cometidos y funciones del cabo 1º

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santicevic
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cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por santicevic »

Buenas a todos quiero saber al ser cabo 1º cuales son mis cometidos dentro de la unidad a la que pertenezco ya que me tienen un poco liado mi jefe dice que dependo del suboficial de cuartel de mi unidad,hay esta la pregunta si yo hago los mismo servicio de cuartel que ellos ademas de guardias por que dependo del sub. de cuartel?,me gustarian que me lo explicara ya que veo nuestra función de mando coibida ya que no nos dan el valor que representamos.
Y he escuchado que los cabos 1º no se si en la ley antigua o asi eran clase de tropa distinguida puede ser?,me ayudarian mucho con las dudas ya que en mi unidad nos tienen anulados a los compañeros cabo 1º,gracias a la ineptitud de nuetro jefe,gracias por vuestra ayuda.
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GALLETO
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por GALLETO »

Hola santicevic. Los cometidos de los Cabos 1º dentro de la Unidad dependerán muy mucho de las características de ésta. Una Unidad de Transmisiones no es lo mismo que una Compañía de Infantería Ligera ó una Unidad de Helicópteros. La plantilla de destinos de la Unidad te puede dar una idea bastante clara de los cometidos de todos los empleos.
En relación con la dependencia que los Cabos 1º tienen del Suboficial de Cuartel está totalmente clara en lo relativo al control de personal. El Cabo 1º no está excluído de dicho control, ni el resto de personal. Las costumbres de cada Unidad no pueden chocar con las Ordenanzas. Yo te aconsejaría que primero te leyeras con calma y a fondo las Ordenanzas y el Libro de Normas de Régimen Interior de tu Unidad. Normalmente cuando nos adentramos en estos textos clarificamos mucho nuestra situación.
Y en relación con la "ineptitud" de tu Jefe, ¿que quieres que te digan en el foro?. Es una frase que ultimamente se usa mucho y que, normalmente, nos califica. Yo te animaría a que busques el significado de INICIATIVA. Una vez aclarado dicho concepto y puesto en práctica, es frecuente que cambiemos la idea que teníamos del Jefe. Desconozco el motivo, pero suele ser así. Un saludo.
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rap63
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por rap63 »

Amén de que has echo el curso de Cabo 1º, y en él se explica que funciones se tienen en el futuro empleo, te diré que, a veces, se tiene una percepción equivocada de la situación en la que uno se encuentra, entre otras cosas, por que se suele "creer" antes que "leer" cuales son las funciones a realizar. No digo que sea tu caso, pero suelo ocurrir.
Te dejo alguno de los artículos sobre las guardias:

Ejército de Tierra:
TRATADO II - Título VIII donde habla del nombramiento de las guardias:
Del art. 192 al 196 y 198:
Art. 192. El nombramiento de quienes monten las guardias se hará, basado en el principio de equidad,
normalmente por un turno independiente para cada una de ellas, que podrá ser distinto para los días
laborables, los festivos y las vísperas de éstos.
Los turnos en los que se intercalará el personal de todas las Escalas, serán de mayor a menor empleo y,
dentro de éste, de antiguo a moderno para las de seguridad, y en orden inverso para las restantes. Entre
los soldados se organizarán por orden alfabético, por llamamientos o de acuerdo con la orgánica de la
Unidad, según las características de ésta.
Cuando impliquen una actividad de equipo, al establecer los turnos se procurará respetar las relaciones
orgánicas o funcionales del personal que las monta.
Art. 193. El libro de Normas de Régimen Interior fijará, atendiendo a su empleo y función y aptitud legal, o
capacidad técnica en su caso, quiénes integrarán los diferentes turnos de guardias y las excepciones que
pudiera haber, que serán las mínimas indispensables y plenamente fundamentadas. Además del personal
destinado, entrará en dichos turnos el agregado.
Cuando los oficiales y suboficiales incluidos en un turno no sean los suficientes para permitir la adecuada
rotación del mismo en una guardia, el que la nombre podrá completarlo con el número de los del empleo
inferior que considere conveniente.
Art. 194. Las guardias se asignarán entre los incluidos en cada turno que estén presentes en la unidad a
la hora de efectuar el nombramiento y no hayan sido designados para cualquier otro servicio por una
Autoridad superior con atribuciones para ello. Se respetarán escrupulosamente los turnos y la duración de
las mismas, que sólo se podrán alterar en circunstancias excepcionales o atendiendo a la naturaleza y
condiciones de ejecución de las de carácter extraordinario.
Art. 195. El Jefe de la Base o Acuartelamiento nombrará a los oficiales y suboficiales para sus distintas
guardias, y designará a prorrateo o por turno entre las Unidades, el número de Cabos y soldados que
deban prestarlas. Para las guardias propias de cada Unidad, Centro u Organismo estas atribuciones
corresponderán a su Jefe. Normalmente esta facultad se delegará.
Los nombramientos y designaciones se publicarán en la Orden correspondiente, así como los imaginarias
que deban sustituirles en caso necesario. Por razones de seguridad u otras pertinentes, la publicación
podrá ser sustituida por la comunicación personal.
Art. 196. El nombramiento del personal de tropa será atribución del Capitán de la unidad tipo Compañía.
La relación nominal correspondiente se expondrá en lugar visible de la Unidad y se leerá en el acto de la
Lista de Ordenanza del día anterior al que haya de realizarse la guardia.
Art. 198. En caso de coincidencia de dos o más guardias el orden de preferencia será: seguridad, de orden y de los servicios. A la guardia que no haya podido prestarse se le aplicarán los criterios fijados en el artículo anterior.
No se podrán prestar tres o más guardias seguidas cualesquiera que sean su clase o duración. Tampoco podrán hacerse seguidas dos guardias, cuando la duración de cada una sea de veinticuatro horas y exijan ambas dedicación exclusiva o sin exigencia de ésta, si ambas duran más de veinticuatro horas.
CASCORRO
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por CASCORRO »

Yo me atreveria a decir que son las mismas que las de un sargento, pero sin gozar de los privilegios de un sargento.....

Un Saludo.-
Si volviese a nacer, me gustaría seguir siendo Militar...
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trasgu123
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por trasgu123 »

Lo primero ke habria ke saber, antes de ponerse a elucubrar, es a ke tipo de cometidos se refiere el forero ¿servicios? ¿operativos? ¿administrativos? ¿logisticos?.
rastreador
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por rastreador »

HOLA BUENAS TARDES:
ESTA ES LA PRIMERA VEZ QUE RESPONDO A PESAR DE LEER EN MAS DE UNA OCASION LOS TEMAS DE ESTE FORO.
LOS COMETIDOS LOS TIENES EN LA "LEY DE CREACION DEL EMPLEO INTERMEDIO DEL CABO PRIMERO"DEL AÑO CUARENTA
SIN MAS UN SALUDO.
PD.ESPERO QUE TE SIRVA
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trasgu123
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por trasgu123 »

rastreador escribió:HOLA BUENAS TARDES:
ESTA ES LA PRIMERA VEZ QUE RESPONDO A PESAR DE LEER EN MAS DE UNA OCASION LOS TEMAS DE ESTE FORO.
LOS COMETIDOS LOS TIENES EN LA "LEY DE CREACION DEL EMPLEO INTERMEDIO DEL CABO PRIMERO"DEL AÑO CUARENTA
SIN MAS UN SALUDO.
PD.ESPERO QUE TE SIRVA
Pues para ser la primera vez que respondes te has lucido, de una tacada has incumplido la mayoria de las normas del Foro. En cuanto al estado de vigencia de la lay ke se menciona yo tengo mis dudas, y mas tras las tres leyes ke llevamos ya de la Funcion Militar (17/1989, 17/1999 y 39/2007), amen de los RD de desarrollo correspondientes.
Tirillaplateada
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por Tirillaplateada »

En ninguna de las 3 leyes se ha derogado la ley del empleo de Cabo 1º. Como curiosidad, una vez me comentaron de un cuartel General, qeu "como podia estar en vigor si era de la epoca de Franco". Desde luego, cuando me contestaron, no pusieron eso ;-)
egosum
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A LOS SRES. MODERADORES

Mensaje por egosum »

Con el permiso de los Sres moderadores los Sres. Moderadores este tema no procede ser debatido aquí, pues no va con los fines del mismo, como ya indico en tema nuevo.
Gracias
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trasgu123
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por trasgu123 »

Tirillaplateada escribió:En ninguna de las 3 leyes se ha derogado la ley del empleo de Cabo 1º. Como curiosidad, una vez me comentaron de un cuartel General, qeu "como podia estar en vigor si era de la epoca de Franco". Desde luego, cuando me contestaron, no pusieron eso ;-)
Esplicitamente e implicitamente ya desde:
1- Ley 85/1978 RR.OO.FAS, DISPOSICIONES FINALES Primera: Quedan derogadas todas las disposiciones vigentes en cuanto se opongan a los preceptos establecidos en esta ley o no concuerden con ella.
2- Ley 17/1989 de Regimen del Personal Militar, DISPOSICIÓN DEROGATORIA 4. Asimismo quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.

Solo por mencionar un par de normativas relativamente "antiguas", solo con estas dos leyes y toda su normativa de desarrollo ya tiraron por el suelo todos los palos del sombrajo de la epoca de franco.
Tirillaplateada
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por Tirillaplateada »

Negativo, ya que ninguna de ellas hablaba sobre el tema de los Cabos 1º, por lo tanto no las incumple ni contradice. si alguna hubiera hecho referencia a ellos, quizás hubiera alguna duda.
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GALLETO
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por GALLETO »

Hola tirillaplateada, buenas tardes.
El Cabo 1º no es ningún ser extraterrestre que haya aterrizado en las FAS un jueves por la mañana. El Cabo 1º, como el resto de empleos militares desde Soldado a General,tiene alguna de las funciones que la Ley 39/2007, actualmente en vigor, señala en su artículo 19. Estas van a depender del tipo de Unidad en donde esté destinado y dentro de élla del cargo ó función que ocupe.

Artículo 19. Funciones.
1. El militar profesional ejerce funciones operativas, técnicas, logísticas y administrativas en el desempeño de sus cometidos para la preparación y empleo de las unidades
militares en cumplimiento de las misiones encomendadas.
Dichas funciones se desarrollan por medio de acciones directivas, que incluyen las de mando, y acciones de gestión y ejecutivas. El militar profesional también ejerce funciones docentes conforme a lo previsto en el título IV.
2. La acción directiva se ejerce mediante la definición de objetivos y la determinación de los medios para conseguirlos, estableciendo los planes correspondientes y controlando su ejecución. Mediante acciones de gestión se aplican los medios puestos a disposición para alcanzar unos objetivos concretos de la forma más rentable y eficiente.
Por medio de acciones ejecutivas se ponen en práctica los planes establecidos actuando en cumplimiento de órdenes concretas o siguiendo procedimientos preestablecidos.
3. La acción de mando, acción directiva específica en las Fuerzas Armadas, se refiere al ejercicio de la autoridad, con la consiguiente responsabilidad, que corresponde al
militar en razón de su cargo, destino o servicio. Alcanza su máxima y especial responsabilidad cuando se aplica a la preparación y empleo de la Fuerza de los Ejércitos.
Para el ejercicio de la acción de mando se podrá contar con la colaboración de los subordinados en tareas de información, planeamiento, asesoramiento, coordinación
y control, que constituyen el «apoyo al mando».


Cada uno en su empleo ejercerá la acción que corresponda. Es evidente que al Cabo 1º no le van a exigir acciones directivas ni seguramente las de gestión de alto nivel, pero si tendrá que realizar las ejecutivas que se le ordenen. Eso le ocurre a todos los empleos militares. Como dije al principio, los cometidos de cada uno dependerán mucho del tipo de destino y del tipo de Unidad. En una Compañía ó Escuadrón el Cabo 1º no ejercerá acciones directivas, porque para eso está el Capítán, pero puede ejercer acciones directivas, de gestión y ejecutivas al mando de su Pelotón, pieza o vehículo asignado. No hay que darle muchas mas vueltas. Lo que debe estar meridianamente claro es que el Cabo 1º es un empleo de las FAS, que así viene reconocido en la citada Ley y que ésta es la que está en vigor. Todas las demás han sido derogadas ó abolidas. Hoy no podemos hablar del Brigadier, ni del Cabo de vara ni del Mariscal. Hay que vivir con los tiempos y estos en las FAS los marca la Ley 39/2007, para bien ó para mal. Un saludo.
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Tirillaplateada
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por Tirillaplateada »

Entonces, ya que esta derogado, coferemos el Art 20.5, donde dice:

5. Los militares de la categoría de tropa y marinería, que constituyen la base de la estructura orgánica y operativa de las Fuerzas Armadas, desempeñan trabajos y cometidos en aplicación de procedimientos establecidos o los que se les encomiende por órdenes concretas. De su profesionalidad, iniciativa y preparación depende en gran medida la eficacia de la organización militar.

Y alguien me explicara que hace un Cabo 1º como Jefe de Pelotón o Equipo, ya que como dice el punto 4

4. Los suboficiales constituyen el eslabón fundamental en la estructura orgánica y operativa de las Fuerzas Armadas. Ejercen el mando y la iniciativa que les corresponde para transmitir, cumplir y hacer cumplir, en todas las circunstancias y situaciones, las órdenes e instrucciones recibidas y asegurar la ejecución de las tareas encomendadas en la realización de funciones operativas, técnicas, logísticas, administrativas y docentes. Por su formación y experiencia serán estrechos colaboradores de los oficiales y líderes para sus subordinados, con los que mantendrán un permanente contacto

Algo no me cuadra, a menos que nos tomen el pelo y les dejen mandar sin corresponderle.
pilofran
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por pilofran »

Pues ciertamente las Leyes, son dos, que hablan de la creación del empleo de cabo 1º son antigüas, del 40 y tantos y no se si del 56, las tengo por ahí.

No han sido derogadas, quien os diga eso no dice la verdad; no me refiero a compañeros que igual por ignorancia ni lo conocen, sino de superiores a los cuales les interesa.

Siempre tendrás las mismas funciones que un sargento puesto que para eso se crea el empleo nuevo de Cabo primero y sin privilegios. Por aquello de que un cabo primero es un sargento barato. Precisamente la propia Ley de creación del empleo dice que se crea porque no hay dinero para pagar sargentos debido a la situación en la que ha quedado el País; más claro el agua. Sobre eso ya he solicitado alguna cosa como el ascenso o sueldo, etc.

Pero la contestación del Mº nunca va en el sentido de que la Ley esté derogada; tened en cuenta que contesta siempre la asesoría jurídica del Mº la cual no puede mentir y dejar un camino abierto para ganar un contencioso en base a ello y por ello nunca dice que esté derogadas.

Lo que me dicen es que tenía que haber pasado por academia para ascender, lo cual es algo muy bago ya que en la administración el principio básico es que a igualdad de funciones corresponde igual sueldo. Puedes ser cabo primero y7 cobrar de sargento, como precisamente pasa en la GC cuando un cabo primero es jefe de puesto.

En fin, que no se digan barbaridades porque estas Leyes no están derogadas, precisamente porque no interesa derogarlas pues es muy sencillo seguir teniendo sargentos baratos.

Y tened en cuenta que libro de régimen interior de la Unidad no puede contradecir dichas Leyes y os lo digo por experiencia. Yo he parado algunos precisamente por meter funciones que no correspondían.
Ester libro tiene que ser aprobado o refrendado por la Región Militar correspondiente, por lo tanto los jefes de Unidad no pueden sacar normas al azar sin esa aprobación superior y en cuanto se encuentran con problemas de ese tipo suelen resolverlo no complicándose la vida por un cabo primero problemático, osea, que actúan legalmente para que no les hechen para atrás todo el libro.

Saludos.

Joer tirillaplateada, estás en todos los sitios; me alegra verte por aquí.
VADIN
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Re: cometidos y funciones del cabo 1º

Mensaje por VADIN »

Se está redactando una normativa sobre Régimen Interior en la que muchas de las situaciones, con un alto grado de indefinición como guardias, comisiones y servicios que abarcan a varios empleos y categorias , van a quedar bastante clarificadas. Esto tiene que ver con el proceso de adaptación a los acuerdos de Bolonia sobre formación y capacitación profesional de cada uno de los niveles educativos. Así por ejemplo los componentes de la Escala de Tropa (Técnicos de grado medio en su máximo nivel) no podrán realizar los que realizan los Suboficiales (Técnicos de grado superior) y estos tampoco los de los Oficiales (Grado). Una vieja aspiración para muchos. En esta nueva normativa el Cabo 1º saldrá "rebajado" respecto a su nivel actual ya que tendrá que entrar en turno con los Cabos auxiliando a un Suboficial. Es el futuro que viene.
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