NOP contra Ley de Permisos

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

Responder
anais736
Soldado
Soldado
Mensajes: 2
Registrado: Mié Sep 09, 2009 9:53 am

NOP contra Ley de Permisos

Mensaje por anais736 »

Buenas me pongo en contacto para solcitar ayuda.
Me encuentro destinado en la BRIL Galicia VII (antigua BRILAT), en esta unidad a la hora de realizar los servicios de Base se han sacado una NOP en la que dice que quien no coja mas de diez dias de permiso tendra que realizar los servicios.
En la ley de permisos estipula que se cojeran permiso de 5 en 5 dias
¿Es legal esta NOP?
¿Puede una NOP ir contra una ley?
Si me puede ayudar alguien se lo agradeceria
Avatar de Usuario
GALLETO
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 2480
Registrado: Sab May 03, 2008 6:15 pm
Cuerpo: Otros
Situacion: Otros
Ubicación: Terram Marini (San Xiao de Ancorados)

Re: NOP contra Ley de Permisos

Mensaje por GALLETO »

Hola anais736, buenos días. Las vacaciones, horarios y permisos de los militares profesionales se rigen en la actualidad por la Orden Ministerial 121/06, publicada en el BOD núm. 197 de 09OCT06. No es por tanto una Ley. Dicha OM no dice en ningún sitio que se tengan que coger las vacaciones de cinco en cinco días, sino algo muy distinto, y es que se deberán disfrutar en períodos mínimos de cinco días hábiles. Hay otro matiz que no debes perder de vista. En toda la legislación militar que trata sobre algún derecho del personal, siempre aparece la coletilla de "necesidades del servicio" y en este caso no se da la excepción. Te transcribo a continuación el artículo que trata sobre las vacaciones:

ANEXO II
NORMAS SOBRE VACACIONES Y PERMISOS
Primera. Vacaciones.
1. Las vacaciones constituyen el período de descanso retribuido al que los Militares Profesionales tienen derecho anualmente.
2. Con carácter general, las vacaciones serán de un mes natural o de veintidós días hábiles anuales por año completo de servicio o en forma proporcional al tiempo de servicios efectivos realizado en el año, y se disfrutarán de forma obligatoria dentro del año natural y hasta el quince de enero del año siguiente, en periodos mínimos de cinco días hábiles consecutivos, siempre que los correspondientes períodos vacacionales sean compatibles con las necesidades del servicio. A estos efectos, los sábados no serán considerados días hábiles.
En el supuesto de haber completado los años de servicio que se indican, se tendrá derecho al disfrute de los siguientes días de vacaciones anuales:
a) Quince años de servicio: veintitrés días hábiles.
b) Veinte años de servicio: veinticuatro días hábiles.
c) Veinticinco años de servicio: veinticinco días hábiles.
d) Treinta o más años de servicio: veintiséis días hábiles.
Este derecho se hará efectivo a partir del año natural siguiente al cumplimiento de los años de servicio señalados y sólo se podrá ejercer en el caso de optar por las vacaciones de veintidós días hábiles.
...........

Llegados a este punto, considero en su derecho que el Jefe de la Brigada a la que perteneces dicte una NOP que regule las vacaciones y permisos de su personal de tal forma y manera que se hagan compatibles los derechos del mismo al disfrute vacacional con las necesidades del servicio de su Unidad, que solo él conoce en profundidad por ser el responsable de la misma.
Un saludo.
ANTES DE NAVEGAR, PIENSA EN LA VENTAJA QUE SUPONE ESTA PÁGINA PARA TODOS LOS USUARIOS.
UN SIMPLE "CLICK" EN LA PUBLICIDAD AYUDARÁ A QUE PUEDA SEGUIR MANTENIÉNDOSE. GRACIAS
chafarinas
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 14
Registrado: Lun Oct 13, 2008 11:38 am

Re: NOP contra Ley de Permisos

Mensaje por chafarinas »

Me pregunto si me puedes aclarar si es legal coger asuntos propios y vacaciones habiendo de por medio un fin de semana. Gracias
La OM dice que no se podran unir pero esto es una artimaña legal o no?
Gracias y un saludo
Responder

Volver a “Personal Militar Fuerzas Armadas”