Consultar base de datos sin autorización.

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Toledi84
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Consultar base de datos sin autorización.

Mensaje por Toledi84 »

Buenas tardes compañeros, soy policía Nacional del 2008, he sido investigado durante un año y dos meses por un delito contra la salud pública, me cambiaron automáticamente de puesto de trabajo dentro de la Brigada alegando PÉRDIDA DE CONFIANZA, Sin agotar la vía de la instrucción, es decir , solo con la denuncia. Ahora ha salido el archivo de la causa y el jefe se mantiene en no reincoporarme a mi puesto de trabajo.
Quisiera que me ilustreis si ese comportamiento y decisión, con el desgaste emocional, depresion y síndrome ansioso entre otros es reprochable para que se incardine en un posible lesiones psíquicas en acto de servicio. Desde 2008 cero amonestaciones y varias felicitaciones.
Y la segunda es como podría solicitar quien o quienes policias han accedido a la base de datos policiales y usmeado sobre los diferentes datos que aparecen en las distintas aplicaciones. Jamás he tenido un problema y no se muy bien desenvolverse en estos temas. Un saludo y gracias de antemano.
Counter
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Re: Consultar base de datos sin autorización.

Mensaje por Counter »

Sí pueden cambiarte de puesto de trabajo, pero siempre por algún motivo legal. Tu puesto sería de CGM, la "pérdida de confianza" sería para puestos de libre designación, que intuyo no es el paso.

Habrá un pf en el que diga seguramente "por reestructuración de efectivos". O en su caso, cualquier documento que detalle el motivo.

Si te cambiaron de puesto de trabajo, ¿cómo te va a reincorporar si ya te cambiaron)

Respecto a los daños psicológicos que achacas al acto de servicio, habría que analizar muy bien el tema. En una inmensa cantidad de procedimientos administrativos y sentencias, lo achacan a algo endógeno tuyo. Es decir, que eres un blandengue y tenías disposición a ello.

Lógicamente puedes solicitar el reconocimiento de dichas patologías, y esperar a ver qué contestan. El procedimiento está regulado aquí:

Orden APU/3554/2005, de 7 de noviembre, por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio en el ámbito del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE.

Un saludo.
Counter
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Re: Consultar base de datos sin autorización.

Mensaje por Counter »

Por cierto, respecto a la consulta de bases de datos, si tienes pruebas o indicios de que dichas consultas lo fueron al margen de cualquier investigación, deberías de denunciar judicialmente, en vía penal, por un delito de descubrimiento o revelación de secretos. Conlleva penas de inhabilitación (expulsión) y prisión, y es uno de los delitos más fáciles de investigar que yo he conocido, ya que todo queda grabado en Caupol, terminal, IP, funcionario que consultó, etc. Otra cosa es que haya prescrito, que sin saber plazos de dichas supuestas consultas lo desconozco.
Counter
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Re: Consultar base de datos sin autorización.

Mensaje por Counter »

También creo recordar que desde Caupol, si tienes acceso, puedes comprobar quién consultó tus datos. Busca un buen abogado por ahí hay chica de la buena
Toledi84
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Re: Consultar base de datos sin autorización.

Mensaje por Toledi84 »

Muchísimas gracias por contestar. Tengo otra duda, soy súper nuevo en este foro y veo gente muyyy preparada pero de tanta información me hago un lío, expongo lo siguiente:
Alguien me podria desglosar el procedimiento para una posiblemente jubilación por pérdida de condiciones psicofísica en acto de servicios. Donde más me lio son a los juzgados que iría el procedimiento y sus respectivos recursos.. Lo poco que he podido leer veo sentencias de los tribunales superiores de justicias, otras sentencias de la audiencia Nacional y algunas, muy pocas del Tribunal Supremo. Si alguien me lo explica cómo para un niño pequeño se lo agradecería. Soy policía Nacional escala básica. Adjunto mi correo( npe_@hotmail.com) por si alguien me quiere arrojar luz y ayudarme, ya que he consultado a un abogado y todo bien hasta que me hizo dudar cuando me dijo que a los tribunales superiores de Justicia no suelen llegar el asunto, habiendo visto yo varias sentencias sobre el tema. Gracias de antemano, y perdon si no es en este lugar el tema tratado, no sabia donde exponerlo. Un saludo.
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trasgu123
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Re: Consultar base de datos sin autorización.

Mensaje por trasgu123 »

El Tribunal donde hay que recurrir si NO se esta de acuerdo con la Resolucion de jubilacion, viene especificado en la propia Resolucion; asi como el plazo para hacerlo.

Cuando tengas la Resolucion de jubilacion en la mano, podras leerlo tu mismo. Normalmente es el ultimo parrafo.
Toledi84
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Re: Consultar base de datos sin autorización.

Mensaje por Toledi84 »

Claro, a eso me refiero, el Tribunal médico de la Policía te adjudica la jubilación, y para determinar si es o no en acto de servicio, el expediente de averiguación concluye que no es acto de servicio. Mi pregunta es a que juzgado se recurre y si éste juzgado dice que no, que órgano le seguiría un segundo recurso. Lo digo porque he visto concesiones de acto de servicios en el Tribunal Superior de justicia, en la audiencia Nacional y muy pocas en el Supremo. Mi pregunta inicial era que como casi siempre en el expediente de averiguación sale negativo, muy pocas veces positivo, cuales serian los juzgados que iría el porcedimiento para conceder el accidente en acto de servicio. M dijeron ayer un abogado que el primer paso es el Juzgado Central de lo contencioso y en caso de recurrir a la audiencia Nacional. Pero insisto, he visto sentencias concediendo el acto de Sergio también el el Tribunal Superior de Justicia. Espero que me haya explicado bien. Gracias de nuevo y un saludo.
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