AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Información sobre los distintos seguros contratados por Defensa, GC, seguros de vida...

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

FRANCESCA
Brigada
Brigada
Mensajes: 72
Registrado: Jue Ene 21, 2010 6:38 pm

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por FRANCESCA »

Hola otra vez
Alguien recuerda el Teléfono o nombre de un señor que llevaba estos temas de reclamaciones

Saludos

Francesca.
Lo necesito urgente
Avatar de Usuario
qesito
Coronel
Coronel
Mensajes: 1378
Registrado: Dom Ago 29, 2010 9:03 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Galicia
Contactar:

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por qesito »

Saludos a todos,francesca lo primero espero qe te recuperes de lo tuyo y lo segundo esqe lo estan denegando deforma indiscriminada,una pregunta compañera ¿¿ ellos qe te han podido valorar tu enfermedad ,por qe seguro qe sus medicos no te han reconocido ??,asi qe son unos carotas,a nosotros nos reconocen los medicos militares del tribunal y estos medicos militares son los qe nos ponen en el acta "si es irreversible y qe nos incapacita para las FAS" y por ello nos pasan a retiro.
Francesca tu a esa gente ni caso qe son mu listos ellos,

Tlefono Caser : 915-95-50-00/marcas opcion 1 y les dices qe te pongan con "Maria Gonzalez" o "Francisco Blanco".

En este mismo hilo hay compañeros qe han tramitado toda la documentacion y qe tambien han contactado con ellos,cuidate
FRANCESCA
Brigada
Brigada
Mensajes: 72
Registrado: Jue Ene 21, 2010 6:38 pm

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por FRANCESCA »

Gracias qesito soy Francesca.
Pero me puedes decir que adelanto con llamarles a ellos, si he recibido una carta de denegación

Saludos.
Francesca
enjutomojamuto
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 110
Registrado: Sab Ene 24, 2009 11:06 am

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por enjutomojamuto »

hola,

no llameis a nadie, no vale para nada. Caser ya tiene claro que no va a pagar a menos que un juez lo ordene, así que cuanto antes dicte sentencia el juez, antes se acabará esto.

saludos.
FRANCESCA
Brigada
Brigada
Mensajes: 72
Registrado: Jue Ene 21, 2010 6:38 pm

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por FRANCESCA »

Hola a todos.
Eso es lo que creo yo.
LLamar al mismo que te lo deniega para que ?

Si alguien puede aportar algo nuevo o algún abogado que trabaje a comisión tipo EEUU donde cobran un % de lo que saquen. Que lo diga


Saludos
Francesca
manmarp
Sargento 1º
Sargento 1º
Mensajes: 41
Registrado: Mar Abr 07, 2009 3:19 pm

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por manmarp »

hola a todos, por si sirve de modelo el escrito a D.G.S., lo he enviado junto a los documentos que algunos mensajes atras nos dijo jvilmos, saludos.

AL SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCIÓN DE SEGUROS


D. xxxxxxx, con D.N.I. xxxxxx y domicilio, a efecto de notificaciones, en la calle xxxxxxx, de la localidad de xxxxxCódigo Postal xxxxx, en relación con la solicitud de indemnización por invalidez permanente parcial dirigida a la Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. –CASER- Aseguradora, número de póliza xxxxxx, expediente xxxxxxx, siendo el asegurado el anteriormente referido, y en relación a la contestación efectuada por la Compañía aludida, en el mes de septiembre de dos mil diez, presenta reclamación contra la misma en base a los siguientes:



H E C H O S

PRIMERO.- D. xxxxxxxx fue diagnosticado por el Psiquiatra D. xxxxxxxxdel Hospital Central de la Defensa, mediante informe de fecha xxxxxxxx, de xxxxxx, indicando en el mismo que se procedía a su alta hospitalaria, sin perjuicio de continuar en situación de baja médica.
En dicha fecha, D. xxxxxx ostentaba el cargo de xxxxx del Ejército de Tierra con destino en xxxx, xxxx, es decir, militar de carrera, hallándose, con carácter previo al ingreso en el Hospital mencionado, en situación administrativa de servicio activo.

SEGUNDO.- Posteriormente, mediante acta nº xxxxx de la Subsecretaría de Defensa, Inspección General de Sanidad, Clínica Militar en xxxxx, Junta Médica Pericial nº xxx, se reitera el diagnóstico inicial, pero se alude a que el trastorno que el xxxxxx padece es XXXXXX, encontrándose el mismo cronificado, no quedando acreditado que exista médicamente relación entre las patologías descritas y circunstancia o hecho concreto alguno. Por tanto, se trata de un trastorno común, no profesional; concluyéndose que “del cuadro clínico y estudio de la documentación aportada se deduce que no guarda relación causa efecto con las vicisitudes del Servicio del interesado”. En base a lo anterior, se manifiesta que por “su psicopatología presenta un factor de psicovulnerabilidad e inadaptabilidad persistentes, incompatible con el régimen de jerarquía, disciplina y acción conjunta de las FAS, por lo que es NO APTO para las funciones de su Cuerpo, escala, plaza ni carrera”.
En consecuencia, se concluye en el marco del RD xxx, de 3 de agosto, BOD xxx, que el diagnóstico médico pericial es xxxxx, área funcional P, apartado 267, letra A, coeficiente 5; correspondiendo reconocerle al xxxx D. xxxxx una discapacidad o minusvalía del xx%.

TERCERO.- El xxxxx de 2.010, mediante publicación en el B.O.D. se procedió a pasar a la situación administrativa de retiro, ajena a acto de servicio, a D. xxxxxxx.

CUARTO.- D. xxxxx en xxxx de 2.010 dirigió solicitud de indemnización por invalidez permanente parcial a la Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. –Caser- en virtud del contrato del seguro colectivo suscrito por el Ministerio de Defensa para el personal de las Fuerzas Armadas; solicitud esta que fue rechazada motivando la aseguradora que “la patología sufrida por usted es incompatible con régimen de jerarquía, disciplina y acción conjunta de las FAS así como con el reglamento vigente sobre tenencia y uso de armas”, añadiendo que “sin embargo, como sabe, la póliza contratada cubre las patologías que inhabilitan de forma permanente para el desarrollo de la vida civil”. Decisión ésta con la que esta parte no se muestra de acuerdo atendiendo al cumplimiento en el presente supuesto de los requisitos contemplados en las condiciones generales y normas de gestión que regulan el contrato de seguro colectivo aludido.

QUINTO.- Esta parte, en el mes de xxxx de 2.010, interpuso reclamación frente a la contestación formulada por la Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. –Caser- en relación a la solicitud de indemnización realizada por esta parte ; reclamación que fue resuelta y notificada a D. xxxxxx en el mes de sxxxxe del mismo año, volviendo a reiterar la negativa respecto a la concesión de la indemnización solicitada, pero si bien fundamentando la misma en un motivo nuevo y distinto al prestado en la primera denegación, es decir, introduciendo un argumento ex novo que no guarda coherencia con el motivo de denegación inicial aportado y silenciando en la segunda denegación el mismo.
Así, en la resolución de la reclamación presentada por esta parte efectuada por la Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. –Caser-, se establece que « no aceptamos su solicitud, ya que la póliza contratada con el Ministerio de Defensa garantiza el cobro de una indemnización en caso de pérdida órganica o funcional, previsiblemente irreversible, de los miembros, órganos o facultades del asegurado. De la documentación presentada no queda acreditada tal irreversibilidad, ya que por un lado, no se han agotado todas las posibilidades médico-quirúrgicas de recuperación, y, por otro, la patología que presenta puede entenderse reactiva al entorno profesional, por lo que en caso de eliminarse las circunstancias desencadenantes, la patología podría desaparecer ». Por tanto, dicho motivo de denegación difiere del anterior aportado por la misma compañía, careciendo absolutamente de fundamento, y haciéndose plantear esta parte cuál es el motivo verdadero de denegación, pues ni el primero aludido en el hecho cuarto tiene respaldo alguno en las condiciones generales y normas de gestión reguladoras del contrato de seguro colectivo suscrito por el Ministerio de Defensa para el personal de las Fuerzas Armadas con la aseguradora Caser, ni el segundo toma en consideración la documentación aportada y las condiciones y normas del contrato referido, pues con el Acta nº xxxx de la Subsecretaría de Defensa, Junta Médico Pericial nº xx se concluye de forma categórica que nos encontramos ante una « lesión definitiva e irreveresible o de remota o incierta reversibilidad ».
Queda de manifiesto, en consecuencia, que las contestaciones formuladas por la Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. –Caser- ante la solicitud de indemnización y reclamación formuladas por esta parte han sido totalmente arbitrarias, pues los motivos que en un primer momento aportaron para la no concesión no son mantenidos con posterioridad, incorporándose en un segundo momento argumentos que no se dieron al principio en el mes de xxx de dos mil diez.


FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El contrato de seguro colectivo suscrito por el Ministerio de Defensa para el personal de las Fuerzas Armadas con la aseguradora “Caser” fue prorrogado durante la anualidad del 2.008, año en el que el xxxx D. xxxxx, en concreto, el xxx de xxx de dos mil ocho, fue diagnosticado de xxxxxxxxx
SEGUNDO.- Según las condiciones generales y normas de gestión reguladoras del contrato de seguro referido, el mismo protege a “los militares de carrera de los Ejércitos de Tierra, …”, teniendo el solicitante de la indemnización tal carácter, en concreto, xxxx del Ejército de Tierra, y encontrándose en situación administrativa de Servicio Activo cuando sufrió el trastorno que finalmente le ha sido diagnosticado y que ha supuesto su pase a retiro.

TERCERO.- Otra de las condiciones y normas reguladoras del contrato referido suscrito por el Ministerio de Defensa alude a que, entre otros, el mismo cubre “la pérdida orgánica o funcional de los miembros, órganos o facultades del asegurado, previsiblemente irreversible de acuerdo con el dictamen de peritos médicos civiles o militares, causada por accidente o enfermedad originada durante el período de cobertura del seguro, siempre que el hecho causante no sea considerado como acto de servicio por el Ministerio de Defensa conforme a la legislación vigente”.
En el presente supuesto, el xxxx D. xxxxxx ha sufrido una pérdida de sus facultades, tal y como se ha acreditado por el diagnóstico finalmente determinado en el acta nº xxxx, de la Junta Médico Pericial nº xx de la Clínica Militar en xxxx teniendo el mismo el carácter de diagnóstico médico-pericial y siendo un xxxxxxxcronificado. Dicho trastorno, según el acta mencionada, es irreversible o de remota o incierta irreversibilidad. Y, finalmente, el mismo no se ha considerado como acto de servicio, pues la Junta Médico Pericial aludida, al respecto, manifiesta que “no ha quedado acreditado que exista médicamente relación entre las patologías descritas y circunstancia o hecho concreto alguno. Se trata de un trastorno común, no profesional”.
Por tanto, teniendo en cuenta lo anterior, carece de fundamento jurídico alguno lo alegado por la Compañía Aseguradora Caser en contestación a la solicitud de indemnización por invalidez permanente parcial en lo relativo a que « la póliza contratada cubre las patologías que inhabilitan de forma permanente para el desarrollo de la vida civil » ; pues si bien en el presente supuesto nos encontramos ante un caso, no de invalidez permanente absoluta, sino de pérdida orgánica o funcional de los miembros, órganos o facultades del asegurado, supuesto en el que el contrato de seguro colectivo en ningún momento alude a que para atender dicha cobertura sea necesaria la inhabilitación de esta parte de manera permanente para la vida civil, sino que, como hemos manifestado más arriba, se debe observar dicha condición par el supuesto de invalidez permanente absoluta, caso en el que esta parte no se encuentra.

CUARTO.- Tomando en consideración el fundamento jurídico tercero relativo a los riesgos que se encuentran cubiertos por el seguro colectivo suscrito por el Ministerio de Defensa con la Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. – Caser-, y los requisitos que se deben observar respecto a los mismos, debemos manifestar que en el xxxx D. xxxxxxxx se cumplen todos ellos, pues el acta anteriormente referida concluye, sin duda alguna, que la lesión sufrida por este es « definitiva o de remota o incierta reversibilidad », constituyendo la misma dictamen de peritos médicos militares, y siendo una enfermedad originada durante el período de cobertura del seguro, tal y como queda acreditado en el fundamento de derecho primero del presente escrito. Finalmente, el hecho causante de la enfermedad del solicitante no ha sido considerada como acto de servicio por el Ministerio de Defensa en la misma acta aludida.
El acta nº xxxx de la Subsecretaría de Defensa, de la Junta Médico Pericial de la Clínica Militar de xxxx acredita, por tanto, la irreversibilidad de la lesión o su previsible irreversibilidad, tal y como exige el contrato de seguro colectivo de la aseguradora Caser ; desvirtuando, de esta manera, el motivo de denegación aludido en la segunda contestación formulada por la aseguradora, al manifestar que « de la documentación presentada no queda acreditada tal irreversibilidad, ya que por un lado, no se han agotado las posibilidades médico-quirúrgicas de recuperación, y por otro, la patología que presenta puede entenderse reactiva al entorno profesional ». Las posibilidades médico-quirúrgicas de recuperación se encuentran agotadas, pues el Acta mencionada ha dado lugar a que en el B.O.D. de fecha xx de xxx de 2.010 el xxxx D. xxxxx pase a la situación administrativa de retiro. Además, en las condiciones y normas de gestión vinculantes en ningún caso se alude a cuáles son las posibilidades médicas que se deben agotar, sino que basta con que la pérdida funcional u orgánica de los miembros, órganos o facultades, previsiblemente irreversible, sea acreditada por un dictamen de peritos médicos civiles o militares ; siendo en el presente caso los peritos médicos militares los que han mantenido que la lesión es previsiblemente irreversible en el acta arriba referenciada.
Finalmente, en lo relativo a que « la patología que presenta puede entenderse reactiva al entorno profesional », debemos mantener que dicha afirmación es del todo arbitraria, entendiendo que ha sido introducida por la Aseguradora para denegar la indemnización a la que esta parte tiene derecho, y deduciendo de la misma que la pérdida de facultades en el xxxx D. xxxxxx se puede considerar como acto de servicio ; extremo este que se encuentra absolutamente desvirtuado por el Acta de la Junta Médico Pericial nº xxx, en la que se refiere que « no ha quedado acreditado que exista médicamente relación entre las patologías descritas y circunstancia o hecho concreto alguno. Se trata de un trastorno común, no profesional ». Por tanto, la Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. – Caser- carece de elemento de prueba alguno para sostener la anterior afirmación, y más, para fundamentar en ella la denegación de la indemnización que a esta parte corresponde, como de la propia Acta se infiere.



Por tanto, teniendo en cuenta lo anterior, esta parte manifiesta:

D. xxxxxx presenta con este escrito reclamación frente a las contestaciones remitidas por la Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. –Caser- en relación con las impugnaciones formuladas por el mismo de indemnización por invalidez permanente parcial, entendiendo que las mismas carecen de fundamento jurídico alguno, y considerando, además, que el solicitante cumple con los requisitos exigidos para la concesión de la indemnización contemplados en las condiciones generales y normas de gestión del contrato de seguro colectivo suscrito por el Ministerio de Defensa para el personal de las Fuerzas Armadas con la aseguradora aludida, requisitos referidos en los fundamentos de derecho del presente escrito.


En xxxxx, a xxxx de xxxxxe de dos mil diez.




Fdo : xxxxxxxxxxx
Avatar de Usuario
qesito
Coronel
Coronel
Mensajes: 1378
Registrado: Dom Ago 29, 2010 9:03 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Galicia
Contactar:

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por qesito »

Saludos a todos,todo un detalle manmarp,yo estoy esperando resolucion final por psiqiatria con 38% y NO es en acto de servicio y NO soy apto para las FAS y SI para trabajos en la vida civil,tambien me ponen en un apartado Trastorno comun NO profesional y NO existe relacion causa efecto con el servicio,
osea qe, me tocara mandar dicho escrito a esos impresentables.gracias por el escrito y confio en qe te mejores.
jvilmos
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 110
Registrado: Mar Jun 16, 2009 10:57 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: ARMADA

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por jvilmos »

Con el fin de reagrupar la máx. información posible en un mismo hilo todo lo relacionado con la reclamación a caser, a continuación; copio y pego, una información de interés extraída de otro hilo abierto por el compañero "misha" relacionada con el mismo tema.
misha escribió:mi pregunta es muy sencilla.
Quisiera saber si es lo mismo, el resumen de la poliza (seguro colectivo de vida y accidentes) que tenemos nosotros y la poliza que tiene defensa. Me refiero a la contratada en 2007 y prorrogada al 2008.
Lo pregunto por si el abogado me lo pregunta y en este caso, no sabria que responderle.
Gracias
misha escribió:Pues despues de pasarme por el ministerio de defensa y acudir al negociado de seguros, despacho 645, me confirman que practicamente la poliza, es el resumen que tenemos, y que la unica diferencia con el que ellos tienen, son las condiciones de pago que a nosotros no nos interesan.
Por lo tanto el famoso libreto en el que en su portada pone resumen, es practicamente lo mismo que las condiciones generales y particulares del seguro colectivo de vida y accidentes, para el personal de las Fuerzas Armadas, correspondiente al contrato nº 53653 suscrito por el M.D con la compañia caser

Gracias por tú información compañero "misha".
Avatar de Usuario
magyc
Subteniente
Subteniente
Mensajes: 79
Registrado: Lun Sep 27, 2010 12:40 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: CASER SE ESCAQUEA (o lo intenta)

Lucha contra CASER

Mensaje por magyc »

Hola compañeros, me presento:
Brigada retirado del EA desde Junio de 2010, por problemas psicologicos (25 % incapacidad).
Solicite la indemnizacion a CASER, y por supuesto me la han denegado.
Hasta ahora solo habia chupado rueda de este foro, me toca pues arrimar el hombro.
Creo que seria muy importante disponer de la documentacion de algun compañero, que en nuestra misma situacion, pero en años anteriores, haya cobrado la indemnizacion, hay que currar y conseguirla.
Estoy ya en contacto con un abogado y seguire dandoles noticias de mis avances.
Un saludo.
Avatar de Usuario
qesito
Coronel
Coronel
Mensajes: 1378
Registrado: Dom Ago 29, 2010 9:03 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Galicia
Contactar:

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por qesito »

Saludos a todos,yo les mande por correo electronico toda la documentacion y me contestaron en 15 dias lo siguiente :



N/Ref.: R........
Póliza : 53653/2



Madrid, 27 de Septiembre de 2010

Estimado señor :

Acusamos recibo de su correo electrónico, recibido en este Servicio de Atención al Cliente el 12/09/2010, en el que nos presenta su reclamación por la actuación seguida por la Compañía.

Damos traslado del contenido del mismo al Departamento correspondiente, a fin de que nos facilite la información que precisamos, tras lo que nos pronunciaremos sobre dicha reclamación en el más breve plazo de tiempo posible.

En caso de que la materia objeto de esta reclamación esté siendo planteada ante este Servicio de Atención al Cliente de manera simultánea a un procedimiento administrativo, arbitral o judicial, o ya hubiese sido resuelta en alguna de estas instancias, le agradeceremos su comunicación en este sentido. En estos supuestos, nuestra intervención no nos está permitida por el Reglamento para la Defensa del Cliente y nos veríamos obligados al cierre del presente expediente.

Agradeciéndole la confianza que deposita en nosotros, le saludamos muy atentamente
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
jvilmos
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 110
Registrado: Mar Jun 16, 2009 10:57 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: ARMADA

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por jvilmos »

qesito escribió:Saludos a todos,yo les mande por correo electronico toda la documentacion y me contestaron en 15 dias lo siguiente :



N/Ref.: R........
Póliza : 53653/2
..........
Hola;
"qesito" siento decirte, que; más de lo mismo, lo único que cambiará - y a lo mejor no mucho - será la resolución final de la Dirección Gral. de Seguros.
El procedimiento previo es prácticamente igual para todos, se dedican a contestar con la mismas cartas a todos; el texto de la carta que pones es exactamente igual a la mía con la única variación de las cifras y el apellido de la persona a la que se dirijen (que también se lo podían haber ahorrado).

Saludos
Avatar de Usuario
magyc
Subteniente
Subteniente
Mensajes: 79
Registrado: Lun Sep 27, 2010 12:40 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: CASER SE ESCAQUEA (o lo intenta)

AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por magyc »

Salud compañeros.
Hoy he enviado a Servicio de Atencion a Cliente de CASER la reclamacion a su negativa de indemnizacion.
Es el paso previo para poder luego reclamar a la Direccion General de Seguros, si en dos meses no te contestan de CASER.
Hablando con un abogado sobre este tema, me indica la contundencia que tendria saber que casos similares a los nuestros si han sido indemnizados bajo la misma poliza, porque esto les dejaria con el culo al aire.
Hay que dar con algun compañero que este en esa situacion, para poder reclamar a la DGS con algo como:
".. retirado por perdida de aptitudes psicofisicas a tenor del acta 457/XX de 4 de abril de 2008, fue indemnizado por la compañia de seguros... "
"... se me deniega la indemnizacion siendo el diagnostico similar, bajo la misma poliza de seguro..."

Segun el abogado, si lo encontramos, no les quedará salida alguna.
A buscar.
Avatar de Usuario
Traicionado
Sargento 1º
Sargento 1º
Mensajes: 37
Registrado: Lun Abr 12, 2010 1:12 pm

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por Traicionado »

Hola compañeros, estoy totalmente de acuerdo con la idea del abogado, pues como ya lo expuse en este foro coincide con lo que pensaba (ahora me puedo reafirmar en ello). Yo también voy detrás de ello, pero luego todo cuesta conseguirse mas de lo que aparenta... a ver si tenemos suerte...
saludos
"Una retirada a tiempo es una Victoria"
FRANCESCA
Brigada
Brigada
Mensajes: 72
Registrado: Jue Ene 21, 2010 6:38 pm

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por FRANCESCA »

Buenos días.
Y yo me pregunto, es que nadie puede dar la cara aunque sea borrando datos y aportar la Indemnizacion por motivos psiquiatricos o psicológicos.
Si a nadie se lo han concedido, lo único que estamos haciendo es crearnos falsas esperanzas. Necesitamos un dictamen favorable.

Por favor compañeros que alguien lo ponga en el Foro.


Que paseis un buen día

Francesca
APADORI
Subteniente
Subteniente
Mensajes: 79
Registrado: Jue Ene 22, 2009 5:38 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: en Gran canaria

Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por APADORI »

A mi no me importa dar mi acta con mi indemnización, que por cierto es por psiquiatria, incluso sin ocultar mis datos, pero no tengo ni la más mínima idea de enviarlo através de metodos informáticos. Si la quereis os la puedo mandar por fax. para ello nesecito un número de fax.
Responder

Volver a “Seguros”