https://www.google.com/amp/s/confilegal ... ino/%3famp
Tras leer esta noticia se puede entender que un funcionario con pérdida de aptitud psicofísica, si debe de cobrar lo mismo que uno en activo?.
Noticia 2 Actividad.
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
-
- General de Brigada
- Mensajes: 7342
- Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por edad
- Ubicación: Sevilla
Re: Noticia 2 Actividad.
La 2ª actividad en la Policía es prácticamente igual que la reserva por edad y sin destino en las FAS. En ambos casos sus retribuciones y complementos están legislados con separación de los que están en activo, en reserva con destino o en baja por enfermedad. Siempre distinguiendo entre los accidentados/enfermos en acto de servicio o como consecuencia de él, y de los que lo han sido por causas ajenas.
Para mi, que los jueces han interpretado correctamente.
Para mi, que los jueces han interpretado correctamente.
- trasgu123
- Teniente General
- Mensajes: 16583
- Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: San Sebastian
Re: Noticia 2 Actividad.
Las retribuciones en esa situacion estan perfectamente definidas en la Ley Orgánica 9/2015, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.