Pensión Orfandad Vitalicia ( Madre Profesora)

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Jose Javier B.B.
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Pensión Orfandad Vitalicia ( Madre Profesora)

Mensaje por Jose Javier B.B. »

Me presenté en el respectivo apartado y tengo mil preguntas,pero voy a explicar un poco el caso. (Intentaré resumir para no ser muy pesado, aparte que es un tema que en mi casa no se tocó demasiado por eso tampoco puedo dar detalles al 100%)

1- Mi madre profesora del estado fallece en Abril de 1981 cuando yo tenía 4 años
2- Mi padre sobre el año 2000 se topa con un abogado y le dice que porque no pide para su hijo una pensión y se me concede( según pone en el correo que me ha mandado el Ministerio de SS este año con Fecha de Efecto Junio 2000), el abogado en ese momento me dice que es Vitalicia pero no le hago mucho caso porque era una ayuda "pequeña" mientras estoy estudiando.
3- Me pongo a trabajar en el 2005 y la pensión se deja de cobrar puesto que es incompatible con la renta del trabajo. (tb con casarse pero soy soltero)
4- En 2024 decido dejar mi empresa para cuidar a mi padre (excedencia por cuidado de familiares), pregunto al habilitado por casualidad y me dice que va a luchar que se me reactive, consigue la rehabilitación y el MInisterio me manda una carta que es efectiva desde el mes siguiente que dejo de ingresar mi salario.
5- En 2026 sigo cobrandola y decido no volver a mi empresa porque estoy estudiando para ser funcionario, y poder cuidar
6- Con lo cual ahora la estoy cobrando y estudiando.

Lo que pone en la Seguridad Social (Sin poner datos personales que está prohibido)

Entidad CLASES PASIVAS - MADRID
Clase de pensión ORFANDAD FAMILIARES CIVILES ENTIDAD A04
Fecha de efectos 01 de Junio de 2000
Suma de abonos 912,60 €

Del 2026 no he recibido ninguna nómina,pero si tengo del 2025 para calcular el % de Pensión y el % de Complemento a Mínimos,en general subió un 7% pero por lo que investigué subió ( no tengo la nómina) la pensión el 2,7% y el complemento el resto para llegar al 7%.

Con lo cual será más o menos 415€ Pensión + 497€ Complemento a Mínimos = 912€

Y como he tenido miles de momentos de pensar quería preguntar ( no se lo hice al habilitado porque me da verguenza) si la parte que es Pensión (415€ actualizado al año que me jubile ) en un futuro se podría sumar a la pensión contributiva que tenga de mis cotizaciones de la renta del trabajo puesto que no llegaré al máximo puesto que aparte del sueldo y años trabajados tendré alguna laguna de años de estudio.

Saludos y perdón por el ladrillo
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trasgu123
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Re: Pensión Orfandad Vitalicia ( Madre Profesora)

Mensaje por trasgu123 »

Las pensiones de jubilacion se calculan con las bases de cotizacion, realizadas a lo largo de la vida laboral que figuran en cada nomina mensual. Si la base de cotizacion no existe, no hay nada que sumar.
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Jose Javier B.B.
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Re: Pensión Orfandad Vitalicia ( Madre Profesora)

Mensaje por Jose Javier B.B. »

trasgu123 escribió: Lun Ago 03, 2026 9:50 pm Las pensiones de jubilacion se calculan con las bases de cotizacion, realizadas a lo largo de la vida laboral que figuran en cada nomina mensual. Si la base de cotizacion no existe, no hay nada que sumar.

Perdona Trasgu, me he debido explicar muy mal. Pregunto que si a la pensión contributiva que han generado mis bases de cotización a lo largo de los años trabajados se "suma" la pensión de orfandad. Porque sé que no pueden superar la máxima pensión sumando las dos pero tenía entendido que en este caso si podía cobrar las dos pensiones porque no van a llegar a la máxima.

Creo que has interpretado mal mi palabra "SUMAR" pero como ves es mi cuarto mensaje en el foro, y lo que he podido saber de todo este tema es leyendo como he podido en donde he podido.

Pero si lo más coherenete sería preguntar a los organos competentes que es donde lo sabran con seguridad!!!

Muchas Gracias Trasgu!!!
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psmito
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Re: Pensión Orfandad Vitalicia ( Madre Profesora)

Mensaje por psmito »

Jose Javier B.B. escribió: Lun Ago 03, 2026 10:07 pm
trasgu123 escribió: Lun Ago 03, 2026 9:50 pm Las pensiones de jubilacion se calculan con las bases de cotizacion, realizadas a lo largo de la vida laboral que figuran en cada nomina mensual. Si la base de cotizacion no existe, no hay nada que sumar.

Perdona Trasgu, me he debido explicar muy mal. Pregunto que si a la pensión contributiva que han generado mis bases de cotización a lo largo de los años trabajados se "suma" la pensión de orfandad. Porque sé que no pueden superar la máxima pensión sumando las dos pero tenía entendido que en este caso si podía cobrar las dos pensiones porque no van a llegar a la máxima.

Creo que has interpretado mal mi palabra "SUMAR" pero como ves es mi cuarto mensaje en el foro, y lo que he podido saber de todo este tema es leyendo como he podido en donde he podido.

Pero si lo más coherenete sería preguntar a los organos competentes que es donde lo sabran con seguridad!!!

Muchas Gracias Trasgu!!!
Tú pensión de horfandad es de una ley muy antigua
Por tanto desconozco los detalles

Pero en lógica
Una vez cobres una pensión contributiva, estarás en el mismo caso que cuando trabajabas , también son rendimientos de trabajo
Solo se cobra si los rendimientos de trabajo u otros no supera ciertos límites

Es mi modesto parecer
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Jose Javier B.B.
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Re: Pensión Orfandad Vitalicia ( Madre Profesora)

Mensaje por Jose Javier B.B. »

psmito escribió: Mar Ago 04, 2026 8:21 am
Jose Javier B.B. escribió: Lun Ago 03, 2026 10:07 pm
trasgu123 escribió: Lun Ago 03, 2026 9:50 pm Las pensiones de jubilacion se calculan con las bases de cotizacion, realizadas a lo largo de la vida laboral que figuran en cada nomina mensual. Si la base de cotizacion no existe, no hay nada que sumar.

Perdona Trasgu, me he debido explicar muy mal. Pregunto que si a la pensión contributiva que han generado mis bases de cotización a lo largo de los años trabajados se "suma" la pensión de orfandad. Porque sé que no pueden superar la máxima pensión sumando las dos pero tenía entendido que en este caso si podía cobrar las dos pensiones porque no van a llegar a la máxima.

Creo que has interpretado mal mi palabra "SUMAR" pero como ves es mi cuarto mensaje en el foro, y lo que he podido saber de todo este tema es leyendo como he podido en donde he podido.

Pero si lo más coherenete sería preguntar a los organos competentes que es donde lo sabran con seguridad!!!

Muchas Gracias Trasgu!!!
Tú pensión de horfandad es de una ley muy antigua
Por tanto desconozco los detalles

Pero en lógica
Una vez cobres una pensión contributiva, estarás en el mismo caso que cuando trabajabas , también son rendimientos de trabajo
Solo se cobra si los rendimientos de trabajo u otros no supera ciertos límites

Es mi modesto parecer
Gracias por responder Psmito lo primero.

Si la verdad que la ley es muy antigua. Pero todo lo que he podido leer hasta ahora me lleva que a día de hoy en 2026 son compatibles ambas pensiones.Cómo pasará dentro de bastantes años igual fué una tontería preguntarlo,pero era por si alguien había tenido un caso similar que sé que es complicado.
Preguntaré a mi habilitado cuando le vea y ya os diré lo que dice un experto en la materia.

Gracias por tomaros un tiempo en leerme.
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