SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

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SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por clásica »

Hola.

Estoy un poco liada después de haber hablado con MUFACE. Así que os agradecería que alguien me dijese los pasos que tengo que hacer para solicitar ante el EVI, una revisión por agravamiento de la enfermedad, por la cual estoy jubilada, es decir por una Incapacidad Total. El médico (especialista), me dice que mi caso, pero ya desde el inicio, corresponde a una Incapacidad Absoluta.

Muchas gracias, y un saludo.
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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por clásica »

Hola. He llamado a MUFACE, y me dicen que ellos no llevan nada de solicitudes para revisión por agravamiento de enfermedad, (al parecer sólo cuando se trata de una Gran Invalidez). También he llamado al INSS, y me dicen que ellos no son, salvo el EVI para valoración. Y en Clases Pasivas, he llamado pero no me responden.

En fin, de nuevo os pregunto si me podéis decir donde tengo que hacer la solicitud inicial. Entiendo que aunque sea una revisión por agravamiento (realmente estoy jubilada por Incapacidad Total para la profesión habitual), los Informes médicos los tendré que llevan yo en mano, cuando tenga que ir a la revisión ante el EVI. Es decir que no los tengo que aportar cuando haga la solicitud, que ahora mismo no sé ante quien.

Muchas gracias de nuevo. Un cordial saludo.
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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por sargentodehierro »

Buenas,

Dando por hecho que eres pensionista de Clases Pasivas, únicamente podrías solicitar a Clases Pasivas la solicitud por agravamiento si cuando te jubilaron contabas con menos de 20 años de servicio y te aminoraron el importe de la pensión reconocida, como viene regulado en el Real Decreto 710/2009, por el que se desarrollan las previsiones de la Ley 2/2008 de Presupuestos Generales del Estado para 2009.

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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por clásica »

sargentodehierro escribió: Lun Ene 29, 2024 1:57 pm Buenas,

Dando por hecho que eres pensionista de Clases Pasivas, únicamente podrías solicitar a Clases Pasivas la solicitud por agravamiento si cuando te jubilaron contabas con menos de 20 años de servicio y te aminoraron el importe de la pensión reconocida, como viene regulado en el Real Decreto 710/2009, por el que se desarrollan las previsiones de la Ley 2/2008 de Presupuestos Generales del Estado para 2009.

Un saludo
Muchas gracias por tu respuesta. Sí, soy pensionista de Clases Pasivas, con más de 20 años de servicio, y una discapacidad concedida de más del 65%.
El especialista que me lleva y mi familia, me dicen que deberían intentar conseguir que me reconociesen una Absoluta. En cuanto al importe, ya sé que no voy a cobrar más a excepción de lo que me retienen en IRPF, que con la Absoluta no retienen nada.

También he leído aquí en el foro, que si la Absoluta la reconocen como un agravamiento de la enfermedad inicial, Hacienda no la reconoce, y hay que pasar por un Contencioso. Hemos preguntado en Hacienda, y esta dice lo contrario, que desde el momento que me reconozcan una I. Absoluta por parte del EVI, Hacienda automáticamente también lo reconocería y no tendría que pagar IRPF. La verdad, es que en este punto estoy hecha un lío.

Como es imposible comunicarse con Clases Pasivas (lo llevo intentando muchas veces),¿ como podría iniciar los trámites?, quizás empezando por cubrir este impreso,(nadie me lo dijo, lo vi yo en el portal de Clases Pasivas):

https://www.portalclasespasivas.gob.es/ ... Enferm.pdf

Es decir, cubro este impreso, lo acompaño de la documentación médica y lo envío electrónicamente a Madrid, para que luego ellos se pongan en contacto con el EVI, y que éste me llame.
Esto es así, o relleno el impreso solamente para que Clases Pasivas o el EVI, se pongan en contacto conmigo, y luego el día de la revisión ya aporto yo la documentación.

Estoy un poco desilusionada con Clases Pasivas, no hay forma que alguien de forma seria me diga los pasos que tengo que seguir.

Muchas gracias de nuevo. Un saludo.
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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por sargentodehierro »

Buenas,

Como te dije en mi anterior mensaje, esa solicitud es para el personal que contaba con menos de 20 años de servicio en el momento de la jubilación por incapacidad y le aminoraron el importe reconocido de pensión.

La verdad, me parece injusto que el personal de MUFACE que cuenta con más de 20 años de serivico no pueda solicitar esta revisión por agravamiento. Echando así un ojo por Google, al parecer debe de existir jurisprudencia del Tribunal Supremo que entiende que limitar esta posibilidad es una actuación discriminatoria respecto al resto del personal jubilado por incapacidad.

Yo lo solicitaría, y si me lo deniegan, pues sabiendo que hay jurisprudencia del Tribunal Supremo, pues adelante con ello si crees que te van a dar la incapacidad absoluta.

Para cpntactar con Clases Pasivas, lo mejor es hacer una consulta exponiendo tu caso. Te darán respuesta por escrito.

ENLACE

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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por trasgu123 »

Quieres volver a pasar reconocimiento del EVI por agravamiento; OK. Porque no lo solicitas al EVI adjuntando informes medicos justificativos ??.
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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por clásica »

sargentodehierro escribió: Mié Ene 31, 2024 1:58 pm Buenas,

Como te dije en mi anterior mensaje, esa solicitud es para el personal que contaba con menos de 20 años de servicio en el momento de la jubilación por incapacidad y le aminoraron el importe reconocido de pensión.

La verdad, me parece injusto que el personal de MUFACE que cuenta con más de 20 años de serivico no pueda solicitar esta revisión por agravamiento. Echando así un ojo por Google, al parecer debe de existir jurisprudencia del Tribunal Supremo que entiende que limitar esta posibilidad es una actuación discriminatoria respecto al resto del personal jubilado por incapacidad.

Yo lo solicitaría, y si me lo deniegan, pues sabiendo que hay jurisprudencia del Tribunal Supremo, pues adelante con ello si crees que te van a dar la incapacidad absoluta.

Para cpntactar con Clases Pasivas, lo mejor es hacer una consulta exponiendo tu caso. Te darán respuesta por escrito.

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Un saludo
Muchas gracias de nuevo por tu ayuda. Perdona, no sabía que era para situaciones de minoración de la cuantía por no llegar a los 20 años de servicio. A tenor del enunciado del impreso pensé que era en general para solicitar una revisión por agravamiento.

Quieres decir entonces que con MUFACE, a diferencia de otras mutualidades, no cabe revisión por agravamiento cuando ya te han jubilado con una Total, y más de 20 años de servicio. Sí es injusto, sí. La verdad no lo sabía, pero lo más grave es que los abogados por los que he pasado, tampoco lo sabían,y eso que alguno estaba especializado en Clases Pasivas. No quiero ni pensar si les pregunto por la jurisprudencia en este sentido, del Tribunal Supremo. Es una pena que en España no haya abogados, que sepan "a fondo" sobre nuestro colectivo.

Gracias por el enlace a Clases Pasivas, lo haré así.
Repito, muchas gracias por tu información, ya que como he dicho, ningún abogado me ha aclarado esto.
Un cordial saludo.
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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por clásica »

trasgu123 escribió: Mié Ene 31, 2024 3:57 pm Quieres volver a pasar reconocimiento del EVI por agravamiento; OK. Porque no lo solicitas al EVI adjuntando informes medicos justificativos ??.
Hola. Gracias por tu respuesta. Con el EVI ya he hablado, diciéndoles si podía hacerlo de la manera que tu me dices, pero al decirle el colectivo al que pertenezco, me dijeron que este modo era sólo para el Régimen General, que mi caso se hacía a través de la mutualidad o de Clases Pasivas. Luego, y como puedes ver en los párrafos anteriores, es cuando me entero que no tenemos derecho, en casos como el mío con jubilación con el 100% de la B.R.:, y más de 20 años de servicio.

Seguiré investigando, en la medida que pueda a ver que encuentro.

De todos modos, sigo "con la espinita clavada", de que si aunque lo consiguiera, Hacienda no me lo reconociese a la hora de la eliminación total del IRPF, como le ha pasado a muchos compañeros del foro (hay un hilo muy extenso). Aunque a mí Hacienda me dijo, que que si por revisión me diesen una Absoluta, para ellos era suficiente para no descontarme el % de IRPF, aunque inicialmente me fuese concedida una Total. No entiendo, como pueden dar versiones diferentes del mismo asunto.

Un cordial saludo.
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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por Jubiletadeltodo »

clásica escribió: Jue Feb 01, 2024 1:49 pm
trasgu123 escribió: Mié Ene 31, 2024 3:57 pm Quieres volver a pasar reconocimiento del EVI por agravamiento; OK. Porque no lo solicitas al EVI adjuntando informes medicos justificativos ??.
Hola. Gracias por tu respuesta. Con el EVI ya he hablado, diciéndoles si podía hacerlo de la manera que tu me dices, pero al decirle el colectivo al que pertenezco, me dijeron que este modo era sólo para el Régimen General, que mi caso se hacía a través de la mutualidad o de Clases Pasivas. Luego, y como puedes ver en los párrafos anteriores, es cuando me entero que no tenemos derecho, en casos como el mío con jubilación con el 100% de la B.R.:, y más de 20 años de servicio.

Seguiré investigando, en la medida que pueda a ver que encuentro.

De todos modos, sigo "con la espinita clavada", de que si aunque lo consiguiera, Hacienda no me lo reconociese a la hora de la eliminación total del IRPF, como le ha pasado a muchos compañeros del foro (hay un hilo muy extenso). Aunque a mí Hacienda me dijo, que que si por revisión me diesen una Absoluta, para ellos era suficiente para no descontarme el % de IRPF, aunque inicialmente me fuese concedida una Total. No entiendo, como pueden dar versiones diferentes del mismo asunto.

Un cordial saludo.
Si te dan la total, pues a efectos de ingresos da igual que te reconozcan luego una absoluta que no te pagan mas: ten en cuenta que la edad no perdona y muchas de las totales tarde o tempran acabarian en absolutas. Si en su momento no habia lugar y no lo llevastes a juicio, pues lo que te pagan por la total es lo que ahay. Lo unico que puedes hacer es tener reconocida el grado mayor de dependencia para que te rebajen mas del IRPF, pero en ninguna caso, ni ganandolo, te vas a beneficiar del 100% sin IRPF
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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por trasgu123 »

Jubiletadeltodo escribió: Mar Feb 06, 2024 1:27 am

Si te dan la total, pues a efectos de ingresos da igual que te reconozcan luego una absoluta que no te pagan mas: ten en cuenta que la edad no perdona y muchas de las totales tarde o tempran acabarian en absolutas. Si en su momento no habia lugar y no lo llevastes a juicio, pues lo que te pagan por la total es lo que ahay. Lo unico que puedes hacer es tener reconocida el grado mayor de dependencia para que te rebajen mas del IRPF, pero en ninguna caso, ni ganandolo, te vas a beneficiar del 100% sin IRPF
Anda que no hay foreros aqui que han pasado de Total a Absoluta y no tienen IRPF. A costa de una buena pelea administrativa, eso si.

Hay abierto un hilo especifico sobre ese tema desde 2017, que ocupa 108 paginas en este foro.
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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por vicent322 »

trasgu y zuku, algun dia tendreis que dar explicaciones por lo mal que gestionais este foro. me tratasteis de troll y me hechasteis injustamente del grupo sin ningun motivo y ahora acabo de pasar de mi incapacidad total a la gran invalidez por agravamiento y no me dejais que entre en este foro.me esta asesorando en estos temas mi gran amigo y compañero de la zona de andalucia , discipulo de zuku,que no quiero dar datos por la ley de proteccion, pero es lamentable vuestro comportamiento conmigo.
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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por sargentodehierro »

vicent322 escribió: Mar Feb 27, 2024 7:15 pm trasgu y zuku, algun dia tendreis que dar explicaciones por lo mal que gestionais este foro. me tratasteis de troll y me hechasteis injustamente del grupo sin ningun motivo y ahora acabo de pasar de mi incapacidad total a la gran invalidez por agravamiento y no me dejais que entre en este foro.me esta asesorando en estos temas mi gran amigo y compañero de la zona de andalucia , discipulo de zuku,que no quiero dar datos por la ley de proteccion, pero es lamentable vuestro comportamiento conmigo.
Ya te doy yo las explicaciones:

1° Yo mismo he desaprobado tus dos mensajes anteriores, ya que como nuevo usuario has de pasar antes por el apartado de presentaciones. Esas desaprobaciones se te notifican, y aún así has hecho caso omiso.

2. Las quejas de los moderadores, al administrador del foro.

3. Como ya te han expulsado con anterioridad, pues aquí sobras.

4. Adiós.
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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por LaUltimaGuardia »

Jubiletadeltodo escribió: Mar Feb 06, 2024 1:27 am
clásica escribió: Jue Feb 01, 2024 1:49 pm
trasgu123 escribió: Mié Ene 31, 2024 3:57 pm Quieres volver a pasar reconocimiento del EVI por agravamiento; OK. Porque no lo solicitas al EVI adjuntando informes medicos justificativos ??.
Hola. Gracias por tu respuesta. Con el EVI ya he hablado, diciéndoles si podía hacerlo de la manera que tu me dices, pero al decirle el colectivo al que pertenezco, me dijeron que este modo era sólo para el Régimen General, que mi caso se hacía a través de la mutualidad o de Clases Pasivas. Luego, y como puedes ver en los párrafos anteriores, es cuando me entero que no tenemos derecho, en casos como el mío con jubilación con el 100% de la B.R.:, y más de 20 años de servicio.

Seguiré investigando, en la medida que pueda a ver que encuentro.

De todos modos, sigo "con la espinita clavada", de que si aunque lo consiguiera, Hacienda no me lo reconociese a la hora de la eliminación total del IRPF, como le ha pasado a muchos compañeros del foro (hay un hilo muy extenso). Aunque a mí Hacienda me dijo, que que si por revisión me diesen una Absoluta, para ellos era suficiente para no descontarme el % de IRPF, aunque inicialmente me fuese concedida una Total. No entiendo, como pueden dar versiones diferentes del mismo asunto.

Un cordial saludo.
Si te dan la total, pues a efectos de ingresos da igual que te reconozcan luego una absoluta que no te pagan mas: ten en cuenta que la edad no perdona y muchas de las totales tarde o tempran acabarian en absolutas. Si en su momento no habia lugar y no lo llevastes a juicio, pues lo que te pagan por la total es lo que ahay. Lo unico que puedes hacer es tener reconocida el grado mayor de dependencia para que te rebajen mas del IRPF, pero en ninguna caso, ni ganandolo, te vas a beneficiar del 100% sin IRPF
Buenos días, ¿en que casos ocurre eso? Yo conozco casos que, por no llevar 20 años de servicio (reconociéndote el agravamiento), suprimen el "pensionazo" y cobras lo mismo que si los llevaras, así que, dependiendo del caso, cobras bastante más. Por otro lado, si llevas los 20 años y te dieron la absoluta al pasar a retiro, es verdad que la nómina no aumenta, pero no te retienen IRPF, por lo que también cobras más.
Creo que te refieres a algún caso que le hayan concedido la absoluta y después no hiciera la consulta vinculante y no le hayan equiparado esa situación... Es verdad que esto vs cambiando y nos podemos encontrar casos distintos en la misma situación.
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Re: SOLICITUD REVISIÓN POR AGRAVAMIENTO. PASOS A SEGUIR

Mensaje por trasgu123 »

El incremento de la cuantia de la pension, por AGRAVAMIENTO de la lesion o enfermedad que motivo la incapacidad, esta regulado en el Real Decreto 710/2009; caso quince años lleva en vigor.
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