Sobre destino forzoso
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Sobre destino forzoso
Me han destinado forzoso a un puesto de rural, me encontraba en situación de pendiente de destino y aún estoy de baja médica, aunque en breve me darán el alta, mi pregunta es la siguiente, querría saber si el año del destino forzoso comienza a contar desde la fecha de publicación en el BOGC o por el contrario comienza a contar desde la fecha de incorporación al puesto. Gracias
Re: Sobre destino forzoso
No me hagas mucho caso pero creo que cuenta a partir de la fecha de la publicaciòn en el Boletín. Lo que sí te puedo decir es que: para que puedas cobrar el Complemento de destino (creo que están en unos 140 euros más o menos), deberás incorporarte y trabajar por lo menos un día. De lo contrario no lo cobrarás. Así que cuando veas que estás dispuesto .... no seas tonto y ponte a currar porque si realmente necesitas la "pasta".... es lo que hay.
txourko escribió:Me han destinado forzoso a un puesto de rural, me encontraba en situación de pendiente de destino y aún estoy de baja médica, aunque en breve me darán el alta, mi pregunta es la siguiente, querría saber si el año del destino forzoso comienza a contar desde la fecha de publicación en el BOGC o por el contrario comienza a contar desde la fecha de incorporación al puesto. Gracias
Hay dos cosas infinitas: El Universo y la estupidez humana. Y del Universo no estoy seguro.
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Re: Sobre destino forzoso
El complemento de destino lo cobras igual y no es de 140 euros, posiblemente a lo que el compañero se refiera es al Complemento Específico Singular de Seguridad Ciudadana, y tu estás destinado desde tu publicación en el boletín, pero si tienes dudas escribe una consulta por email a la Oficina de Atención al Guardia Civil, te contestarán seguro y te indicarán la normativa adecuada.
Un saludo
Un saludo