SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Jubiletadeltodo
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SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por Jubiletadeltodo »

Hola. ¿Alguien sabe mas de esto y en que medida nos afecta? ¿Se van a revisar a los jubilados de Clases Pasivas por IP o no es posible? (supongo que para desjubilar a los de clases pasivas habria que aprobar una Ley organica, y no lo veo facil, por eso digo lo de posible, porque en clase pasivas no cobramos, entiendo, una pension por incapacidad sino que cobramos la pensión de jubilación, ¿no?; a ver si alguien sabe esto y me lo aclara) ¿A los que desjubilen por reevaluacion actualizada de sus capacidades laborales les debe recolocar la administracion en su antiguo destino?

FUENTE:
https://www.eldebate.com/economia/20240 ... 94003.html
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psmito
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por psmito »

Jubiletadeltodo escribió: Lun May 06, 2024 6:29 am Hola. ¿Alguien sabe mas de esto y en que medida nos afecta?
En nada
¿Se van a revisar a los jubilados de Clases Pasivas por IP o no es posible? (supongo que para desjubilar a los de clases pasivas habria que aprobar una Ley organica, y no lo veo facil, por eso digo lo de posible,
En clases pasivas las revisiones son a petición del interesado

porque en clase pasivas no cobramos, entiendo, una pension por incapacidad sino que cobramos la pensión de jubilación, ¿no?;
Correcto
a ver si alguien sabe esto y me lo aclara) ¿A los que desjubilen por reevaluacion actualizada de sus capacidades laborales les debe recolocar la administracion en su antiguo destino?
No se desjubila a nadie
FUENTE:
https://www.eldebate.com/economia/20240 ... 94003.html
El artículo no es que sea demasiado claro

Se entiende que el individuo tenía una total y trabajaba en la ONCE
Solicito una revisión por agravamiento a gran invalidez, pone que le fue denegada, pero después pone que no se la pagarán mientras no deje el trabajo, con lo que no queda claro

Quizá no le dieron la gran invalidez pero si una absoluta
En la SS.ss con una absoluta se puede trabajar pero en sitios muy concretos y previa autorización
Quizá este fue su fallo

De todas formas no veo el problema en clases pasivas con una absoluta si trabajas pierdes la totalidad de la pensión
Esa pedida que proponen es lo que nosotros ya tenemos
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Danaerys
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por Danaerys »

Jubiletadeltodo escribió: Lun May 06, 2024 6:29 am Hola. ¿Alguien sabe mas de esto y en que medida nos afecta? ¿Se van a revisar a los jubilados de Clases Pasivas por IP o no es posible? (supongo que para desjubilar a los de clases pasivas habria que aprobar una Ley organica, y no lo veo facil, por eso digo lo de posible, porque en clase pasivas no cobramos, entiendo, una pension por incapacidad sino que cobramos la pensión de jubilación, ¿no?; a ver si alguien sabe esto y me lo aclara) ¿A los que desjubilen por reevaluacion actualizada de sus capacidades laborales les debe recolocar la administracion en su antiguo destino?

FUENTE:
https://www.eldebate.com/economia/20240 ... 94003.html
En mi caso y supongo que en el de todos, no podrían "desjubilarme".
Tengo una Absoluta y me ponen claramente "Patologías estabilizadas e IRREVERSIBLES".

Es algo que en la SS no sucede.
Yo, en base a esta absoluta, ya he rescatado planes de pensiones, cobrado seguros de vida, etc.
¿Qué pasaría si me "desjubilaran"?
Pues menudo follón.
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por Jubiletadeltodo »

Sí, claro: teneis razon, pero desde luego el articulo suscitra muchas dudas... y en cualquier caso no queda claro si por reevaluacion de capacidades laborales los de clases pasivas van a ser desjubilados: no se explica cómo va realizarse aquello para nosotros, en los de la SS es sencillo como hay revisiones periodicias no hay problema. En nuestro caso supongo que tendran que sacar una nueva ley organica, y, aunque de entrada lo logico sea las desjubilaciones de los reevaluados positivamente, no tengo claro si esa nueva ley se aplicaria necesariamente con caracter retroactivo. Esta muy poco claro, es verdad. Supongo que habrá que esperar nuevas noticias.
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por Danaerys »

Jubiletadeltodo escribió: Lun May 06, 2024 7:18 pm Sí, claro: teneis razon, pero desde luego el articulo suscitra muchas dudas... y en cualquier caso no queda claro si por reevaluacion de capacidades laborales los de clases pasivas van a ser desjubilados: no se explica cómo va realizarse aquello para nosotros, en los de la SS es sencillo como hay revisiones periodicias no hay problema. En nuestro caso supongo que tendran que sacar una nueva ley organica, y, aunque de entrada lo logico sea las desjubilaciones de los reevaluados positivamente, no tengo claro si esa nueva ley se aplicaria necesariamente con caracter retroactivo. Esta muy poco claro, es verdad. Supongo que habrá que esperar nuevas noticias.
¿Pero por qué le buscas los 5 pies al gato?
Ya estás pensando en que van a sacar una Ley Orgánica. 😂

El de la noticia, si no he entendido mal, vendía cupones teniendo una incapacidad permanente total. Correcto. Se puede sin ningún problema.

Solicitó una revisión por empeoramiento y le dicen que no le pueden pagar una pensión de gran invalidez (necesitas una persona hasta para ir al baño y comer) si sigues trabajando. Normal.

El hombre lo quería todo.
La gran invalidez y seguir trabajando.
Si puedes vender cupones no eres un "gran inválido".
Es normal que el Supremo se lo haya rechazado.

A mí nadie va a venir a quitarme mi pensión por la absoluta ni a revisarme mi incapacidad a no ser que me pillen trabajando en algún sitio, cosa que no va a ocurrir porque no estoy para trabajar.

De oficio no se nos revisa la incapacidad a los de Clases Pasivas.
No hay más.
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por Jubiletadeltodo »

Danaerys escribió: Lun May 06, 2024 7:39 pm
Jubiletadeltodo escribió: Lun May 06, 2024 7:18 pm Sí, claro: teneis razon, pero desde luego el articulo suscitra muchas dudas... y en cualquier caso no queda claro si por reevaluacion de capacidades laborales los de clases pasivas van a ser desjubilados: no se explica cómo va realizarse aquello para nosotros, en los de la SS es sencillo como hay revisiones periodicias no hay problema. En nuestro caso supongo que tendran que sacar una nueva ley organica, y, aunque de entrada lo logico sea las desjubilaciones de los reevaluados positivamente, no tengo claro si esa nueva ley se aplicaria necesariamente con caracter retroactivo. Esta muy poco claro, es verdad. Supongo que habrá que esperar nuevas noticias.
¿Pero por qué le buscas los 5 pies al gato?
Ya estás pensando en que van a sacar una Ley Orgánica. 😂

El de la noticia, si no he entendido mal, vendía cupones teniendo una incapacidad permanente total. Correcto. Se puede sin ningún problema.

Solicitó una revisión por empeoramiento y le dicen que no le pueden pagar una pensión de gran invalidez (necesitas una persona hasta para ir al baño y comer) si sigues trabajando. Normal.

El hombre lo quería todo.
La gran invalidez y seguir trabajando.
Si puedes vender cupones no eres un "gran inválido".
Es normal que el Supremo se lo haya rechazado.

A mí nadie va a venir a quitarme mi pensión por la absoluta ni a revisarme mi incapacidad a no ser que me pillen trabajando en algún sitio, cosa que no va a ocurrir porque no estoy para trabajar.

De oficio no se nos revisa la incapacidad a los de Clases Pasivas.
No hay más.
Ya, ya, pero como el Supremo insiste en que los de incapacidades podrian trabajar, mas ahora aun con las potencialidades que ofrece la IA, he pensado que van por ahi los tiros, y, claro, eso acabaria afectando a los de clases pasivas, por eso lo digo
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por psmito »

Bueno cada uno que lo vea como quiera

Personalmente yo no veo modificación alguna en el horizonte sobre este tema para que afecte a clases pasivas

Y si la hubiera o hubiese será con efecto de entrada en vigor y posteriores incapacidades
Nunca con efectos retroactivos
Ya que el problema jurídico que se prepararía sería de proporciones bíblicas
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por Jubiletadeltodo »

psmito escribió: Lun May 06, 2024 9:15 pm Bueno cada uno que lo vea como quiera

Personalmente yo no veo modificación alguna en el horizonte sobre este tema para que afecte a clases pasivas

Y si la hubiera o hubiese será con efecto de entrada en vigor y posteriores incapacidades
Nunca con efectos retroactivos
Ya que el problema jurídico que se prepararía sería de proporciones bíblicas
Claro, es a lo que voy: yo es lo que pienso, pero como tampoco entiendo mucho es la duda que me queda si sacan una ley nueva o quitan Muface o algo asi.
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por sargentodehierro »

El completo: revisión de incapacidades y eliminar MUFACE.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por Jubiletadeltodo »

sargentodehierro escribió: Lun May 06, 2024 9:24 pm El completo: revisión de incapacidades y eliminar MUFACE.
¿quieres decir que ambos asuntos han de ir de la mano?
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por sorin »

Yo creo que os estáis haciendo la picha un lío. Leed bien la noticia, el problema radica (según se puede extraer porque parece algo incompleta la misma) en que este señor tenía una IPT, se puso a trabajar en la ONCE y hasta ese momento nadie le dijo que fuera incompatible. El tema es que solicita la revisión para sacar la Gran Invalidez, pero como comentaba algún compañer@ del foro, vamos a suponer que le han dado una absoluta.

El tema de la IPA, radica en que puedes trabajar siempre y cuando la propia S.S. te indique cuales son los trabajos compatibles. Este señor supuestamente ha seguido trabajando en la ONCE vendiendo cupones y su fallo habrá sido no preguntar en la S.S. o aconsejarse en alguna empresa (tipo INSERTA, etc.) sobre si podría seguir vendiendo cupones con una IPA, por eso le ha pasado lo que le ha pasado.

Sobre clases pasivas no creo que toquen nada, porque al igual que en la S.S., cuando te conceden una IP, la letra con sangre entra, lo que está escrito y aprobado así se queda y solo es a través de la petición del propio interesado, la revisión por agravamiento para intentar acceder a una IP superior. También os digo, que tener una IPT de clases pasivas y que siendo CIVIL sigas teniendo derecho a ISFAS sin tener ya ningún tipo de relación con la administración, me parece una pasada y un gasto de dinero público innecesario. Entiendo que te den el ISFAS si tienes una IPA, dado que te jubilan como funcionario (militar, guardia civil, etc.) y mantengas las necesidades médicas cubiertas que tenías mientras eras funcionario, pero repito que siendo civil sin ningún tipo de relación con la administración te sigan pagando el ISFAS me parece surrealista. Ojo, antes de que vengáis a atacarme, que a mi si me conceden en estos meses una IPT, seguiré pensando lo mismo.
Salu2.
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Danaerys
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por Danaerys »

Jubiletadeltodo escribió: Lun May 06, 2024 8:20 pm Ya, ya, pero como el Supremo insiste en que los de incapacidades podrian trabajar, mas ahora aun con las potencialidades que ofrece la IA, he pensado que van por ahi los tiros, y, claro, eso acabaria afectando a los de clases pasivas, por eso lo digo
Espera, espera...
¿Potencialidades que ofrece la IA?

¿Inteligencia Artificial?
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por Jubiletadeltodo »

Danaerys escribió: Mar May 07, 2024 4:27 am
Jubiletadeltodo escribió: Lun May 06, 2024 8:20 pm Ya, ya, pero como el Supremo insiste en que los de incapacidades podrian trabajar, mas ahora aun con las potencialidades que ofrece la IA, he pensado que van por ahi los tiros, y, claro, eso acabaria afectando a los de clases pasivas, por eso lo digo
Espera, espera...
¿Potencialidades que ofrece la IA?

¿Inteligencia Artificial?
-shock
Sí, sí. El problema que yo sigo viendo es a lo que apunta la sentencia y que sorin y otros no aciertan a ver las consecuencias a las que yo creo que apunta el Supremo para las propias clases Pasivas:
Si en las actuales circunstancias sociales, las nuevas tecnologías informáticas y el uso de la denominada inteligencia artificial pueden permitir a personas con serias dificultades somáticas la realización de trabajos con la ayuda de tales instrumentos, la solución al problema que se plantea no debe ser la compatibilidad de las rentas del trabajo con la prestación pública que compense la incapacidad; sino, al contrario, la revisión del sistema de incapacidades en general y, específicamente, la del beneficiario afectado en orden a potencpiar sus capacidades y la consecución de rentas dignas derivadas de su esfuerzo y trabajo al margen de la pensión pública cuya finalidad era sustituir las rentas que no existían.
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Re: SENTENCIA SUPREMO INCAPACIDAD Y CAPACIDADES LABORALES

Mensaje por sorin »

Jubiletadeltodo escribió: Mar May 07, 2024 6:02 am
Danaerys escribió: Mar May 07, 2024 4:27 am
Jubiletadeltodo escribió: Lun May 06, 2024 8:20 pm Ya, ya, pero como el Supremo insiste en que los de incapacidades podrian trabajar, mas ahora aun con las potencialidades que ofrece la IA, he pensado que van por ahi los tiros, y, claro, eso acabaria afectando a los de clases pasivas, por eso lo digo
Espera, espera...
¿Potencialidades que ofrece la IA?

¿Inteligencia Artificial?
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Sí, sí. El problema que yo sigo viendo es a lo que apunta la sentencia y que sorin y otros no aciertan a ver las consecuencias a las que yo creo que apunta el Supremo para las propias clases Pasivas:
Si en las actuales circunstancias sociales, las nuevas tecnologías informáticas y el uso de la denominada inteligencia artificial pueden permitir a personas con serias dificultades somáticas la realización de trabajos con la ayuda de tales instrumentos, la solución al problema que se plantea no debe ser la compatibilidad de las rentas del trabajo con la prestación pública que compense la incapacidad; sino, al contrario, la revisión del sistema de incapacidades en general y, específicamente, la del beneficiario afectado en orden a potencpiar sus capacidades y la consecución de rentas dignas derivadas de su esfuerzo y trabajo al margen de la pensión pública cuya finalidad era sustituir las rentas que no existían.
Yo creo que estás mezclando cosas, una cosa es que se pongan ahora a revisar a diestro y siniestro las incapacidades del personal, tanto de clases pasivas como de la S.S. y otra es que sean casos específicos por circunstancias somáticas (ansiedad extrema exagerada por síntomas físicos) que te impidan la utilización de medios tecnológicos, es decir, que no atienes a saber usar un ordenador, un TPV, etc.

Es que son dos cosas completamente distintas y si es en referencia al caso del cuponero, ellos trabajan con equipos microinformáticos, y a lo mejor han ido por ahí los tiros, pero no significa que se pongan a revisar a todo el mundo de este país, sus incapacidades y en lo que les afecte para no saber trabajar con las últimas tecnologías.
Salu2.
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