Hola a todo el mundo,

En unos días me leí casi todo el foro y aunque encontre temáticas relacionadas no encontre en concreto un caso igual al mio. Así que me animo a abrir el hilo para ver si alguien puede aclararme las dudas y que queden reflejadas por si en el futuro a alguien le sirve de ayuda.

Actualmente soy suboficial en el ET, llevo entre tropa, academia y sargento unos 9 años aprox.

Mi primer destino como tropa fue en una unidad operativa donde las garimbas estaban a la orden del día. Ahí fue que me desabroche el botón de la camisa y con el pecho al descubierto empece a beber como si no existiria un mañana, sin miedo a nada, siendo el mas macho, el mas valiente. Igual en mi circulo de amigos civiles, yo ahora era el mas macho y nadie podia beber mas que yo.

Unos 9 años despues, ha día de hoy, casi que la pelicula no ha cambiado mucho y el consumo de alcohol me esta trayendo muchisimos problemas, tanto personales, profesionales, anímicos... a todos los niveles. (La opción de pues deja de beber no sirve, ya lo intente muuuuuchas veces, pero ahí esta el monte y aquí esta la cabra).

Solo en el tema laboral me han dejado fuera de misiones, he visitado a varios oficiales en su despacho para dar explicaciones, me han echado ciertos lugares, no me han invitado a otros ciertos lugares, he faltado a lista, he dicho cositas que no debia a personal que no correspondia... en fin, todo con sus correspondientes consecuencias, remordimientos, señalamientos, apuros, humillaciones, complicaciones, bochornos, san benitos... Y siempre la misma frase, cuando no bebe es un tio de p.... madre y un máquina currando, pero es que bebe y no sabe parar, la lia, se le va la pelota, algun dia acaba en alcalameco, algun dia se mata el solo por ahi, algun dia se carga a alguien, es un p.... peligro, la va a liar pero bien... Y un sin fin de piropos mas por el mismo estilo.

Entonces estoy en un punto, que quiero y necesito pedir ayuda médica, psicológica o psiquiátrica, porque cada vez lo veo todo mas oscuro, y por mi mismo esta claro que no consigo avanzar, pero si voy me va a diagnosticar que soy alcohólico, ademas de manual. Hice varios test en Google, Youtube y demas, y no dejo ni un síntoma sin marcar. Vamos a parte de que todo el que me conoce, militar o civil, sabe que tengo un problemilla con el alpiste y no lo veo claro porque no tengo ni idea de que puede llegar a ser de mi, me surgen varias dudas que voy a plantear aquí, para ver si alguien me puede echar una mano.

1. A partir de diagnosticarme alcoholismo, ¿que va a ser de mi?

2. Supongo que baja médica, que todo el cuartel se entera que estoy de baja por borracho y... ¿Tribunal médico?
Si te proponen pues vas con todos tus informes médicos
¿Perdida de destino?
Si en cuanto inicien expediente
¿No apto para el servicio? ¿Apto pero limitado?
Esto hasta no ver el acta es imposible saberlo, salvo lesiones o patologías obvias
3. En caso de que me larguen para la calle, con lo moderno que soy, ¿me quedaría algun tipo de pensión?
Si
¿En que normativa podría verlo?
si eres de la SS.ss, en su legislación sobre incapacidad
Supongo que si porque soy militar de carrera.

4. ¿Que opciones hay de que me hagan APL3 o 4? Porque yo quiero o currar o que me echen del todo.
Lo dicho anteriormente, depende del acta, y vidente no soy
5. ¿Que opciones hay que marquen contingencia comun o profesional?
Contingencia profesional, posibilidades se acercan al 0 absoluto
Con lo moderno que soy, ¿habría diferencias en una supuesta pensión?
Diferencia habría, pero no va a ser tu caso

Cualquier ayuda o esclarecimiento que pueda recibir será de gran ayuda para mi y para cualquier otro personal en mi situación.

Muchas gracias.
Respecto a otro Post tuyo, de que te gusta tener el control
En cuanto te metes en estos berenjenales puedes intentar tener encauzado más o menos el tema, pero el control lo tiene la JMP y defensa

Por lo que dices, gran parte del tiempo no tienes el control de tu vida
Quizá ese sea el control que debes recuperar

Muchas gracias por responder, has sido de mucha ayuda.

Dices que pertenezco a la seguridad social, pero siendo militar de carrera, ¿no pertenezco a las clases pasivas?
Si tu ingreso es posterior al 1-1-2011 eres de la SS.ss
¿Como puedo saber si soy de clases pasivas o de la seguridad social?
Mira una nómina
Si tienes un descuento denominada contingencias comunes, perteneces a la SS.ss

Todos concordais en que no me van a dar una contingencia profesional, sino comun, pero si yo tengo testigos, testigos reales, familiares, amigos conocidos, compañeros... que afirmen que yo empece a beber mucho mas desde que entre en el et ¿no hay forma de relacionar mi consumo con el trabajo?
Ha sido a punta de pistola?
O hay alguna directiva del ET que diga que todos los días como mínimo han de caer 2 kilos de vino?
Tienes testigos de que empezaste una vez estabas en el ejército, muy bien

Es un ejemplo
Se me cae el pelo y quedó calvo
Pongo unos implantes dentarios y dan problemas
Una liposucción
Me pongo tetas
Coño hasta un tatuaje

Como todo ha sido estando en el ejército, es contingencia profesional?

En cuanto a una posible pensión, alguien sabria decirme algo aproximado, o una cantidad en una horquilla... es que me da pánico que yo pida ayuda, se activen las alarmas en botiquin, y antes de que cante un gallo verme en la calle con una miseria y sin quizas poder trabajar en otro sitio...
Sin bases reguladoras imposible
Es más eso deberías preguntar en la SS.ss
Aquí sabemos lo que podemos de clases pasivas
De la SS.ss algo por encima, al menos yo no lo suficiente para aconsejar

En cuanto a lo recuperar el control de mi vida... es justo lo que intento, por eso quiero pedir ayuda profesional, pero... no es tan facil la verdad, muchas dudas e incertidumbres
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCHOLISMO

Mensaje por OscarMike »

psmito escribió: Mar Jun 06, 2023 2:48 pm
OscarMike escribió: Mar Jun 06, 2023 12:43 pm
psmito escribió: Mar Jun 06, 2023 12:19 pm

Respecto a otro Post tuyo, de que te gusta tener el control
En cuanto te metes en estos berenjenales puedes intentar tener encauzado más o menos el tema, pero el control lo tiene la JMP y defensa

Por lo que dices, gran parte del tiempo no tienes el control de tu vida
Quizá ese sea el control que debes recuperar

Muchas gracias por responder, has sido de mucha ayuda.

Dices que pertenezco a la seguridad social, pero siendo militar de carrera, ¿no pertenezco a las clases pasivas?
Si tu ingreso es posterior al 1-1-2011 eres de la SS.ss
¿Como puedo saber si soy de clases pasivas o de la seguridad social?
Mira una nómina
Si tienes un descuento denominada contingencias comunes, perteneces a la SS.ss

Correcto, pertenezco a la Seguridad Social. Muchas gracias, una duda menos.
Todos concordais en que no me van a dar una contingencia profesional, sino comun, pero si yo tengo testigos, testigos reales, familiares, amigos conocidos, compañeros... que afirmen que yo empece a beber mucho mas desde que entre en el et ¿no hay forma de relacionar mi consumo con el trabajo?
Ha sido a punta de pistola?
O hay alguna directiva del ET que diga que todos los días como mínimo han de caer 2 kilos de vino?
Creo que quien sea militar de aqui, podra comprenderme. Evidentemente nadie me apunto con nada para beber, pero si se bebia a diario, ¿y cuando llegas a un sitio como te integras? ¿Cuando eres nuevo y ves que cuanto mas corres y mas bebes y cuanto mas corres y bebes mas aceptado eres? ¿Que hace una persona promedio? ¿Ir a por mas no? Que nadie corra mas que yo, que nadie beba mas que yo y que nadie me quite mi medalla. En fín, en este caso yo la llevo y yo la entiendo, se que para la mayoría con simplemente decir, pues no bebas o no haber bebido es sufciente, pero puedo asegurar que hay mas.
Tienes testigos de que empezaste una vez estabas en el ejército, muy bien

Es un ejemplo -- En mi opinión estos ejemplos no son comparables, ni de lejos, porque ninguno de ellos es una enfermedad
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Como todo ha sido estando en el ejército, es contingencia profesional?

En cuanto a una posible pensión, alguien sabria decirme algo aproximado, o una cantidad en una horquilla... es que me da pánico que yo pida ayuda, se activen las alarmas en botiquin, y antes de que cante un gallo verme en la calle con una miseria y sin quizas poder trabajar en otro sitio...
Sin bases reguladoras imposible
Es más eso deberías preguntar en la SS.ss
Aquí sabemos lo que podemos de clases pasivas
De la SS.ss algo por encima, al menos yo no lo suficiente para aconsejar

Muchas gracias de nuevo, seguiré indagando, tengo entendido, de oidas, que con la SS.ss se cobra menos. Todo esto es un lio la verdad y lo mejor de todo es que nadie sabe nada, me siento como que me tengo que lanzar al vacio, si caes sobre blando bien, si no pues te jodes, pero entre donde estoy y la zona de caida, todo es niebla espesa.
En cuanto a lo recuperar el control de mi vida... es justo lo que intento, por eso quiero pedir ayuda profesional, pero... no es tan facil la verdad, muchas dudas e incertidumbres.
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCHOLISMO

Mensaje por OscarMike »

Mcwalas79 escribió: Mar Jun 06, 2023 1:42 pm Pedir ayuda es fácil , pero hay que querer de verdad
Cuando tienes la vida laboral "resuelta" y se contempla la opción de arruinar tu futuro... no es tan facil... si me queda una pensión de 300, 400 o 800 euros, y luego nadie me contrata en nada, ¿que hago yo con eso?
Contingencia profesional a no ser que demuestres que la primera copa te la tomates bajo coacción de un superior que te estaba apuntando en la cabeza con un arma , imposible
Los compañeros te lo han explicado estupendamente
La verdad es que si, estais siendo de gran ayuda y poco a poco voy despejando muchas dudas
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCHOLISMO

Mensaje por psmito »

OscarMike escribió: Mar Jun 06, 2023 5:08 pm
psmito escribió: Mar Jun 06, 2023 2:48 pm
OscarMike escribió: Mar Jun 06, 2023 12:43 pm


Muchas gracias por responder, has sido de mucha ayuda.

Dices que pertenezco a la seguridad social, pero siendo militar de carrera, ¿no pertenezco a las clases pasivas?
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Correcto, pertenezco a la Seguridad Social. Muchas gracias, una duda menos.
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Ha sido a punta de pistola?
O hay alguna directiva del ET que diga que todos los días como mínimo han de caer 2 kilos de vino?
Creo que quien sea militar de aqui, podra comprenderme. Evidentemente nadie me apunto con nada para beber, pero si se bebia a diario, ¿y cuando llegas a un sitio como te integras? ¿Cuando eres nuevo y ves que cuanto mas corres y mas bebes y cuanto mas corres y bebes mas aceptado eres? ¿Que hace una persona promedio? ¿Ir a por mas no? Que nadie corra mas que yo, que nadie beba mas que yo y que nadie me quite mi medalla. En fín, en este caso yo la llevo y yo la entiendo, se que para la mayoría con simplemente decir, pues no bebas o no haber bebido es sufciente, pero puedo asegurar que hay mas.
Tienes testigos de que empezaste una vez estabas en el ejército, muy bien

Es un ejemplo -- En mi opinión estos ejemplos no son comparables, ni de lejos, porque ninguno de ellos es una enfermedad
Se me cae el pelo y quedó calvo
Pongo unos implantes dentarios y dan problemas
Una liposucción
Me pongo tetas
Coño hasta un tatuaje

Como todo ha sido estando en el ejército, es contingencia profesional?

En cuanto a una posible pensión, alguien sabria decirme algo aproximado, o una cantidad en una horquilla... es que me da pánico que yo pida ayuda, se activen las alarmas en botiquin, y antes de que cante un gallo verme en la calle con una miseria y sin quizas poder trabajar en otro sitio...
Sin bases reguladoras imposible
Es más eso deberías preguntar en la SS.ss
Aquí sabemos lo que podemos de clases pasivas
De la SS.ss algo por encima, al menos yo no lo suficiente para aconsejar

Muchas gracias de nuevo, seguiré indagando, tengo entendido, de oidas, que con la SS.ss se cobra menos. Todo esto es un lio la verdad y lo mejor de todo es que nadie sabe nada, me siento como que me tengo que lanzar al vacio, si caes sobre blando bien, si no pues te jodes, pero entre donde estoy y la zona de caida, todo es niebla espesa.
En cuanto a lo recuperar el control de mi vida... es justo lo que intento, por eso quiero pedir ayuda profesional, pero... no es tan facil la verdad, muchas dudas e incertidumbres.
El tabaquismo, también
para integrarse no es necesario llegar a estos extremos
Esos ejemplos, aunque no sean comparables tienen un factor común, son voluntarios, ha sido decisión tuya
Va con la personalidad de cada uno
Dale las vueltas que quieras, pero la contingencia profesional,va a ser que no

Por mi parte he terminado
si llega el caso cuando tengas la resolución de defensa vas a contencioso administrativo
Haces frente a abogado, procurador, periciales y posibles costas

Ya nos contarás

Respecto a la SS.ss, algo sabemos
Pero las bases reguladoras no las podemos inventar
No es lo mismo una base de 2500€ mes que otra de 1500€

Tengo la sensación que tu interés principal es salir bien económicamente y como interés secundario pedir ayuda e intentar salir del pozo

En mi opinión el orden de los intereses debe ser el contrario

Un saludo y suerte
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCHOLISMO

Mensaje por Paulu »

La Ssgg funciona de forma distinta a clases pasivas

Teniendo en cuenta que eres menor de 31 años (no lo sé)

Si te conceden una incapacidad permanente total, que es lo más normal seguramente, te correspondería un 55% de tu base reguladora de tus últimos 5 años, ósea sumas el bruto anual de tus últimos 5 años, divides por 5 y obtienes tu bruto anual, sobre esa cantidad haces el 55% y eso es lo que cobrarías anualmente, me imagino que seguramente estés entre los 800 y 1000€, pero eso nadie mejor que tú para saberlo

Si te concedieran una incapacidad permanente absoluta, sería el 100% de la cantidad anterior antes de hacerle el 55%, pero duda mucho que obtengas una absoluta por alcoholismo

Esto es lo que más o menos te puede ocurrir

Mi consejo, te gusta la empresa?, Buscate un destino más relajado, busca ayuda profesional, de la que cuesta un riñón, no sirve la que ofrece tu servicio de salud, si de verdad quieres dejarlo hay que tirar de bolsillo y prepararse para unos años duros, pero si lo consigues, pasados unos años te sentirás mejor contigo mismo y tus seres queridos orgullosos de ti

Y no comentes nada en la empresa de que acudes a servicios de psicología o psiquiatría, porque automáticamente conlleva apertura de expediente

Y por último, un favor, apártate de las armas por tu bien, el de tus amigos/compañeros y subordinados, es difícil claro que sí, pero algún caso conozco y consiguió dejarlo y siguen en la empresa
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCHOLISMO

Mensaje por psmito »

Paulu escribió: Mar Jun 06, 2023 6:06 pm La Ssgg funciona de forma distinta a clases pasivas

Teniendo en cuenta que eres menor de 31 años (no lo sé)

Si te conceden una incapacidad permanente total, que es lo más normal seguramente, te correspondería un 55% de tu base reguladora de tus últimos 5 años, ósea sumas el bruto anual de tus últimos 5 años, divides por 5 y obtienes tu bruto anual, sobre esa cantidad haces el 55% y eso es lo que cobrarías anualmente, me imagino que seguramente estés entre los 800 y 1000€, pero eso nadie mejor que tú para saberlo

Si te concedieran una incapacidad permanente absoluta, sería el 100% de la cantidad anterior antes de hacerle el 55%, pero duda mucho que obtengas una absoluta por alcoholismo

Esto es lo que más o menos te puede ocurrir

Mi consejo, te gusta la empresa?, Buscate un destino más relajado, busca ayuda profesional, de la que cuesta un riñón, no sirve la que ofrece tu servicio de salud, si de verdad quieres dejarlo hay que tirar de bolsillo y prepararse para unos años duros, pero si lo consigues, pasados unos años te sentirás mejor contigo mismo y tus seres queridos orgullosos de ti

Y no comentes nada en la empresa de que acudes a servicios de psicología o psiquiatría, porque automáticamente conlleva apertura de expediente

Y por último, un favor, apártate de las armas por tu bien, el de tus amigos/compañeros y subordinados, es difícil claro que sí, pero algún caso conozco y consiguió dejarlo y siguen en la empresa
Ojalá fuera tan fácil calcular una pensión de incapacidad de la SS.ss

Esto es solo para el supuesto de enfermedad común
Después hay para accidentes, laborales o no , etc

"Base reguladora
El cálculo de la base reguladora (BR) será diferente según la causa que origine la incapacidad permanente:

Si la incapacidad deriva de enfermedad común:

Trabajador mayor de 52 años y menor de 65 en la fecha del hecho causante:
Se hallará el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. El cómputo de dichas bases se realizará conforme a las siguientes reglas:
Las bases de los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante se computan en su valor nominal.
Las restantes bases se actualizarán de acuerdo con la evolución del IPC, desde los meses a que aquéllas correspondan hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se inicie el período de bases no actualizables a que se refiere el párrafo anterior.
Al resultado obtenido, se le aplicará el porcentaje que corresponda en función de los años de cotización, según la escala prevista para las pensiones de jubilación, considerándose a tal efecto como cotizados los años que le falten al trabajador, en la fecha del hecho causante, para cumplir la edad ordinaria de jubilación vigente en cada momento. En caso de no alcanzarse 15 años de cotización, el porcentaje aplicable será del 50%.
El importe resultante de las reglas anteriores constituirá la BR a la que, para obtener la cuantía de la pensión que corresponda, habrá de aplicarse el porcentaje previsto para el grado de incapacidad reconocido.

Trabajador menor de 52 años en la fecha del hecho causante (al que se exige un período de cotización inferior a 8 años):

La BR se obtendrá, de forma análoga al supuesto anterior, pero el cociente se hallará dividiendo la suma de las bases mensuales de cotización en número igual al de meses de que conste el período mínimo de cotización exigible, sin tener en cuenta las fracciones de mes, por el número de meses a que dichas bases se refieran, multiplicando este divisor por el coeficiente 1,1666, y excluyendo, en todo caso, de la actualización las bases correspondientes a los 24 meses inmediatamente anteriores al mes previo a aquél en que se produzca el hecho causante.
Trabajador con 65 o más años en la fecha del hecho causante, que no reúne los requisitos para la jubilación:

La BR será el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante, conforme a lo establecido en la norma a).
Trabajadores a tiempo parcial:

Cuando la incapacidad permanente derive de enfermedad común, para el cálculo de la BR, se tendrán en cuenta las mismas reglas que en la pensión de jubilación.

Integración de lagunas:

A partir de 1-1-2013, si en el período que debe tomarse para el cálculo de la BR aparecieran meses durante los cuales no hubiese existido la obligación de cotizar, las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento y el resto de mensualidades con el 50 por 100 de dicha base mínima.

En los supuestos en que en alguno de los meses a tener en cuenta para la determinación de la base reguladora, la obligación de cotizar exista sólo durante una parte del mes, procederá la integración señalada en el párrafo anterior por la parte del mes en que no exista obligación de cotizar, siempre que la base de cotización correspondiente al primer período no alcance la cuantía de la base mínima mensual señalada. En tal supuesto, la integración alcanzará hasta esta última cuantía.

En el caso de trabajadores incluidos en el Sistema especial para empleados de hogar, desde el año 2012 hasta el año 2018, para el cálculo de la BR de la pensión de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes sólo se tendrán en cuenta los períodos realmente cotizados (no se aplicará integración de lagunas).

En el caso de trabajadores incluidos en el Sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios, a partir de 01-01-2012, para el cálculo de la BR sólo se tendrán en cuenta los períodos realmente cotizados (no se aplicará integración de lagunas).

En los supuestos de contratos a tiempo parcial, de relevo y fijos discontinuos deberá tenerse en cuenta que:
La integración de los períodos, durante los que no haya habido obligación de cotizar, se llevará a cabo con la base mínima de cotización de entre las aplicables en cada momento, correspondiente al número de horas contratadas en la fecha en que se interrumpió o extinguió la obligación de cotizar. Si la obligación de cotizar existe sólo durante una parte del mes, la integración procederá por la parte del mes en que no exista obligación de cotizar, siempre que la base de cotización correspondiente no alcance la cuantía de la base mínima citada.
A excepción de los períodos entre temporadas o campañas de los trabajadores con contrato de trabajo fijo-discontinuo, en ningún caso se considerarán lagunas de cotización las horas o días en que no se trabaje en razón a las interrupciones en la prestación de servicios derivadas del propio contrato a tiempo parcial."
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCHOLISMO

Mensaje por OscarMike »

psmito escribió: Mar Jun 06, 2023 5:55 pm
OscarMike escribió: Mar Jun 06, 2023 5:08 pm
psmito escribió: Mar Jun 06, 2023 2:48 pm
El tabaquismo, también
para integrarse no es necesario llegar a estos extremos
Esos ejemplos, aunque no sean comparables tienen un factor común, son voluntarios, ha sido decisión tuya
Va con la personalidad de cada uno
Dale las vueltas que quieras, pero la contingencia profesional,va a ser que no
psmito, te agradezco de verdad inviertas lo mas valioso que tienes, tu tiempo, en contestar a mis mensajes, a todos os lo agradezco muchisimo, esto es un foro y de nada me sirve ni mentir ni peliculear, si digo que empece a beber mas y a tener un problema con la bebida a partir de cierto punto pues en la verdad y nadie tiene porque decirme que lo hago de forma voluntaria, porque no es asi del todo, si entre al foro fue para pedir apoyo y ayuda, los juicios ya me los hago a mi mismo, y con bastante dureza. Lo de que sea contingencia profesional todos coincidis en que no sera posible, pues yasta, sera que no, pregunto desde el completo desconocimiento.

Por mi parte he terminado
si llega el caso cuando tengas la resolución de defensa vas a contencioso administrativo
Haces frente a abogado, procurador, periciales y posibles costas

Ya nos contarás

Respecto a la SS.ss, algo sabemos
Pero las bases reguladoras no las podemos inventar
Estoy viendo a ver si consigo saber mis bases
No es lo mismo una base de 2500€ mes que otra de 1500€

Tengo la sensación que tu interés principal es salir bien económicamente y como interés secundario pedir ayuda e intentar salir del pozo
Estas en lo cierto, por desgracia mi familia no puede vivir del aire, por supuesto que me preocupa mi futuro, claro que me preocupa que me larguen con una pension de risa que no me de para llegar ni a fin de mes, claro que me da miedo que nadie me contrate en un futuro porque me den una baja de un tipo que no pueda compatibilizar con otros trabajos..., en lo que te equivocas es en anteponer una a la otra, ambas son importantes y necesarias
En mi opinión el orden de los intereses debe ser el contrario
Gracias por tu opinion, la tendre en cuenta en la medida de lo posible
Un saludo y suerte
Igualmente y muchas gracias.
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCHOLISMO

Mensaje por OscarMike »

Paulu escribió: Mar Jun 06, 2023 6:06 pm La Ssgg funciona de forma distinta a clases pasivas

Teniendo en cuenta que eres menor de 31 años (no lo sé)

Si te conceden una incapacidad permanente total, que es lo más normal seguramente, te correspondería un 55% de tu base reguladora de tus últimos 5 años, ósea sumas el bruto anual de tus últimos 5 años, divides por 5 y obtienes tu bruto anual, sobre esa cantidad haces el 55% y eso es lo que cobrarías anualmente, me imagino que seguramente estés entre los 800 y 1000€, pero eso nadie mejor que tú para saberlo
Muchas gracias, hare el cálculo a ver que sale
Si te concedieran una incapacidad permanente absoluta, sería el 100% de la cantidad anterior antes de hacerle el 55%, pero duda mucho que obtengas una absoluta por alcoholismo

Esto es lo que más o menos te puede ocurrir

Mi consejo, te gusta la empresa?depende del dia :D , pero en general la verdad es que si, Buscate un destino más relajado, no sacan nada de vacantes, me quedan unos añitos aun donde estoy busca ayuda profesional, de la que cuesta un riñón, no sirve la que ofrece tu servicio de salud, si de verdad quieres dejarlo hay que tirar de bolsillo y prepararse para unos años duros, pero si lo consigues, pasados unos años te sentirás mejor contigo mismo y tus seres queridos orgullosos de ti

Y no comentes nada en la empresa de que acudes a servicios de psicología o psiquiatría, porque automáticamente conlleva apertura de expediente
Asi me encuentro ahora mismo, pero se que el psiquitra me va a mandar medicacion potente, y no se hasta que punto es legal ocultarlo
Y por último, un favor, apártate de las armas por tu bien, el de tus amigos/compañeros y subordinados, es difícil claro que sí, pero algún caso conozco y consiguió dejarlo y siguen en la empresa
Apartarme de las armas, sin decir nada en botiquin, no es posible

Muchas gracias por tu tiempo, y por tu ayuda.
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCHOLISMO

Mensaje por Paulu »

psmito escribió: Mar Jun 06, 2023 6:37 pm
Paulu escribió: Mar Jun 06, 2023 6:06 pm La Ssgg funciona de forma distinta a clases pasivas

Teniendo en cuenta que eres menor de 31 años (no lo sé)

Si te conceden una incapacidad permanente total, que es lo más normal seguramente, te correspondería un 55% de tu base reguladora de tus últimos 5 años, ósea sumas el bruto anual de tus últimos 5 años, divides por 5 y obtienes tu bruto anual, sobre esa cantidad haces el 55% y eso es lo que cobrarías anualmente, me imagino que seguramente estés entre los 800 y 1000€, pero eso nadie mejor que tú para saberlo

Si te concedieran una incapacidad permanente absoluta, sería el 100% de la cantidad anterior antes de hacerle el 55%, pero duda mucho que obtengas una absoluta por alcoholismo

Esto es lo que más o menos te puede ocurrir

Mi consejo, te gusta la empresa?, Buscate un destino más relajado, busca ayuda profesional, de la que cuesta un riñón, no sirve la que ofrece tu servicio de salud, si de verdad quieres dejarlo hay que tirar de bolsillo y prepararse para unos años duros, pero si lo consigues, pasados unos años te sentirás mejor contigo mismo y tus seres queridos orgullosos de ti

Y no comentes nada en la empresa de que acudes a servicios de psicología o psiquiatría, porque automáticamente conlleva apertura de expediente

Y por último, un favor, apártate de las armas por tu bien, el de tus amigos/compañeros y subordinados, es difícil claro que sí, pero algún caso conozco y consiguió dejarlo y siguen en la empresa
Ojalá fuera tan fácil calcular una pensión de incapacidad de la SS.ss

Esto es solo para el supuesto de enfermedad común
Después hay para accidentes, laborales o no , etc

"Base reguladora
El cálculo de la base reguladora (BR) será diferente según la causa que origine la incapacidad permanente:

Si la incapacidad deriva de enfermedad común:

Trabajador mayor de 52 años y menor de 65 en la fecha del hecho causante:
Se hallará el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. El cómputo de dichas bases se realizará conforme a las siguientes reglas:
Las bases de los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante se computan en su valor nominal.
Las restantes bases se actualizarán de acuerdo con la evolución del IPC, desde los meses a que aquéllas correspondan hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se inicie el período de bases no actualizables a que se refiere el párrafo anterior.
Al resultado obtenido, se le aplicará el porcentaje que corresponda en función de los años de cotización, según la escala prevista para las pensiones de jubilación, considerándose a tal efecto como cotizados los años que le falten al trabajador, en la fecha del hecho causante, para cumplir la edad ordinaria de jubilación vigente en cada momento. En caso de no alcanzarse 15 años de cotización, el porcentaje aplicable será del 50%.
El importe resultante de las reglas anteriores constituirá la BR a la que, para obtener la cuantía de la pensión que corresponda, habrá de aplicarse el porcentaje previsto para el grado de incapacidad reconocido.

Trabajador menor de 52 años en la fecha del hecho causante (al que se exige un período de cotización inferior a 8 años):

La BR se obtendrá, de forma análoga al supuesto anterior, pero el cociente se hallará dividiendo la suma de las bases mensuales de cotización en número igual al de meses de que conste el período mínimo de cotización exigible, sin tener en cuenta las fracciones de mes, por el número de meses a que dichas bases se refieran, multiplicando este divisor por el coeficiente 1,1666, y excluyendo, en todo caso, de la actualización las bases correspondientes a los 24 meses inmediatamente anteriores al mes previo a aquél en que se produzca el hecho causante.
Trabajador con 65 o más años en la fecha del hecho causante, que no reúne los requisitos para la jubilación:

La BR será el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante, conforme a lo establecido en la norma a).
Trabajadores a tiempo parcial:

Cuando la incapacidad permanente derive de enfermedad común, para el cálculo de la BR, se tendrán en cuenta las mismas reglas que en la pensión de jubilación.

Integración de lagunas:

A partir de 1-1-2013, si en el período que debe tomarse para el cálculo de la BR aparecieran meses durante los cuales no hubiese existido la obligación de cotizar, las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento y el resto de mensualidades con el 50 por 100 de dicha base mínima.

En los supuestos en que en alguno de los meses a tener en cuenta para la determinación de la base reguladora, la obligación de cotizar exista sólo durante una parte del mes, procederá la integración señalada en el párrafo anterior por la parte del mes en que no exista obligación de cotizar, siempre que la base de cotización correspondiente al primer período no alcance la cuantía de la base mínima mensual señalada. En tal supuesto, la integración alcanzará hasta esta última cuantía.

En el caso de trabajadores incluidos en el Sistema especial para empleados de hogar, desde el año 2012 hasta el año 2018, para el cálculo de la BR de la pensión de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes sólo se tendrán en cuenta los períodos realmente cotizados (no se aplicará integración de lagunas).

En el caso de trabajadores incluidos en el Sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios, a partir de 01-01-2012, para el cálculo de la BR sólo se tendrán en cuenta los períodos realmente cotizados (no se aplicará integración de lagunas).

En los supuestos de contratos a tiempo parcial, de relevo y fijos discontinuos deberá tenerse en cuenta que:
La integración de los períodos, durante los que no haya habido obligación de cotizar, se llevará a cabo con la base mínima de cotización de entre las aplicables en cada momento, correspondiente al número de horas contratadas en la fecha en que se interrumpió o extinguió la obligación de cotizar. Si la obligación de cotizar existe sólo durante una parte del mes, la integración procederá por la parte del mes en que no exista obligación de cotizar, siempre que la base de cotización correspondiente no alcance la cuantía de la base mínima citada.
A excepción de los períodos entre temporadas o campañas de los trabajadores con contrato de trabajo fijo-discontinuo, en ningún caso se considerarán lagunas de cotización las horas o días en que no se trabaje en razón a las interrupciones en la prestación de servicios derivadas del propio contrato a tiempo parcial."
Ya se qué la Ssgg es otro mundo, pero me estoy basando en sus datos personales y teniendo en cuenta que lo más seguro de conseguir algo será una permanente total por enfermedad común

Una parcial por alcoholismo siendo militar, la descarto totalmente y una absoluta ya me extraña mucho también

Enfermedad laboral va a ser qué no, y así un largo etc..

De todas formas yo solo le aportó una aproximación, más o menos aproximada
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Paulu
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCHOLISMO

Mensaje por Paulu »

OscarMike escribió: Mar Jun 06, 2023 6:52 pm
Paulu escribió: Mar Jun 06, 2023 6:06 pm La Ssgg funciona de forma distinta a clases pasivas

Teniendo en cuenta que eres menor de 31 años (no lo sé)

Si te conceden una incapacidad permanente total, que es lo más normal seguramente, te correspondería un 55% de tu base reguladora de tus últimos 5 años, ósea sumas el bruto anual de tus últimos 5 años, divides por 5 y obtienes tu bruto anual, sobre esa cantidad haces el 55% y eso es lo que cobrarías anualmente, me imagino que seguramente estés entre los 800 y 1000€, pero eso nadie mejor que tú para saberlo
Muchas gracias, hare el cálculo a ver que sale
Si te concedieran una incapacidad permanente absoluta, sería el 100% de la cantidad anterior antes de hacerle el 55%, pero duda mucho que obtengas una absoluta por alcoholismo

Esto es lo que más o menos te puede ocurrir

Mi consejo, te gusta la empresa?depende del dia :D , pero en general la verdad es que si, Buscate un destino más relajado, no sacan nada de vacantes, me quedan unos añitos aun donde estoy busca ayuda profesional, de la que cuesta un riñón, no sirve la que ofrece tu servicio de salud, si de verdad quieres dejarlo hay que tirar de bolsillo y prepararse para unos años duros, pero si lo consigues, pasados unos años te sentirás mejor contigo mismo y tus seres queridos orgullosos de ti

Y no comentes nada en la empresa de que acudes a servicios de psicología o psiquiatría, porque automáticamente conlleva apertura de expediente
Asi me encuentro ahora mismo, pero se que el psiquitra me va a mandar medicacion potente, y no se hasta que punto es legal ocultarlo
Y por último, un favor, apártate de las armas por tu bien, el de tus amigos/compañeros y subordinados, es difícil claro que sí, pero algún caso conozco y consiguió dejarlo y siguen en la empresa
Apartarme de las armas, sin decir nada en botiquin, no es posible

Muchas gracias por tu tiempo, y por tu ayuda.

Legal, legal, según tus explicaciones deberías estar en la calle, un militar que porta armas día si y día también que se bebe media cantina en horario de trabajo no debería ser militar, no lo digo yo, lo dice el sentido común, armas y alcohol no casan bien

La medicación que puedan llegar a darte no tengo ni idea, lo de las armas, eres suboficial y según tu narras tus jefes saben de tu problema
Si de verdad quieres no creo que tus jefes te pongan problemas por no acudir a ejercicios con munición durante un tiempo
Es más, no se ni como te lo permiten porque si pasa algo, haber cómo alegan que desconocía tu problema con el alcohol

Lo dicho, querer es poder, pero claro, ni será fácil, ni corto, ni barato
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCHOLISMO

Mensaje por OscarMike »

Paulu escribió: Mar Jun 06, 2023 7:36 pm
OscarMike escribió: Mar Jun 06, 2023 6:52 pm
Paulu escribió: Mar Jun 06, 2023 6:06 pm La Ssgg funciona de forma distinta a clases pasivas

Teniendo en cuenta que eres menor de 31 años (no lo sé)

Si te conceden una incapacidad permanente total, que es lo más normal seguramente, te correspondería un 55% de tu base reguladora de tus últimos 5 años, ósea sumas el bruto anual de tus últimos 5 años, divides por 5 y obtienes tu bruto anual, sobre esa cantidad haces el 55% y eso es lo que cobrarías anualmente, me imagino que seguramente estés entre los 800 y 1000€, pero eso nadie mejor que tú para saberlo
Muchas gracias, hare el cálculo a ver que sale
Si te concedieran una incapacidad permanente absoluta, sería el 100% de la cantidad anterior antes de hacerle el 55%, pero duda mucho que obtengas una absoluta por alcoholismo

Esto es lo que más o menos te puede ocurrir

Mi consejo, te gusta la empresa?depende del dia :D , pero en general la verdad es que si, Buscate un destino más relajado, no sacan nada de vacantes, me quedan unos añitos aun donde estoy busca ayuda profesional, de la que cuesta un riñón, no sirve la que ofrece tu servicio de salud, si de verdad quieres dejarlo hay que tirar de bolsillo y prepararse para unos años duros, pero si lo consigues, pasados unos años te sentirás mejor contigo mismo y tus seres queridos orgullosos de ti

Y no comentes nada en la empresa de que acudes a servicios de psicología o psiquiatría, porque automáticamente conlleva apertura de expediente
Asi me encuentro ahora mismo, pero se que el psiquitra me va a mandar medicacion potente, y no se hasta que punto es legal ocultarlo
Y por último, un favor, apártate de las armas por tu bien, el de tus amigos/compañeros y subordinados, es difícil claro que sí, pero algún caso conozco y consiguió dejarlo y siguen en la empresa
Apartarme de las armas, sin decir nada en botiquin, no es posible

Muchas gracias por tu tiempo, y por tu ayuda.

Legal, legal, según tus explicaciones deberías estar en la calle, un militar que porta armas día si y día también que se bebe media cantina en horario de trabajo ¿Puedes citar en que momento digo que me bebo media cantina en horario laboral? no debería ser militar, no lo digo yo, lo dice el sentido común, armas y alcohol no casan bien Nunca he bebido y portado armas, aunque no lo creas, porto armas muchas menos veces de las que crees, y con municion muchas menos aun, se donde estoy y se cuando se puede y cuando no, normalmente bebo siempre justo despues de trabajar hasta que da el cuerpo y mi tipo de alcoholismo me permite estar periodos prolongados sin beber, pero cuando lo pruebo no hay marcha atras... Los problemas me vienen sobre todo en comidas, reuniones, quedadas... en la calle con gente de la unidad.

La medicación que puedan llegar a darte no tengo ni idea (yo si), lo de las armas, eres suboficial y según tu narras tus jefes saben de tu problema
Si de verdad quieres no creo que tus jefes te pongan problemas por no acudir a ejercicios con munición durante un tiempo
Es más, no se ni como te lo permiten porque si pasa algo, haber cómo alegan que desconocía tu problema con el alcohol

Lo dicho, querer es poder, pero claro, ni será fácil, ni corto, ni barato
Me gustaría aclarar, que abrí este hilo para hacer aportes constructivos, para ver si alguien me quiere ayudar a mi o alguien que se encuentre en mi situacion en el futuro, no necesito criticas ni juicios, me interesa saber posibles situaciones administrativas, detalles a tener en cuenta, algunos consejos en cuanto a burocracia, papeleos, tiempos de espera, referente a la pension, cuantia, calculo...
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCOHOLISMO

Mensaje por Paulu »

Si me dices dónde te he ofendido, yo me disculpo, solo te expuse lo que yo haría si quisiera seguir en la empresa

Tu dejas muy claro que empezaste a beber en el trabajo y cada día más
Tú dices que te llamaban al orden, te llamaban la atención, te dejaron fuera de salidas a zona de operaciones, no llegabas a lista de revista

Lo dices tú, no yo, nadie te llama a cuentas si solo bebés en tu tiempo libre

Pero tranquilo, si te parece mal mi opinión, ya no opino más

Un saludo y suerte
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCOHOLISMO

Mensaje por OscarMike »

Paulu escribió: Mar Jun 06, 2023 8:41 pm Si me dices dónde te he ofendido, yo me disculpo, solo te expuse lo que yo haría si quisiera seguir en la empresa

Tu dejas muy claro que empezaste a beber en el trabajo y cada día más
Tú dices que te llamaban al orden, te llamaban la atención, te dejaron fuera de salidas a zona de operaciones, no llegabas a lista de revista

Lo dices tú, no yo, nadie te llama a cuentas si solo bebés en tu tiempo libre

Pero tranquilo, si te parece mal mi opinión, ya no opino más

Un saludo y suerte
No me has molestado en absoluto, solo matizaba algunos detalles que en concreto no he dicho, y pido en general que no se me juzgue, tu opinion me parece muy valiosa, me has ayudado mucho con lo de los 5 años, he podido encontrar una calculadora en google y ya vi cuanto me quedaria por total y absoluta (si es que lo hice bien claro).

Muchas gracias.
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCOHOLISMO

Mensaje por sargentodehierro »

Buenas,

Haz caso a os compañeros, y preocúpate primero de tu salud. Lo demás es secundario, aunque ahora no lo creas.

Un saludo
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Re: DUDA POSIBLE DIAGNÓSTICO ALCOHOLISMO

Mensaje por OscarMike »

sargentodehierro escribió: Mié Jun 07, 2023 9:47 am Buenas,

Haz caso a os compañeros, y preocúpate primero de tu salud. Lo demás es secundario, aunque ahora no lo creas.

Un saludo
Muchas gracias por el consejo, lo tendre en cuenta, vamos ya pedi cita con el especialista.
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