revision por agravamiento

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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crispin
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revision por agravamiento

Mensaje por crispin »

Despues de un grave accidente y haber sido intervenido hasta en siete ocasiones en enero de 2007 fui retirado con una incapacidad del 44 % por parte de las fuerzas armadas y un 58 % por el imserso ,ahora bien, despues de recibir la pension correspondiente el isfas me retiro en su momento la tarjeta sanitaria por no llegar al 50 % del baremo designado por las fuerzas armadas,actualmente he tenido que ser intervenido nuevamente con implantacion total de protesis tengo 33 años,mi duda es si puedo solicitar un nuevo tribunal medico o revision medica por agravamiento de las intervenciones que tuve en su dia derivadas del accidente y si en el caso de llegar a ese 50% puedo solicitar de nuevo la tarjeta sanitaria ,gracias ,un saludo.
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diablo
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por diablo »

Buenas.
Dejame mirar la Legislación.
Un saludo.
crispin
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por crispin »

Muchas gracias espero tu respuesta,un saludo.
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vicsaang
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por vicsaang »

Puedes solicitar a revision por agravamiento despues de dos años desde la fecha de tu ultima acta de la JMP,mediante escrito dirigido al Jefe de Personal de tu Ejercito como que solicitas la revision por agravamiento y entregandola en la delegacion de defensa de tu provincia.Una vez realizado esto,te solicitarn un informe medico que constate el agravamiento que deberas de entregar por tu parte y dependiento de ello,te mandaran a reconocimiento medico no periodico,donde te expediran un Informe Medico Pericial,que a tenor de lo que constate el especialista militar y dependiendo de lo mismo,se te abrira o no expediente extraordinario de aptitudes psicofisicas,con lo cual si se te abre pues tendra que volver a pasar todo el recorrido anterior y segun lo establecido en el RD 944/2001,no obstante,como bien sabes,cuando se te abre el expediente por parte del Jefe de Personal de tu Ejercito se te asigna Instructor y la JMP a efectos de reconocimientos,tras lo cual se te emite un acta,que si Dios quiere y hay suerte de que te pongan la minusvalia que pretendes,considero que ya con eso puedes ir al ISFAS(este ultimo tramite es lo que considero,no te lo aseguro)y solicitar la inclusion en el Instituto Social.No obstante,los pasos por revision por agravamiento son como te he indicado.Suerte.
crispin
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por crispin »

Madre del amor hermoso ,otra vez a pasar por todo el papeleo interminable,me acaban de poner una protesis se supone que no habria problema ,peroooooo buf conociendolos van a dar mas vueltas que una peonza,muchas gracias por la informacion,un saludo.
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vicsaang
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por vicsaang »

Es verdad Crispin,el proceso va a ser el mismo que el anterior,e incluso puede que se acorte o se alargue dependiendo de los tramites burocraticos(a mi en mi 1º expediente que me lo llevaba una oficial juridica no paso de 7 meses,el de agravamiento que me lo llevaba un oficial psicologo fue interminable incluso tuvieron que darle los toques),pero te deseo que te toque un buen especialista y con un informe de tu medico civil les baste y no esten con pruebas van y pruebas vengo,vale la pena pues aparte de lo del ISFAS ,si te dan por encima de lo estipulado puedes optar incluso a la pension del ISFAS.Lamentablemente lo del papeleo no nos lo quita nadie y escrito va y hago y escrito viene hago(siempre postal)tardan la eternidad,y eso que estamos en la epoca de las nuevas tecnologias y el mail.Suerte.
crispin
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por crispin »

Muchas gracias por tu respuesta sigo sin entender esto a dia de hoy ,se supone que llevas tus informes ,los cogen, los ponen encima de una mesa ,no los miran y solo te totequean la parte lesionada ,caundo sales y cierras la puerta ¿¿¿¿¿??????? que les pasara para tardar tanto tiempo en darte una respuesta ,si ya lo saben y te lo pueden decir al momento ,estoy esperando que me llamen pero sabiendo lo que va a ocurrir dan ganas de mandarles un video ,lo dicho ,gracias y un saludo.
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por varadero »

hola muy buenas, llevo retirado 12 años, (Guardia Civil), por imcapacidad (trastorno de la personalidad), el retiro NO UTIL PARA EL SERVICIO Y SI UTIL PARA TODA CLASE DE TRABAJO PROFESION U OFICIO, despues del retiro he estado trabajando y a raiz de ello mi enfermedad se ha ido agrabando, hasta tal punto que tuve dos intentos de suicidio y algunas
anedotas mas desagradables,estando trabajando pase tribunal por el EVI (seguridad Social), me dieron una incapacidad absoluta para todo clase de trabajo profesion u oficio.
- QUIERO SOLICITAR se me reconozca revision por AGRAVAMIENTO, ya que la s. social me ha dado la imcapacidad para todo trabajo,
Se que la pension seria la misma, pero me darian la ayuda del Isfas.
El tramite para que de me reconozca la absoluta por agravamiento.
. DEVERIA DE PASAR NUEVO TRIBUNAL
- CUALES SERIAN LAS CONSECUENCIAS DEL MISMO
-LA SENTENCIA SOLO SE VASARIA EN SI HAY O NO AGRAVAMIENTO
-PUEDEN MODIFICAR LA VALORACION ANTERIOR EN PERJUICIO MIO
PUEDEN MODIFICARME LA PENSION EN PERJUICIO MIO O SOLO VALORAN EL AGRAVAMIENTO.

GRACIAS, ESPERO Q ALGUN ENTENDIDO ME INFORME
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vicsaang
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por vicsaang »

crispin escribió:Muchas gracias por tu respuesta sigo sin entender esto a dia de hoy ,se supone que llevas tus informes ,los cogen, los ponen encima de una mesa ,no los miran y solo te totequean la parte lesionada ,caundo sales y cierras la puerta ¿¿¿¿¿??????? que les pasara para tardar tanto tiempo en darte una respuesta ,si ya lo saben y te lo pueden decir al momento ,estoy esperando que me llamen pero sabiendo lo que va a ocurrir dan ganas de mandarles un video ,lo dicho ,gracias y un saludo.
Yo creo que suelen tardar en emitir tanto el acta,xq si te fijas en la anterior ,aunque el que decide es un especialista,para hacer el acta se reune una Junta que esta formada por un director(gralmente el superior del Centro Medico o JMP)y tres o cuatro oficiales medicos mas,en el cual el mas moderno actua como secretario.Creo que todos estos medicos pasan diariamente sus consultas medico periciales y se reuniran algunos dias al mes o no se cuanto tiempo y es cuando se dedican a debatir sobre las actas,y despues que si firma el secretario,se emite,llega via correo,etcc....creo que por eso tarda tanto,pero es intuicion mia.
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por joseportugal »

primero un saludo yo quiero pasar revision por agravamiento he cumplido 2 años jubilado que lo que tengo que hacer
zuku
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por zuku »

varadero escribió:hola muy buenas, llevo retirado 12 años, (Guardia Civil), por imcapacidad (trastorno de la personalidad), el retiro NO UTIL PARA EL SERVICIO Y SI UTIL PARA TODA CLASE DE TRABAJO PROFESION U OFICIO, despues del retiro he estado trabajando y a raiz de ello mi enfermedad se ha ido agrabando, hasta tal punto que tuve dos intentos de suicidio y algunas
anedotas mas desagradables,estando trabajando pase tribunal por el EVI (seguridad Social), me dieron una incapacidad absoluta para todo clase de trabajo profesion u oficio.
- QUIERO SOLICITAR se me reconozca revision por AGRAVAMIENTO, ya que la s. social me ha dado la imcapacidad para todo trabajo,
Se que la pension seria la misma, pero me darian la ayuda del Isfas.
El tramite para que de me reconozca la absoluta por agravamiento.
. DEVERIA DE PASAR NUEVO TRIBUNAL
- CUALES SERIAN LAS CONSECUENCIAS DEL MISMO
-LA SENTENCIA SOLO SE VASARIA EN SI HAY O NO AGRAVAMIENTO
-PUEDEN MODIFICAR LA VALORACION ANTERIOR EN PERJUICIO MIO
PUEDEN MODIFICARME LA PENSION EN PERJUICIO MIO O SOLO VALORAN EL AGRAVAMIENTO.

GRACIAS, ESPERO Q ALGUN ENTENDIDO ME INFORME

Te cuento lo que hice yo, espero que te sea de ayuda:

1. Me retiré en 2004 con un 40% (Cardiologia) de la JMP e incapacidad para la profesión habitual.
Ya retirado pase EVI CCAA por Cardiología y Psiquiatría y me dieron un 72%.

2. Pasados 2 años de la JMP solicité al Isfas y a través del Isfas, la ayuda por minusvalido basandome en el 72% de la CCAA, junto con la solicitud de prestación y en el mismo expediente solicité mediante una Instancia que se me reconociese e igualase la minusvalia del 72% a la de la JMP y se me incapacitase para toda profesión u oficio, bien pasando una nueva JMP o de oficio.

3. El Isfas hizo todos los tramites y me citaron para una nueva JMP, dandome una minusvalía del 71% e incapacitandome para toda profesión u oficio. Una vez que llego la resolución de la JMP, la cual me envió el ISFAS la nueva acta de la JMP, empecé a cobrar la ayuda mensual desde la fecha de solicitud. Todo el proceso duró 4 meses

Un saludo
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por crispin »

Una pregunta zuku,dices que te retiraron en 2004 con un 40% ,de ser asi te retiraron con el 140 % del haber regulador ,ahora bien ,al reconocerte el isfas y pasar por jmp reconociendote una incapacidad de mas del 50% te reconocieron la absoluta ,la pregunta es ¿tuviste el incremento en la pension al 200 % o solo te dieron la pension complementaria del isfas?gracias ,un saludo.
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por joseportugal »

un saludo cual es la ayuda por minusvalido que da el isfas, yo tengo un 65% por la junta de extremadura tendria derecho a esa ayuda
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por zuku »

crispin escribió:Una pregunta zuku,dices que te retiraron en 2004 con un 40% ,de ser asi te retiraron con el 140 % del haber regulador ,ahora bien ,al reconocerte el isfas y pasar por jmp reconociendote una incapacidad de mas del 50% te reconocieron la absoluta ,la pregunta es ¿tuviste el incremento en la pension al 200 % o solo te dieron la pension complementaria del isfas?gracias ,un saludo.

Creo que tienes un poco de lio, te explico:

Me retiré de suboficial con 28 años de servicio, para la pensión me hicieron el calculo de los años que estuve en cada empleo o grupo de cotización y lo alargan hasta los 65 años, y con ese calculo te asignan la pensión, que no tiene nada que ver con ese 140% que dices tu.

Al reconocerme la JMP por revisión la " incapacidad para toda profesión u oficio" sucede lo siguiente:

- Como ya estaba retirado y en el reglamento de Clases Pasivas no comtempla revisión por agravamiento, continuo cobrando la misma pensión con su correspondiente IRPF. Si pasas al retiro incapacitado para toda profesión u oficio cobras la pensión que te corresponda en base a los calculos .............................. pero estás exento de IRPF

- Cobras una ayuda mensual del ISFAS hasta los 65 años no actualizable con el IPC, el importe de la misma es el % que faltase para cobrar el 100% de la pensión que te correspondiese del grupo en el cual te pasas al retiro o en su defecto del 7% de la pensión actual.

Respondiendo a tu pregunta, solo me dieron la ayuda del Isfas, en mi caso el 7% de la pensión

Un saludo
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Re: revision por agravamiento

Mensaje por zuku »

joseportugal escribió:un saludo cual es la ayuda por minusvalido que da el isfas, yo tengo un 65% por la junta de extremadura tendria derecho a esa ayuda
Para tener derecho a la ayuda tiene que declararte la JMP incapacitado para toda profesión u oficio, independientemente del % de minusvalía que te de. La de la CCAA no sirve para el Isfas

Un saludo
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