Cuatro años me dijeron a mi.sargentodehierro escribió: ↑Vie Oct 25, 2024 9:24 am Buenas,
El plazo de prescripción de las acciones que se deriven del contrato de seguro de personas es de cinco años, como establece el artículo 23 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
Un saludo
Igual me vacilaron, no sé.
De todas formas, les ha caducado por las fechas que indican.
No hay derecho porque no te avisan.