Si no se trabaja en nada, si corresponde pensión de clases pasivas en el % que correspondahalcon escribió: ↑Sab May 04, 2024 12:31 amPues leyendo el hilo que pones entiendo que si desde los 45 hasta la edad de jubilación no se trabaja en nada se tiene derecho a la pensión de clases pasivas que te corresponde por los años que hayas estado en el ejercito, aunque no se trabajen los dos años dentro de los últimos 15 (de 52 a 67) que dice la seguridad social. Que en este caso la pensión se pediría a clases pasivas y no a la seguridad social.psmito escribió: ↑Jue May 02, 2024 7:26 pmMuy expeditivo, pero las cosas no son blanco ni negro, suelen ser de un gris sucioNORTHROP escribió: ↑Jue May 02, 2024 2:08 pm
Para acceder a una pensión CONTRIBUTIVA de jubilación, se exigen 15 años cotizados y que al menos 2 de esos años sean inmediatamente anteriores a pasar a la jubilación.
Que pasa si no vuelves a cotizar desde que pasas a RED?, que si bien cumplirás el requicito del número de años cotizados (mínimo 15), no cumplirás el requisito de haber cotizado los dos años previos a la jubilación, por lo que te corresponderá una pensión de jubilación NO CONTRIBUTIVA de "chichinabo", que a día de hoy ronda los 520€ por 14 pagas.
recomiendo leer el hilo siguiente de hace dos años
viewtopic.php?t=31132
Y aunque se trabaje, si no llegas a los 15 años cotizados en la SS.ss también
Pero claro es fácil decirlo y complicado poder hacerlo
Los 2 años de paro, son cotizaciones
Si reúnes los requisitos y te acoges a la paga de mayores de 52 también cotiza por un 125% de la base mínima (esto está en fase de modificación)
De 52 a 65 son 13 años más los 2 de paro ya son 15 por tanto la pensión tendrás que solicitarla a la SS.ss a los 67